Categoría: Beneficios Sociales

  • Apartamentos y Bono 2020 – Cambios a causa del Covid19

    Apartamentos y Bono. Situación a fecha 6 de Mayo 2020 a causa del Covid19.

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  • PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA DE 200 EUROS PARA SUBMINISTROS BASICOS

    Para personas trabajadoras por cuenta ajena y para personas trabajadoras autónomas con cargas familiares en situación de vulnerabilidad económica a raíz de la crisis sanitaria de la COVID-19.

    >> DOGC 

    Se trata de una ayuda extraordinaria de 200 euros abonada en un único pago, que tendrá que destinarse a la adquisición de productos de alimentación, farmacia y otros suministros básicos.

    La ayuda extraordinaria es para personas trabajadoras por cuenta ajena y para personas autónomas con cargas familiares que hayan sufrido una disminución superior al 30 % de sus ingresos a causa de la COVID-19.

    Lo podrán solicitar las personas afectadas por un expediente de regulación temporal, aquellas con contrato temporal extinguido o los trabajadores por cuenta propia que hayan tenido que suspender o reducir su actividad.

    Esta prestación extraordinaria, tiene entre otros requisitos el de cargas familiares y que se refieren a la unidad familiar, donde se incluyan los sujetos empadronados con un vínculo de convivencia que no sea de simple vecindad compartida con la persona solicitando.

    Cada unidad familiar tendrá derecho a presentar una solicitud de prestación extraordinaria, siendo compatible con la percepción de otras ayudas y prestaciones estatales de desocupación y para la ocupación, de cese de actividad, de prestaciones económicas percibidas de manera regular y periódicas o con cualquier otra ayuda concedida por otras administraciones, entes públicos o privados, si la suma mensual de los mismos no supera los 2.098,37 euros brutos.

    La solicitud tendrá que realizarse mediante formulario a través de Trámites Gencat, donde el plazo para presentar las solicitudes empieza el día 30 de abril y permanecerá abierto hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria destinada a esta prestación. Este pago se efectuara mediante transferencia bancaria, en el plazo de siete días hábiles a contar desde la publicación de la resolución.

    CCOO Catalunya

    Para consultar más información, como requisitos, procedimientos y acceder al formulario, tenéis que clicar en el siguiente enlace: https://web.gencat.cat/ca/actualitat/detall/Prestacio-extraordinaria-per-a-subministraments-basics

    FAQS: https://web.gencat.cat/ca/coronavirus/preguntes-mes-frequents/ajuts-socials/subministraments-basics/

    >> Comunicat CCOO sobre PRESTACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE 200 EUROS PER A SUBMINISTRAMENTS BÀSICS – castellano-catalán PDF con enlaces.

  • COMUNICADO SOBRE LAS REUNIONES DEL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DEL ERTE

    Para conocimiento de los compañeros y compañeras, en el acuerdo de ERTE se articula un
    órgano de seguimiento de éste que tiene entre sus finalidades velar por el cumplimiento de lo pactado,
    la interpretación y la solución de cualquier aspecto relacionado con el acuerdo de ERTE. Además, debido
    al poco tiempo de periodo de consultas para alcanzar el acuerdo, se han quedado en el aire algunas
    cuestiones que requieren de una solución.

    La primera cuestión que se ha tratado en el comité de seguimiento ha sido todos aquellos aspectos relacionados con la documentación, registro y confirmación del ERTE.

    La Empresa tomó la decisión de presentar buena parte de los ERTE´s con carácter retroactivo y esto ha generado algunas circunstancias complejas, añadidas al colapso de la Administración.

    La primera dificultad ha sido la de la comunicación. Los trabajadores y trabajadoras han puesto mucho de su parte para facilitar la información que se requería, en unas circunstancias en las que no tenían ni tan siquiera la obligación de acceder al correo corporativo. Además la información sobre los acuerdos alcanzados ha sido deficitaria, dado que no tenían acceso a los canales de comunicación habituales y las secciones sindicales no podemos mandar información grupal por el correo corporativo. Amén que los trabajadores afectados por el ERTE no tienen por qué mirar el correo fuera de su tiempo de trabajo, las cuentas de muchos compañeros/as estaban bloqueadas.

    Por otro lado, el colapso de la Administración ha generado dudas sobre la aceptación del ERTE. Si bien se entendía que superado el plazo de cinco días desde la presentación del ERTE, el silencio administrativo se entendía como un positivo la Ley de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas mantiene este plazo en otros diez días. Pasados quince días desde la presentación del ERTE la Empresa finalmente lo ha dado por aceptado, si bien el pasado día 16, ha solicitado a la Administración que certifique el “silencio positivo” y la decisión final sobre el expediente.

    Llegados a este punto, la principal preocupación para las personas trabajadoras afectadas es el cobro de la prestación. No disponemos de una información precisa de cuando se va a empezar a cobrar pero todo nos hace pensar que no será hasta mayo. Recordamos que entre las medidas de acompañamiento social acordadas hay la posibilidad de solicitar un anticipo a la empresa. CCOO a la hora de negociar el ERTE pusimos un gran interés en dejar sin efecto los acuerdos de excedencia, las vacaciones forzosas. Además se quedó sin resolver que iba a suceder con el tiempo trabajado por las personas afectadas en el ERTE de fuerza mayor (FM) que prestaron servicio entre el 14 y 27 de marzo. Esto generaba una paradójica situación;
    estas personas habían trabajado entre esos días pero a efectos formales su relación laboral había quedado suspendida desde el 14. CCOO entendíamos que la Empresa había generado un débito hacia esas personas.

