Categoría: Beneficios Sociales

  • Establiments Concertats 2014

    S’ha publicat el llibre 2014, amb els establiments concertats per a l’adquisició d’articles amb descompte per a treballadores i treballadors de BBVA a la província de Barcelona pertanyents al Economat Laboral de Banca .

    llibre Barcelona en pdf

  • CCOO publica la guía PIF

    CCOO publica una guía sobre los Permisos Indivuales de Formación: ¿que son? ¿cómo se financian? ¿qué pasos hay que dar para su tramitación? Razones por las que no se puede denegar un PIF. 

  • ELECCIÓN DE LOS TURNOS DE VACACIONES

    Hemos
    leído con atención los recientes comunicados sindicales que se han distribuido
    en Illes Balears sobre cuál debe ser la prevalencia a la hora de elegir los
    turnos de vacaciones entre los compañeros y compañeras de los distintos centros
    de trabajo.


    ELECCIÓN DE LOS TURNOS DE VACACIONES

    Hemos leído con atención los recientes comunicados sindicales que se han distribuido en Illes Balears sobre cuál debe ser la prevalencia a la hora de elegir los turnos de vacaciones entre los compañeros y compañeras de los distintos centros de trabajo.

    Unos defienden que el criterio preferente debe ser el de antigüedad en la empresa y otros que el privilegio de elegir viene dado por el nivel retributivo de cada cual.

    El Convenio establece:

    (…) en los turnos de vacaciones, los empleados con responsabilidades familiares tienen preferencia a que las suyas coincidan con los períodos de vacaciones escolares y dentro de esta situación, o si no hubiera empleados en ella, se resolverá la preferencia, dentro del Nivel, a favor de quienes tengan mayor antigüedad en la Institución. La preferencia a favor de los empleados con responsabilidades familiares no implica la elección de un turno determinado sino, únicamente, que sus vacaciones se disfruten dentro de los límites del período de vacaciones escolares; respetando este requisito, la elección del turno concreto dentro de dicho período se resolverá en favor de la mayor antigüedad en la Entidad dentro de cada Nivel, aunque los empleados solicitantes no tengan responsabilidades familiares.

    La norma, lejos de aclararnos las cosas, puede que incluso nos confunda aún más: ¿Antigüedad en la Institución, nivel profesional, antigüedad en el nivel, responsabilidades familiares? ¿Constituye una responsabilidad, a estos efectos, tener el suegro a cargo?

    La norma que ha regido en Sa Nostra parece más clara:

    (…) respetando estas prioridades:
    a) La de la antigüedad en la empresa.
    b) La de los trabajadores con responsabilidades familiares, respecto de las épocas de vacaciones escolares, (…).

    Remitiéndonos a lo que son los usos y costumbres y desde la observancia de la máxima de que “la veteranía es un grado”, CCOO entiende que, al menos en el territorio de Illes Balears, las vacaciones deben seguir eligiéndose a partir de aquellos criterios que emanan del compañerismo, armonía y solidaridad y que sólo en último extremo y si no quedase más remedio, cabría invocar la prioridad de “antigüedad en la empresa”. Si la empresa tuviese otro criterio, que lo comunique por escrito y ya veremos qué resuelve la Comisión Mixta Interpretativa del Convenio Colectivo.

  • CCOO exigirá a la Autoridad Laboral endurecer las sanciones por incumplimiento del horario

    A raíz de las denuncias interpuestas por CCOO por la prolongación de jornada en centenares de oficinas de diversas entidades financieras de Andalucía la Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo ha dejado patente la doble moral que tienen estas entidades. Así mientras se reduce la plantilla sistemáticamente se obliga a prolongar la jornada, como se demuestra en el 90% de los casos analizados en los que no se cumplía el horario de Convenio, lo que aparte de representar un fraude de ley, impide la creación efectiva de empleo. Leer más…

  • Cheque Guardería y Reducción de Jornada hasta 12 años

    En 2009, con la negociación del Plan de Igualdad, se incorporó
    para las mamás trabajadoras que no redujesen su jornada una ayuda de 50
    euros mensuales
    en forma de cheque de guardería hasta los tres años de edad de su
    hijo o hija.

    La novedad es que ahora cotizan esos 50
    Euros, de modo que en nómina supondría un 6,35% de cotización adicional
    para la trabajadora (3,175 Euros menos), lo que se detalla en los
    siguientes incrementos:

    + 28,3% (14,15 Euros) en la Base de Cotización para Contingencias
    Comunes, la trabajadora contribuye con el 4,7%, es decir, 2,35 Euros
    menos de nómina.

    + 7,05% (3,525
    Euros) en la base de cotización al Desempleo en contratos indefinidos,
    un 1,55% de la trabajadora, esto es, 0,775 Euros menos.

     + 0,70 (0,35 Euros) en la Base de Formación Profesional, de los cuales en nómina te descontarán 0,05 Euros.

     + 0,20 (0,10 Euros) en la Base del FOGASA. La trabajadora no cotiza.

    También desde diciembre las mamás y papás que trabajan pueden reducir su jornada laboral hasta los 12 años de sus retoños.

    Desde
    nuestra Sección Sindical nos habría gustado que la medida negociada en
    su día fomentase la igualdad en la empresa aplicándose también a los
    trabajadores, al fin y al cabo, se trata de un Plan de Igualdad.