Categoría: blog capgemini

  • Hoy mas que nunca Fondo Social Capgemini

     

    FONDO SOCIAL: Hoy más que nunca Fondo Social Capgemini

    Estimado compañero/a :
     

    Durante estos últimos meses nuestras vidas han cambiado radicalmente y de una forma totalmente sobrevenida. La causa, la pandemia que nos está azotando a muchos de nosotros/as ya, por el dolor de la pérdida de seres queridos y/o por estar viviendo en una inseguridad económica.

     

    Por este segundo motivo, desde CCOO-Capgemini llevamos meses solicitando a la compañía reactivar el Fondo Social para atender de forma urgente los casos que llevan tiempo pendientes de resolución y por otro lado para poder llevar al mismo aquellos nuevos que nos queráis hacer llegar. Finalmente os podemos informar que el Fondo Social se reunirá el próximo JUEVES 14 de MAYO.
    En este sentido os animamos a que, si estás atravesando unos momentos complicados con gastos a los que no puedes hacer frente, te pongas en contacto con nosotros para evaluar la situación y realizar la solicitud de ayuda al Fondo Social. Los casos y datos son tratados con total confidencialidad.

     

    Este Fondo nace a propuesta de CCOO-Capgemini y resto de secciones sindicales firmantes del acuerdo Plan de transformación en el año 2015. Está dotado anualmente de 50.000€ del que este año 2020 llevamos 0€ gastados. A modo de ejemplo os enumeramos casos que podrían ser susceptibles y ya han recibido una ayuda del fondo social para cubrir gastos derivados de:

     

    • Gastos judiciales por temas relacionados con violencia de género. 
    • Obras para poder acondicionar estancias por tener a cargo una persona dependiente o con minusvalía
    • Compra de material necesario para el día a día de familiares con discapacidad (sillas de ruedas, audífonos, etc). 
    • Terapias o tratamientos para hijos con algún tipo de discapacidad.
    • Etc…
    Como cada caso es un mundo os animamos a que, ante una problemática económica que surja de forma sobrevenida, os pongáis en contacto con un delegado/a de CCOO para poder estudiar y analizar la problemática y así poder presentar vuestro caso en la mesa del Fondo Social. Hazlo en el momento que se te presente, desde CCOO-Capgemini pediremos que se reúna el fondo lo antes posible para poder solicitar la ayuda.
  • Medidas COVID: cuidado con la letra pequeña

     

    El viernes la compañía daba por finalizadas las conversaciones que manteníamos desde el jueves 16 abril y que finalizaron SIN ACUERDO. Ayer, la dirección de la compañía informaba de las medidas que va a implementar de forma UNILATERAL.

    Antes de entrar a analizar en detalle lo sucedido y a raíz de la inquietud generada por el correo del CEO queremos aclarar lo siguiente:

    • VACACIONES: Su disfrute es totalmente voluntario.
    • LEGALIDAD DEL RESTO DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS: Hemos trasladado a nuestros servicios jurídicos el contenido íntegro de las medidas aplicadas por la compañía para poder validar su legalidad.

    A raíz de las medidas anunciadas por el CEO de Capgemini el pasado martes 21 de Abril, desde CCOO-Capgemini emitíamos un comunicado donde explicábamos en detalle la propuesta presentada por la Dirección de Recursos Humanos a CCOO-Capgemini y al resto de Secciones Sindicales, así como nuestra posición ante la misma:

    Buscar soluciones SI, pero NO a cualquier precio.