    Tras debatir estos asuntos en la primera reunión de la comisión de seguimiento, en la segunda reunión la Empresa nos hizo la siguiente propuesta, que nos parecía aceptable:

    – Las personas afectadas por el ERTE de FM que tuvieron vacaciones entre los días 14 y 27 de marzo, al no estar de alta a efectos en ese momento en la empresa, no pierden sus vacaciones, y por lo tanto las podrán disfrutar una vez que se reincorporen. Recordar que durante el periodo afectado por el ERTE no se generan vacaciones, por lo tanto, las vacaciones para el año 2020 serán las proporcionales al tiempo trabajado.

    -Las personas afectadas solamente por el ERTE ETOP (causas productivas), que hayan disfrutado de vacaciones durante el periodo del ERTE, de haber algún/a afectado, tampoco pierde sus vacaciones, pero genera un débito de días hacia la Empresa que tendrá que recuperar de común acuerdo. Recordamos que la fecha de inicio de este ERTE es el 28 de marzo. Por eso recalcamos “que de haber algún caso”.

    – Las personas afectadas por el ERTE de FM, que hayan tenido cualquier otro día de disfrute entre el 14 y 27 de marzo, tampoco lo pierden. No lo pueden perder porque a efectos no lo han disfrutado ya que no estaban de alta desde el 14.

    – Las personas afectadas por el ERTE de FM que trabajaron días entre el 14 y el 27 de marzo. La Empresa ha generado un débito hacia ellos igual a los días que prestaron servicio. Estos días se devolverían en el periodo de 12 meses de común acuerdo entre empresa y trabajador. Si pasado esos 12 meses no los hubieran disfrutado, la Empresa se los tendría que devolver abonándolos.

    -En cuanto a las excedencias, salvando un error de la compañía que se está tratando, a las personas que se habían acogido a ella como causa del COVID-19, se les ha incluido en el ERTE.

    El teletrabajo es una de las reivindicaciones de nuestro sindicato que han formado parte delacuerdo. En la comisión de seguimiento CCOO hemos insistido en la necesidad de ampliar estos puestos.
    La compañía nos indica que tiene intención de seguir ampliando esta modalidad con arreglo a los criterios acordados en el ERTE. Nos indica que no tienen en estos momentos problemas de equipos pero que tienen una gran dificultad con el ancho de banda pese a que han solicitado a Telefónica ampliarlo,pero aún no han recibido respuesta positiva por parte de la operadora.
    En cuanto al incremento de la actividad esta última semana tras el levantamiento de parte de las restricciones a algunas empresas, CCOO hemos planteado que de ser un hecho permanente la Empresa debería sacar a trabajadores/as del ERTE. La plantilla no afectada por el ERTE está dimensionada con arreglo a una actividad proporcional. Estos trabajadores y trabajadoras no tienen que asumir una carga de trabajo superior, habiendo personas afectadas por el ERTE. Nos consta que la compañía ha solicitado cambios de horario pero recordamos que durante el periodo de ERTE no se pueden realizar horas extraordinarias y en esto vamos a ser muy rígidos. Pedimos a los compañeros y compañeras que siguen trabajando que antes de que realicen horas extras piensen que los compañeros/as que están incluidos en el ERTE están sufriendo una merma de su salario y que además
    tienen un retraso importante en percibir la prestación por desempleo.

    En cuanto a la nómina de marzo, la Empresa nos comunica que la causa de que aún no esté colgada en el portal del empleado es que han tenido que recalcularlas y las subirán de nuevo una vez que hayan terminado de procesarlas. Para las personas afectadas por el ERTE, durante el periodo que estén afectados, aparecerá únicamente un concepto de complemento COV-19 igual al 15% acordado.
    Cómo la nómina de marzo se abonó completa, la parte del salario que se abonó de más se retraerá poco a poco de las siguientes nóminas una vez finalizado el ERTE.

    Atentamente.
    Sección sindical CCOO.

  • Grupo EROSKI abonara una gratificación a la plantilla

    La dirección del Grupo nos ha informado hoy, día 16 de abril de 2020, de la decisión del Consejo Rector de Eroski de abonar una gratificación, dicha gratificación consiste en un importe de 240€, en forma de talonario con bonos de descuento canjeables en tiendas Eroski, Caprabo, Forum Sport o Viajes Eroski, que se entregaría en julio.

    El abono del importe está supeditado a que se cumpla el siguiente requisito:

    El resultado del Ebitda previsto del año, tiene que superar el presentado en el PG´20 antes del Covid en más de 20 millones. Para calcular el Ebitda se analizará el dato real hasta junio de este año y se le sumará la estimación del 2º semestre, y en el caso de que supere los 20 millones, todos los trabajadores del Grupo Eroski percibirán la gratificación

     

    Como ya sabéis, desde CCOO hemos venido solicitando a la empresa el abono de una gratificación a todos los trabajadores/as del Grupo Eroski, por el enorme trabajo y profesionalidad demostrada desde el inicio de la pandemia, teniendo además en cuenta las duras condiciones en que han tenido que trabajar la plantilla.

    Así, se lo trasladamos a la dirección del Grupo Eroski, como también fue trasladado a la empresa por los diferentes comités donde CCOO tenemos presencia (Caprabo, Picabo, Peninsulaco, Vegalsa, etc.).

    Desde CCOO valoramos positivamente esta decisión, creemos que es justo y merecido cualquier reconocimiento a los trabajadores/s del sector de comercio.

    Entendemos que la empresa puede hacer un mayor esfuerzo económico, porque los resultados de venta están siendo muy buenos, y el esfuerzo de los trabajadores/as está siendo enorme, por lo que sería justo continuar por el camino de reconocer económicamente dicho esfuerzo.