Categoría: Beneficios Sociales

  • Baremo J.A.F.A. para 2006

    Se ha alcanzado un Acuerdo, en la Comisión Paritaria Sindicatos-Empresa, con el Baremo para la Junta Administradora de los Fondos Asistenciales aplicable en el año 2006.

    La JAFA atiende peticiones de carácter asistencial,
    fundamentalmente sobre cuestiones no contempladas por la Seguridad Social. La
    Junta está formada por una representación de la Empresa, que la
    preside, y representantes de los trabajadores, designados por los Sindicatos
    más representativos en la Empresa. Las reuniones de la Junta, donde se
    estudian las peticiones y se conceden las ayudas, son mensuales.

    Ver Acuerdo en pdf

  • No nos salen las cuentas

    Ya sabemos que todos no somos iguales, pero tampoco tan diferentes. Las retribuciones salariales del Presidente, Consejero Delegado y Consejeros en BBVA, tanto en importe como en incrementos anuales NO CUADRAN. No es explicable la desproporción de la pirámide salarial en comparación con las retribuciones de la generalidad de los empleados de BBVA.

    Nuestro Presidente, Francisco González, cobró el año pasado:
    4,1 MM € en sueldo (un 14,4% más que el año anterior), 4,8 MM
    € por el plan de incentivación y 10 MM € en fondo de pensiones,
    en total 18,9 MM €.

    No se justifica este incremento por la gestión
    realizada, que tendrá que explicarse en la Junta General de Accionistas,
    a la que CCOO asistirá, y para la que desde ahora os pedimos la Delegación
    de voto, a nombre de nuestro Secretario JUAN JOSE GINER MARTINEZ. Se recoge
    igualmente el obsequio. Agradeceremos nos entreguéis una copia a CCOO,
    a cualquiera de nuestros delegados
    .

    Los incentivos a los trabajadores -salvo los 1690 del Equipo
    Directivo, entre los que se reparten 105 MM €- no han seguido la misma
    evolución. El sistema AVE/DOR sigue siendo oscuro, injusto y poco incentivador.
    Proclamar que nuestra Plantilla es la más profesional y bien preparada
    sin que quede reflejado con una buena retribución, acorde con el esfuerzo
    del día a día, es de una total hipocresía. La combinación
    de Incentivos, Complemento Voluntario y Salario cerrado sigue siendo un instrumento
    de manipulación y desorientación, unilateral, del sistema retributivo.

    CCOO reclamamos, a la vista de los Resultados, mejoras
    en el empleo, beneficios sociales para todos y una paga en efectivo o en acciones
    .
    Después del Informe Corporativo recogido en la prensa, ha quedado claro
    que por cantidades ¡no hay problema!. Además, es una justa compensación
    al esfuerzo de los mayores artífices de este resultado extraordinario
    obtenido en 2005 por BBVA, es decir, por si alguien no lo sabe todavía,
    todos los empleados y empleadas, no sólo los 1690.

    CCOO queremos impulsar una nueva fórmula anual de participación
    de la plantilla en los beneficios, que sí responda a los resultados de
    cada año y que retribuya a TODOS los protagonistas de una forma equitativa.

    Seguimos trabajando, seguiremos informando.
    Febrero 2006
    Ver Comunicado en pdf

  • CHEQUES GUARDERÍA
    CÓMO REALIZAR LA SOLICITUD

    SECRETARÍA DE LA MUJER

    Nela Sastre
    Banco Popular
    Español, Murcia, O.P. – Tf.: 968 355 399
    nelasastre@murcia.ccoo.e
    s

    Solicitar
    los Cheques-Guardería es algo muy sencillo, sólo
    te tienes que preocupar de seguir los siguientes pasos:

    Lo primero es
    entrar en: Portal del empleado / Área personal / Concilia.
    Ahí seleccionamos “CHEQUE GUARDERIA”

    BUSCADOR DE
    GUARDERIAS:

    Te pide datos
    de la guardería a la que deseas llevar al hijo o hija, menor
    de tres años, que tienes a tu cargo: Provincia,
    Población, Código Postal y Nombre.
    Introdúcelos y pincha en “continuar”.

