El presente Convenio será de aplicación a la totalidad de los empleados que integran la plantilla de Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274
Categoría: Beneficios Sociales
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Convenio colectivo Ibermutuamur (Mutua Accidentes Trabajo) 2008-2011
Texto del Convenio colectivo de Ibermutuamur Mutua de Accidentes de Trabajo – PDF 112 Kb
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Plataforma CC.OO. para la negociación del convenio 2009.
Desde la Sección Sindical hemos recogido las propuestas que nos habéis hecho llegar y hemos consensuado una plataforma para la negociación, que deberá ser a su vez, consensuada con el resto de Secciones Sindicales.
Te adjuntamos la plataforma y esperamos contar con tu apoyo para conseguir todos estos objetivos.
Para acceder a la plataforma pincha en el icono adjunto
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Irregularidades en las categorías laborales en Banco Sabadell
01-02-2009 En Febrero es la época en la que se ajustan sueldos y categorías habitualmente en esta Empresa, pues bien, esperamos de que en aras de esa seriedad, de los compromisos adquiridos y de la legalidad vigente, todas, repetimos todas estas situaciones irregulares queden resueltas. (PDF:Cas)
Untitled Document CATEGORIAS DE GECOS, JAD, GEPYMES, RAS «La seriedad en el mundo de la empresa es el factor principal»
El pasado 27 de Noviembre hemos mantenido una reunión con el Sr.
Junceda, en al que entre otros asuntos tratamos el tema que da título
a este comunicado. Llegamos al acuerdo de verificar que todos los trabajadores/as
que están realizando funciones de técnico tengan la categoría
que les corresponde según el convenio y los acuerdos con la empresa.
(Mínimo nivel VIII).El 17 de Diciembre enviamos un correo al Director Territorial con la relación
de compañeros/as, que según nuestros datos, se encuentran
en estas circunstancias, recordándole que desde la reciente reestructuración
organizativa de la Empresa, estas cuestiones son de su exclusiva competencia,
y por lo tanto está en sus manos solucionar estas injusticias e
ilegalidades, que entre otras cosas, está perjudicando económicamente
a todos/as estos/as profesionales en cantidades importantes cada año.Algunos datos salariales para ilustrar el asunto:
· Diferencia de salario base entre un Administrativo nivel
XI y un Técnico nivel VIII, en términos anuales: 6.170
euros.
· Diferencia entre nivel X y nivel VIII, en términos anuales:
4.190 euros.
· Diferencia entre nivel IX y nivel VIII, en términos
anuales: 1.800 euros.Teníamos la promesa del Sr. Junceda desde mediados de 2.008 de
solucionar estas cuestiones. Nosotros también pensamos que «La
seriedad en el mundo de la empresa es el factor principal» como afirmaba
hace poco en el diario La Voz de Asturias nuestro Director Territorial.En Febrero es la época en la que se ajustan sueldos y categorías
habitualmente en esta Empresa, pues bien, esperamos de que en aras de
esa seriedad, de los compromisos adquiridos y de la legalidad vigente,
todas, repetimos todas estas situaciones irregulares queden resueltas.
No podemos aceptar ese cuento de la progresión salarial, no consolidada
y absorbible, diseñado desde el banquillo, mientras que los/as
que sudan la camiseta en el terreno de juego todos los días ven
perjudicados sus intereses económicos y profesionales.Oviedo, febrero de 2009
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Cajamar se salta la legalidad.
En la circular emitida por Recursos Humanos el pasado viernes 16 de enero con el título: Cuadros de Vacaciones 2009, Cajamar incurre en varias afirmaciones que, desde nuestro punto de vista rozan la ilegalidad, a pesar de haber sido advertida por nuestra Sección Sindical la pasada semana:


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