Categoría: Beneficios Sociales

  • Cuentas y tarjetas

    Estas son las condiciones de las cuentas, y tarjetas asociadas, a las que tenemos derecho como empleados y empleadas de Unicaja:
    • 1 cuenta nómina empleado exenta de gastos
    • 1 cuenta adicional también exenta
    • Tarjetas 6000 MASTERCARD y VISA sin comisiones

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     CUENTAS EXENTAS DE COMISIONES
    – Las cuentas donde se domicilian las nóminas están exentas las siguientes comisiones y gastos:
    • Comisiones de emisión, mantenimiento y disposición en cajeros de la Entidad.
    • Comisiones por traspasos entre cuentas del mismo titular, con origen o destino en cuenta nómina.
    • Comisiones por transferencias con adeudo en cuenta (misma plaza y otra plaza).
    • Comisiones por transferencias periódicas con adeudo en cuenta (misma plaza y otra plaza)
    • Comisiones por transferencias por Univía y avisos a móviles (servicios a distancia).
    • Comisiones de las operaciones no recurrentes de compraventa de divisas y de valores.
    – Tendrán un saldo deudor disponible de hasta el 75% del importe líquido (deducido IRPF, Seguridad Social y retenciones judiciales) de la mensualidad ordinaria -se excluyen las extraordinarias- al 0% de interés.
    – El saldo positivo se remunera al mejor tipo aplicable a clientes preferentes más un 0,1%
    – Se puede mantener una segunda cuenta de la que será titular principal el empleado/a también exenta de gastos y comisiones.
     TARJETAS

    Los empleados y empleadas tenemos derecho a solicitar las siguientes tarjetas:
    Tarjeta 6000 MASTERCARD
    Límite de crédito: 2.500 euros con independencia del límite de endeudamiento. Importe máximo absoluto de 9.000 euros.
    Interés: 0,5% mensual 
    -Amortización mínima del 3% mensual de lo dispuesto.
    Tarjeta VISA
    Límite de crédito: 2.500 euros con independencia del límite de endeudamiento. Importe máximo absoluto de 3.000 euros.
    Interés: 1,2% mensual
    -Amortización mínima del 3% mensual de lo dispuesto.
    Tarjetas de DÉBITO de las 2 cuentas que tenemos exentas de comisiones.

    Todas estas tarjetas están
    exentas de comisiones
    (mantenimiento, emisión, disposición de efectivo a
    crédito en Cajeros de Unicaja). 

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  • Tipos de interés para 2019

    Te facilitamos los
    tipos de interés para empleados y empleadas de BBVA que van a aplicarse para
    2019.

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  • Jornada y Horario

    El Acuerdo de Integración regula y homologa nuestra jornada y horario:

    • Horario: de lunes a viernes, de 8:00 h a 15:00 h.
    • Horario especial: 24 y 31 de diciembre, 3 días en Semana Santa y 3 días en las Fiestas de cada localidad.
    • Flexibilidad horaria.
    • Control de las reuniones fuera del horario laboral.

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     HORARIO GENERAL

    • De lunes a viernes de 8:00 h a 15.00 h, quedando suprimida la obligación de prestar servicios en las tardes de los jueves.
    • Tendremos horario especial de 8:00 h a 13:30 h los días 24 y 31 de diciembre, 3 días en Semana Santa y 3 días en semana de Fiesta Mayor por localidad.
    • También se instaura la flexibilidad horaria, previa autorización de RRHH, permitiéndose la entrada de 08:00 h a 08:15 h, con salida de 15:00 h a 15:15 h.

     

    Se establece una bolsa de horas para formación fuera
    del horario laboral con un máximo de 40 horas + las 15 horas que ya teníamos
    por Convenio, y un máximo 25 horas para la asistencia a reuniones, exclusivamente para
    directivos
    . La formación a distancia computa en un 50% del tiempo
    previsto en la ficha de cada curso.

