Autor: Xavier Ricart

  • CCOO de l´Hotel Don Juan de Lloret denuncia el silenci de l´empresa davant el deute de nòmines i pel tancament de l´activitat

    Si se mantiene la falta de respuestas del Hotel CCOO no descarta iniciar movilizaciones

    CCOO del Hotel Don Juan de Lloret denuncia el silencio de la empresa ante la deuda de nóminas y por el cierre de la actividad

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    La secció sindical de CCOO de l'Hotel Blanco Don Juan de Lloret de Mar, després de diversos intents de demanar explicacions a l'empresa, i de rebre sempre una resposta negativa per la seva part, denunciem els següents fets:

    •          La direcció de l'Hotel Blanco Don Juan va tancar l’activitat el passat dos de novembre.

    •          La secció sindical comunica que els sous del mes d'octubre, així com les parts proporcionals de les pagues extres i de les vacances, no se li han pagat a un terç de la plantilla.

    Degut aquesta situació, la secció sindical constata que no hi ha voluntat de comunicació ni interlocució per part de l’empresa amb la representació legal de la plantilla.

    Per aquest mateix motiu la secció sindical de CCOO a l'Hotel Blanco Don Juan volem denunciar públicament aquesta situació i informem que de mantenir-se aquesta actitud per part de l’empresa, iniciarem mobilitzacions en defensa dels nostres drets.

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    Si se mantiene la falta de respuestas del Hotel CCOO no descarta iniciar movilizaciones

    CCOO del Hotel Don Juan de Lloret denuncia el silencio de la empresa ante la deuda de nóminas y por el cierre de la actividad

    La sección sindical de CCOO del Hotel Blanco Don Juan de Lloret de Mar, después de varios intentos de pedir explicaciones a la empresa, y recibir siempre una respuesta negativa por su parte, denunciamos los siguientes hechos:

    • La dirección del Hotel Blanco Don Juan cerró la actividad el pasado dos de noviembre.

    • La sección sindical comunica que los sueldos de octubre, así como las partes proporcionales de las pagas extras y de las vacaciones, no se le han pagado a un tercio de la plantilla.

    Debido a esta situación, la sección sindical constata que no existe voluntad de comunicación ni interlocución por parte de la empresa con la representación legal de la plantilla.

    Por este mismo motivo, la sección sindical de CCOO en el Hotel Blanco Don Juan queremos denunciar públicamente esta situación e informamos que de mantenerse esta actitud por parte de la empresa, iniciaremos movilizaciones en defensa de nuestros derechos.

    CCOO Serveis Hotel Don Juan

     

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  • TECNIBERIA DESARROLLA SU PROPUESTA DE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL

    En la reunión de la mesa negociadora celebrada el 2 de noviembre, TECNIBERIA desarrolló su propuesta sobre los criterios mínimos de acceso/promoción, tareas, funciones y principales funciones de cada puesto de trabajo, sin modificar las categorías y niveles salariales de su propuesta inicial.

    Para CCOO es necesario que TECNIBERIA modifique su propuesta de partida para poder vislumbrar la posibilidad de llegar a acuerdos en esta materia.

    Las propuestas trasladadas por TECNIBERIA consistieron en:

    Cada grupo profesional se determina por la titulación requerida y/o por los siguientes elementos definitorios que conforman la aptitud profesional.

    1. Conocimientos: Entendido como el conjunto de conocimientos técnicos, experiencias y habilidades requeridas para un normal desempeño de las funciones del puesto de trabajo, con independencia de su forma de adquisición.
    2. Iniciativa/autonomía: Entendida como la necesaria para identificar, definir y buscar soluciones a los problemas que, habitualmente, se deben abordar y resolver en el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
    3. Complejidad: Referida al grado de dificultad de los problemas se deban abordar y resolver en el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
    4. Responsabilidad: Referida a la asunción de las consecuencias de la toma de decisiones y del emprendimiento de acciones, necesarias en el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.

    Se describen los grupos profesionales, y se relacionan y definen para cada uno de ellos:

    1. Criterios mínimos de acceso / promoción.
    2. Puestos de trabajo y su correspondiente nivel retributivo, definido en el anexo de las tablas salariales.
    3. Principales funciones, tareas, y demás elementos definitorios, de cada puesto de trabajo.

    Los grupos y puestos profesionales propuestos son:

    Grupo profesional I: Estar en posesión de un grado universitario, máster o doctorado, o de titulación universitaria anterior al sistema de grados universitarios (titulaciones universitarias de ingeniería, arquitectura, licenciatura, diplomatura, titulaciones de 1º, 2º y 3er. ciclo universitario), y que la relación laboral con la empresa se concierte con motivo de dicha titulación universitaria para ejercer las funciones específicas para las que la titulación le habilita.

