Categoría: Beneficios Sociales

  • Presentamos la plataforma y los puntos que destacamos CCOO

    El martes 28 de enero de 2020 tuvo lugar la segunda reunión de negociación del convenio colectivo interprovincial del sector de la industria de hostelería y turismo de Catalunya, después de que se iniciara, el pasado 26 de noviembre, dicho proceso de negociación, con la constitución de la comisión negociadora.

    En esta reunión, las dos organizaciones sindicales (CCOO y UGT) y la patronal, hemos entregado las propuestas para la negociación.

    Por parte de CCOO hicimos una presentación general de nuestra plataforma y expresamos nuestra intención de poder explicar y debatir cada uno de los puntos recogidos en la propuesta.

    Para CCOO es muy importante que podamos avanzar en materias como:

    • La mejora del salario.
    • La conciliación de la vida laboral y personal (reducción de la jornada, mejora de las licencias retribuidas, etc.).
    • La contratación.
    • Las practicas no laborales.
    • Las externalizaciones de servicios.
    • La igualdad.
    • La mejora de la formación.

    Desde CCOO valoramos que la situación general y en particular la sectorial, es propicia para que podamos avanzar en derechos y en la mejora de las condiciones de trabajo.

    ¡Seguiremos informando!

    ¡Comprometidos contigo!

    >> Plataforma Conveni Hostaleria Catalunya 2020

    >> Comunicat presentem plataforma i punts destacats de CCOO 01/20 (PDF català i castellà)

  • PERMISO DE PATERNIDAD

    Con la entrada en vigor, el año pasado, del Real Decreto 6/2019, el permiso de paternidad está aumentando progresivamente hasta igualar las 16 semanas que tienen las madres.

    A partir de este 1 de enero de 2020, el permiso de paternidad, en caso de parto, adopción o acogimiento, se amplía a 12 semanas, ampliables en 2 semanas más en caso de parto múltiple por cada hijo, a partir del segundo.

    Este derecho lo podrán disfrutar los padres, siempre y cuando estén afiliados a la Seguridad Social y lleven cotizados 180 días en los últimos 7 años o bien 360 días en toda la vida laboral.

    Las 4 primeras semanas se deberán disfrutar, ininterrumpidamente, tras el parto y el resto podrá disfrutarse en cualquier momento del primer año de vida del bebé, previo acuerdo con el empresario. Como mejora de Indra BPO Servicios, en las medidas de flexibilidad, estas 12 semanas se amplían en 3 días después del parto.

    En el supuesto de hija o hijo con discapacidad, el permiso se amplía en 1 semana para cada progenitor.

    El permiso de paternidad es intransferible, por lo que no se puede ceder a la madre.

    Está retribuido al 100% de la base reguladora y la duración del mismo está exenta de IRPF.

    Puedes enviarnos cualquier duda, consulta o sugerencia a ccooindra@servicios.ccoo.es

    Cuida tu trabajo ¡Afíliate! Sección Sindical de CCOO

  • ¡VAMOS A EMPEZAR BIEN EL AÑO!

    ¡VAMOS A EMPEZAR BIEN EL AÑO!

  • PERMISO SIN SUELDO

    El  XVII convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública, recoge en su artículo 23 el permiso sin sueldo por un periodo máximo de 1 mes y por una sola vez cada año, que podrán repartirse en periodos de 15, uno en cada semestre del año y al que podrán acogerse todos/as aquellos/as trabajadores/as que tengan una antigüedad mínima de un año en la empresa. Sin embargo, este permiso esta mejorado en las medidas de flexibilidad de Indra BPO Servicios al ampliarse hasta 2 meses.

    Hasta ahora, todos/as aquellos/as empleados/as que se acogían a este permiso cotizaban por la base mínima, se descontaba la parte proporcional de los días de libre disposición (si se tuviesen) y vacaciones.

    Pero a partir del 1 de enero de 2019 tras la sentencia de la AN de 28 de enero de 2019, el trabajador que se acoja al permiso sin sueldo seguirá cotizando por la base mínima y se descontará la parte proporcional de días de libre disposición, pero ya NO se descontarán días de vacaciones.

    Puedes enviarnos cualquier duda, consulta o sugerencia a ccooindra@servicios.ccoo.es                                                                            

  • Convenio Colectivo: CECA propone un aluvión de recortes salariales

    Este jueves, 12 de diciembre, se ha celebrado una nueva reunión del Convenio

    La CECA, argumentando sus planteamientos en una hipotética supervivencia de las entidades, propone sin ruborizarse:

    • Suprimir el concepto de antigüedad (trienios).
    • Eliminación de la promoción por experiencia, transformando esta en libre designación por las empresas.
    • Eliminar el complemento de residencia.
    • Suprimir durante dos años el Plus Convenio.
    • Vincular las pagas estatutarias de Beneficios a nuevas limitaciones y condicionantes.
    • Eliminación del quebranto de moneda y plus de ventanilla.
    • Supresión de las ayudas de estudios y guardería por hijos/hijas para salarios superiores a 35.000 € y eliminación de estas para los empleados jubilados.
    • Y todo ello, sin definir ningún tipo de actualización de las tablas salariales.

    Además, todos los conceptos salariales podrán ser absorbidos por las mejoras de condiciones existentes en cada una de las empresas y que superen los mínimos establecidos en el Convenio Sectorial.

    En materia de movilidad geográfica proponen elevar el radio actual hasta los 50 Km. Sin compensación alguna.

    Tan solo en materia de Conciliación e Igualdad y para ajustar el contenido del Convenio a la regulación legal de Desconexión y Adecuación de Jornada, anuncian incorporar estas materias a la regulación sectorial, aunque la aparente buena noticia no sirva nada más que para enmascarar las infumables propuestas hoy avanzadas.

    CCOO ha propuesto:

    • Un incremento del 3% del salario base para cada uno de los años de vigencia del Convenio (2019, 2020, 2021 y 2022).
    • Incrementos adicionales del 1%, 0,50% y 1% a percibir en los años 2020, 2021, 2022 y 2023 en función del grado de consecución establecido para cada supuesto.
    • Percepción de los trienios sobre la totalidad del número de pagas que cada empresa abone a su plantilla.
    • Establecer en 400 euros el importe del Plus Convenio lineal para cada uno de los años de vigencia del Convenio.
    • Incrementar el importe del Plus Convenio variable de conformidad con los criterios establecidos para la actualización y revisión del salario base.
    • Percibir un mínimo de cinco mensualidades en concepto de pagas estatutarias.
    • Incrementar el importe de las dietas y el kilometraje.

    La próxima reunión se celebrará el 28 de enero de 2020