Categoría: blog capgemini

  • Estar disponible tiene un precio, en tiempo y en dinero

     

    Recientemente desde CCOO-Capgemini hemos gestionado la problemática de un proyecto que sólo compensaba las disponibilidades que se realizaban económicamente, omitiendo la parte de compensación en tiempo.

    Hace semanas, compañeros del proyecto Ecoembes se ponían en contacto con nosotros porque al consultar el acuerdo de disponibilidades vieron que éste contempla una doble compensación: económica y en tiempo de descanso. Concretamente hablamos del punto del acuerdo que dice:

    DECIMOQUINTO.- DESCANSO COMPENSATORIO.

     Al margen de la retribución económica regulada en los apartados anteriores, cualquier intervención, planificada o no planificada, realizada por un trabajador que se encuentre tanto de guardia, como de reten se compensará además con 1 hora de descanso por cada hora trabajada. 

    Se procurará, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, disfrutar de las horas de compensación el día laborable siguiente al que se realizó la intervención.

     Estas horas de descanso compensatorio se podrán acumular, siempre que así se acuerde con el responsable del proyecto, hasta acumular jornadas laborales completas. Estas horas se deberán disfrutar dentro de los 30 días hábiles siguientes.

    Tras la negativa del proyecto de compensar tal y como marca el acuerdo, desde CCOO-Capgemini nos pusimos en contacto con Recursos Humanos los cuales informaron rápidamente a los responsables que efectivamente se debía dar esta doble compensación.

    Lamentablemente este no es el único caso que hemos tenido que gestionar durante los más de 21 años que lleva funcionando este acuerdo. Un acuerdo firmado por CCOO-Capgemini y que sigue siendo un referente en el sector.

    Queremos aprovechar este comunicado para recordar que este acuerdo no solo es de aplicación para aquellas personas que realizan guardias o disponibilidades, sino que se utiliza también para poder compensar todos aquellos excesos de jornada que se realizan habitualmente en la compañía y que otros colectivos o empresas pagan como horas extras.

    Unas horas que también aprovechamos para recordar que son de realización voluntaria y que de ser realizadas deben ser compensadas. 

    ¡Los acuerdos están para cumplirlos!

    Porque recuerda…. En enero Capgemini quiere eliminar la antigüedad (incumpliendo con ello una sentencia y un acuerdo) y considerando que las subidas en esta empresa son “escasas” corremos un riesgo muy importante de perpetuar la congelación salarial que, aunque se niegue, es una realidad en Capgemini.

    Capgemini no regala nada, ¿Por qué tu no haces lo mismo?

     

  • Market Unit Sogeti: Imputaciones PON y más

     

    Pocos días después del comunicado enviado donde, desde CCOO-Capgemini recordábamos la forma en que dicha unidad tiene que imputar las horas de la jornada intensiva de verano, nos encontrábamos de nuevo con que ésta hacía oídos sordos volviendo un año más a las andadas y como si de una empresa independiente se tratara. Una práctica que afecta a todo trabajador que imputa en esta unidad independientemente del colectivo al que pertenezca.

    Desde CCOO-Capgemini no entendemos los motivos por los cuales las personas que lideran esta unidad siguen sin aceptar que en julio de 2019 Sogeti dejó de ser una empresa para ser absorbida por Capgemini. Con unos procedimientos y directrices que deben ser comunes para todos (ni mejores ni peores, comunes).

    Pero lo que realmente nos preocupa de la no aceptación de esta realidad y consideramos intolerable, son los riesgos a los que están dispuestos a someter a las personas que dependen de ellos y nos explicamos:

    • Como hemos explicado en varias ocasiones, durante los meses de verano se imputan las 8 horas al proyecto, aunque se trabajen 7. Nuevamente este año nos hemos encontrado con que la Unidad ha generado códigos de inactividad para poder imputar esta hora de verano que no se trabaja, aunque esto vaya en perjuicio del empleado. Un cambio que se intentó realizar a hurtadillas y sin avisar a las personas que habían realizado ya sus imputaciones correctamente.

    Desde que fuimos conocedores del primer caso (a finales de agosto) hemos estado tratando el tema con Recursos Humanos consiguiendo que se rectifiquen dichas imputaciones en el PON de septiembre/octubre y que finalmente la unidad informe a los compañeros afectados de esta regularización del cambio que realizaron en los meses de julio y agosto. Aunque este es el tercer año que lo intentan, esperamos y deseamos que sea ya el último y haya quedado claro que desde CCOO-Capgemini seguiremos pendientes de ello.

    • Normativa de aplicación: Si bien la empresa Sogeti no existe ya, si existe el Colectivo de trabajadores provenientes de Sogeti 2019 que se rigen por sus propios acuerdos. Estos acuerdos no aplican a las personas que se han incorporado en esta unidad posteriormente a julio de 2019 y que se rigen por los acuerdos del colectivo General de Capgemini aunque se trabaje para la unidad Sogeti.

    Para finalizar os mostramos un gráfico donde podemos ver cómo están conformadas las diferentes UNE’s de la Market Unit de Sogeti respecto a los dos colectivos que hoy en día la integran:

     Desde CCOO-Capgemini seguiremos velando por la defensa de los derechos de los trabajadores de Capgemini en general y porque se cumplan los acuerdos que aplican a cada trabajador según su colectivo de procedencia.

  • Consideraciones para acabar bien el 2021

     

    Entramos en la recta final de este 2021, año aún marcado por la pandemia y los cambios que nos ha traído. Lo que no cambia son los beneficios y derechos que pasarán al año 2022, así como los que se pueden perder de no ser consumidos en lo que resta de año. ¡Repasémoslos!

