Categoría: Acuerdos

  • Acuerdo sobre condiciones de trabajo en ‘El Monte’

    Resumen y texto completo del Acuerdo sobre condiciones de Trabajo en El Monte que recoge los principales elementos que su aplicación conlleva en nuestra Caja, así como las mejoras en las condiciones laborales que supone para los trabajadores, que lo configura como uno de los acuerdos más beneficioso para los trabajadores firmado en el sector.

    Texto Completo del Acuerdo

    RESUMEN ACUERDO SOBRE CONDICIONES DE TRABAJO EN EL MONTE DEL 5/02/02

    APLICACION ACUERDO LABORAL DE FUSIÓN

    Ayer, día 5, se firmó un Acuerdo entre CC.OO. y la Dirección, ratificado por la Comisión Ejecutiva de la Caja, que supone una completa regulación de nuestras condiciones laborales, y la aplicación de todo lo establecido en el Acuerdo Laboral para la Fusión (A.L.F.) que alcanzamos el 18/6/01: Por tanto, y este es un elemento fundamental, se consigue la aplicación del este Acuerdo AUNQUE NO SE PRODUZCA LA FUSIÓN. Este Acuerdo Laboral se alcanza en cumplimiento del Acuerdo sobre Órganos de Gobierno entre CC.OO., PSOE e IU del pasado 14 de Diciembre.

    En este sentido, consideramos importante recordar los principales elementos que la aplicación de este Acuerdo conlleva en nuestra Caja, así como las mejoras en las condiciones laborales que supone para los trabajadores, que lo configura como uno de los acuerdos más beneficioso para los trabajadores firmado en el sector:

    • Aplicación inmediata del A.L.F. en las siguientes materias:
    • Creación de empleo fijo (lo cual ya hemos empezado a aplicar con el ingreso de 31 compañeros de la lista de las oposiciones de 1.998 y las oposiciones convocadas en Enero)
    • Mejoras en el apartado de jornada (bolsa de vacaciones, jornadas reducidas).
    • Mejora y apuesta decidida por los sistemas objetivos de selección y promoción.
    • Plan de Igualdad de Oportunidades.
    • Mejoras en materia de Formación
    • Inicio de la negociación sobre Carrera Profesional (Clasificación de Oficinas, Incentivos, …)
    • Aplicación el 1 de Enero de 2.003, o antes si se produce la Fusión, de:
    • Homologación salarial (23,42 pagas para todos los trabajadores más un Plus Personal de importe mínimo del 6% para los ingresados antes del 31.12.94).
    • Mejora muy importante de nuestras condiciones sociales (seguro médico, premios, préstamo para adquisición de inmueble, uniforme, cobertura daños automóvil, …).
    • Importantes vías de promoción interna

    Aspectos a aplicar de forma inmediata

    EMPLEO: Creación de empleo fijo

    • Incorporación inmediata a la plantilla fija de los compañeros situados hasta el puesto 150 de las oposiciones de 1.998 (ya aplicado).
    • Convocatoria de oposiciones restringidas entre los compañeros que hayan trabajado como eventuales al menos 6 meses del 1.1.98 al 31.12.2001 (ya aplicado).
    • Limitación de la contratación no indefinida: El volumen de contratación en la Caja no superará el 7% del empleo fijo. El exceso se convertirá en empleo fijo.
    • Mejora de los sistemas objetivos de selección de plantilla mediante procedimientos públicos y con participación sindical.

    JORNADA: Jornadas reducidas y vacaciones

    • Jornadas reducidas: Se unifican y mejoran de la siguiente forma: de 9:00 a 14:00 los días 24/12, 31/12, 5/1, Semana Santa y Semana Mayor de la localidad completa (5 días). El horario especial de Navidad de Huelva se convierte en salario desde 2.003, manteniéndose excepcionalmente durante este año.
    • Vacaciones: El mes de vacaciones se podrá disfrutar en el periodo 15/5 al 15/10, pudiendo partirse a opción del trabajador/a.
    • Bolsa de vacaciones: Por cada día que se tome fuera del periodo anterior, se percibirán las siguientes cantidades.-

    2ª quincena Enero o 1ª quincena Diciembre

    11,67 ¤

    Febrero o Noviembre

    9,65 ¤

    Marzo o 2ª quincena Octubre

    7,37 ¤

    Abril o 1ª quincena Mayo

    6,03 ¤

    • Hora de Lactancia: Elección libre al comienzo o al final de la jornada, o bien partida. Opción de acumular el tiempo completo de lactancia al periodo de maternidad (15 días laborables).