    1. Personal Técnico: Titulado o Titulada Superior (Nivel Salarial 1) y Titulado o Titulada Medio/a o Graduado/a Universitario/a (Nivel Salarial 2).
    2. Personal Administrativo: Titulado o Titulada Superior (Nivel Salarial 1) y Titulado o Titulada Medio/a o Graduado/a Universitario/a (Nivel Salarial 2).

    GRUPO PROFESIONAL II: Conocimientos singulares de las funciones, tareas y operaciones, con un nivel de formación nivel medio (Bachiller, formación profesional grado medio o superior) o conocimientos equivalentes equiparados por la empresa cuando esté completada con una experiencia dilatada en su profesión.

    1. Personal Técnico: Técnico o Técnica de Cálculo o diseño (Nivel Salarial 3), Programador/a informático/a (Nivel Salarial 3), Delineante proyectista (Nivel Salarial 4).
    2. Personal Administrativo: Jefe o Jefa Administrativo/a (Nivel Salarial 4)

    GRUPO PROFESIONAL III: Conocimientos singulares de las funciones, tareas y operaciones, con un nivel de formación nivel medio (Bachiller, formación profesional grado medio o superior) o con experiencia dilatada en el puesto de trabajo

    1. Personal Técnico: Delineante (Nivel Salarial 5), Técnico o Técnica de 1ª (Nivel Salarial 5), Técnico o Técnica modelador BIM (Nivel Salarial 5), Técnico o Técnica Informático/a (Nivel Salarial 5), Delineante 2ª (Nivel Salarial 6), Técnico o Técnica de 2ª (Nivel Salarial 6).
    2. Personal Administrativo: Oficial 1ª Administrativo/a (Nivel Salarial 5), Traductor/a e intérprete de uno o más idiomas extranjeros (Nivel Salarial 5), Oficial 2ª Administrativo/a (Nivel Salarial 6).
    3. Personal de Servicios varios generales: Conserje (Nivel Salarial 6)

    GRUPO PROFESIONAL IV: Formación profesional grado básico, medio o superior o conocimientos apropiados a los cometidos desempeñados

    1. Personal Técnico: Técnico o Técnica de 3ª (Nivel Salarial 7), Vigilante de Obra (Nivel Salarial 7), Auxiliar Técnico/a (Nivel Salarial 8).
    2. Personal Administrativo: Auxiliar Administrativo/a (Nivel Salarial 8), Telefonista-Recepcionista (Nivel Salarial 8).
    3. Personal de Servicios varios generales: Oficial 1ª de Oficios Varios (Nivel Salarial 7), Vigilante de Seguridad (Nivel Salarial 7), Ordenanza (Nivel Salarial 8), Personal de limpieza (Nivel Salarial 8), Oficial 2ª de Oficios Varios (Nivel Salarial 8), Conductor/a (Nivel Salarial 8), Peón y Ayudante de Oficios Varios (Nivel Salarial 9).

    Para CCOO, teniendo en cuenta que TECNIBERIA no ha variado el fondo de su propuesta, reiteramos lo mismo que al inicio de la negociación, siguen siendo inasumibles los cambios que la patronal de ingenierías plantea para la nueva clasificación profesional, ya que precarizarían a las trabajadoras y trabajadores del sector. Ejemplo de ello es la eliminación de categorías profesionales como la de analista, la bajada de categorías a niveles salariales inferiores o adscribir a los grados universitarios en el nivel salarial inferior del grupo profesional I (nivel II, actuales diplomados).

    Otra de las cuestiones que se trataron fueron la vigencia del nuevo convenio y el teletrabajo. Para CCOO, el próximo convenio ha de tener una vigencia de varios años y contemplar avances en varias materias troncales, como son la clasificación profesional, tablas salariales, el teletrabajo, precio del kilometraje y dieta, permisos retribuidos, etc. Respecto al teletrabajo, se trasladará una nueva propuesta para que sea tratada en la próxima reunión de la comisión negociadora.

    En la próxima reunión, que se celebrará el día 18 de noviembre, se tratarán las propuestas en materia salarial, como son los incrementos salariales, kilometraje, dietas, así como sobre la nueva propuesta de la parte social sobre el trabajo a distancia.

