Categoría: Beneficios Sociales

  • Sentencia favorable a un trabajador de Sevilla. Reloj de Oro 45 años BB.

    Los Servicios Jurídicos de COMFIA-CCOO Andalucía vuelven a ganar, en este caso en el TSJA, la demanda que reconoce a un trabajador del antiguo Banco de Bilbao el derecho a percibir «un reloj de oro» por el premio de antigüedad de 45 años.

    El Banco intentó entregar una bandeja de plata grabada, ante lo que el trabajador reclamó. La primera Sentencia, del Juzgado Social nº 7 de Sevilla ya le daba la razón, pero el Banco se empeñó en recurrir. Ahora el Tribunal Superior confirma la sentencia y le condena además en costas, incluyendo los honorarios de nuestro Letrado, y a la pérdida del depósito previo para tramitar el Recurso.
    El Tribunal aprovecha para señalar que sobre «el pergamino», que forma parte del premio, «nadie dice nada».
    De esta manera se repone a nuestro afiliado en su derecho, cuyo valor aproximado es de 3.000 €, y deja claro el criterio legal para los trabajadores procedentes del extinto Banco de Bilbao que aún mantengan este derecho…y cumplan los 45 años de antigüedad en activo, de los que calculamos podrían ser unas 50 personas.
    COMFIA-CCOO BBVA felicita al trabajador, a nuestros Servicios Jurídicos, y confirma la defensa de todos nuestros derechos, por pequeño que sea el colectivo.

    Ver la sentencia en pdf

  • HÁGASE LA LUZ-MARZO 2009

    SUMARIO

    Editorial: Réquiem por el complemento Ad Personam

    Salud Laboral: Usuarios de Pantallas: la inspección de Trabajo nos da la razón

    Jornada y horarios: Ojo a la patronal

    Opinión: Recibido en Barcelona

    Humor: Decálogo de Atención a la Plantilla Cajamar

     

     

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  • El despido individual contará con mayor prestación de paro

    Los trabajadores despedidos finalmente por la empresa por causas objetivas –económicas, técnicas, organizativas o de producción– y fuera de un expediente de regulación de empleo, también tendrán derecho a contar con mayor protección por desempleo.

    27-02-2009 – Es decir, podrán recuperar la prestación consumida y la cotización que efectuaron a la Seguridad Social durante su estancia en una suspensión temporal de empleo. Dicho de otra manera, los trabajadores en estas circunstancias “no sufrirán merma de sus derechos a la prestación por desempleo”.

    El Gobierno amplía así a los perjudicados por un despido individual la aplicación de lo que en la negociación laboral se conoce como “poner a cero el contador [de los derechos del trabajador a la protección por desempleo o devolverle la cobertura consumida]”, explican fuentes del diálogo social.

    Hasta ahora, en la negociación con la patronal y los sindicatos, el Ejecutivo había propuesto esta medida para los trabajadores afectados en un despido colectivo mediante un expediente de regulación de empleo, y por un periodo máximo de 120 días.

    Bien es verdad que, en el fondo, es un planteamiento de los sindicatos. Sin embargo, este hecho suponía discriminar a los despedidos de forma individual, lo que ha corregido el Ejecutivo rebajando el número de personas cubiertas por la medida, estableciendo como referencia los umbrales del despido colectivo recogidos en el artículo 52c del Estatuto de los Trabajadores.

    Es decir, cuando la extinción del contrato afecte a menos de diez personas en las empresas de menos de cien; a menos del 10% de los empleados en compañías que tengan hasta trescientos y, a partir de ese tamaño de plantilla, los perjudicados tendrán derecho a recuperar la protección consumida cuando el despido por causas objetivas afecte a menos de treinta trabajadores.

    Otra novedad en las propuestas realizadas por el Ejecutivo a la patronal y los sindicatos está en que introduce mayor precisión en algunas de las medidas respecto del primer documento entregado a los agentes sociales, y que adelantó EXPANSIÓN el pasado 6 de febrero. Por ejemplo, los empresarios que contraten a un trabajador que cobre la prestación por desempleo quedarán exentos de pagar la totalidad de la cotización a la Seguridad Social por ese empleado.

    Para ello, y siempre y cuando quiera el trabajador, la Administración podrá destinar a ese fin la cuantía de la prestación del paro que le quedase pendiente por cobrar al recién contratado. El Gobierno también está dispuesto a subvencionar las cotizaciones sociales de los empleos con una jornada inferior al 33%.

    M. Valverde
    Expansion

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  • Encarecimiento del despido

    Nada impide que un empresario despida al trabajador que quiera. Lo que se pretende es que el despido, además de ser libre, sea gratuito.

    18-02-2009 – Más temible que la propia crisis económica es contemplar cómo hay quien en nuestro país se enroca en las posiciones que han conducido a ella. Este es el caso del actual gobernador del Banco de España, hasta hace poco secretario de Estado de Hacienda y en los diez primeros años del felipismo secretario de Estado de Economía y Comercio.

    Hay que reconocer que Fernández Ordóñez ha cambiado poco o nada sus planteamientos en los últimos veinticinco años. Ello tiene su cara y su cruz. Su cara, es un hombre de convicciones; nadie le podrá acusar de ser un converso al neoliberalismo económico. Su cruz, la actual crisis económica está demostrando lo errado que estaba, y continuar anclado en los dogmas de antaño linda con la demencia, a menos que sea por intereses como los que animan a la CEOE, lo que sinceramente no creo que sea el caso de Fernández Ordóñez.