    Esto, en la práctica, implica que con los cursos a distancia y obligatorios que realizamos
    año tras año cubriremos con carácter general un volumen de horas suficiente
    .

     ACUERDO SOBRE FORMACIÓN, JORNADA Y HORARIOS

    Con este acuerdo se hace extensivo a la totalidad
    de la plantilla el acuerdo de Unicaja de marzo de 2013, sobre formación, jornada y horarios, que
    tiene varios efectos positivos:

    • Pone fin a la
      convocatoria descontrolada de reuniones
       operativas, a
      las multiconferencias y a las
      pseudoinvitaciones‘ a jornadas formativas que
      obligan a la prolongación de jornada hasta varias tardes a la semana. 
    • Acota inequívocamente la definición de personal
      directivo. 
    • Supone el control de la Dirección de RRHH de la
      jornada de trabajo efectivo, por lo que las convocatorias de reuniones,
      videoconferencias… serán supervisadas y se realizarán con al menos 24
      horas de antelación, evitando viernes, vísperas de festivos y jornadas
      reducidas, así como el periodo vacacional de las personas convocadas. 
    • Las horas que excedan de
      la jornada máxima anual de trabajo efectivo
       se
      abonarán o compensarán por tiempos equivalentes de descanso retribuido
    • Se computa como tiempo efectivo el invertido en
      el desplazamiento desde el lugar del centro de trabajo hasta el de celebración
      de los cursos cuando la distancia sea superior a 25 km, computando a estos
      efectos 45 segundos por km recorrido.

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  • Condiciones salariales

    En el Acuerdo de Integración de Unicaja y CEISS hemos conseguido:
     
    • Incrementar el salario de la plantilla que menos cobra.
    • Garantizar que todas las personas mantengan el salario que venían percibiendo hasta el momento sin ninguna merma de sus ingresos.

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    Conociendo la realidad del sector de los últimos años -ERES, ERTES, congelaciones salariales y de derechos laborales- incrementar y garantizar los salarios son grandes logros, aunque no los únicos.
    ¿QUÉ SUPONE ESTO A EFECTOS PRÁCTICOS? 
     
    • Que todos los trabajadores y trabajadoras que vieron reducido su salario por el recorte del 9% aplicado por el ERE 2013 en CEISS (que CCOO NO firmó), percibirán, como mínimo 20,5 pagas.
    • Que las personas con menores salarios y que no llegaban a este mínimo, tendrán un incremento en sus retribuciones.
    • Que el exceso sobre este mínimo no será absorbido en la nueva estructura salarial de Unicaja, se continuarán percibiendo los complementos no absorbidos y que correspondan. 
    • Que mantenemos la posibilidad de incrementar este salario si:
    • El Beneficio después de Impuestos (BDI) en 2018 es positivo o la entidad reparte dividendos, entonces tendremos derecho a cobrar 0'25% más sobre los conceptos que se establecen en el art.39.1 del Convenio Colectivo en el primer semestre de 2019. 
    • Adicionalmente, si el ROE de la entidad es mayor o igual a 6 tendremos derecho a cobrar otro 0'25% sobre los conceptos que se establecen en el art.39.1 del Convenio Colectivo en el mismo plazo.
     

    DEBES SABER…

     
    Que a partir de la firma del acuerdo la forma de cobro será la siguiente:
     

    La nómina ordinaria se percibe los días 27 de cada mes o día anterior hábil caso de ser sábado o festivo e incluye: salario base, antigüedad, complementos personales, complementos funcionales, y aportaciones al plan de pensiones. 

    Las pagas extraordinarias se perciben los días 15 de cada mes o día anterior hábil caso de que fuera sábado o festivo e incluyen solo el salario base y la diferencia retributiva de puesto de trabajo en firme. 

    Existen otros conceptos salariales: plus convenio, ayudas guardería, de formación de hijos y de estudios de empleados/as, así como dietas, kilometraje y ayudas varias.

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