Categoría: Beneficios Sociales

  • Toca ya, urge, nueva corrección de tipos

    La realidad corre más que las previsiones, y donde en Enero decíamos que había que corregir la referencia de aplicación a nuestros Préstamos y Créditos, ahora tenemos que decir que las decisiones tomadas se han quedado muy lejos de  lo que es justo y necesario.

    En la revisión que tocaba (con Euribor de Octubre, 5,248%), conseguimos que se utilizara la media de los días del 01/10 al 31/12 (el 4,378%) para los Créditos Social de Vivienda, y Crédito Vario. Para los Hipotecarios de Vivienda. (en el mismo Acuerdo, pero a través de Banca Comercial, el de noviembre, el 4,350%) aún estos últimos sin termi-nar de aplicar (¡tres meses después de anunciarlo!). También se ha pedido, en la Comisión Interpretativa, la revisión de los Hipotecarios de Convenio (¡al 5,02%!).

    Pero el Euribor ha corrido mucho más en su línea bajista (Abril, al 1,771%), en la que se espera que persevere, hasta el punto que se impone una corrección de lo que se nos cobra a los empleados, porque no es entendible, ni razonable, ni tolerable, tener unos tipos tan por encima de la referencia del coste del dinero (el Euribor), o incluso del coste legal (BOE, el 4,0%).  Debemos tener tipos preferenciales en nuestros créditos y el Banco no debe engordar la cuenta de resultados a costa nuestra.

    Otras Entidades así lo han entendido, después de la primera revisión en BBVA, llegando a Acuerdos con tipos de interés para su plantilla más acordes con la realidad actual.

    Por todo ello, COMFIA-CCOO demandamos de BBVA -mediante un anexo al Acuerdo de Préstamos para empleados- un nuevo ejercicio de adecuación a los datos, a la realidad, a las circunstancias cambiantes para todos y todas.

    CCOO aportamos soluciones, mejoramos tus derechos.     11 Mayo 2009

    leer Comunicado en pdf

    leer Carta a RRLL en pdf

  • Tabla salarial definitiva 2008 Préstamos vivienda: 1,50% desde julio Préstamos atenciones diversas: 4% desde abril

    La Comisión Mixta Interpretativa del Convenio Colectivo para los años 2007-2010 en la reunión celebrada el pasado 28 de abril ha establecido como definitiva la tabla salarial del año 2008 – así como el plus convenio variable- acordando su remisión a la Dirección General de Trabajo para que proceda a su publicación en el BOE.

    Para ver noticia completa pincha aquí

  • Cómo seguir cotizando para la pensión sin tener un empleo

    La Seguridad Social da la posibilidad de firmar convenios individuales.

    04-05-2009

    Muchos trabajadores que se quedan en paro durante los últimos años de su vida laboral desconocen la posibilidad de seguir cotizando individualmente para mantener su nivel de aportaciones con el objeto de cobrar la pensión esperada. Para ello es necesario suscribir un convenio especial con la Seguridad Social.

    ¿Quién puede suscribir un convenio especial con la Seguridad Social?

    Cualquier trabajador que cause baja en un régimen de la Seguridad Social en el que estuviera cotizando y no esté dado de alta en otro régimen en el momento de suscribir el convenio.

    También pueden suscribirlo asalariados con contrato fijo o autónomos, que continúen dados de alta en el sistema de la Seguridad Social una vez cumplidos los 65 años, siempre y cuando acrediten 35 o más años de cotización efectiva y estén exentos de cotizar por contingencias comunes excepto por incapacidad temporal.

    Asimismo, los trabajadores que cesen en su prestación de servicios por cuenta propia o ajena y que sean contratados nuevamente por otro empresario o el mismo, con remuneraciones que den lugar a una base de cotización inferior al promedio de las bases de cotización correspondientes a los días cotizados en los doce meses inmediatamente anteriores al cese.

    Otro de los supuestos afecta a los trabajadores pluriempleados que pierdan uno de sus puestos de trabajo y quieran seguir completando su cotización. Igualmente, para aquellos desempleados que agoten la prestación contributiva y los subsidios por estar en el paro; y para quienes les sea denegada una pensión solicitada o el cobro de la incapacidad permanente.

    ¿Qué requisitos se exigen?

    Tener cubierto un periodo mínimo de cotización a la Seguridad Social de 1.080 días en los doce años inmediatamente anteriores a la baja. En el caso de pensionistas de jubilación o incapacidad permanente a los que se les anuló o extinguió el derecho a la pensión, el periodo mínimo de cotización citado deberá estar cubierto en el momento en el que se extinguió la obligación de cotizar.

    Esta cotización de 1.080 días no será exigible a los trabajadores que suscriban un convenio especial en supuestos especiales.

    ¿Qué supuestos especiales existen?

    Los perceptores de un subsidio de desempleo mayores de 52 años, con derecho a cotizar para la pensión de jubilación; trabajadores con 55 o más años afectados por determinados expedientes de regulación de empleo; trabajadores en situación de huelga o cierre patronal; trabajadores a tiempo parcial que quieran completar su cotización; aquellos que reduzcan su jornada para el cuidado de menores de seis años, discapacitados o familiares dependientes; asalariados con permiso o licencia en cumplimiento de un puesto público sin retribución o cuidadores no profesionales de personas dependientes.

    ¿Por qué prestaciones se cotiza?

