Categoría: Beneficios Sociales

  • Nueva doctrina del Tribunal Supremo sobre permisos retribuidos

    El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de
    casación de doctrina presenta­do por varios sindicatos mayoritarios del sector
    de Contact Center, entre ellos CCOO, en relación con el inicio del disfrute de
    los permisos retribuidos.

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  • WiZink Bank: Firmado acuerdo de unificación de horarios

    En el día de hoy hemos alcanzado un acuerdo para la unificación de horarios de los diferentes colectivos que integramos la plantilla de WiZink Bank. Un acuerdo que consolida como horario de referencia el del colectivo mayoritario procedente de Citibank, el más favorable de los tres que coexisten en la actualidad.

    En el mismo acto, se ha procedido a la firma de un acuerdo en los mismos términos para la plantilla de WiZink Mediador.
    Es un acuerdo en el que todos ganamos, especialmente los colectivos procedentes de Barclays y de Banco Popular, que reducen el cómputo horario anual en cerca de 100 horas cada uno. Las condiciones acordadas toman como referencia el acuerdo de horarios de fecha 08-06-2011, firmado con Citibank España:
    HORARIO PARTIDO
    INVIERNO:
    •  De lunes a jueves de 08:30h a 17:00h con una 1 hora de pausa para la comida (computados como tiempo de trabajo efectivo 15 minutos de descanso).
    •  Viernes de 08:30h a 15:00h (computados como tiempo de trabajo efectivo 15 minutos de descanso).
    VERANO: (de 1 de junio a 30 de septiembre)
    • De lunes a viernes 08:30h a 15:00h (computados como tiempo de trabajo efectivo 15 minutos de descanso).
    La novedad en este tipo de horario es que retrasamos el inicio de la jornada de verano una semana (del 23 de mayo al 1 de junio). Como compensación, los días laborables que transcurran entre el 23 de mayo y el 31 de mayo se sustituirán por otras fechas en las que se realizará el horario de 08:30h a 15:00h. Estas fechas alternativas se acordarán anualmente entre la empresa y los sindicatos, y para el presente año 2018 son las siguientes:
    – Lunes, Martes y Miércoles Santo (26, 27 y 28 de marzo de 2018).
    – 30 de abril de 2018.
    – 31 de octubre de 2018.
    – 5 de diciembre de 2018.
    HORARIO CONTINUO
    TODO EL AÑO
    • De lunes a viernes de 08:00h a 15:00h (computados como tiempo de trabajo efectivo 15 minutos de descanso).
    En el horario continuo hemos conseguido dejar de trabajar las tardes de los jueves en el periodo comprendido entre octubre y marzo, a cambio de las 3 jornadas de licencia retribuida adicionales que figuraban en el anterior acuerdo. Entendemos que se trata de un cambio ventajoso para la plantilla afectada.
    Asimismo, se recoge la posibilidad de solicitar el cambio de jornada partida a jornada continuada. El banco solo podrá denegarla por razones justificadas de las que informará a la representación sindical. Esto significa un avance ya que hasta ahora este derecho no quedaba adecuadamente incluido en anteriores acuerdos.
    En cuanto a los empleados y empleadas que actualmente estén disfrutando de alguna de las medidas de flexibilidad horaria recogidas en las políticas de la Compañía, mantendrán las condiciones acordadas, con su correspondiente adaptación en aquellos casos en los que resultara necesario.
    Por el contrario, no hemos podido avanzar en otras propuestas realizadas a la compañía: compensación semana patronal, consolidar 24 días/año de vacaciones, etc. La empresa no se ha mostrado generosa y ha preferido mantener la situación como hasta ahora.
    Desde la sección sindical de CCOO valoramos positívamente este acuerdo porque consolida, y en algunos aspectos mejora, las condiciones que ya veníamos disfrutando la mayoría de la plantilla. Un acuerdo que rebaja el tope de jornada anual de convenio, 1.700 horas, hasta las 1.550 horas aproximadamente.
    El nuevo Acuerdo de Unificación de Horarios entrará en vigor el 26 de marzo de 2018.
    Si necesitas cualquier aclaración o quieres hacernos llegar algún comentario sobre este acuerdo estamos, como siempre, a tu disposición.
    20 de marzo de 2018