    Por nuestra parte queremos exponer los principales escollos que han hecho inviable cerrar cualquier tipo de acuerdo con la compañía:

    • Hipotecas a futuro: Ya son demasiadas las ocasiones en las que la empresa se ha saltado acuerdos firmados con la Representación Legal de los Trabajadores (RLT). Es por ello que somos muy cautos en los redactados que ésta nos presenta para no tener problemas a futuro. En este sentido el acuerdo contenía fragmentos que creemos podrían utilizar para:
      • Intentar argumentar la retirada DEFINITIVA de los tickets restaurant a los trabajadores/as que estén teletrabajando.
      • Poder demostrar la necesidad de realizar un ERTE u otra medida en este momento o a futuro.
    • Tickets Restaurant: Desde un inicio insistimos en la disparidad de afectación de la medida presentada, porque tenemos compañeros que están cobrando poco más de 800€/mensuales y los tickets son una parte importante de su salario. Ante la necesidad imperiosa manifestada por la compañía de necesitar el importe total de tickets de parte de la plantilla, solicitamos la compensación de esta medidadejando sujeto a negociación el cuándo y cómo, pero tampoco valía.
    • Comisión de seguimiento: La empresa aceptaba su creación pero vaciándola de contenido evitando dar información sobre el impacto de las medidas propuestas y el estado general de la compañía.

    Además había otros aspectos que dificultaban el llegar a algún tipo de acuerdo:

    • Falta de información para la toma de decisiones: Es por ello que todas las Secciones Sindicales acordamos solicitar conjuntamente un listado de información. A día de hoy, CCOO-Capgemini continua esperando tener esa información.
    • Medidas insuficientes: tras la última propuesta realizada por la empresa donde pasaba de los 2 meses de no abono de los tickets restaurant a un “mientras dure el estado de alarma” nos hace sospechar que, la compañía no tiene claro el impacto real de estas medidas.

    Todos no somos iguales:

    • La empresa incorpora en el acuerdo el “sacrificio” de los grado E y F: renuncian de su retribución variable en porcentajes que van del 10% al 25%. Un variable que suponemos debería ir vinculado precisamente al estado de la compañía y que por tanto, acabarían recuperando las reducciones actuales cuando la situación mejore y los resultados sean buenos. El resto de trabajadores cobran igual independientemente de los resultados, la diferencia es que ven reducidos los ingresos cuando la situación lo requiere.
    • La empresa reconoce que hay trabajadores que ya han tenido el aumento salarial, mientras otros se pueden quedar sin él dado el actual estado de la compañía. Tras diversas peticiones la empresa no quiso entrar ni hablar de este tema.

    No queremos acabar este comunicado sin volver a insistir en nuestra disposición de búsqueda de soluciones a cualquier problemática que pueda surgir en la compañía y que para ello es de vital importancia tener información a priori. Así mismo nos gustaría poder firmar acuerdos sin tener que estar pendientes de la letra pequeña que pueda contener cosa que ayuda a tener unas relaciones laborales basadas en la confianza y el respeto. Con todo ello seguro que seremos capaces ambas partes (RLT-Empresa) de llegar a acuerdos que beneficien a ambos.

  • RLT ¿ parte fundamental ?

     

    CEO Capgemini: “RLT Parte fundamental”

    CCOO : ¿Parte fundamental? ¿De qué?

    Hoy martes 21 de Abril, en el Town Hall realizado por el CEO, se nos ha trasladado a la plantilla las medidas que la compañía de forma unilateral ha decidido adoptarargumentando problemas de aumento del bench a consecuencia del covid19. Unas medidas que insistimos, la empresa ha tomado de manera unilateral, sin contar con un acuerdo con la RLT.

    Para CCOO-Capgemini no vale todo, queremos arrimar el hombro en una situación de dificultad pero hoy debemos de mandar un mensaje claro y rotundo. No contar con las propuestas de la RLT, NO es el camino. 

    A partir de aquí queremos trasladaros el calendario de lo acontecido:

    La tarde del jueves 16 de abril, la empresa nos trasladó verbalmente a la RLT una propuesta de posibles acciones con el fin de intentar paliar la situación en la que “supuestamente” nos encontramos.

    • No habrá subidas salariales aunque nos reconoce que hay compañeros a los que ya se lo han comunicado y se las van a mantener.
    • No abonar los tickets restaurant de los meses de marzo y abril (regularizándolos en los meses de mayo y junio).
    • Disfrutar de 6 días de vacaciones en el segundo trimestre del año.
    • Ser más abiertos a la hora de conceder el BeYou en las mismas condiciones que se ha ofrecido siempre.
    • Bajada del salario bruto anual de los vicepresidentes y de los grados E de entre un 8% a un 10%.