    Si necesitas ampliar información o necesitas alguna aclaración sobre las negociaciones del XX Convenio Nacional de Empresas de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos no dudes en ponerte en contacto con la delegada o delegado de CCOO en tu centro de trabajo o escribir a esta dirección de correo electrónico.

    Seguiremos informando..

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    >> Convenio de Ingeniería – comunicado núm.11 en pdf

  • CCOO signa l´ Acord Col.lectiu de Teletreball a TFS Trial Form Support SLU

    CCOO firma el Acuerdo Colectivo de Teletrabajo  en TFS Trial Form Support SLU

    Los Comités de Empresa de Barcelona y Madrid, ambos compuestos por representantes de CCOO, y la Dirección de TFS Trial Form Support SLU han firmado hoy el Acuerdo Colectivo de Teletrabajo, en el que veníamos trabajando desde septiembre del año pasado. Destacamos:

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    Els Comitès d'Empresa de Barcelona i Madrid, tots dos compostos per representants de CCOO, i la Direcció de TFS Trial Form Support SLU han signat avui l'Acord Col·lectiu de Teletreball, en el qual treballàvem des de setembre de l'any passat. Destaquem:

    – es realitzaran tots els contractes individuals abans de l'1 de febrer de 2022. –

    – fins a aquest moment la plantilla que realitza teletreball rebrà la compensació per teletreball covid (amb el mateix import que el pactat aquí), gràcies a l'acord anterior

    – vigent fins al 30 de novembre de 2023, prorrogable per acord abans de la seva finalització.

    – es facilitaran totes les eines; en el cas que no es proporcioni cadira, es compensarà amb 5 euros mensuals adicionals. – s'han reflectit totes les garanties que marca la llei 10/2021

    – compensació econòmica:

     

    Encara que la negociació ha estat llarga i molt complexa, continuem treballant per a tancar altres acords, i des d'aquí volem felicitar els companys i companyes dels Comitès de Barcelona i Madrid per la seva dedicació i combativitat.

     Continuarem informant.

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    CCOO firma el Acuerdo Colectivo de Teletrabajo en TFS Trial Form Support SLU

    Los Comités de Empresa de Barcelona y Madrid, ambos compuestos por representantes de CCOO, y la Dirección de TFS Trial Form Support SLU han firmado hoy el Acuerdo Colectivo de Teletrabajo, en el que veníamos trabajando desde septiembre del año pasado. Destacamos:

    – se realizarán todos los contratos individuales antes del 1 de febrero de 2022.

    – hasta ese momento la plantilla que realiza teletrabajo recibirá la compensación por teletrabajo covid (con el mismo importe que el pactado aquí), gracias al acuerdo anterior

    – vigente hasta el 30 de noviembre de 2023, prorrogable por acuerdo antes de su finalización.

    – se proprocionarán todas las herramientas de trabajo; en el caso de que no se proporcione silla, se compensará con 5 euros mensuales adicionales.

    – se han reflejado todas las garantías que marca la ley 10/2021

    – compensación económica

    Aunque la negociación ha sido larga y muy compleja, seguimos trabajando para cerrar otros acuerdos, y desde aquí queremos felicitar a los compañeros y compañeras de los Comités de Barcelona y Madrid por su dedicación y combatividad.

    Seguiremos informando.

     

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  • CCOO intensifica su campaña de contratación indefinida en Contact Center y la Inspección de Trabajo ya obliga a no realizar de Obra y Servicio

    Es el fruto de la campaña que comenzó CCOO Servicios en diciembre de 2020 tras la sentencia del Tribunal Supremo que dicta que este tipo de contratos deben ser indefinidos en empresas cuya actividad principal es la prestación de servicios a terceros.

    Majorel, Salesland y Teyamé, unas de las principales empresas del sector, han comenzado ya a transformar sus contratos.

    Las empresas de Contact Center reúnen aproximadamente 40.000 contratos por obra o servicio en nuestro país. Esto supone unos índices de temporalidad muy elevados en un sector que no ha visto disminuido su volumen de negocio en décadas.

    En diciembre de 2020 y después de muchos años opinando lo contrario, el Tribunal Supremo dictó que en empresas cuya actividad principal es la prestación de servicios a terceros, los contratos tienen que ser indefinidos.

    Tras conocer esta sentencia, CCOO inicia una acción conjunta en todas las empresas del sector de Contact Center exigiendo la transformación de los contratos por obra o servicio en indefinidos. El sindicato denuncia los incumplimientos ante Inspección de Trabajo y además, es el primer sindicato que exige la modificación del Convenio Colectivo en este sentido ante la Audiencia Nacional, que también les dio la razón, aunque la patronal ha recurrido dicha sentencia.

