Categoría: blog capgemini

  • REGISTRO DE JORNADA

     

    Registro de Jornada: La culpa fue… ¿de la pandemia?

     

       

    Estimado compañero/a,

    El pasado viernes asistíamos a un nuevo Town Hall, donde el CEO de Capgemini informaba del estado actual de la Compañía y contestó a las preguntas que le habían hecho llegar varias compañeras y compañeros, entre ellas algunas referentes al registro de jornada y control horario en Capgemini.

    Las secciones sindicales de CCOO CSIF en Capgemini queremos centrarnos específicamente en una de esas preguntas:
     

    P.- ¿Cuándo se va a implementar la herramienta de sistema de control horario?

     

    R.- “Estaba previsto implementarlo para marzo o abril pero con la pandemia se paralizó. El control horario en las casas es más complicado de lo previsto inicialmente. Ahora con la integración estamos viendo cuál es el mejor sistema para ambas compañías. Entonces estamos en ello”

    Esta afirmación es absolutamente errónea.

    Si el todavía CEO de Capgemini España se informase mejor, sabría que la única culpable de que todavía no se haya implantado un sistema de registro de jornada en Capgemini es… la Empresa.

    Tras la publicación en marzo de 2019 del Real Decreto-ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, se iniciaban las primeras negociaciones para implantar en Capgemini un sistema de registro de jornada y control horario.

    Tras 7 meses de negociación y ante las continuas excusas y cambios de opinión de la Empresa, que llegó incluso a descartar la utilización de una aplicación desarrollada por Capgemini España, en diciembre del año pasado las Secciones Sindicales de CSIF CCOO en Capgemini nos veíamos en la obligación de interponer una demanda en Inspección de Trabajo.

    El pasado jueves 8 de Octubre, en la comparecencia ante Inspección de Trabajo, la Empresa seguía insistiendo en sus excusas e intentando convencer al inspector de que necesita más tiempo para implementar un sistema de registro de jornada, mínimo hasta el primer trimestre del año 2021.

    Desde CCOO CSIF no vamos a seguirle el juego a la Empresa.
     
    En breve esperamos informaros de la resolución de Inspección y que la Empresa cumpla con la ley. Mientras tanto recuerda: Extender tu jornada es voluntario, no es gratuito y cada colectivo tiene regulada su forma de compensación. ¡Exige la tuya!
     

     

  • Evolución Plantilla Capgemini Septiembre 2020

     

    Una vez más, os compartimos actualizado, nuestro análisis de los datos referentes a la evolución de la plantilla en Capgemini en lo que llevamos de año.

    Estimad@ compañero@ :

    La evolución de la plantilla a nivel nacional refleja una curva a la baja respecto al 2019, siendo la perdida neta de unos 200 compañeros, que han salido de la empresa por diversas causas, las ventanas de despidos cada tres meses es la causa más reseñable. Como podéis apreciar , el año pasado se produjo un incremento repentino de la plantilla, debido a la incorporación de los compañeros del colectivo Sogeti 2019 que ya tenemos integrados en Capgemini. Esperamos que esta tendencia a la disminución de plantilla que se observa después de una integración, no tenga continuidad y por tanto NO se repita en futuras integraciones ya previstas para el futuro cercano.

    Madrid y Barcelona continúan teniendo el mayor número de compañeros dentro de la empresa, si bien ambas presentan curvas a la baja, en una tendencia a la pérdida de puestos de trabajo. Murcia presenta una curva más plana , pero también ha perdido integrantes en este año , al igual que Asturias y Valencia , cuya curva es por lo general muy estable en los últimos años. Por último, Vigo y Sevilla crecen ligeramente, pero al ser centros pequeños, el incremento no parece aún una tendencia relevante..

    En cuanto a la distribución por ubicaciones , se mantiene estable , habiendo perdido algo de peso en el total de la plantilla Madrid y Barcelona en favor de las sedes de Murcia y Asturias .

    En cuanto a las altas y bajas , podemos destacar la clara disminución de las altas desde abril, manteniéndose sin embargo un número importante de bajas, este periodo coincide con la aparición de la pandemia y la época vacacional. Durante el pasado mes de septiembre las altas parece que se recuperan de nuevo. En resumen, los datos que cabe destacar serían por una parte el ajuste de plantilla a la baja cuando se produce una integración de colectivos y por otro lado la diferencia en la evolución de las plantillas entre las distintas sedes.