    El gobernador del Banco de España comienza aseverando que las indemnizaciones por despido van de los 20 a los 45 días por año trabajado. No es cierto. Los que tal afirman olvidan que una tercera parte de los contratos (los temporales) carecen de indemnización. Tampoco gozan de ella los despedidos por causas disciplinarias, aquellos que un tribunal juzga justificados bien por un rendimiento deficiente del trabajador bien por cualquier otra falta.

    Veinte días de salario por año prestado de servicio tienen como indemnización los trabajadores despedidos por las llamadas causas objetivas, graves dificultades de la empresa, ya sean de tipo tecnológico o económico. Por último, nos encontramos con aquellos llamados improcedentes, los que en puridad no deberían existir, puesto que no responden a razones ni objetivas ni subjetivas, excepto el capricho o la voluntad del empleador. En teoría, la indemnización es la equivalente al salario de 45 días por año de antigüedad; digo que en teoría porque, a partir de aprobar lo que malamente se denominó plan de fomento del empleo indefinido, los contratos firmados a su amparo tienen sólo derecho a una indemnización de 33 días por año. Pues bien, es esta modalidad de despido, la caprichosa, la que se pretende abaratar proponiendo una indemnización de 20 días por año, igualando todas las extinciones de la relación laboral, tanto las justificadas como las que no lo son.

    El secretario general de la UGT afirma que lo que se intenta con esta propuesta es aprobar el despido libre, pero lo cierto es que éste, excepto para los delegados sindicales, existe ya en España desde hace muchos años. Nada impide que un empresario despida al trabajador que quiera. Lo que se pretende es que el despido, además de ser libre, sea gratuito.

    Fernández Ordóñez se fija en un hecho innegable, la velocidad enorme con que el desempleo comenzó a crecer en España nada más comenzar la crisis, y que ha situado a nuestro país a la cabeza de Europa. De esa anomalía concluye que nuestro mercado de trabajo está enfermo y que necesita cura, por la vía de desregularlo aún más y de abaratar el despido, y para ilustrar su argumento nos ofrece el ejemplo de dos países en los que, según dice, la indemnización por despido es muy reducida y la tasa de paro también. No entiendo cómo un hombre aparentemente inteligente como Fernández Ordóñez puede incurrir en tales simplificaciones. De la coincidencia en el tiempo o en un sujeto de dos fenómenos, de ninguna manera se puede concluir que uno es la causa del otro y menos cuál es la causa y cuál el efecto. Seguir tal procedimiento nos podría conducir a las inferencias más descabelladas. En esto se distingue una mentalidad mágica de otra científica.

    Una de las aberraciones del neoliberalismo económico es creer que los mercados están cerrados en sí mismos y que la causa de los problemas que, por ejemplo, puede tener el mercado de trabajo se encuentra en el propio mercado de trabajo y no en otras áreas de la economía, en el sector productivo o incluso en el mercado financiero. Las comparaciones internacionales deben realizarse con mucho tiento, puesto que son numerosas las variables que intervienen. La causa de las reducidas tasas de paro de Austria y Suiza hay que buscarla tal vez muy lejos del propio mercado laboral, en otras áreas económicas; y la baja indemnización por despido, lejos de ser la causa, es quizás la consecuencia. Cuando la tasa de paro es tan baja y el trabajador despedido encuentra inmediatamente empleo no se precisa que la indemnización sea cuantiosa.

    Pero no hay por qué negar que nuestro mercado laboral tiene graves defectos, aunque precisamente en la dirección contraria a la que apunta el gobernador del Banco de España. Es el exceso de flexibilidad y de desregulación el que permite que la crisis se traslade inmediatamente al mercado de trabajo, y que el ajuste recaiga de forma fulminante sobre los trabajadores. Con toda seguridad, si el despido fuese más caro, en especial en lo que hace referencia a los contratos temporales, la tasa de desempleo sería inferior. Pensar lo contrario no sólo va contra las leyes económicas, sino contra el sentido común.

    Fernández Ordóñez afirma que «deberíamos estar todos de acuerdo en que la mejor protección contra el desempleo no es la que se preocupa del subsidio del parado, sino la que consigue que la mayoría no pierda el trabajo». Pues no, señor gobernador, no estamos de acuerdo. Volvemos a emplear el argumento tan profusamente utilizado en otros tiempos de la caña y el pez. «Mejor que dar un pez es enseñar a pescar». El problema es que no siempre es posible enseñar a pescar, al menos con la rapidez que necesita el que está muriéndose de hambre.

    Pero es que, además, en estos momentos la medida más eficaz para que la mayoría no pierda el puesto de trabajo es preocuparse por la prestación de desempleo. Fernández Ordóñez debería apartar por un momento la vista de la oferta económica para fijarla en el lado de la demanda, actitud que reviste especial importancia en esta crisis que es de demanda. Debería olvidar por un instante la microeconomía para adentrarse en la macroeconomía y comprender que lo que aparentemente es bueno para una empresa considerada en solitario termina siendo fatal si se generaliza para todas ellas y para la economía en su conjunto. Lo que ahora precisan las empresas es demanda y es en la reducción del consumo donde se encuentra el talón de Aquiles. En la actualidad, el dinero público mejor empleado es el que se destina a los parados, cuya propensión a consumir estará próxima a la unidad.

    Incrementar la prestación por desempleo y permitir que los parados continúen consumiendo no es sólo una exigencia del Estado social, sino el mejor instrumento para impedir que otros trabajadores sean arrojados al paro.

    Juan Francisco Martín Seco
    Estrella Digital

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