Categoría: blog capgemini

  • Si quieres la verdad y sólo la verdad pregunta a CCOO

     

    Ante las consultas que nos llegan a raíz de la solicitud, NUEVAMENTE por parte de algunos responsables de la compañía reclamando la imputación inmediata de todos los días de vacaciones pendientes y diciendo que TODAS ellas deben ser consumidas dentro del año natural, queremos recordarles a dichos responsables que esto no es así y que dentro de nuestra compañía existen varios colectivos con condiciones diferentes. Si a esto sumamos que hemos detectado varios casos de compañeros/as mal informados al hacer una consulta al Departamento de RRHH, nos hace recomendaros que pidáis una segunda opinión sobre la información que os llega de responsables o de RRHH a un delegado/a de CCOO-Capgemini.

    Ante tal situación pasamos a recordar las normas, especialmente a quienes están informando incorrectamente sobre el tema de las vacaciones, que éstas se pueden pasar al año siguiente:

    Permiso de lactancia: Con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 6/2019 el pasado 1 de abril se amplía el derecho a la reducción de jornada por lactancia, que antes sólo podía ser disfrutado por uno de los progenitores y ahora se amplía para que lo puedan disfrutar ambos. Desde CCOO-Capgemini hemos gestionado casos puntuales de compañeros que, no fueron informados de dicho derecho o bien no se les informó de todas las opciones al preguntar al Departamento de RRHH. Finalmente, gracias a nuestra gestión la empresa lo solucionó.

    Este permiso puede ser disfrutado de forma diaria o acumulada. En este punto es importante recordar que el colectivo Sogeti 2019 tiene una mejora en el caso de acumular dichas horas y pasa de 15 días naturales a 15 días laborables.

    Ante los errores detectados os recomendamos que, ahora más que nunca, ante cualquier consulta que puedas tener sobre este u otros temas no dudes en contactar con tus delegados de CCOO de tu centro de trabajo.

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  • Lo que queda tras años de trabajar en Capgemini

     

    Como ya es sabido por los trabajadores y trabajadoras, por desgracia en Capgemini nos encontramos ante una nueva ronda de despidos, dentro de los márgenes que le permite la ley, y analizando los afectados parece no estar dirigido a un tipo de perfil en concreto.

    Dentro de nuestra función de acompañamiento y asesoramiento a aquellos trabajadores/as que nos lo han solicitado, hemos detectado que había varios compañeros/as que aún no habían consumido el día de asuntos propios y que la compañía, haciendo gala de su poca o nula sensibilidad hacia las personas que despide y que han sido el motor de esta empresa durante años, no han sido capaces de hacer la consideración de dicho día como si fuese uno de vacaciones, evitándose, por tanto, abonarlo en el finiquito.

    Inmediatamente solicitamos a la empresa que procediera a realizar dicho cambio en beneficio de las personas despedidas, así como que dejara de descontar del finiquito los tickets restaurant de los días no consumidos.

    La respuesta de empresa ha sido negativa. Si no lo consumes lo pierdes. Un gesto más de desconsideración a los trabajadores/as que en estos días están siendo despedidos/as, después de años en la compañía prolongando la jornada con sobresfuerzos que nunca fueron compensados.

    Para los que aún estamos en la compañía os aconsejamos:

    • 1. Si todavía no has consumido tus días de asuntos propios, hazlo cuanto antes por lo que pudiera pasar.
    • 2. No regales ni un minuto de tu tiempo…. Como puedes comprobar, no te lo agradecerán.

    Para cualquier consulta que puedas tener sobre este u otros temas no dudes en contactar con tus delegados de CCOO de tu centro de trabajo.

    PD. El colectivo Sogeti integrado en el año 2019 no dispone de días de asuntos propios. 

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  • Seis meses después llega el registro de jornada

     

    Seis meses después de la entrada en vigor de la obligatoriedad de registrar la jornada de trabajo por parte de las empresas, parece que Capgemini pondrá en marcha, ésta semana, una aplicación propia desarrollada por compañeros de Valencia. El arranque se realizará de forma escalonada siendo los primeros los trabajadores/as de Valencia seguido, dos semanas más tarde, de Barcelona, la siguiente Murcia, y por último los centros de Langreo, Madrid, Sevilla y Vigo.

    Durante estos 6 meses hemos tenido varias reuniones con la Dirección siendo la primera el pasado 8 de mayo. En ellas nos han ido explicando los avances en el desarrollo de dicha aplicación y el objetivo principal de la Dirección: que todo siga igual.

    Por ello y por otros motivos que a continuación os explicamos, CCOO-Capgemini NO firmará el protocolo de registro de jornada.

    Los principales motivos han sido:

    Sobre el registro en sí: La forma de registrar la jornada será introducir la hora de entrada, hora de salida y tiempo efectivo de trabajo, dejando en manos del trabajador “conforme a nuestro modelo de confianza mutua entre empresa y trabajador” que ponga las horas que efectivamente trabaja.

    El primer punto en el que CCOO-Capgemini no estamos de acuerdo, surge sobre la interpretación de que se considera horas efectivas de trabajo, ya que ésta quedará en manos del responsable el cual quieren que sea el encargado de realizar una supervisión, (que no modificación) de los registros.

    Si en algún momento recibes indicaciones sobre que considerar o no tiempo de trabajo efectivo, contacta con nosotros para validar dicha información.

