Categoría: Beneficios Sociales

  • Tarjetas de crédito y débito para empleados y empleadas

    10 03 03 Situaciones que bordean el absurdo y propuestas de CCOO al respecto. (PDF:Cat. / Cast.)

    TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO PARA EMPLEADOS Y EMPLEADAS (KAFKA ESTÁ ENTRE NOSOTROS)

    Hace unos meses se publicó una circular (SERV-164) donde se garantizaba operativamente que, tal y como se recoge en el Pacto de Homologación de Condiciones Sociolaborales del 19.03.2001, «en la cuenta de abono de la nómina se podrá disponer de la primera y segunda tarjeta de crédito y débito exentas de cuota de emisión y servicio. Por otro lado, en dicho pacto, cuando se hablaba de tarjetas de crédito sólo se referenciaba directamente a la Visa Classic, y respecto a las tarjetas de débito, a la 4BmasterCard. Esto provoca que -en la cuenta nómina- se limite la gratuidad de las tarjetas a la Visa Classic, la Solbank Prestige y la 4B MasterCard. Cabe señalar que en este punto concreto como en otros, el espíritu del pacto de homologación lo que debe garantizar es que el personal del Grupo tenga unas ventajas como trabajadores y trabajadoras de la entidad. Sorprendentemente, una interpretación kafkiana y absolutamente restrictiva del texto hace que nos encontremos ante situaciones que bordean el absurdo:  Para cualquier empleado o empleada del Grupo, y en la cuenta nómina, la tarjeta Visa Classic está exenta de cuotas de emisión y mantenimiento. Ahora bien, la tarjeta MasterCard -que conlleva para la empresa el mismo riesgo- SÍ que está sujeta a las cuotas de emisión y servicio.  Con respecto a las tarjetas de débito, si solicitamos, en la cuenta nómina, una tarjeta 4B-MasterCard, ésta estará exenta de cuotas de emisión y servicio. Ahora bien, si la que tenemos en la misma cuenta es la tarjeta 4B-Maestro (con menor riesgo que la anterior) en este caso SÍ que deberemos pagar las   La tarjeta 4B-Europ Assistance, si la pedimos en la cuenta nómina, nos costará el pago de la cuota de emisión, servicio y el coste del seguro. Pero si… la solicitamos en una cuenta (sujeta a las consideraciones de «Cuenta Colectivo empleados BS o GBS») donde estemos como titulares con, por ejemplo, la abuela, sólo deberemos pagar el coste del seguro. Suponemos que, profundizando en el tema, podríamos encontrar más incongruencias. Pero la pregunta clave es… ¿qué objetivo persigue la empresa con estas trabas que sólo dificultan operativamente la gestión de las tarjetas?, ¿por qué no se hace una interpretación más lógica de los pactos, especialmente cuando -como en este caso- no se incrementa el riesgo o el coste que el Banco debe asumir. La propuesta de CCOO  Que, respecto a la cuenta nómina, se pueda acceder de manera gratuita a dos tarjetas de crédito (tal y como se recoge en el pacto) en las siguientes modalidades: Visa Classic, Solbank Prestige y MasterCard.  Que, respecto a la cuenta nómina, se pueda acceder de manera gratuita a dos tarjetas de débito (tal y como se recoge en el pacto) en las siguientes modalidades: 4B-MasterCard y 4B-Maestro.  Que, respecto a la cuenta nómina, y en relación con la tarjeta de débito 4B-Europ Assistance, sólo se pague el coste del seguro. ESTA SITUACIÓN ES SOBRADAMENTE CONOCIDA POR LA EMPRESA. SU RESPUESTA ES -UNA VEZ MÁS- NO HACER NADA. En múltiples ocasiones hemos intentado razonar con la empresa una solución lógica a esta problemática que no implique ningún incremento de costes ni de riesgo… pero entenderse con Kafka siempre es complicado. Sabadell, marzo de 2003

  • ACUERDO ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A.- AMENA – DTG Zaragoza

    ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., es la nueva Empresa contratista que le ha sido adjudicado el servicio de activaciones por la Empresa AMENA, el cual se prestará desde la plataforma externa y en las instalaciones de dicho cliente en Zaragoza, a partir del día 22 de Marzo de 2.002.

    ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A.- AMENA – DTG Zaragoza

    En Zaragoza a las 20,00 horas del día 18 de Marzo de 2.002.

    R E U N I D O S

    De una parte D. José Luis Fortuny Badiola, Director Territorialpara Aragón, Navarra, Rioja y Soria, de ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALESS.A.; y de otra, los representantes de los Sindicatos U.G.T. y CC.OO.y el Comité de Empresa, que al pie de este documento se detallan.

    Ambas partes se reconocen con la capacidad negociadora suficiente, alamparo de lo previsto en la legislación vigente.