    Si la
    guardería no está afiliada, te da dos opciones:

    1.- Realizar
    otra búsqueda.


    2.- Solicitud
    de inclusión de mi guardería.
    El
    ordenador vuelve a solicitar datos de la guardería y te pide
    que selecciones la empresa de afiliación, que es la
    encargada de afiliar a las guarderías al sistema de cheques
    y les explica el funcionamiento de esta nueva modalidad de pago.

    En el plazo
    de dos o tres días, recibirás una llamada de la
    empresa a la que has facilitado los datos de la guardería,
    para informarte de la situación de su afiliación
    al sistema. En caso afirmativo, también se encarga de
    informa al Banco para su inclusión en el Portal del Empleado.

    Mientras la
    guardería no esté incluida en el Portal del
    Empleado, no puedes solicitar los Cheques-Guardería. Para
    saber si el Banco ya la ha incluido, debes de entrar en el Portal del
    Empleado / Área Personal / Concilia / Estado de Solicitudes

    Si el Banco
    la ha incluido, aparecerá en solicitudes. Ahora, ya puedes
    solicitar los Cheques-Guardería. Pincha sobre la
    línea de cheques guardería y pasarás a
    otra pantalla, en la que ya realizas la solicitud, en firme, de los
    talonarios. Finalizada la solicitud, el ordenador te
    confirmará que ha sido aceptada.

    En breve
    recibirás el talonario con los Cheques-Guardería
    para un trimestre. Son cheques de 30 euros cada uno, por lo que en la
    guardería deberás de entregar dos, por cada hijo,
    al mes.

    Como ves,
    solicitar los Cheques-Guardería es bien sencillo y
    rápido. Si aún no los has solicitado y tienes
    derecho a ello ¡hazlo ya!, no lo dejes para
    después. De tí depende que el reciente acuerdo
    firmado para Conciliar la Vida Familiar y Laboral, se haga realidad.

    No dudes en
    ponerte en contacto con cualquiera de las y los representantes de la
    Secretaría de la Mujer para plantear cualquier duda o
    cuestión.

    Febrero de 2006

  • Ayuda de estudios: tema resuelto

    El capítulo VIII de nuestro Convenio Colectivo (firmado por Comisiones Obreras) establece en sus artículos 58, 59 y 60 cuales son los requisitos para disfrutar de la ayuda de guardería (art.. 58), las ayudas para la formación de hijos de empleados, (art. 59) y la ayuda para estudios de los empleados, (art. 60)

    Mataró, 8 de junio de 2005

    Mataró, 8 de junio de 2005

    La Caja, por
    cuestiones técnicas y de organización (?), decide hacer los pagos de las
    cantidades que se perciben por estos conceptos a los demandantes del derecho en
    un fecha determinada, previa solicitud del interesado/a, aspecto que no recoge
    el Convenio, pero que la Caja, por control administrativo, solicita.

    Ahora bien, el derecho a la
    percepción de estas ayudas NO SE PIERDE PORQUE ALGUIEN NO LA PIDA CUANDO LA
    CAJA CIERRA EL PLAZO.

    Detectadas
    algunas anomalías en el pago de ciertas ayudas, nos dirigimos por carta
    (02.06.05. ver anexo) solicitando el cumplimiento estricto de los artículos 58,
    59 y 60 de nuestro Convenio Colectivo. El día 3 de junio nos entrevistamos con
    el Jefe de Recursos Humanos para tratar de este y otros temas.

    Con el objeto de
    aclarar algunos puntos sobre este tema queremos hacer una cronología de
    hechos, para que todo el mundo tenga
    toda la información de primera mano.

    La Sección Sindical de CCOO detectó las anomalías producidas por
    el impago de la ayuda de guardería.

