Categoría: Beneficios Sociales

  • CAMPAÑA RENTA 2014

    Ha empezado la Campaña de Renta 2014, la última antes de la entrada en vigor de la reforma fiscal.

    Los contribuyentes podemos solicitar el borrador o los datos fiscales de la declaración del impuesto a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, a la que se puede acceder mediante el portal:

    www.agenciatributaria.es

     La Campaña finalizará el 25 de junio para quienes tengan que ingresar alguna cantidad a Hacienda, y el 30 para aquellos cuya declaración salga a devolver.

     Las cuotas satisfechas al sindicato se consideran gasto deducible de los rendimientos del trabajo. La afiliación sindical, y en especial aCCOO, contribuye a mejorar las condiciones de trabajo y también, los rendimientos del trabajo.

     El borrador de la declaración que remite Hacienda a quienes lo hayan solicitado no incluye la cuota sindical, por lo que si procede,será necesario incluirla y modificar tu borrador del IRPF 2014en la casilla 012

    La cuota sindical a Comisiones Obreras fue 134,40 anuales (11,20  mensuales) si es la cuota general y 180 anuales (15 mensuales) si es la cuota militante.

     Deberás recibir por correo postal o electrónico la certificación correspondiente; si no fuera así, el certificado no es necesario para presentar la declaración, pero sí deberás solicitarlo en el caso de que posteriormente Hacienda requiera la documentación acreditativa. Para ello, deberás ponerte en contacto con la Secretaría de Organización-Afiliación de tu Territorio para que te la faciliten.   

  • Ya puedes pedir las vacantes de los primeros turnos (del 1º al 4º) de Apartamentos

    Las vacantes de Apartamentos
    de los primeros turnos (del 1º al 4º) que han quedado pendientes de adjudicar
    están disponibles para solicitarlos desde el pasado viernes.

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    Por la proximidad de las
    fechas, se publican de forma inmediata las vacantes de estos turnos para dar
    opción a que alguien las pueda pedir. Los demás turnos se publicarán una vez
    cumplido el plazo de 15 días para la renuncia sin justificación.

    La ruta para consultar las vacantes es la misma que para la de
    solicitud:
    InicioàProgramasàGESTIÓNàAdm_Personal_Acceso_TempàSolicitud Apartamentos y
    Bono

    Solicitarlas es tan fácil como llamar al SAE, al teléfono 915377177
    (Ibercom 77177) o enviar un correo-e a: sae.es@grupobbva.com. El SAE
    procederá a la adjudicación de las mismas por orden de recepción.

    Hay que tener en cuenta, que no podrán solicitar vacantes
    empleados y empleadas que ya tengan adjudicado un Apartamento o Bono; tampoco
    se podrá renunciar a un turno concedido, para solicitar las vacantes.

    Los apartamentos es un Beneficio Social que te permite disfrutar
    de unas vacaciones a un precio económico. Desde CCOO te animamos a que pidas
    las vacantes.

    Para cualquier duda o consulta, podéis dirigiros
    a las delegadas y delegados de CCOO en la Comisión:

    Encarna Gómez
    Tel. 629  961 138
    encarnacion.gomez@servicios.ccoo.es

    José Luis Jiménez 
    Tel. 652 687 540
    jljberrocal@servicios.ccoo.es 

    Santiago Pons 
    Tel. 965 148 263
    santiago.pons@servicios.ccoo.es

    Sergi Delgado
    Tel. 933 760 416
    sergio.delgado@bbva.com

    CCOO aportamos soluciones, mejoramos tus derechos

    Abril 2015

  • Concesión de Apartamento o Bono 2015

    Ya se puede consultar si se nos ha adjudicado el Apartamento o el Bono solicitado.