    El lunes 20 de abril nos reunimos todos los sindicatos presentes en Capgemini, para analizar la situación y la propuesta presentada por la compañía , se consensuó solicitar la información a la compañía de forma conjunta.

    Ayer lunes a las 18:57 la empresa nos envía esta misma propuesta por escrito, sin aportar información alguna para nuestra valoración y solicitando una respuesta, antes del Town Hall del CEO.

    En un acto de responsabilidad, con datos de otros años y nuestras estimaciones, elaboramos una propuesta con el objetivo de minimizar el impacto a los trabajadores de las medidas planteadas por la empresa que os presentamos a continuación:

    · Tickets Restaurant

    – Devolución de las cantidades no pagadas durante estos dos meses, en cuanto sea posible.

    – Exclusión del no pago de tickets en los meses de mayo y junio a los trabajadores con salarios menores a 17 mil €.

    · Rebajas Salariales (Grados F y E)

    – Aumento de la subida de rebaja salarial de entre un 10% a un 15%.

    · Vacaciones

    – Ajuste del disfrute de días obligatorios de vacaciones de 6 a 4. Contabilizando los días “disfrutados” desde el 1 enero por los trabajadores, a cambio de este esfuerzo, solicitamos 1 día más de vacaciones en el segundo semestre.

    – Facilitar la compra de días adicionales de vacaciones.

    · BeYou (Mes adicional de vacaciones)

    Queremos puntualizar que propusimos su puesta en marcha desde el inicio del confinamiento. Ahora la compañía lo incluye, pero sin nuestra propuesta de mejorar las condiciones del actual BeYou.

    · Posible ERTE

    – Complementar al 100% los salarios.

    – Devolución del importe de los tickets no pagados a todos los trabajadores de la plantilla.

    En resumen, lo trasladado a la RLT como propuesta de negociación NO coincide con lo que el CEO de la compañía ha transmitido a la plantilla en el día de hoy.

    Por lo tanto, si la compañía entiende que la RLT es parte fundamental, la instamos a negociar con nosotros, y para ello, como parte importante entendemos que antes de nada, deben darnos la información necesaria para poder realizar las mejores propuestas. Y no aplicar medidas de forma unilateral.

    Finalmente, queremos dejar constancia que desde CCOO-Capgemini somos conscientes de la situación actual del país y seguimos abiertos a buscar soluciones de los problemas transmitidos, pero no a cualquier precio ni con actos de fe.

  • Analizando el Town Hall de Paco Bermúdez

     

    Como siempre enviar un mensaje de apoyo y ánimo a todas aquellos compañeros/as que estáis sufriendo de forma más directa y dolorosa esta pandemia que nos está golpeando de una forma tan dura y despiadada así como recordar que hoy más que nunca, los delegados y delegadas de CCOO-Capgemini estamos a vuestra disposición para cualquier duda y gestión que podáis necesitar.

    En este sentido, desde CCOO-Capgemini no dejamos de trabajar contestando y solucionando todas vuestras dudas y consultas. Así mismo, estamos muy atentos a los mensajes de la Dirección de la Compañía, por ello queremos analizar lo que dijo Paco Bermúdez en el ultimo Town Hall:

    1. Permiso retribuido recuperable: Afirmó claramente que quienes se quedaran “parados” por el cese de la actividad del cliente al que daban servicio, por la entrada en vigor del Decreto Ley 10/2020, tendrán que recuperar las horas mediante el permiso retribuido recuperable que establece el gobierno.

    Por definición, un permiso es un periodo en el cual cesas tu actividad y por tanto exige que sea debidamente comunicado al trabajador. De ahí que las horas se recuperen, por que no se han trabajado en su momento. A día de hoy, ninguno de esos posibles compañeros/as afectados han recibido aviso de la empresa y durante esta semana han seguido trabajando, formándose y/o realizando tareas de avance en sus proyectos, por lo que han estado a todos los efectos trabajando y por tanto en ningún caso han de recuperar ninguna hora.