     

  • Teletrabajo: preguntas y respuestas III

     

    En el último comunicado de teletrabajo vimos más aspectos contenidos en el Real Decreto Ley sobre trabajo a distancia. Hoy finalizamos viendo otros aspectos importantes de este Real Decreto que es de obligado cumplimiento en todas aquellas empresas donde se implemente el teletrabajo y que deberías conocer.

     

     

     

    En Capgemini aún no tenemos un registro horario a pesar del tiempo transcurrido desde que la administración lo puso en marcha y las reiteradas peticiones por nuestra parte para que cumplieran con lo que marca la ley. Esperamos que la compañía reflexione y seamos capaces de llegar a un acuerdo sin más dilaciones.

    ¡Recuerda! el teletrabajo es realizar la jornada desde casa y no añadir más horas a la misma.

     

     

     

    El teletrabajo no significa no cuidar la seguridad y la ergonomía, la mayoría estamos más cómodos trabajando en casa, pero eso no puede ser a costa de una jornada en la silla de la cocina o en la mesita del té. Un acuerdo de teletrabajo debe incluir un inventario de los equipos y herramientas que la empresa debe proporcionar, así como la vida útil de éstos.

     

     

     

    Es importante tener una cláusula de desconexión digital, y aunque creemos que la mayoría de los responsables lo son en el significado más amplio de la palabra, existe cierto número de ellos que se empeñan en invadir el tiempo y los medios personales de los trabajadores, por ejemplo, intentando ahorrar unos euros de un teléfono de guardia pidiendo que uses el terminal personal o convocando reuniones fuera del horario laboral…

     

         

         

    Por último , y como resumen general, recordar que el teletrabajo no resta, al contrario, afianza derechos, tanto colectivos como personales. Para ello, desde CCOO-Capgemini consideramos imprescindible tener un acuerdo en esta materia, puesto que si ya existían diferencias entre actividades entre compañeros en cliente y en los respectivos centros de la compañía , la distancia podría acentuarlas.

  • Teletrabajo: preguntas y respuestas II

     

    En el comunicado de ayer vimos algunos de los aspectos contenidos en el Real Decreto Ley sobre trabajo a distancia. Concretamente que se considera teletrabajo, la exclusión de dicha regulación cuando es a consecuencia de las medidas adoptadas para evitar la propagación del COVID19 y que en ningún caso dicha modalidad debe suponer una pérdida o merma de derechos. Hoy seguimos viendo más aspectos de este Real Decreto que es de obligado cumplimiento en todas aquellas empresas donde tengan implementado el teletrabajo.

    Seguimos avanzando para conocer un poco más el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

    El teletrabajo no debe suponer bajo ningún concepto una traba a la conciliación. En este sentido una persona trabajadora a distancia puede solicitar también y cuando lo necesite las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo.

     

    En Capgemini y sobre los aspectos relacionados con la carrera profesional y formación, será complicado que el teletrabajo los empeore, puesto que, actualmente, son inexistentes. Desde CCOO-Capgemini aprovechamos para recordar a la Dirección que si realmente quiere retener el talento es imprescindible impulsar, entre otros, estos dos aspectos.

     

    Al igual que en Capgemini existe un acuerdo que regula la compensación por prestar los servicios en las instalaciones del cliente (independientemente de donde se vive o con qué medios nos desplazamos) la compañía debe asumir que debe compensar los gastos derivados del teletrabajo.

     

     

    Continuará…

  • Teletrabajo: preguntas y respuestas I

     

    La crisis de la COVID-19 ha situado el teletrabajo como un tema prioritario a regular. Su utilización durante el periodo de confinamiento ha supuesto una herramienta básica para asegurar el mantenimiento de una parte importante de la actividad. Desde CCOO-Capgemini estamos trabajando en este sentido para abordar este tema con la Dirección de la compañía.

    Actualmente, en Capgemini, existe un protocolo de teletrabajo que fue puesto en marcha de forma unilateral por la compañía en el año 2016. Un protocolo que deberá ser revisado y negociado junto la RLT con el objetivo de cumplir con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

    Desde CCOO-Capgemini hemos desarrollado una serie de 3 comunicados con el objetivo de poder explicaros el principal contenido de este Real Decreto-Ley. Un contenido en formato FAQ que esperamos sea de vuestro interés. Empezamos!

     

    Si bien actualmente la mayoría de los trabajador@s nos encontramos trabajando desde casa, la situación no se ajusta a lo establecido en este Decreto sobre trabajo a distancia.

     

    El acceso a esta medida será voluntaria teniendo los mismos derechos y condiciones laborales. Recuerda, estar en casa no significa alargar la jornada ni tener una disponibilidad total.

     

     

     Continuará………………..