    Aspectos a aplicar el 1.1.2003 (o en el momento de la Fusión, si ésta se produce antes)

    RETRIBUCIONES: HOMOLOGACION al alza

    • 23,42 pagas de Salario Base y Trienios para todos los trabajadores de la plantilla.
    • Complemento Personal Salarial Revisable de un importe MÍNIMO de un 6% del importe total de las 23,42 pagas, para todos los trabajadores de la Caja que actualmente perciben 23,42 pagas (los anteriores al 31.12.94).
    • Esta estructura SUSTITUYE a las estructura actual de la caja, únicamente en la parte compuesta por: Pagas (23,42 y 19,75, según los casos) y Pluses 6.1 AR, 7.1 AR y 8.d AR.
    • Ningún trabajador/a percibirá menos con esta nueva estructura salarial que con la actual. Del resto de Pluses y conceptos salariales, algunos se suman a los pluses personales (por encima del 6% mínimo) y otros siguen con su regulación respectiva.
    • Esta nueva estructura salarial se ha conseguido que se aplique desde el 1.1.2003 o antes si durante 2.002 se produjese la Fusión.
    • Trabajadores de futuro ingreso: Los que ingresen desde el 1.1.2003 o bien desde la Fusión si es anterior percibirán 21 pagas (2,5 pagas más que el Convenio Colectivo), con el compromiso de negociar su homologación a 23,42 pagas a partir del 1.1.2005.

    MEJORA DE LAS CONDICIONES SOCIALES

    La mejora de las condiciones sociales es uno de los elementos más importantes del Acuerdo: Seguro Médico, anticipos sin justificación, Premios y subsidios, Seguro de Vida, Préstamo de inmueble (no necesariamente vivienda habitual), …

    Condiciones sociales que mantienen su regulación:

    Se mantiene la regulación de las siguientes condiciones sociales: Cuenta nómina, préstamo social y préstamo vivienda habitual (si bien mejorado en sus importes).

    Condiciones sociales que MEJORAN su regulación:

    • Premio 25 años de servicio: 1 haber bruto mensual y dos meses adicionales de vacaciones.
    • Anticipos: Se pasa del actual anticipo que requiere justificación a uno de 7/12 ingresos brutos anuales sin justificar (con determinadas justificaciones si no han pasado 3 años).
    • Exención de comisiones y gastos bancarios.
    • Tarjetas: Crédito automático mínimo de 1.200 euros (sin perjuicio de créditos superiores).

    NUEVAS Condiciones sociales:

    • Gratificación por nupcialidad (2 haberes brutos mensuales)
    • Gratificación por natalidad o adopción (1/4 haber bruto mensual)
    • Subsidio defunción empleado (3 haberes brutos mensuales) ó familiares (1/2 haber bruto mensual)
    • Fondo para la cobertura de daños en automóvil propio por motivos profesionales.
    • De forma voluntaria, derecho a uniforme anual para las trabajadoras de la Caja.
    • Seguro médico: Cuota del empleado íntegra a cargo de la Empresa.
    • Seguro de Vida e Invalidez de 17.900 ¤ (35.800 ¤ fallecimiento por accidente).
    • Préstamo para adquisición, reparación o refinanciación de inmuebles: Interés: tipo préstamo vivienda + 0,5. Plazo 20 años. Adquisición, construcción, etc., de inmueble (sea o no vivienda habitual), y otros motivos.

    Otros aspectos del A.L.F. a aplicar

    Carrera Profesional

    Se creará en el año 2.002 una Comisión Paritaria CC.OO.-Dirección para negociar todo lo relacionado con Carrera Profesional (Clasificación de Oficinas, Incentivos Variables y Clasificación de Servicios Centrales), teniendo como bases mínimas las acordadas en el A.L.F., y que cuando menos supondrán una mejora del sistema de Clasificación de Oficinas:

    • Se simplifica el actual sistema, en el que no hay garantizado un % de oficinas en cada tramo, estableciendo tramos fijos, que mejoran la actual situación.
    • Acumulación de puntos por días de desempeño, consolidándose realmente el día que se acumulan 3 años, no como ahora.

    A lo largo de 2.002 encararemos una importante negociación sobre Clasificación de Oficinas, Servicios Centrales e Incentivos.