    1. Prejubilaciones: Nos alegra escuchar que la empresa ha iniciado ya algún proceso de prejubilación con algún compañero (“caso a caso”). Esta es una reivindicación histórica de CCOO-Capgemini y sobre la cual estamos esperando respuesta desde la empresa de cómo y cuándo ponerla en marcha. Por eso nos sorprende tal afirmación y nos hace pensar que se está hablando de otro tipo de ‘procesos’, pero no, de prejubilaciones propiamente dichas. En todo caso, aprovechamos su mención y una vez más, animamos a la empresa a regularizar, junto con la Representación Legal de los Trabajadores, un procedimiento de prejubilaciones negociado y al alcance de todos los empleados de esta compañía.
    1. Irregularidades en imputaciones de PON: Este mes hemos detectado bastantes casos de imputaciones irregulares en el PON. Concretamente hablamos de compañeros/as asignados a proyecto pero tienen horas imputadas en inactividad. Sea por los motivos que sea: mantener los márgenes del proyecto o por la causa que decida el responsable, son prácticas que no se deben permitir y que pueden tener consecuencias muy graves para los trabajadores afectados.

    ¿Sabías que la empresa presentó en el juicio del ERE del 2013 los datos del PON para demostrar la baja empleabilidad de los compañeros/as despedidos y el juez lo dio por válido

    Concretamente dijo: “[…]PON permite distinguir entre tiempos facturables y no facturables de todos los trabajadores a través de su aplicación ARVE. – Por consiguiente, acreditado que la empresa ha despedido a los trabajadores desasignados, porque su volumen de empleabilidad era ínfimo o por la inminencia de sus desasignaciones por falta de empleo, consideramos que se trata de una selección objetiva, que se adecua razonablemente al fin propuesto.”

    En este sentido, queremos recordaros la importancia de que verifiquéis vuestras imputaciones de PON elevando cualquier irregularidad tanto a vuestro responsable como a nosotros de no subsanarse. Un volumen de inactividad irreal puede llevar a la compañía a implementar medidas erróneas que no solucionen los verdaderos problemas. Sobre este punto y como última reflexión: ¿Qué lógica tiene pedir a los empleados que no facturan que disfruten de vacaciones para reducir costes y a la vez imputar a trabajadores que están en proyecto como inactivos?

    1. Be You “especial”: A mediados de marzo y en plena afectación de las medidas de confinamiento, desde CCOO-Capgemini planteábamos a la empresa la posibilidad de poner a disposición de los empleados que lo necesitaran, el “Be You”. Una medida de carácter voluntario y que podría haber servido a algunos de nosotros para mitigar y adaptarnos al confinamiento que a día de hoy seguimos viviendo. La empresa dijo no verlo necesario alegando que las vacaciones de Semana Santa sería suficiente para poder pasar dicha “crisis”. El viernes, Paco Bermúdez dijo estar estudiando dicha posibilidad cosa que nos alegra si bien creemos llega, para algunos, un poco tarde. Así mismo y como os informábamos en el comunicado anterior, hemos propuesto a la empresa que permita trasladar el permiso por defunción, al finalizar el estado de alarma debido a que, con estas circunstancias especiales, pocas gestiones se pueden hacer. A día de hoy seguimos esperando una respuesta.

    Nos gustaría finalizar reiterando el mensaje de ánimo y apoyo a todos nuestros compañeros/as y felicitarlos por la respuesta masiva responsable y ejemplarizante que estamos dando a todas aquellas personas que no confiaban que el teletrabajo fuera posible y positivo. ¡Gracias!

    #YoMeQuedoEn Casa

  • Comunicado Conjunto Antigüedad: VISTO PARA SENTENCIA

     

    El miércoles 26 de febrero, tuvo lugar, en la Audiencia Nacional el juicio de la demanda, interpuesta por CCOO y CSIF, después de que la dirección de Capgemini comunicase su intención de volver a compensar y absorber la Antigüedad, pocos días antes de empezar el periodo navideño.

