En respuesta a la demanda de CCOO, el juez recalca que la Ley 3/2012 contraviene la Carta Social Europea, las Decisiones y Conclusiones del Comité Europeo de Derechos Sociales ?ambas, de obligado cumplimiento en España- y el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores.
El juez sale al paso del principal argumento esgrimido por Tribunal Constitucional para avalar la reforma de Rajoy, pues ?es cierto que se dicta en el marco de una situación de crisis económica, pero también es cierto que durante esta situación no se puede desproteger a los trabajadores de sus derechos?
?auxiliar de caja-reponedora?, seguía dentro del ?periodo de prueba? de un año previsto por la reforma laboral de 2012 para el denominado ?contrato indefinido de apoyo al emprendedor?.
En consecuencia, el juez concluye que ?el artículo 4.3 de la Ley 3/2012 vulnera el art. 4.4 de la Carta social Europea?En el caso de la trabajadora de Longinos Velasco SA, la sentencia recalca que ?no se puede entender razonable un plazo de prueba de una año? para que el empleador pueda verificar la capacidad de una persona para desempeñar ?el puesto de trabajo de la demandante de auxiliar de caja/reponedora en comercio de alimentación?

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