    • Subdirección 3 niveles menos a efectos de consolidación (como actualmente), pero 2 menos a efectos de cobro.

    Tramos fijos pactados

    Grupo

    % última clasificación

    % Fijos de

    Oficinas

    Categoría Dirección

    Categoría Subdirección

    Consolidación

    Cobro

    A

    1,3%

    2%

    Jefe 4A

    Jefe 5B

    Jefe 5A

    B

    3,1%

    8%

    Jefe 4B

    Jefe 6A

    Jefe 5B

    C

    10,3%

    10%

    Jefe 5A

    Jefe 6B

    Jefe 6A

    D

    18,5%

    20%

    Jefe 5B

    Oficial 1º

    Jefe 6B

    E

    28,2%

    25%

    Jefe 6A

    Of. 2º 3a

    Oficial 1º

    F

    22,9%

    20%

    Jefe 6B

    Oficial 2º

    Of. 2º 3a

    G

    15,7%

    15%

    Oficial 1º

    Importantes vías de promoción

    • Oposiciones internas los años 2.003, 2.005 y 2.007, sin límite de plazas (basta con aprobar) para ascenso a Oficial 1º y 2º. Los que aprueben, ascenderán a Oficial 2º al tener cumplidos 6 años de antigüedad como Auxiliar, y a Oficial 1º al tener cumplidos 3 años de antigüedad como Oficial 2º o B.
    • Oposiciones internas los años 2.003, 2.005 y 2.007, con límite de plazas (competitivas). El número mínimo de plazas convocadas será 10 de Of. 2º y 8 de Of. 1º.
    • Desde 2.008, convocatoria bianual de oposiciones internas con límite de plazas para ascenso a Oficial 1º y 2º. Plazas a convocar: De Oficial 2º, el 7% del censo de auxiliares; de Oficial 1º, el 5% del censo de Auxiliares y Oficiales 2º (si se calculase hoy sumando las plantillas de El Monte y Caja San Fernando, supondrían unas 65 plazas de Oficial 2º y 57 de Oficial 1º).

    IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

    • Aplicación inmediata del Plan de Igualdad de Oportunidades incluido en el ALF, con el objetivo de eliminar desigualdades y discriminaciones directas e indirectas, establecimiento de medidas de acción positiva y la creación de la Comisión de Igualdad de Oportunidades y la figura de la «Agente por la Igualdad».
    • El desarrollo del Plan se centra en la cultura organizativa, la selección, formación y promoción, la conciliación de la vida familiar y laboral, el acoso sexual, la salud laboral e información y tratamiento de la publicidad.

    Texto Completo del Acuerdo

  • Reglamento del Plan de Pensiones ALLIANZ

    El presente Reglamento del Plan de Pensiones denominado PLAN DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS DE ALLIANZ cuyo Promotor es ALLIANZ, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (en adelante ALLIANZ) regula las relaciones dentro del mencionado Plan, entre el Promotor del mismo, sus partícipes y sus beneficiarios, cuya condición lleva implícita la aceptación de todas las normas en él contenidas

    Ver texto del Reglamento

  • Acuerdo sobre el Desarrollo de la Seguridad Social

    Las partes firmantes del presente Acuerdo, en el marco de las Recomendaciones del Pacto de Toledo y del Acuerdo Social de octubre de 1996, y dentro del objetivo de consolidación del sistema de la Seguridad Social, han considerado la necesidad de que los modelos de Seguridad Social se embarquen en una senda de reformas que permitan su modernización en función de la evolución de las necesidades sociales.

    Ver texto del Acuerdo

  • ACUERDO SOBRE PAREJAS DE HECHO, PERMISOS DE LACTANCIA, PRÉSTAMO ADQUISICIÓN DE VIVIENDA DE 5 ANUALIDADES





    ANEXO AL ACUERDO 10/12/2001

    ANEXO AL ACUERDO DE 10 DE DICIEMBRE DE 2001

     

    REUNIDOS

     

    Por Caja Madrid: D. Ángel
    Córdoba Díaz, Dª.  Marina Mateo Ercilla,
    D. Agustín López del Hierro Abad, D. José Luis Barquero Martín, Dª. Isabel
    Álvarez Guntiñas.

     

    Por CC.OO.: D. José
    Mª Martínez López, D. Ángel Corrales Martín, D. Gabriel Moreno Flores, D.
    Benito Gutiérrez Delgado y D. Carlos Alcocer Hernández.

