Categoría: Beneficios Sociales

  • El permiso de matrimonio comienza el día hábil siguiente

    La Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de
    Ahorro, en la que CCOO tiene un 43,22% de la representación, ha acordado
    que los permisos retribuidos por matrimonio o constitución de pareja de hecho, celebrados en día no laborable, comiencen
    en el primer día hábil siguiente al del día en que tengan lugar.


    [

    La Patronal de Ahorro ha asumido nuestras
    demandas en relación al permiso por
    matrimonio o pareja de hecho
    , de acuerdo con la Sentencia del Tribunal
    Supremo que obtuvimos el pasado mes de febrero.

    Esta interpretación del Convenio implica que cuando el matrimonio tenga lugar en una fecha no hábil para quien lo solicita, por ejemplo un sábado o un domingo, el permiso retribuido comenzará el siguiente día hábil; en este caso, el lunes.
    La Patronal de Ahorro ha asumido esta demanda en relación al permiso por matrimonio o pareja de hecho, de acuerdo con la Sentencia favorable del Tribunal Supremo que obtuvimos el pasado mes de febrero.
    Desde CCOO seguiremos luchando, tanto por la vía judicial como a través de la comisión interpretativa del Convenio, para que en el Sector se asuma la sentencia en toda su extensión, incluyendo no solo el permiso por matrimonio, sino también el de nacimiento de hijos y el de fallecimiento de familiares
    Si buscas quien defienda tus derechos, contacta con tus delegados y delegadas de CCOO en Unicaja

    Comunicado en PDF

  • Salario Flexible y Acoso Laboral

    • Un BSFLEX para toda la plantilla
    • La necesidad de disponer de un protocolo de acoso laboral y sexual

  • Concesión de Apartamento o Bono 2018

    Ya se puede consultar
    si se nos ha adjudicado el Apartamento o el Bono solicitado.

    leer Comunicado en pdf 
    llegir Comunicat en pdf 


  • Programa, Programa, Programa

    Hay quién nos acusa de “vender” siempre los acuerdos que firmamos. Es cierto que tenemos firmados muchos acuerdos, y es cierto que nos sentimos satisfechos por ello, y hablamos de ellos a menudo. Lo que no hacemos desde CCOO es vender humo, como otros sindicatos. UGT lleva más de doce años y CGT más de ocho, en Madrid, y no han firmado ningún acuerdo que mejore las condiciones de la plantilla de ILUNION. Dicen que es porque están en minoría pero no es más que una excusa, CCOO está en minoría en Sevilla y tenemos firmados tres acuerdos allí, UGT, que tiene la mayoría, ninguno. ¿Es que en Sevilla no hay “ola del cambio”?

    Nuestro programa es y será siempre transparente.  Cómo ya sabéis, cada cuatro años lo publicamos y cada cuatro años os pasamos la memoria de los objetivos que hemos cumplido, eso solo lo veréis en CCOO.

    Las trabajadoras y trabajadores queremos que la confianza y el voto que depositamos en un sindicato, sean útiles, y que sirvan para defender nuestros derechos y trabajar en acuerdos que mejoren nuestra situación laboral y familiar.

     

    Haz que tu voto sea útil. Vota Trabajo. Vota CCOO

    Descarga el comunicado

  • Acuerdo sobre los beneficios sociales en SMS

    Nuevo acuerdo sobre:

    • Parejas de hecho
    • Formación sobre igualdad
    • Reuniones escolares
    • Permiso por acompañamiento de familiares al médico
    • Turno de noche el 24 y 31 de diciembre

    Compañer@s

    Os informamos sobre el acuerdo que hemos llegado con la empresa y gracias al cual podremos disfrutar de nuevos beneficios sociales:

     

    Parejas de hecho

    · Las parejas de hecho que se inscriban en el registro civil tendrán los mismos derechos que los matrimonios (según nuestro Convenio Colectivo). Con esto equiparamos a las parejas de hecho, que hasta ahora no estaban contemplados sus derechos en el Convenio.

     

    Formación en materia de igualdad

    · La empresa incluirá en su programa de formación cursos en materia de Igualdad a todos los trabajadores y trabajadoras, los cuales se podrán realizar a través de la Intranet.

     

    ¿NO TE HAN DADO EL CURSO? Si llevas mucho tiempo o eres nuevo y estás interesado, solo has de escribirnos para informar a la empresa y que puedan dártelo.

     

    Reuniones escolares

    · Los trabajadores y trabajadoras podrán solicitar la asistencia a dos reuniones por hijo al año para tutorías, reuniones escolares, actuaciones o matrícula de sus hijos e hijas. 

     

    Permiso  retribuido por acompañamiento a familiares de 1º grado de consanguinidad al médico

    · Se podrá solicitar el acompañamiento a familiares de primer grado de parentesco, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismas, siendo un permiso retribuido por la empresa.

    · El empleado o empleada avisará a sus responsables en la empresa de esta situación, con la mayor antelación posible, sobre las citas médicas y necesidad de acompañamiento de familiar a consultas de carácter médico.

    · Este permiso se concederá dentro de la misma provincia sin tener en cuenta otros desplazamientos. Y será en todos los casos por el tiempo indispensable, previo aviso y justificación.

     

    Lotería de Navidad

    Según propuesta del Comité de Empresa, la empresa regalará a los empleados y empleadas que trabajen los festivos internacionales (25 de diciembre y 1 de enero) en el turno de noche un décimo de lotería de la Empresa.

    A título informativo, aprovechamos también la ocasión para recordar los beneficios sociales de los que ya se disfrutaba anteriormente a la firma de este acuerdo:

     

    Calendario Laboral 2018

     

    · Para el personal que no quiera disfrutar de jornada intensiva de 36 horas semanales durante el mes de agosto, por estar asociados a Servicios de cliente con cobertura horaria de jornada completa:

    – La empresa compensará las horas realizadas en el mes de agosto de forma económica, abonando el doble del valor de la hora de trabajo del empleado.

     

    – Esta compensación se aplicará a los empleados y empleadas que trabajen de lunes a viernes, 40 horas semanales.

     

    ¿CÓMO SÉ SI YO TENGO JORNADA INTENSIVA EN AGOSTO?

    Si tú trabajas 40 horas semanales,  durante todo el año, te corresponde esa jornada intensiva.

    Si tú trabajas en un turno de mañanas, tardes, noches y fines de semana en las que una semana haces 56 horas pero en otra 20 horas, entonces no te corresponde la jornada intensiva. Se entiende que estas 4 horas de reducción semanal ya te las compensan el resto del año. Ante cualquier duda escríbenos.