    Pasamos a enumerar los temas a tener en cuenta:

    • Tickets Restaurant: Gracias a la propuesta realizada por CCOO-Capgemini, los importes que cobremos este último trimestre pasarán al año 2022. El exceso, se pierde. Sobre este tema apuntar que hoy en día hay multitud de lugares y formas de poder gastar tus tickets. Si no lo tienes claro ¡pregúntanos!
    • Días asuntos propios (sólo de aplicación para trabajador@s del Colectivo General y Sogeti 2010): Deben ser disfrutados durante el año 2021 puesto que NO pasan al año siguiente y tampoco se pagan en el finiquito. Por ello os recomendamos que estos días sean los primeros en ser utilizados e imputados en PON.
    • Vacaciones: Las vacaciones deben ser disfrutadas durante el año en curso salvo situaciones especiales (*). Por acuerdo, el Colectivo General podrá pasar 4 días al año siguiente debiendo ser disfrutados antes del 15 de Enero. Para el caso de los Colectivos Sogeti 2010 y 2019 el plazo se amplía hasta el 31 de enero sin limitación en el número de días.
    • Días especiales 24 y 31 de diciembre:

       

      • Colectivo General y Sogeti 2019: dichos días tienen consideración de inhábiles. Si por necesidades del proyecto tuvieras que trabajar, se compensa con 1 día libre si se trabaja más de ½ jornada o tiempo equivalente si fuera menos de esta, salvo acuerdos particulares que mejoren esta compensación. Pero recuerda:
      • · Estas compensaciones aplican si se requiere trabajar dentro de la jornada laboral (de 9h a 18:15/ 8h a 15h). Las horas trabajadas fuera de esta franja se deben compensar como horas extras (para Sogeti 2019) o mediante lo regulado en el Acuerdo de disponibilidades (ver días especiales y sus importes en el acuerdo que lo regula).

        · Debe existir una necesidad real, de no ser así, contacta con nosotros para poder ponerlo en conocimiento de RRHH.

         

      • Colectivo Sogeti 2010: todos los centros donde hay trabajador@s de dicho colectivo disponen de ambos días como adicionales festivos. los dos colectivos Sogeti NO disfrutan de Tiques Guardería

         

    • Días adicionales de descanso por no disfrutar de la jornada intensiva de verano: Deben disfrutarse lo antes posible siendo la fecha límite el 31 de diciembre, es decir, estos días no pasan al año siguiente.
    • Jornada anual máxima: Este año, el colectivo Sogeti 2019 supera su jornada anual máxima en 1,75 horas en los centros de Madrid y Barcelona, así que si aún no has compensado dicho exceso debes hacerlo antes de final de año. Así mismo, cada trabajador deberá comprobar que no excede la jornada máxima anual para no superar las horas fijadas para cada colectivo, si esto sucediera y no se puede regularizar dicho exceso antes de finalizar el año, se compensaran al siguiente como hora extraordinaria.
    • Jornadas reducidas: Deben trabajar el mismo número de horas proporcionalmente que el resto de compañer@s de su centro de trabajo. Realiza bien tus cálculos para ver que no te has excedido en tu jornada anual y si crees que lo has hecho no dudes en compensarlas.
    • Tickets Guardería: Deben ser consumidos dentro del año ya que no pasan al 2022.

    Una vez repasada la lista de aspectos a tener en cuenta, te animamos a que los repases detenidamente para no perder ninguno de ellos. Así mismo recuerda que puedes consultar los acuerdos por colectivo en nuestra web o a través de cualquier delegad@ de CCOO-Capgemini.

    (*) Situaciones especiales:

    1) Cuando el periodo de vacaciones coincide con: la suspensión por maternidad/adopción/acogida, una incapacidad temporal derivada del embarazo, parto, lactancia o permiso por paternidad, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad, aunque haya terminado el año natural al que correspondan.

    2) Así mismo, si durante el período de vacaciones el trabajador/a tuviera una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior, el periodo vacacional se interrumpe pudiendo disfrutar de los días restantes una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.Para más información sobre éste y otros temas, no dudes en contactar con nosotros:

  • !! TE TRAEMOS EL NÚMERO DE LA SUERTE ¡¡

     

    Si la consultoría quieres dejar………..lotería de CCOO-Capgemini debes comprar

    !!TE TRAEMOS EL NÚMERO DE LA SUERTE ¡¡

    12.919

    Como cada año, os brindamos la oportunidad de ganar un pellizco extra con la lotería de Navidad. Al igual que el año anterior y debido a la pandemia, volvemos a hacer la venta online.

    Precio de la participación 6€:

    • Juegas : 5€
    • Donativo:1€

    Pagos con tarjeta o Bizum.

    Jugando esta participación de lotería estás contribuyendo a recaudar fondos destinados a acciones sindicales a favor de los trabajadoras y trabajadores de Capgemini.

  • ACUERDO FINAL DE TELETRABAJO: VOTA

     

    Después de muchos meses de trabajo, la negociación de la política de trabajo a distancia ha finalizado.

     

    Estimados compañeros y compañeras,

    Os adjuntamos el acuerdo a ratificar alcanzado por CCOO, CSIF, SAITIC, CO.BAS, Intersindical-CSC, UGT y APT.

    Recibirás un correo para votar si validas o no el acuerdo de teletrabajo (Click aquí para descargar). Sigue sus sencillas instrucciones y elige tu respuesta.

    El horario de votación será:

     

    DESDE HOY JUEVES 7 A LAS 20:00 Horas

    HASTA EL VIERNES 8 A LAS 13:00 Horas

    Trabajando en la oficina o en casa, la unidad y la participación de la plantilla son fundamentales para la defensa de tus derechos.

     

    VOTA

    Secciones sindicales en Capgemini de:

    CCOOCSIFSAITICCO.BASINTERSINDICAL-CSCUGT y APT