     

    Por ACCAM: D. Pedro
    Fernández Merlo, Dª Soledad López Pereda y D. José Bañales Curiel.

     

    Por UGT: D. José
    V. Bayarri Ballester, D. Juan Manuel Monasterio Benito y D. Rafael Torres
    Posada.

     

    Por CSI/CSIF: D. Fco
    Javier Granizo Muñoz y D. Pablo Martín Calvo.

     

    Por SABEI: Sebastiá
    Ferrer Xamena y D. Antoni Morey Botella.

     

    En Madrid, a 27 de febrero de
    2002, se reúnen las personas arriba indicadas en las respectivas
    representaciones que ostentan y reconociéndose mutuamente capacidad suficiente
    para suscribir el presente documento.

     

    EXPONEN

     

    Que el pasado 10 de diciembre de
    2001, se alcanzó un acuerdo con la mayoría de las Secciones Sindicales de
    empresa en el que se adquiría el compromiso de las partes firmantes del mismo,
    de definir, por un lado, los requisitos necesarios para la consideración de la
    pareja de hecho a efectos de endeudamiento en la solicitud de operaciones
    financieras y, por otro lado, negociar la transformación del tiempo de
    lactancia por días de permiso.

     

    Por otra parte, se ha planteado la
    clarificación de las condiciones establecidas para los préstamos de empleado
    para la adquisición de la vivienda habitual de 5 anualidades por el Convenio
    Colectivo para los años 2001 y 2002 a préstamos de estas mismas características
    formalizados antes de la publicación de dicho Convenio.

     

    Que
    ante la necesidad de cumplir con los compromisos adoptados como consecuencia
    del Acuerdo suscrito el pasado día 10 de diciembre de 2001 y la voluntad de
    establecer criterios que permitan la mejora del tratamiento de los tipos de
    interés en materia de préstamos para la adquisición de vivienda habitual de 5
    anualidades anteriores a la entrada en vigor del Convenio Colectivo para los
    años 2001 y 2002, las partes han acordado las siguientes medidas:

     

    1.- PAREJAS DE HECHO

     

    1.1    La
    acreditación de la condición de pareja de hecho deberá realizarse mediante la
    presentación  de certificado del
    Registro de Uniones de Hecho de carácter Oficial del que se trate o mediante
    certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento,  Acta Notarial o Declaración Jurada que
    acrediten la convivencia continuada.

     

    1.2     Lo establecido en el párrafo anterior será de
    aplicación exclusiva a lo dispuesto en el Apartado Primero en relación al
    compromiso en materia de préstamos para la adquisición de vivienda habitual
    para empleados del Acuerdo de 21 de diciembre de 2000, y a los solos efectos
    del cálculo del límite de endeudamiento del 40 % que en el mismo se establece.

     

    2.- PERMISOS DE LACTANCIA

     

    El derecho al disfrute del permiso
    o reducción de jornada por lactancia legalmente establecido podrá ser
    sustituido, a opción de la trabajadora o el trabajador por un permiso de 10
    días naturales que deberán disfrutarse a continuación de la baja por
    maternidad, más 5 días laborales a disfrutar durante los primeros 12 meses de
    vida del hijo a contar desde la fecha de nacimiento de éste.

     

    3.- PRÉSTAMO ADQUISICIÓN DE
    VIVIENTA DE 5 ANUALIDADES

     

    A la cartera viva de los préstamos
    para la adquisición de vivienda habitual de 5 anualidades,  referidos en el artículo 63 del EECA, a la
    fecha de publicación del Convenio Colectivo de los Empleados de las Cajas de
    Ahorros para los años 2001- 2002, (1 de septiembre de 2001), y que continúen
    vigentes a la fecha del presente Acuerdo, les será de aplicación el tipo de
    interés del 76 por 100 del EURIBOR a un año, o índice que le sustituya, con
    fecha de efectos 01/01/2002, tomando para ello como referencia inicial el
    EURIBOR a un año del mes de octubre publicado en el mes de noviembre de 2001,
    sin perjuicio del mantenimiento del resto de las condiciones que fueran de
    aplicación en el momento de la concesión del préstamo.

     

    Sin más asuntos que tratar, las
    partes proceden a la firma del presente documento en el lugar y fecha arriba
    indicados.

  • PPEBS aportación de 45.000 ptas

    21 11 01 PPEBS aportación de 45.000 ptas ( PDF: Cast)