    MANIFIESTAN

    Que ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., es la nueva Empresa contratistaque le ha sido adjudicado el servicio de activaciones por la Empresa AMENA,el cual se prestará desde la plataforma externa y en las instalacionesde dicho cliente en Zaragoza, a partir del día 22 de Marzo de 2.002.

    Que por este motivo, ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., de acuerdo conel Artículo 18 del Convenio Colectivo vigente para el sector deTelemárketing, ha decidido incorporar a todo el personal de laplantilla correspondiente a la empresa DTG que hasta el momento realizael servicio de Activaciones, al proceso de selección para la formaciónde la nueva plantilla.

    ACUERDAN

    INCORPORACIONES:

    ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A. realizará las incorporacionesde acuerdo con el siguiente criterio:

    Agentes: 141

    ¢ Día 22 de Marzo de 2.002 76
    ¢ Día 25 de Marzo de 2.002 12
    ¢ Día 01 de Abril de 2.002 8
    ¢ Día 04 de Abril de 2.002 12
    ¢ Día 08 de Abril de 2.002 12
    ¢ Día 15 de Abril de 2.002 12
    ¢ Día 22 de Abril de 2.002 9

    Estas incorporaciones pueden sufrir modificaciones en la cuantíay fechas según los requerimientos de AMENA con unas diferenciasdel número de incorporaciones de un mas menos 5%.

    Personal de Estructura: 14

    ¢ De acuerdo con los mismos criterios de selección y plazosde incorporación que los agentes.

    PROCESO DE SELECCIÓN:

    El proceso de selección, se realizará a través deentrevistas individuales, de acuerdo con lo estipulado en el artículo18 del Convenio Colectivo. «mediante la aplicación de un baremosobre los siguientes factores: 50% de tiempo de prestación de servicioen la campaña; 10% formación recibida durante la campaña;y 40% selección». Esta selección y su correspondientepuntuación solo se tendrá en cuenta a los efectos del encuadramientoen los correspondientes plazos de incorporación

    Se tendrán en cuenta y se les reconoce el mismo derecho de incorporacióna la empresa, aquellas personas que se encuentran en I.T., vacacionesu otro tipo de licencias.

    BOLSA DE TRABAJO:

    Se constituye una bolsa de trabajo formada por el total de los trabajadoresdel servicio de Activaciones.

    ANTIGÜEDAD

    Se reconoce por ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A. a los únicosefectos de la promoción profesional, la antigüedad generadaen los anteriores servicios de activaciones.

    PERIODO DE PRUEBA:

    Se acuerda, que no habrá un nuevo periodo de prueba, ya que seentiende ha sido superado por los trabajadores que venían prestandosu trabajo en la empresa DTG, a lo largo de la campaña.

    CATEGORÍAS PROFESIONALES:

    Dado que se reconoce la antigüedad, aquellos Teleoperadores quelleven un año prestando servicio efectivo, pasarán automáticamentea Teleoperador especialista.

    CONDICIONES ECONOMICAS:

    Se garantizan todas las condiciones económicas existentes, deacuerdo con el II Convenio Colectivo de Telemárketing.

    TURNOS Y HORARIOS:

    Una vez incorporada toda la plantilla, se procurará mantener acada trabajador en el turno que actualmente está ubicado, contandocon la opinión de la representación sindical. Los horariosse procurarán mantener los actuales.

    En cuanto a las modificaciones de turnos y horarios que en un futuropudieran ser necesarios, se procurarán atender en primer lugarlas peticiones voluntarias.

    CONTRATO:

    Los nuevos Contratos utilizados serán por Obra o Servicio determinado,firmándose con anterioridad a la incorporación de los trabajadores.

    VACACIONES:

    Debido a que los días de vacaciones que corresponden a cada trabajador,van a ser distintos a la planificación realizada a principios deaño, en breves fechas se procederá a una nueva planificación.

    REPRESENTACIÓN SINDICAL:

    De acuerdo con el Convenio Colectivo, los representantes legales de lostrabajadores, mantendrán su condición por el tiempo indispensablehasta la celebración de nuevas elecciones sindicales.

    Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento en el lugary fecha indicados en el encabezamiento.

  • ACUERDO ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A – AMENA -IBERPHONE Zaragoza

    ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., es la nueva Empresa contratista que le ha sido adjudicado el servicio de activaciones por la Empresa AMENA, el cual se prestará desde la plataforma externa y en las instalaciones de dicho cliente en Zaragoza, a partir del día 4 de Abril de 2.002.

    ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A – AMENA -IBERPHONE Zaragoza

    En Zaragoza a 27 de Marzo de 2.002.

