Categoría: Acuerdos

  • ACUERDO COLECTIVO DE TRABAJO A DISTANCIA

    – La empresa nos ha convocado para la negociación de un nuevo Acuerdo Colectivo de Trabajo a Distancia. Como siempre, vamos a pelear para conseguir el mejor acuerdo posible. 

    Decidnos aquello que creáis importante a mantener o mejorar para tenerlo en cuenta.

     

    – Hemos tenido noticias de la inspección por el uso de móviles personales para autenticarse para trabajar.

     

    – Se ha celebrado la reunión trimestral del Comité con la empresa.

     

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  • FINALIZAMOS LA NEGOCIACIÓN DEL II PLAN DE IGUALDAD CON ACUERDO

    Como os hemos ido informando en anteriores ocasiones, después de un duro proceso negociador que se ha prolongado más de dos años, llegamos a este 23 de febrero de 2024, a firmar el que será el II PLAN DE IGUALDAD de CASER GRUPO HELVETIA con una vigencia de 4 años a contar desde el 1 de marzo 2024 hasta el 28 de febrero de 2028.

     

     

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  • Reunión Comisión Negociadora de empresas vinculadas a restaurantes McDonald’s

    Tras varias reuniones mantenidas por la parte social, después de debatir un documento propuesto por CCOO y con aportaciones de los demás sindicatos, se ha consensuado una plataforma con nuestra propuesta de Acuerdo Marco que se ha mandado a la parte empresarial para que puedan valorarla.

    Sus puntos principales son los siguientes:

    • Se establecen las pautas generales para el desarrollo del contenido derivado de los procedimientos de adhesión previstos en la Disposición Adicional Primera del Convenio Colectivo de Marcas de Restauración que deberán formalizarse con la RLPT de la empresa afectada.
    • En la adhesión debe realizarse la adaptación de sistemas de clasificación y posteriormente la adecuación salarial.
    • Se recoge una comisión paritaria para realizar seguimiento de todos los procedimientos de adhesión y garantizar que se da cumplimiento a lo acordado.
    • En las materias no reguladas en el Convenio Colectivo de Marcas de Restauración se mantendrán las condiciones de los convenios de origen.
    • Se le da traslado de la situación actual del sector con su diversa problemática y su afectación a las personas trabajadoras del sector.
    • Se fijan reuniones para el mes de marzo.

     

    Os continuaremos informando.

  • Acuerdo en Comisión Mixta Paritaria del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado la subida del SMI en las tablas salariales 2024

    En el seno de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública se han acordado las tablas salariales de 2024, adaptadas al SMI aprobado por el gobierno.

    En la comisión se ha decidido cómo se repartirá la subida del SMI (entre el salario base y el plus de convenio) y aprobado las nuevas tablas salariales. Recordemos que la subida pactada en el Diálogo Social fue del 5% (1.134€/mes en 14 pagas), con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024.

     ¿Cómo se va a realizar la adecuación? 

    Lo primero que hay que tener en cuenta es que, hasta que no se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no comenzará a aplicarse tal y como se ha pactado (como se muestra en la tabla anexada al final del comunicado).

    Sin embargo, mientras se publica, los salarios deben adecuarse igualmente al nuevo SMI por ley, por lo que, hasta entonces, los salarios por debajo se completarán mediante un complemento hasta alcanzar los 1.134€ brutos mensuales (x 14 pagas). Por otro lado, al ser de aplicación desde el 1 de enero, en la nómina de febrero, además del complemento SMI de febrero, deberá incluirse como atrasos el correspondiente a enero, pendiente de cobro por no estar publicado en el BOE el nuevo SMI hasta el 7 de febrero.

     ¿Qué ocurrirá una vez se publique lo pactado y comience a aplicarse? 

    Una vez sean publicadas en el BOE las tablas acordadas, las empresas tendrán un mes para aplicarlas en la nómina y deberán abonar los atrasos desde enero, para aquellos casos en los que las tablas mejoren su salario a dicha fecha.

    Estas parten del salario mínimo para la categoría más baja de cada área (excepto en el área 4) e incluyen, también, el diferencial de al menos 80€ entre cada categoría profesional actualizada y la inmediatamente superior.

    Además, se generarán y devengarán atrasos derivados de aplicar las nuevas tablas y el diferencial de 80€ desde enero de 2024, cuando así corresponda.

    Por último, debéis tener en cuenta que las nuevas tablas, y los atrasos que generen, no se cobrarán hasta la nómina del mes siguiente a su publicación en el BOE, salvo que las empresas decidan anticiparlo.

    Las nuevas Tablas Salariales acordadas en la mesa para 2024, ya adecuadas al SMI, son:

    ESTE CONVENIO TIENE MUCHO DE TI

    COMUNICADO CASTELLANO

    COMUNICADO CATALÁN

    COMUNICADO GALLEGO

  • Acuerdo en Comisión Mixta Paritaria del Convenio de Consultoría y Estudios de Mercado la subida del SMI en las tablas salariales 2024

    En el seno de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo de Consultoría, Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión Pública se han acordado las tablas salariales de 2024, adaptadas al SMI aprobado por el gobierno.

    En la comisión se ha decidido cómo se repartirá la subida del SMI (entre el salario base y el plus de convenio) y aprobado las nuevas tablas salariales. Recordemos que la subida pactada en el Diálogo Social fue del 5% (1.134€/mes en 14 pagas), con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024.

     ¿Cómo se va a realizar la adecuación? 

    Lo primero que hay que tener en cuenta es que, hasta que no se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no comenzará a aplicarse tal y como se ha pactado (como se muestra en la tabla anexada al final del comunicado).

    Sin embargo, mientras se publica, los salarios deben adecuarse igualmente al nuevo SMI por ley, por lo que, hasta entonces, los salarios por debajo se completarán mediante un complemento hasta alcanzar los 1.134€ brutos mensuales (x 14 pagas). Por otro lado, al ser de aplicación desde el 1 de enero, en la nómina de febrero, además del complemento SMI de febrero, deberá incluirse como atrasos el correspondiente a enero, pendiente de cobro por no estar publicado en el BOE el nuevo SMI hasta el 7 de febrero.

     ¿Qué ocurrirá una vez se publique lo pactado y comience a aplicarse? 

    Una vez sean publicadas en el BOE las tablas acordadas, las empresas tendrán un mes para aplicarlas en la nómina y deberán abonar los atrasos desde enero, para aquellos casos en los que las tablas mejoren su salario a dicha fecha.

    Estas parten del salario mínimo para la categoría más baja de cada área (excepto en el área 4) e incluyen, también, el diferencial de al menos 80€ entre cada categoría profesional actualizada y la inmediatamente superior.

    Además, se generarán y devengarán atrasos derivados de aplicar las nuevas tablas y el diferencial de 80€ desde enero de 2024, cuando así corresponda.

    Por último, debéis tener en cuenta que las nuevas tablas, y los atrasos que generen, no se cobrarán hasta la nómina del mes siguiente a su publicación en el BOE, salvo que las empresas decidan anticiparlo.

    Las nuevas Tablas Salariales acordadas en la mesa para 2024, ya adecuadas al SMI, son:

    ESTE CONVENIO TIENE MUCHO DE TI

    COMUNICADO