    Las aportaciones que se hagan a través de estos convenios cubren las situaciones derivadas de contingencias comunes, fundamentalmente la jubilación, ya que no dan derecho al cobro de subsidios de incapacidad temporal, maternidad, paternidad o riesgo durante el embarazo y lactancia. Quedan excluidas la cotización y, por tanto, las prestaciones por desempleo y Fogasa.

    ¿Cuánto y cuándo se paga y cómo se calcula la aportación?

    La cuota debe ingresarse en la Seguridad Social mensualmente. La cantidad será la resultante de aplicar a la base de cotización que elija el tipo único de cotización vigente en el Régimen General (28,3% en 2009) y multiplicar el resultado por el coeficiente 0,94.

    Así, la cantidad que se ingrese todos los meses dependerá de la base de cotización por la que se opte. El interesado podrá escoger la base máxima de cotización del grupo que correspondiera a la categoría profesional en la que estaba encuadrado en el momento de dejar de trabajar, siempre que haya cotizado por ella al menos durante 24 meses consecutivos o no, en los últimos cinco años.

    También puede escogerse la base mínima de cotización vigente en la fecha en la que se suscriba el convenio, ya sea para el Régimen General o el de autónomos; o una base intermedia comprendida entre las anteriores. En ningún caso, la base que se elija puede ser inferior a la mínima ni superior a la máxima del momento en el que se firme el acuerdo.

    La opción de incrementar la aportación en la misma cuantía que lo haga la base máxima cada año, así como la renuncia a dicho incremento, deberá comunicarse antes del 1 de octubre y tendrá efectos a partir del 1 de enero del año siguiente.

    ¿Dónde se solicita?

    Ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o en la Administración de ésta última correspondiente al domicilio del solicitante.

    Cinco Dias

     Opina en nuestro blog

     [VISITA NUESTRA PÁGINA]

  • Hoy nos hemos concentrado: Valores podemos ser todos

    29-04-2009 Hoy nos hemos concentrar en las puertas del centro 901 Sabadell por exigir que la externalització de un trabajador cuente con su consentimiento explícito y, además, que se incluya una cláusula de retorno. Todos los trabajadores debemos ser conscientes, especialmente los de Servicios Centrales de Banco Sabadell, que nadie se encuentra fuera de peligro en este tipo de estrategias, las cuales sólo buscan el beneficio económico. (Fotografías de la concentración)  (video concentración) ( Noticía:Diario Sabadell)


     
     
     
  • El Congreso abre la vía para dar 500 euros al mes a cada español

    Los partidos votan hoy la creación de una subcomisión para diseñar una “renta básica de ciudadanía”. La medida tiene los apoyos suficientes.

    28-04-2009 – El grupo parlamentario IU-ERC-ICV no se da por vencido en su empeño por crear una renta básica de ciudadanía “universal” e “individual” para todos los españoles.

    Más aún, ha conseguido que hoy la Comisión de Trabajo incluya como plato fuerte del orden del día la discusión de si merece la pena crear una subcomisión ex profeso para debatir este asunto. Y he aquí la sorpresa:salvo vuelcos inesperados en la votación, esa subcomisión verá la luz, gracias a los apoyos del PSOE y CiU y la abstención del PP.

    La idea de conceder una paga a todos los ciudadanos que residan en España –vértebra esencial del proyecto de ley presentado por el grupo de IU, el 23 de abril de 2008– ha seducido en más de una ocasión al presidente del Gobierno.

    Cuando era tan sólo un candidato a ocupar La Moncloa –y un gran desconocido para la opinión pública– el cheque ciudadano se convirtió en una referencia habitual de los mítines de Rodríguez Zapatero. De hecho, esta renta básica de ciudadanía “incondicional” se llegó a plasmar en el diseño del programa electoral del PSOE de 2004 (ver EXPANSIÓN del 15 de diciembre de 2003), aunque no en el texto definitivo.

    La doble lectura

    Como jefe de Gobierno, las prioridades de Zapatero cambiaron y en octubre de 2007 su grupo votó contra la propuesta de ERC-ICV de inaugurar una paga universal. Pero ahora la historia se repite. En plena recesión, el PSOE vuelve a flirtear con la opción de que los ciudadanos reciban una fuente extra de ingresos (cifrada en hasta 500 euros mensuales, ver información adjunta). Un portavoz autorizado del PSOE señaló a este diario que el grupo “no se opondrá en principio a crear la subcomisión”.

    No obstante, cualquier decisión al respecto pone en jaque al Ejecutivo. Por un lado, los padrinos de la idea son los socios naturales del Gobierno en el Parlamento y, a fecha de hoy, prácticamente los únicos. Pero, por otro lado, el hecho de apoyar que los partidos estudien la paga supone abrir un nuevo flanco para las críticas y, a la vez, estar dispuesto a que el hoyo del déficit del Estado –que terminará el año en torno al 6% del PIB– siga ganando en profundidad.

    Desde CiU tienen la esperanza de que la subcomisión estudie “cuáles son los mejores incentivos al trabajo más que las transferencias de renta” o, por ejemplo, cómo deben rediseñarse las políticas pasivas.

    En España, sólo existen otras cuatro subcomisiones. Sobre el Deporte Profesional; el Pacto de Estado en la Sanidad; las modificaciones del Régimen Electoral General y el estudio de la ley integral contra la violencia de género.

    M. Tejo
    Expansion

     Opina en nuestro blog

     [VISITA NUESTRA PÁGINA]