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    leer Tabla con los precios de los apartamentos en pdf


    Para ello, debemos seguir
    la siguiente ruta:
     

    Inicio>Programas>GESTIÓN>Adm_Personal_Acceso_Temp> Solicitud Apartamentos y Bono>CONSULTAR

    Las renuncias a las plazas adjudicadas de Apartamentos se pueden realizar sin
    justificación dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la concesión,
    mediante comunicación al Servicio de Atención al Empleado (SAE), teléfonos 915
    377 177 o 902 401 114 o por correo electrónico:
    sae.es@grupobbva.com. Una vez transcurrido
    dicho plazo de 15 días, todas las renuncias serán tratadas como ?solicitudes de
    anulaciones a Apartamentos concedidos?, hay que ponerse en contacto con el SAE,
    quien indicará la aceptación o no de la misma, y los pasos a seguir en cada
    caso.

    Te
    recordamos que si te han denegado el Apartamento, una vez pasado este periodo
    de renuncia sin justificación, puedes optar a una plaza de las vacantes que se
    hayan producido.

    En
    los Bonos, pasado el plazo de 15 días de renuncia sin motivo justificado, no se
    admitirán renuncias, salvo en caso de defunción o enfermedad y accidentes de
    extrema gravedad e invalidantes y de larga duración, acaecidas con
    posterioridad a la concesión. El Bono se debe canjear dentro de este año.

    El canon que se cobra por el Apartamento concedido es del 30% de su precio
    (Os
    adjuntamos la lista de precios en este enlace
    ). El cobro se producirá en la siguiente nómina del mes en que se
    produzca el disfrute del Apartamento.

    Retribución en especie: Conforme a lo establecido
    en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la valoración
    para retribución en especie es la diferencia entre el precio del Apartamento
    concedido y el importe del canon, a ésta se le aplicará la retención del IRPF
    correspondiente a cada empleado o empleada. En los Bonos, su importe tendrá la consideración
    fiscal de pago en especie con su correspondiente imputación, y el mismo será
    aplicado en la nómina del mes siguiente a la fecha de su concesión.

    Para cualquier duda o consulta, podéis dirigiros a las delegadas y
    delegados de CCOO en la Comisión:

    Encarna Gómez
    Tel. 629  961 138
    encarnacion.gomez@servicios.ccoo.es

    José Luis Jiménez 
    Tel. 652 687 540
    jljberrocal@servicios.ccoo.es 

    Santiago Pons 
    Tel. 965 148 263
    santiago.pons@servicios.ccoo.es

    Sergi Delgado
    Tel. 933 760 416
    sergio.delgado@bbva.com


    CCOO aportamos soluciones,
    mejoramos tus derechos

    Abril 2015

  • NOMINA DE MARZO Y ACTUALIZACIÓN TIPO DE INTERÉS

    En marzo, además de la nómina del mes corriente, se perciben 2,75 pagas de salario base más antigüedad, en concepto de beneficios del año anterior?

    Estas pagas, y su revalorización, están garantizadas en el artículo 18º del XXII Convenio Colectivo, que regula la participación de la plantilla en los beneficios.

    El Convenio de Banca es fruto de la Negociación Colectiva entre Sindicatos y AEB.


     Actualización para abril de 2015

    El tipo de interés nominal anual aplicable a los préstamos  de vivienda y de consumo del Acuerdo de Mejoras Sociales Extraconvenio (AMSEC), es el 65% del euribor hipotecario publicado en el BOE del mes anterior.

    Euribor a un año, publicado en el BOE del 2 de Marzo de 2015: 0,255 %

    abril 2015

    0,166 %

    CCOO seguimos trabajando para cerrar un Acuerdo, reiterando esta demanda ya expresada en circulares anteriores y reclamamos también la inclusión en las condiciones del AMSEC, eliminando así la desigualdad existente en las condiciones de los créditos con el resto de la plantilla.

    Te ampliamos la información.

    Más información

  • SEGUIMOS TRABAJANDO Y NEGOCIANDO PARA MEJORAR NUESTROS DERECHOS

    La fuerza de CCOO reside en nuestras propuestas y alternativas, llevándolas a la práctica mediante la negociación y la firma de Acuerdos que mejoren nuestros derechos en la Empresa.

    Como ya plasmamos en nuestro Programa Electoral, estos son los asuntos en los que estamos trabajando, muchos de ellos ya están en marcha y otros los iremos abordando en lo sucesivo.

    Seguimos trabajando, tu apoyo es nuestra fuerza 

    Asuntos en marcha y pendientes de abordar