Bancaja: Vacaciones de verano. Las sustituciones





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A
punto de terminar la época veraniega, es momento de reclamar el pago de la
sustitución de las personas con responsabilidad en la oficina, ya que estas
sustituciones implican la obligación de la empresa de abonar las
correspondientes diferencias salariales.

Vamos
a intentar responder aquí a las preguntas que te has de realizar al asumir una
sustitución que suponga un cobro de la misma.


¿Quién
tiene derecho?

 

q
Toda
persona
que
realice una sustitución y

cuyo nivel de cobro 

    
sea
inferior al correspondiente a la función objeto de la sustitución.

 

 

 


¿Por
qué
?

 

q
Porque
así lo reconoce el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros 

    
2007-2010 en su artículo 92.


  ¿Dónde?

 

No
obstante lo dicho, de manera unilateral Bancaja sólo venía abonando
las sustituciones en algunos casos concretos: 

q
En
oficinas de 6ª categoría y en las no clasificadas.

 

q
En
oficinas de superior categoría con ausencia simultánea del/la
Director/a y Subdirector/a.

 

q
En
Unidades Administrativas.

 

q
En
Ventanillas desplazadas.

 

¿Qué?

 

q
En
oficinas de 6ª categoría o
sin clasificar: la sustitución del/la directora/a. Consiste en la
diferencia salarial hasta Nivel V más el complemento recogido en el
acuerdo de aplicación del Convenio 2003-2006, y el correspondiente Plus
de Representación.

 

q
En
Unidades Administrativas: la
sustitución del responsable de la misma. Consiste en la diferencia
salarial hasta Nivel X y en Plus de Firma, si no se cobra.

 

q
En
ventanillas desplazadas: El
Plus de Firma y kilometraje (ida y vuelta) a razón de 0,31 € por km.
En este caso, es independiente del nivel de cobro del/la empleado/a. El
procedimiento de cobro de kilometraje, se describe en a extranet de
Bankia en:

 

q
Pestaña
superior > NORMATIVA OPERATIVA
Menú lateral izquierdo> PLANTILLAS DE DOCUMENTOS > LIQUIDACION DE
GASTOS > LIQUIDACION DE GASTOS OFICINAS Y CENTROS DE EMPRESAS
PROCEDENTES DE BANCAJA…

 

¿Cuándo?

 

q
En
el momento en que finalices la sustitución.

 

q
Si
ya la has realizado, puedes reclamar los importes correspondientes 

   
al
último año.

 

¿Cómo?

 

q  
En
Intranet de Bancaja (mod. 2052280 del editor de documentos) dirigida al
Responsable de Recursos de la U.N. correspondiente, firmado por el
empleado y con el visto bueno del Director/a de la Oficina.

 

q
En
alguna U.N. se admite la petición por correo
electrónico
, remitida por el/la empleado/a al Director/a: éste lo
reenvía a su vez a la U.N., con la conformidad de la sustitución
realizada.

 

 

Ejemplo
de Comunicación Interior

Centro
emisor
 

 

 Responsable
de Recursos de la

 

U.N.
correspondiente

 

Clave

 

Oficina
de Origen

 

Fecha 

Fecha
de la solicitud

 

N/ref 

S/ref 

 

 

       

 

Centro
Asunto
:
Reclamación
diferencia salarial por sustitución.

 

 

Texto: 

 

Durante
el periodo comprendido entre los días ___________ y ____________, he
sustituido la ausencia del Director / Responsable U.A. de esta sucursal,
realizando las funciones inherentes a su cargo.

 

 

Mis
datos personales son:

 

Nombre:______________________________-

 


de registro: ____________

 

Nivel:
___________(de cobro)

 

 

Lo
que pongo en su conocimiento para que procedan al abono de las
diferencias salariales y el Plus de representación (en su caso)
correspondientes.

 

 


 

El
director/a de la oficina

 


 

Atar
los cabos sueltos
 

q Te
recordamos que, antes de asumir la responsabilidad de una sustitución,
es importante comentar con tu superior/a las situaciones expuestas, a
fin de evitar sorpresas posteriores.

 

 

7
de septiembre de 2011