    R E U N I D O S

    De una parte D. José Luis Fortuny Badiola, Director Territorialpara Aragón, Navarra, Rioja y Soria, de ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALESS.A.; y de otra, los representantes de los Sindicatos CC.OO. y el Comitéde Empresa, que al pie de este documento se detallan.

    Ambas partes se reconocen con la capacidad negociadora suficiente, alamparo de lo previsto en la legislación vigente.

    MANIFIESTAN

    Que ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., es la nueva Empresa contratistaque le ha sido adjudicado el servicio de activaciones por la Empresa AMENA,el cual se prestará desde la plataforma externa y en las instalacionesde dicho cliente en Zaragoza, a partir del día 4 de Abril de 2.002.

    Que por este motivo, ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., de acuerdo conel Artículo 18 del Convenio Colectivo vigente para el sector deTelemárketing, ha decidido incorporar a todo el personal de laplantilla correspondiente a la empresa Iberphone S.A. que hasta el momentorealiza el servicio de Activaciones, al proceso de selección parala formación de la nueva plantilla.

    ACUERDAN

    INCORPORACIONES:

    ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A. realizará las incorporacionesde acuerdo con el siguiente criterio:

    Agentes: 103 y personal de estructura: 11

    ¢ Día 04 de Abril de 2.002 72
    ¢ Día 05 de Abril de 2.002 7
    ¢ Día 08 de Abril de 2.002 5
    ¢ Día 15 de Abril de 2002 6

    Estas incorporaciones pueden sufrir modificaciones en la cuantíay fechas según los requerimientos de AMENA con unas diferenciasdel número de incorporaciones de un mas menos 5%.

    PROCESO DE SELECCIÓN:

    El proceso de selección, se realizará a través deentrevistas individuales, de acuerdo con lo estipulado en el artículo18 del Convenio Colectivo. "mediante la aplicación de un baremosobre los siguientes factores: 50% de tiempo de prestación de servicioen la campaña; 10% formación recibida durante la campaña;y 40% selección". Esta selección y su correspondientepuntuación solo se tendrá en cuenta a los efectos del encuadramientoen los correspondientes plazos de incorporación

    Se tendrán en cuenta y se les reconoce el mismo derecho de incorporacióna la empresa, aquellas personas que se encuentran en I.T., vacacionesu otro tipo de licencias.

    BOLSA DE TRABAJO:

    Se constituye una bolsa de trabajo formada por el total de los trabajadoresdel servicio de Activaciones.

    ANTIGÜEDAD

    Se reconoce por ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A. a los únicosefectos de la promoción profesional, la antigüedad generadaen los anteriores servicios de activaciones.

    PERIODO DE PRUEBA:

    Se acuerda, que no habrá un nuevo periodo de prueba, ya que seentiende ha sido superado por los trabajadores que venían prestandosu trabajo en la empresa Iberphone S.A., a lo largo de la campaña.

    CATEGORÍAS PROFESIONALES:

    Dado que se reconoce la antigüedad, aquellos Teleoperadores quelleven un año prestando servicio efectivo, pasarán automáticamentea teleoperador especialista.

    CONDICIONES ECONOMICAS:

    Se garantizan todas las condiciones económicas existentes, deacuerdo con el II Convenio Colectivo de Telemárketing.

    TURNOS Y HORARIOS:

    Una vez incorporada toda la plantilla, se procurará mantener acada trabajador en el turno que actualmente está ubicado, contandocon la opinión de la representación sindical. Los horariosse procurarán mantener los actuales.

    En cuanto a las modificaciones de turnos y horarios que en un futuropudieran ser necesarios, se procurarán atender en primer lugarlas peticiones voluntarias.

    CONTRATO:

    Los nuevos Contratos utilizados serán por Obra o Servicio determinado,firmándose con anterioridad a la incorporación de los trabajadores.

    VACACIONES:

    Debido a que los días de vacaciones que corresponden a cada trabajador,van a ser distintos a la planificación realizada a principios deaño, en breves fechas se procederá a una nueva planificación,intentando mantener las solicitudes realizadas en el periodo estival.

    REPRESENTACIÓN SINDICAL:

    De acuerdo con el Convenio Colectivo, los representantes legales de lostrabajadores, mantendrán su condición por el tiempo indispensablehasta la celebración de nuevas elecciones sindicales.

    Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento en el lugary fecha indicados en el encabezamiento.

     

  • ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A -AMENA

    Que ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., es la nueva Empresa contratista a la que le ha sido adjudicado el servicio de activaciones por la Empresa AMENA, el cual se prestará desde la plataforma externa y en las instalaciones de dicho cliente en Alcobendas-Bruselas, a partir del día 22 de Marzo de 2.002.

    ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A -AMENA

    En Madrid a 22 de Marzo de 2002

    R E U N I D O S

    De una parte, D. Santiago Soler Pérez de ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A.; y de otra, los representantes de los Sindicatos COMFÍA-CC.OO. y FES-UGT mayoritarios en el sector de Telemárketing

    Ambas partes se reconocen con la capacidad negociadora suficiente, al amparo de lo previsto en la legislación vigente.

    MANIFIESTAN

    Que ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., es la nueva Empresa contratista a la que le ha sido adjudicado el servicio de activaciones por la Empresa AMENA, el cual se prestará desde la plataforma externa y en las instalaciones de dicho cliente en Alcobendas-Bruselas, a partir del día 22 de Marzo de 2.002.

    Que por este motivo, ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A., aplicará el II Convenio Colectivo de Telemarketing y las expectativas de derecho que el mismo les otorga a todos/as los trabajadores/as que presten servicio en la campaña de Activaciones de Amena en Alcobendas-Brulesas.

    Que de acuerdo con el Artículo 18 del Convenio Colectivo vigente para el sector de Telemárketing, ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A incorporará a todo el personal de la plantilla correspondiente a la empresa DTG que hasta el momento realizaba el servicio de Activaciones, al proceso de selección para la formación de la nueva plantilla.

    El proceso de selección, se realizará a través de entrevistas individuales, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 18 del Convenio Colectivo. «mediante la aplicación de un baremo sobre los siguientes factores: 50% de tiempo de prestación de servicio en la campaña; 10% formación recibida durante la campaña; y 40% selección». Esta selección y su correspondiente puntuación solo se tendrá en cuenta a los efectos del encuadramiento en los correspondientes plazos de incorporación

    Se tendrán en cuenta y se les reconoce el mismo derecho de incorporación a la empresa, aquellas personas que se encuentran en I.T., vacaciones u otro tipo de licencias.

    ACUERDAN

    INCORPORACIONES:

    ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A. realizará las incorporaciones de acuerdo con el siguiente criterio:

    Teleoperadores:

    85 para el turno de mañana y
    85 para el turno de tarde.

    Coordinadores y Supervisores: 10 Coordinadores y 2 Supervisores.

    BOLSA DE TRABAJO:

    Se constituye una bolsa de trabajo formada por el total de los trabajadores del servicio de Activaciones en Amena Alcobendas que no se incorporen en esta fecha a la plantilla de Atlas por no haber sido seleccionados y hayan manifestado su intención de hacerlo, en las condiciones que figuran en el II Convenio Colectivo de Telemarketing en su art. 18.4.

    ANTIGÜEDAD

    Se reconoce por ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES S.A. a los únicos efectos de la promoción profesional, la antigüedad generada en los anteriores servicios de activaciones, en cumplimiento del art. 18.3 del II Convenio Colectivo de Telemárketing.

    PERIODO DE PRUEBA:

    Se acuerda, que no habrá un nuevo periodo de prueba, para los trabajadoresque lleven en la campaña objeto de contrato más de un año, tal y como establece el Convenio de Telemarketing en su artículo 18.3.

    CATEGORÍAS PROFESIONALES:

    Dado que se reconoce la antigüedad, aquellos Teleoperadores que lleven un año prestando servicio efectivo, pasarán automáticamente a Teleoperador especialista.

    CONDICIONES ECONOMICAS:

    Se garantizan todas las condiciones económicas existentes y futuras, de acuerdo con el II Convenio Colectivo de Telemárketing.

    TURNOS Y HORARIOS:

    Una vez incorporada toda la plantilla, se procurará mantener a cada trabajador en el turno en que actualmente está ubicado, contando con la opinión de la representación sindical. Los horarios se procurarán mantener los actuales.

    En cuanto a las modificaciones de turnos y horarios que en un futuro pudieran ser necesarios, se procurarán atender en primer lugar las peticiones voluntarias.

    CONTRATO:

    Los nuevos Contratos utilizados serán por Obra o Servicio determinado, firmándose con anterioridad a la incorporación de los trabajadores.

    VACACIONES:

    Debido a que los días de vacaciones que corresponden a cada trabajador, van a ser distintos a la planificación realizada a principios de año, en breves fechas se procederá a una nueva planificación.

    REPRESENTACIÓN SINDICAL:

    De acuerdo con el Convenio Colectivo, los representantes legales de los trabajadores, mantendrán su condición por el tiempo indispensable hasta la celebración de nuevas elecciones sindicales.

    Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

  • Acuerdo Iberphone SA – Correos – Leader Line SA

    Los trabajadores contratados por Leader Line, S.A., pasen a prestar sus servicios en la nueva empresa proveedora del servicio, Iberphone, S.A., sin que el paso de una empresa a otra suponga menoscabo de sus condiciones contractuales y/o profesionales

    Ver texto del acuerdo