    • El principal argumento esgrimido por los abogados de CSIF y CCOO durante el juicio, es que la Empresa NO puede volver a compensar y absorber la Antigüedad según lo acordado en 2015 en el Plan de transformación.

    El Plan de transformación, firmado únicamente por CCOO, CSIF y UGT, tras la validación del 75% de la plantilla, restringía claramente la posibilidad de la Empresa para absorber y compensar el complemento de Antigüedad, limitándola a un único trienio, el comprendido entre el 31 de diciembre de 2015 y el 31 de diciembre 2018 (apartados 2.1.3, 4 y 5).

    • Por su parte, la Empresa centró su defensa en que el Plan de transformación se firmó durante la vigencia del XVI Convenio de consultoría, por lo que, una vez finalizado el mismo (debido a la entrada en vigor del actual XVII Convenio), las cláusulas de absorción y compensación contempladas ya no serían de aplicación y, por tanto, tampoco lo sería el acuerdo.

    Bajo nuestro punto de vista y el de nuestros abogados, el argumento esgrimido por la Empresa no sólo demuestra mala fe, al ir en contra del espíritu del acuerdo, sino además que roza el absurdo.

    En efecto, resulta fácil rebatir su argumento simplemente alegando que el nuevo convenio es exactamente igual al anterior en cuanto a las cláusulas de absorción y compensación objeto del presente conflicto.

    XVI Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública
     
    Artículo 7. Compensación. Absorción.
    1. Todas las condiciones económicas que se establecen en el presente Convenio, sean o no de naturaleza salarial, son compensables en su conjunto y cómputo anual con las mejoras de cualquier tipo que vinieran anteriormente satisfaciendo las empresas, bien sea por imperativo legal, Convenio Colectivo, laudo, contrato individual, uso o costumbre, concesión voluntaria de las empresas o por cualesquiera otras causas.

    2. Dichas condiciones también serán absorbibles, hasta donde alcancen y en cómputo anual, por los aumentos que en el futuro pudieran establecerse en virtud de preceptos legales, Convenios Colectivos, contratos individuales de trabajo y por cualesquiera otras causas, con la única excepción de aquellos conceptos que expresamente fuesen excluidos de absorción en el texto del presente Convenio.

    Artículo 7. Compensación. Absorción.
    1. Todas las condiciones económicas que se establecen en el presente Convenio, sean o no de naturaleza salarial, son compensables en su conjunto y cómputo anual con las mejoras de cualquier tipo que vinieran anteriormente satisfaciendo las empresas, bien sea por imperativo legal, Convenio Colectivo, laudo, contrato individual, uso o costumbre, concesión voluntaria de las empresas o por cualesquiera otras causas.

    2. Dichas condiciones también serán absorbibles, hasta donde alcancen y en cómputo anual, por los aumentos que en el futuro pudieran establecerse en virtud de preceptos legales, Convenios Colectivos, contratos individuales de trabajo y por cualesquiera otras causas, con la única excepción de aquellos conceptos que expresamente fuesen excluidos de absorción en el texto del presente Convenio.

     

    En cualquier caso, una vez finalizado el juicio, en un plazo de unos 20 días se conocerá la sentencia, que confiamos dará de nuevo la razón a los trabajadores y trabajadoras de Capgemini.

    Por último, pero no menos importante,

    • Dar la bienvenida a la adhesión de UGT, CGT y SAITIC a la demanda interpuesta por CCOO y CSIF. En especial, a aquellos que tantas veces han criticado la firma del Plan de Transformación y que ahora se ven obligados a reconocer este acuerdo como un sistema de blindaje contra la absorción y compensación de la Antigüedad.
    • Aprovechamos para pedir en concreto a SAITIC que se persone con abogados/as que conozcan el tema que se está juzgando para que sume y no reste.