  • Importante acuerdo entre la empresa Iberdroper (Bodybell) y CC en diversas materias del convenio

    Desde la Sección Sindical de CCOO
    en Iberdroper, os informamos que nuestras reclamaciones han dado su fruto. Como
    recordaréis CCOO había solicitado a la Comisión Mixta del Convenio Colectivo
    interpretación en diversos artículos en los que se solicitaba aclaración.
    Después  de la interpretación planteamos
    una mediación en el SIMA (Servicio de Mediación y Arbitraje) y en ella la
    empresa ha dado su brazo a torcer tras la insistencia de CCOO.

    La empresa unilateralmente cambió
    el sistema de descuento de trabajador@s modificando las condiciones que
    teníamos en el Convenio Colectivo Estatal de Minoristas de Droguerías,
    Herboristerías y Perfumerías.

    Nuestra reclamación en esta
    materia ha generado un acuerdo con la empresa por lo que será del 25% de
    descuento en todos los productos sobre el P.V.R.  Y además se aplicará un descuento adicional
    del 10% precio final estantería, en aquellos productos selectivos en las
    campañas del Dia del padre, día de la madre, campaña de verano y campaña de
    navidad-reyes. No se hará descuento en aquellos productos donde el precio de
    venta esté por debajo del precio de coste. El límite en el descuento será de
    2.500?.

    Con respecto al calzado para
    todos y todas las trabajadoras, a partir del 1 de Junio de 2018 cualquier
    trabajad@r podrá solicitar el calzado adecuado y la empresa se lo facilitara.

    Como recordaréis era otra de nuestras
    reivindicaciones  y todos aquellos que
    ahora que quieran subirse al carro del acuerdo solo recordarles quien inició
    las consultas y que desde CCOO teníamos claro nuestro trabajo y al final este
    esfuerzo tiene su recompensa.

    Felicitar a la Sección Sindical
    de CCOO en Iberdroper, a todos y todas las trabajadoras que desde el principio
    sabían en quien confiar.

     SEGUIREMOS
    INFORMANDO DESDE LA SECCIÓN SINDICAL DE CCOO.

  • CCOO en Clarel consigue consolidar el 10% de descuento en compra para la plantilla

    El descuento en compra pactado por en el año 1998 en
    Barcelona, y que se ha venido aplicando desde ese año al 85% de la plantilla en
    todas las provincias de España, afectadas por el Convenio estatal de
    droguerías, herboristerías y perfumerías se quedará en nuestras nóminas y no lo
    perderemos.

    La propuesta presentada por CCOO, que fue asumida por
    escrito por los demás sindicatos y que coincide con la planteada por la empresa
    en la reunión del 7 de febrero en el Comité Intercentros de Clarel, evitará que
    se pierda lo que veníamos cobrando cada mes en nómina por este concepto desde
    el año 1998 y se mejora el derecho. 

    OBJETIVO CONSEGUIDO!

    La Empresa ha sido consecuente y el importe se consolidará
    como salario, cotizará y no será compensable ni absorbible. ya que desde CCOO
    no podemos permitir que desaparezca.

    Esto supone un aumento del 1.6% en nuestras nóminas, que se
    suma a la subida del 1.6% firmada por CCOO en el Convenio para el año 2018.
    (Total 3,2%).

    Además, a partir de marzo y en aplicación del artículo 54
    del Convenio, a las trabajadoras y trabajadores de Clarel se nos aplicará el
    10% de descuento en compra a través de la tarjeta ?finandia?, sobre las compras
    que hagamos en las tiendas con un tope de 500 euros mensuales.

    SECCIÓN SINDICAL CCOO CLAREL

    >> Comunicado 10% de descuento en compra