

Cada persona cobrará distintas cantidades. Estará en función de las horas que trabajes y del IRPF que tengas. Para daros una información aproximada os dejamos esta tabla que recoge los importes de las situaciones más comunes. También podrás cobrar una cantidad superior si no tienes IRPF y solo te descuentan el importe correspondiente a la seguridad social.

La cuota de afiliación sindical a CCOO de 2019 tiene la consideración de gasto deducible de los rendimientos del trabajo.
En el borrador que envía Hacienda o en la aplicación RENTAWEB 2019 por defecto, no indica la cantidad abonada a los sindicatos, es necesario modificar el borrador e incluirla en "Cuotas satisfechas a sindicatos" en tu declaración de IRPF.
Te recordamos que el importe de las cuotas sindicales es un gasto deducible en la Declaración de la Renta según recoge el artículo 19.2 de la ley de IRPF.
Los justificantes son los recibos bancarios. Si habéis cotizado 2019 completo con la cuota ordinaria se trata de 151,20,- euros (el importe variará en función de si la cuota es ordinaria, reducida, especial, de pensionistas…). Si no fuera el ejercicio completo multiplicad el importe de la cuota por los meses cotizados como afiliado o afiliada
Puede comportar un ahorro en la cuota de entre el 20% y el 35% según los casos. Hay que poner la cantidad a deducir en el espacio reservado a "Cuotas satisfechas a sindicatos" del IRPF. Hacienda, por defecto, no indica la cantidad abonada a los sindicatos, es necesario incluirla.
En un principio no sería necesario aportar documentación acreditativa, salvo que Hacienda lo solicitase con posterioridad; si se diese dicha circunstancia, podrás obtener dicha documentación en CCOO.
Si quieres disponer del certificado del importe de las cuotas satisfechas a CCOO en 2019 y no lo has recibido puedes obtenerlo por estas dos vías indicando tu NIF (sin letra).
1.- Solicitar que te lo envíen por correo electrónico en el mail: info@uar.ccoo.es
2.- Entrar en tu área personal de afiliado y descargártelo accediendo a: https://ssl.ccoo.es/Afiliacion
Si no recuerdas o no tienes clave de acceso. En la misma página la puedes solicitar indicando tu fecha de nacimiento, nif (sin letra) y mail para que te envíen contraseña. Este proceso es inmediato.
En la tarde noche/del pasado día 25, la Dirección de la Empresa nos comunicó a los RRTT la intención de abrir un proceso de regulación de empleo temporal (ERTE) para hacer frente a la caída de la actividad que el Estado de Alarma, implantado por el Gobierno, estaba generando sobre la Compañía. Según nos comunicó la Dirección, su intención es que el ERTE afectara a un total de 375 trabajadores y trabajadoras de todo el Grupo, de los cuales, 309 pertenecen la pluralidad de empresas mercantiles y el resto al de las deportivas.
La Compañía desde un inicio nos ofreció complementar la prestación hasta alcanzar el 85% del salario pero nos pedía completar el proceso en un periodo de tiempo extraordinariamente corto. No vamos a valorar las causas que han motivado el ERTE, que son de sobra conocidas, ni la información económica y escenarios previstos por la Compañía, pero a nadie se le escapa la magnitud del problema social y económico que ha supuesto la propagación del COVID-19. Queremos matizar que en el comunicado que ha mandado la Compañía no es un comunicado conjunto.
En la actual coyuntura, los trabajadores y trabajadoras no esperarían otra cosa distinta que sus representantes actuaran de una manera responsable a la hora de afrontar esta situación sobrevenida, priorizando la salud de las personas y la continuidad del empleo. Centrándonos en estas premisas, desde el primer momento todos los sindicatos con representatividad en la Compañía hemos mostrado nuestra disposición a alcanzar un acuerdo que, además de contemplar el complemento económico ofrecido por la Empresa, tuviera en cuenta la seguridad de las personas ante el riesgo de contagio. Además, deseábamos que el acuerdo que alcanzásemos permitiera dejar sin efecto algunas de las medidas adoptadas por Empresa en los días previos a la comunicación del ERTE, con las que no estábamos conformes. También, incorporar otras medidas de acompañamiento social que pudieran hacer más llevadera la situación, tanto a las personas afectadas por el ERTE como al resto que continúan prestando servicio.
Pese a que la voluntad de las partes ha sido desde el primer momento la de alcanzar un acuerdo, la negociación ha sido muy compleja. El escaso tiempo disponible para negociar, las dificultades técnicas debido al confinamiento y la imposibilidad de comunicarnos de manera directa entre los componentes de la negociación, ha supuesto que, posiblemente, haya cuestiones que tengamos que solucionar de manera posterior, a través de la comisión de seguimiento del ERTE. Habrá, seguramente, muchas dudas a las que tengamos que ir dando respuesta en los días siguientes.
En este comunicado no vamos a reproducir el documento de acuerdo pero indicaros que, gracias a la acción sindical, hemos logrado enriquecer las medidas de acompañamiento y a través de la comisión de seguimiento daremos vida al cumplimiento de los acuerdos e intentaremos solucionar aquellas cuestiones que, debido a la precipitación, vayan surgiendo.
De cara a las personas que continúen trabajando de manera presencial es muy importante que el teletrabajo se siga maximizando para evitar el riesgo de contagio. El Real Decreto de estado de alarma ha supuesto la privación temporal de los derechos de los ciudadanos y ciudadanas para garantizar un derecho superior, el de la salud. Debemos tener muy presente la dimensión económica y socio-sanitario del problema, hasta tal punto que el propio Gobierno ha dejado patente que una de las medidas más importantes para poder afrontar la solución de la pandemia es la implantación del teletrabajo para todas aquellas empresas que tengan posibilidades.
Una de nuestras principales reclamaciones para la consecución del acuerdo ha sido que la Empresa ofrezca a todos los trabajadores y trabajadoras, que no tengan la necesidad imperiosa de estar en el centro, el teletrabajo. Especialmente a aquellos que tienen una situación de riesgo para su salud ante el COVID-19, a los que tienen a su cargo personas dependientes de riesgo ante el COVID-19 o a las personas que, a causa de los desplazamientos al centro de trabajo, tengan más riesgo de contagio, al tener que utilizar el trasporte público.
El acuerdo al que llegamos la tarde-noche del día 27, creemos que nos permite alcanzar los objetivos que nos planteábamos al inicio del proceso; priorizar la salud de las personas trabajadoras manteniendo el empleo y permitir que la Compañía pueda dar solución a un previsible
daño en su viabilidad económica que, por consiguiente, se pudiera ver reflejada en el empleo. En ese sentido, como indicábamos al inicio, los RRTT hemos hecho un gran ejercicio de responsabilidad y creemos haber interpretado correctamente, no sólo las inquietudes de nuestros compañeros y compañeras, sino además, las del conjunto de nuestra sociedad.
Queremos matizar también la lista de personas afectadas en el ERTE la ha confeccionado la Empresa pero el ERTE es un elemento vivo y que en función de la evolución de la actividad de la Compañía durante el periodo de su eficacia, no superando el máximo de afectados/as, puede variar dentro de los criterios recogidos en el acuerdo. También indicar que durante el periodo de eficacia del ERTE, no se pueden echar horas extraordinarias. El incremento de la actividad en la compañía debe solucionarse sacando gente del ERTE.
Atentamente.
Sección sindical CCOO.
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2020/03/30/companias/1585582884_235994.html