    03.06.05 Reunión de los
    representantes de la Sección Sindical de CCOO y el Jefe de Recursos.

    En esta reunión,
    a la que también asistió el responsable de Organización, Sr. Antonio Ortiz, se
    debaten una pluralidad de temas, entre ellos el de la ayuda de guardería.
    Esteban Martínez emplaza al Jefe de Recursos a cumplir escrupulosamente lo que
    dice el Convenio. Le recrimina que desde el Departamento de Recursos se pueda
    decir a los empleados que no tienen derecho a la percepción de la ayuda. Se le
    dice textualmente (al Sr.Urrutia) que no venimos a pedir ningún favor, sino a
    reclamar un derecho.

    En
    esa misma reunión, se propone, por parte de CCOO que, si la Caja por motivos de
    organización administrativa (?) no puede ir tratando una por una todas las
    peticiones que lleguen fuera de plazo, y prefiere hacerlo de manera agrupada,
    coincidiendo con el pago que se hace en septiembre, a nosotros (pese a que
    creemos que no es motivo suficiente este que nos dan) nos parecería bien que se
    pagaran las ayudas atrasadas junto con las del año en curso, pero que en ningún
    caso nadie debe perder el derecho a la percepción de la misma.


    06.06.05 El Jefe de Recursos llamó
    personalmente al Secretario de la Sección Sindical, alrededor del mediodía, a
    la oficina 021, donde trabaja, y le
    comunicó la decisión que había tomado y que ya había comunicado a la
    Responsable de Administración de Personal y Formación. Dicha decisión consiste
    en que aquel empleado/a que no solicite la ayuda de estudios y/o guardería
    dentro del plazo que marca la Entidad, lo podrá hacer al año siguiente,
    conjuntamente con la petición del año en curso.
    08.06.05 Para aclarar algunasdudas surgidas a raíz de la decisión de la
    Caja alrededor de este tema, entre las 12 y las 13 h, el Responsable de
    Formación de nuestra Sección Sindical, se pone en contacto con la
    Responsable de Administración de Personal y Formación que le confirma
    los detalles de cómo se procederá al pago de las ayudas.



    Seguidamente,
    desde nuestra Sección Sindical, nos ponemos en contacto con aquellas personas
    que nos habían consultado sobre este tema comunicándoles los frutos de nuestra
    gestión.

    Después de
    aclarar con datos concretos todo este affaire algunas cosas parecen
    evidentes. Una de ellas (aviso para navegantes) es que contrastéis la
    información que os den con la que recibáis de vuestros representantes
    sindicales, a ser posible), no por
    nada, pero vale más tener dos o tres opiniones que una sola.

    Así, pues,
    volvemos a recordar a todos aquellos y aquellas que no hayan solicitado la
    ayuda de estudios o guardería lo hagan ahora cuando la Caja envíe el documento
    (alrededor de los meses de junio/julio) y hagan constar en el mismo documento que
    solicitan la ayuda del año en curso y del anterior.

    SOBRE EL PAGO DE
    LIBROS EN LA AYUDAS DE ESTUDIOS DE LOS EMPLEADOS Y EMPLEADAS


    En la misma
    reunión a la que hemos hecho referencia también se trató el tema de la ayuda de
    estudios para empleados y empleadas.

    En este sentido
    también queremos informaros que el Juzgado de lo Social nº 28, en procedimiento
    nº 401/93 sobre una reclamación de cantidad, referida al pago de libros en la
    ayuda de estudios para empleados, ha dictaminado sentencia favorable a un
    trabajador que reclamó a Caja Madrid el pago de TODOS los libros que necesitaba
    por asignatura y que la Dirección de la Entidad se negaba a pagar.

    A este respecto
    parece ser que la Dirección de nuestra Caja también quiere pagar sólo un solo libro
    por asignatura, lo cual, a la vista de la sentencia y de lo que dice nuestro
    convenio no puede hacer. Por lo tanto, también os pedimos que si os deniegan el
    pago de libros nos lo hagáis saber.

    DECISIÓN DE
    LA CAJA SOBRE LA NÓMINA ELECTRÓNICA

    Otro de los temas
    tratados en la reunión fue el de la nómina electrónica. Como ya sabéis, esta Sección
    Sindical de Comisiones Obreras os informó de la ilegalidad del formato
    electrónico, según sentencia de la Audiencia Nacional, en demanda interpuesta
    por CCOO contra Caja Cataluña.