    Ayer llegó la primera resolución de Inspección de Trabajo en la que obliga a SITEL, una de las principales empresas del sector, a no volver a realizar contratos por obra para la prestación de servicios de Contact Center.

    Hace unas semanas, el Grupo Majorel, otra de las principales empresas del sector, comunicó su intención de no realizar más contratos por obra o servicio “ad cautelam”, es decir, a la espera de que se pronuncie el Tribunal Supremo ante el recurso de la patronal.

    Por otra parte, La Dirección de Salesland acaba de comunicar a su plantilla que todos los contratos por Obra o Servicio (aproximadamente 300) se transformarán en Indefinidos. A esta iniciativa se suma Teyamé, que ha anunciado la conversión progresiva de los contratos a indefinidos, empezando por 70 personas trabajadoras.

    Desde CCOO celebran que las empresas vayan tomando este tipo de decisiones evitando así mayor confrontación con sus plantillas y animan al resto de la patronal a que siga su ejemplo.

    Respecto a las empresas que insisten en mantener este tipo de contrato, CCOO lamenta su actitud pues ningún contrato debe finalizar cuando acabe la obra o servicio al que está adscrito. Esto significa que, si finaliza una campaña en una empresa, ésta está obligada a asignar al personal afectado a otra campaña.

    CCOO Servicios

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  • Signat el Conveni d´Assegurances, Reassegurances i Mútues

    Firmado el Convenio de Seguros, Reaseguros y Mutuas

    El texto, con una vigencia de 5 años, regula por primera vez cuestiones como el teletrabajo, el derecho a la desconexión digital y el registro de jornada. Asímismo, el convenio introduce significativos avances en materia de igualdad y corresponsabilidad.

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    El text, amb una vigència de 5 anys, regula per primer cop qüestions com el teletreball, el dret a la desconnexió digital i el registre de jornada. Així mateix, el conveni introdueix avenços significatius en matèria d'igualtat i coresponsabilitat.

    Els Sindicats CCOO-Serveis i UGT, així com les patronals UNESPA, AMAT, Asecore i CEM han subscrit aquest matí el Conveni Col·lectiu Estatal d'Assegurances, reassegurances i Mútues, un acord que afecta a 74.000 persones i té una vigència de 5 anys (2020 -2024). Entre les qüestions pactades destaquen:

     

    Increment Salarial:

     

    • + 0,5 % el 2020, + 1 % el 2021 i + 1 % el 2022 (amb un increment addicional lligat a un IPC superior al 2 %)

    • El 2023 i 2024 + 0,8 % al gener. En acabar l'any es revisarà l'increment prenent com a referència el PIB i l'IPC

    • Import de compensació per dinar de 11,10 € diaris fins al 2022; 11,20 € el 2023 i 11,30 € el 2024

     

    Teletreball, Desconnexió Digital i Drets Digitals:

     

    Es considera teletreball desenvolupar a distància almenys el 30 % de la jornada laboral en tres mesos de referència. Limport per compensació de subministraments es fixa en 2 euros per dia treballat a temps complet des de casa. L'empresa haurà de dotar les persones dels mitjans necessaris per desenvolupar la seva tasca; incloent, com a mínim, un ordinador, tauleta, smart PC o similar. A més, les empreses podran acordar sistemes, compensacions i condicions de teletreball substitutius o complementaris als establerts al conveni sectorial.

     

    S'estableix el dret a la desconnexió digital, l'educació digital i el dret davant la intel·ligència artificial i el dret a la intimitat en l'ús de dispositius digitals, sistemes de videovigilància, enregistrament de sons i geolocalització.

     

    Igualtat i Corresponsabilitat:

     

    La dona gestant tindrà dret a una reducció retribuïda del 25 % de la jornada laboral a partir de la setmana 30 de gestació. S'estableix igualment un permís retribuït pel temps necessari perquè el pare o la mare no gestant pugui acudir als cursos de preparació al part a partir del sisè mes de gestació i fins a un màxim de 10 hores. També s'atorgarà un permís d'un dia feiner retribuït en cas de naixement de nét, extensible a les situacions d'adopció o acolliment.

     

    L’acord reforça i incorpora mesures de suport a les víctimes de violència de gènere. Les treballadores que es vegin en aquesta situació podran sol·licitar un ajut econòmic de fins a 1.000 euros per fer front a despeses de trasllat de domicili, assistència jurídica o ajut psicològic. Igualment, disposaran de permisos retribuïts per comparèixer pel temps que sigui necessari davant dels òrgans judicials i administratius.