    Por otra parte y tras el debate que se abrió en la mesa de negociación con la empresa sobre si se deben registrar las horas de compensación por haber realizado una disponibilidad, nos hace pensar que no hay consignas claras de qué tendremos que registrar.

    Para CCOO-Capgemini los tiempos de descanso derivados de disponibilidades o bien por no disfrute de la jornada intensiva de verano debe ser registrado como tiempo efectivo de trabajo.

    Excesos de jornada: La directriz marcada por la Compañía es que “deben compensarse con tiempo equivalente de descanso dentro de los cuatro meses siguientes”. Ante tal afirmación decir que:

    • 1) Tal y como se estipula en la legislación laboral vigente, todas las horas que se realicen fuera del horario laboral son VOLUNTARIAS.
    • 2) Para garantizar su compensación tendrás que solicitar un correo a tu responsable solicitándolo para que quede constancia de su requerimiento.

    Desde CCOO-Capgemini, consideramos imprescindible añadir un punto más:

    • 3) La compensación está marcada según colectivo, convenio colectivo o bien acuerdo de disponibilidades yninguno de ellos marca que sea a hora por hora.

    Teniendo en cuenta este punto, esta sección sindical no puede aceptar nada que vaya en contra de las condiciones vigentes en los acuerdos firmados con la compañía:

    • Colectivo Sogeti 2010 y 2019 por acuerdos y normativa todo aquello que exceda la jornada diaria debe ser compensado como hora extraordinaria.
    • Colectivo general: actualmente dichos excesos se compensan como las actuales intervenciones planificadas que hay en el acuerdo de disponibilidades.

    ¿Quién garantiza que con esta nueva directriz no intentarán ahorrarse este pago?

    Peligro en lo que registramos: Si bien la dirección intenta dar una visión de empresa flexible en los horarios y formas de trabajo, la realidad es la que es y la que marcan los diferentes acuerdos o normativas de cada uno de los colectivos. En este sentido queremos avisar de los peligros de realizar imputaciones fuera de la flexibilidad real (todas ellas sujetas a que sea compatible y no perjudique las necesidades del proyecto o servicio):

    • Colectivo General: Durante el período de horario de invierno, se establecerá un régimen de flexibilidad horaria comprendida entre las 8:00 y las 09:30 horas, y la salida dentro de la franja horaria comprendida entre las 17:15 y las 18:45h.
    • Colectivo Sogeti 2010: Durante el período de horario de invierno, se establece un régimen de flexibilidad horaria comprendida entre las 8:00 y las 9:30h, y la consiguiente salida dentro de la franja horaria comprendida entre las 17:15 y las 18:45h.
    • Colectivo Sogeti 2019: Durante el período de horario de invierno, se establecerá un régimen de flexibilidad horaria comprendida entre las 7:30 y las 09:30 horas, y la consiguiente salida entre las 16:45 y las 18:45h. En verano: la flexibilidad horaria está comprendida entre las 7:30 y las 08:30 horas, y la consiguiente salida entre las 14:30h y las 15:30h.

    Además, desde CCOO-Capgemini queríamos incluir en dicho protocolo:

    – Cláusulas de desconexión digital. Entendemos y así lo propusimos que apareciera AL MENOS una declaración de intenciones en este sentido. Lamentablemente la empresa lo descartó.

    Finalmente desde CCOO-Capgemini queremos proponer que registres las horas reales de trabajo efectivo que realizas diariamente. Debemos siempre reclamar las compensaciones correspondientes a cualquier hora producida más allá del horario.

    Es importante visualizar este exceso a la dirección, que lo define sistemáticamente como casos aislados.

    Desde la dirección hay el compromiso de realizar una nueva reunión el 30 de octubre para poder empezar a analizar cómo funciona la aplicación y ver los primeros registros de jornada. Poder visualizar esta realidad sería un primer paso para poder demostrar a la dirección cual es el día a día de esta compañía.

    Para cualquier consulta que puedas tener sobre este u otros temas no dudes en contactar con tus delegados de CCOO de tu centro de trabajo.

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  • Resumen Mensual Redes Sociales Septiembre 19

     

     

    Os adjuntamos un resumen de los comunicados emitidos por CCOO-Capgemini durante este mes de Septiembre, así como de algunas de nuestras publicaciones en redes sociales

     

    Únete a nuestro canal de twitter para tener información diaria como esta de septiembre: @CCOO-Capgemini

     

    • Te recordamos que hoy 27 de septiembre celebramos la movilización por el clima

    ¡¡¡ Participa !!!

  • Incumplimientos Norma sobre Reuniones Internas

     

    Reuniones internas: ¿Conciliamos?

    Hemos recibido quejas de compañeros sobre el incumplimiento sistemático que se está dando en algunos Proyectos/Departamentos sobre el horario establecido por la empresa para las reuniones internas.

    Con este comunicado queremos recordar, a aquellos compañeros que convocan reuniones internas, la medidas orientadas a fomentar la conciliación, que fueron puestas en marcha por la Dirección de RRHH hace ya más de un año a través del Programa Be You:

    Desde CCOO-Capgemini esperamos que este recordatorio sirva para que todos seamos conscientes de la existencia de dicha normativa, que además, va en beneficio de nuestra conciliación, sea familiar o simplemente personal.

    Para cualquier situación que se pueda estar dando de incumplimientos de normativa o consultas, que puedas tener sobre este u otros temas, no dudes en ponerte en contacto con los delegados de CCOO de tu centro de trabajo.

    Os recordamos que el programa Be You aplica a todos los colectivos de Capgemini

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