    El Jefe de
    Recursos nos comunicó que, como que la Caja de Cataluña había recurrido la sentencia,
    nuestra Entidad esperaría la resolución antes de adoptar una postura al
    respeto. Decisión ésta que lamentamos y no compartimos.

    Mataró, 8 de junio de 2005

    (anexo)

    Sr. Vicente Urrutia

    Jefe del
    Departamento de Recursos Humanos

    Señor,

    La Sección
    Sindical de CCOO ha comprobado que no todos los empleados/as con derecho a la
    ayuda de guardería y/o ayuda de formación de hijos han recibido el importe
    correspondiente a l’año 2004.

    Los artículos
    58, 59 y 60 del Convenio Colectivo no fijan ninguna obligación por parte de
    l’empleado/a para el disfrute de este derecho y sólo por el hecho de tener un
    hijo/a se tiene derecho a percibir las cantidades adecuadas.

    Valoramos negativamente el hecho de que año tras año
    tengamos que dirigirnos a usted para exigir que la Caja cumpla sus obligaciones
    de retribuir adecuadamente estas ayudas.

    La Caja tiene,
    por varias comunicaciones obligatorias que recibe de los empleados y empleadas
    de la Entidad, toda la información alrededor de las situaciones familiares de
    cada cual, así como de sus variaciones.

    Solicitamos,
    pues, que la Caja rectifique en su procedimiento, haciendo que todo el mundo
    con derecho a percibir este ayudas las reciba realmente, y no se de al conjunto
    de la plantilla una sensación “de ahorro” que tan lamentable resulta, tanto en
    este tema como en otros temas.

    Asimismo,
    solicitamos que se abonen los importes del año 2004 a todos los empleados/as que
    por una causa u otra no los hayan
    percibido.

    Reciba un
    cordial saludo

    Esteban Martínez Ruiz

    Secretario de la
    Sección Sindical de Comisiones Obreras de Caixa Laietana

  • Reconocimiento de las parejas de hecho

    Esta Sección Sindical de Comisiones Obreras propone a la Caja que las parejas de hecho, previa acreditación fehaciente de su unión estable puedan acceder a los beneficios sociales tal y como lo hacen las parejas «tradicionales»

    Mataró, 3 de febrero de 2005

    En estos últimos años se ha
    apreciado un aumento considerable de las llamadas parejas de hecho estables.
    Paralelamente, y en coincidencia con el creciente nivel de aceptación que en el
    seno de nuestra sociedad, incluyendo a las parejas de un mismo sexo, se detecta
    en la sociedad española donde una opinión cada vez mayor se muestra a favor de
    la regulación legal de estas uniones, tanto los parlamentos autonómicos, en
    mayor o menor medida, como los diferentes parlamentos europeos, así como
    diferentes directrices de la U.E. han ido desarrollando leyes que otorgan
    derechos en igualdad de condiciones respecto a las parejas convencionales.

    En este
    sentido, desde Comisiones Obreras hemos promovido acuerdos con diferentes cajas
    con tal de adecuar esta realidad, equiparando a las parejas de hecho con los
    matrimonios en derechos y beneficios recogidos en nuestro Convenio Colectivo.

    Es por
    ello que, desde esta Sección Sindical de Comisiones Obreras proponemos a la
    Caja que las parejas de hecho, previa acreditación fehaciente de su unión
    estable puedan:


    • Disfrutar de todos los derechos y beneficios recogidos
      en nuestro Convenio Colectivo, así como los recogidos en pactos con el Comité
      de Empresa, en materias que afecten de una manera u otra a cualquier unión
      (préstamos, permisos, etc.

    Para comenzar a disfrutar de
    estos derechos y beneficios será necesario acreditar documentalmente la
    situación al Departamento de Recursos Humanos.

    De esta manera, la Caja estaría
    en consonancia con una realidad social que no puede obviar y repararía la discriminación que sufren los empleados y
    empleadas que han optado libremente por una unión que no debería menoscabar
    ninguno de sus derechos frente a otras consideradas hasta ahora como “tradicionales”.