     

    Des de CCOO Servicios es vol destacar la voluntat negociadora de les parts que ha facilitat la consecució d'un acord que dóna estabilitat al sector i millora les condicions laborals de 74.000 persones, de les quals 22.000 presten serveis a les Mútues, a les quals són de aplicació totes les matèries del Conveni excepte el capítol de retribucions, que queda lligat al que preveuen les lleis de pressupostos per la seva inclusió en el sector públic estatal. Així mateix, el sindicat vol posar èmfasi en lesforç realitzat per adaptar les relacions laborals a les noves realitats tecnològiques. Finalment, es valora de manera molt positiva els avenços en matèria d'Igualtat, evidenciant un compromís ferm del sector amb aquesta matèria.

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    Firmado el Convenio de Seguros, Reaseguros y Mutuas

    El texto, con una vigencia de 5 años, regula por primera vez cuestiones como el teletrabajo, el derecho a la desconexión digital y el registro de jornada. Asímismo, el convenio introduce significativos avances en materia de igualdad y corresponsabilidad.

     

    Los Sindicatos CCOO-Servicios y UGT, así como las patronales UNESPA, AMAT, Asecore y CEM han suscrito esta mañana el Convenio Colectivo Estatal de Seguros, reaseguros y Mutuas, un acuerdo que afecta a 74.000 personas y tiene una vigencia de 5 años (2020-2024). Entre las cuestiones pactadas destacan:

     

    Incremento Salarial:

     

    • + 0,5% en 2020, + 1% en 2021 y + 1% en 2022 (con un incremento adicional ligado a un IPC superior al 2%)
    • En 2023 y 2024 + 0,8% en enero. Al finalizar el año se revisará el incremento tomando como referencia el PIB y el IPC
    • Importe de compensación por comida de 11,10€ diarios hasta 2022; 11,20€ en 2023 y 11,30€ en 2024

     

    Teletrabajo, Desconexión Digital y Derechos Digitales:

     

    Se considera teletrabajo desarrollar a distancia al menos el 30% de la jornada laboral en tres meses de referencia. El importe por compensación de suministros se fija en 2 euros por día trabajado a tiempo completo desde casa. La empresa deberá dotar a las personas de los medios necesarios para desarrollar su labor; incluyendo, como mínimo, un ordenador, tableta, smart PC o similar. Además, las empresas podrán acordar sistemas, compensaciones y condiciones de teletrabajo sustitutivos o complementarios a los establecidos en el convenio sectorial.

     

    Se establece el derecho a la desconexión digital, a la educación digital y el derecho frente a la Inteligencia Artificial y el derecho a la intimidad en el uso de dispositivos digitales, sistemas de videovigilancia, grabación de sonidos y geolocalización.

     

    Igualdad y Corresponsabilidad:

     

    La mujer gestante tendrá derecho a una reducción retribuida del 25% de su jornada laboral a partir de la semana 30 de gestación. Se establece, igualmente, un permiso retribuido por el tiempo necesario para que el padre o la madre no gestante pueda acudir a los cursos de preparación al parto a partir del sexto mes de gestación y hasta un máximo de 10 horas. También se otorgará un permiso de un día laborable retribuido en caso de nacimiento de nieto, extensible a las situaciones de adopción o acogimiento.

     

    El acuerdo refuerza e incorpora medidas de apoyo a las víctimas de violencia de género. Las trabajadoras que se vean en esta situación podrán solicitar una ayuda económica de hasta 1.000 euros para hacer frente a gastos de traslado de domicilio, asistencia jurídica o ayuda psicológica. Igualmente, dispondrán de permisos retribuidos para comparecer por el tiempo que fuese necesario ante los órganos judiciales y administrativos.

     

    Desde CCOO Servicios se quiere destacar la voluntad negociadora de las partes que ha facilitado la consecución de un acuerdo que da estabilidad al sector y mejora las condiciones laborales de 74.000 personas, de las que 22.000 prestan servicios en las Mutuas, a las que le son de aplicación todas la materias del Convenio excepto el capítulo de retribuciones, que queda ligado a lo previsto en las Leyes de Presupuestos por su inclusión en el sector público estatal. Asímismo, el sindicato quiere poner énfasis en el esfuerzo realizado para adaptar las relaciones laborales a las nuevas realidades tecnológicas. Finalmente, se valora de forma muy positiva los avances en materia de Igualdad, evidenciando un compromiso firme del sector con esta materia.

    CCOO Servicios