Categoría: blog capgemini

  • Ticket Restaurant Edenred

     

    Vías de Contacto ante incidencias, sugerencias y peticiones de Ticket Restaurant Edenred En este comienzo de vacaciones hemos recibido algunas consultas referentes a incidencias o peticiones acerca de la tarjeta restaurant, os recordamos algunas informaciones que os puede resultar de utilidad.

    Muchas de las incidencias que se producen con la tarjeta restaurant dependen en gran parte de la voluntad del restaurante para llegar a un acuerdo con Edenred. En otras ocasiones el restaurante acepta el pago con ticket pero no la tarjeta como medio de pago. Ante tales incidencias llamamos a Edenred el cual nos aclara que aunque el establecimiento esté afiliado , si los datos del terminal no constan en sus sistemas, la tarjeta no será aceptada. Por otro lado, también nos comunican, que si informamos de esta situación por cualquiera de sus vías de contacto, su departamento correspondiente añadirá el terminal a sus bases de datos para que podamos utilizar nuestra tarjeta en dichos establecimientos. Si el problema viene por el extravío de la tarjeta, podéis comunicarlo a valescomida.es@capgemini.com donde según nuestra propia experiencia, se tramitan eficazmente los duplicados (el plazo de entrega es aproximadamente de unos 7 días). Por último , comunicaros que las últimas versiones de tarjeta ya incorporan la posibilidad de utilizarlas “sin contacto”. Os adjuntamos los canales de comunicación de Edenred para este u otro tipo de incidencia que pueda surgir con nuestras tarjetas ticket restaurant:

     

    • Teléfono 900.907.480

     

     

     

    Estos canales están operativos:

     

    • De Lunes a jueves de 9:00 a 18h

     

     

    • Viernes de 9 a 15h

     

     

    • Meses Julio y Agosto horario L-V 8:00 a 15h

     

    Por último recordaros que los importes y condiciones de los tickets restaurant varían en función del colectivo al que pertenecéis. Si tienes dudas al respecto consulta nuestra FAQ o ponte en contacto con un delegado/a de CCOO.

  • Jornada de verano Colectivo Sogeti 2019 Cómo imputamos en PON

     

    Jornada de verano Colectivo Sogeti 2019 ¿ Como imputamos en PON ? Tras vuestra incorporación a Capgemini, tenemos el primer mes en el que se fusionan los procesos de imputación en el PON. Se da la circunstancia que esto se produce en periodo estival, en el cual el horario laboral es distinto al resto del año. Gracias a las advertencias de compañeros/as, hemos detectado una situación que podría llegar a perjudicar los intereses de los trabajadores/as procedentes de SOGETI y que finalmente hemos podido solucionar..

    Hace un par de días tuvimos conocimiento de que había responsables que estaban indicando a sus equipos que la hora que se imputaba bajo el código DIFERENCIA HORARIO CLIENTE pasaba a ponerse en el código de inactividad de sin proyecto asignado. Esto nos inquietó porque una imputación a inactividad tiene ciertas consecuencias a largo plazo que no tienen por qué ser asumidas por el trabajador/a que está realmente imputando a proyecto.

    Después de realizar la consulta correspondiente a Relaciones Laborales, nos dijeron que hablarían con la unidad para explicarles cómo se deben realizar las imputaciones. El criterio será el mismo que el empleado con el colectivo general de Capgemini en el que esa hora se imputa al proyecto. Así mismo desde CCOO-Capgemini solicitamos a los responsables de las unidades que informaran de este cambio lo antes posible para que diera tiempo a realizar los cambios a quienes habían imputado al código de sin proyecto asignado. Teniendo en cuenta que el PON se cierra en poco menos de una hora y que dicha información no llegará a muchos de vosotros/as os recomendamos que reviséis que el reporte de horas de Julio está correcto y si estás en proyecto, eso debería significar que deberías imputar íntegramente tus horas a actividad.

     

      • Como empleado/a, tienes derecho a poder acceder a tus imputaciones.

         

    Hay que tener en cuenta que esa inactividad impacta directamente en el cálculo de nuestro ARVE. El ARVE es un ratio que indica la productividad del trabajador/a e incluye cualquier tipo de actividad que se desarrolle durante la jornada laboral, sea esta productiva o no (Producción, Enfermedades, Ausencias, Inactividad…). Los conceptos “productivos “ son considerados positivos y aumentan nuestro ratio mientras que los conceptos “no productivos” lo disminuyen. Todos los trabajadores/as de la plantilla deberíamos ser conscientes de la importancia de tener un índice ARVE lo más positivo posible y debería ser totalmente ajustado a la realidad. Por ello el imputar como inactividad 1 hora al día va en contra del trabajador/a.

    Cuando ese ARVE es más bajo de lo normal causado por la presencia de inactividad, los trabajadores/as afectados/as se les aplica el protocolo de bench y si esta situación se alarga en el tiempo, pasan a formar parte de la Mesa de Empleabilidad. Esta mesa es una reivindicación histórica de nuestra Sección Sindical y que conseguimos implantar en el año 2015. En la Mesa de Empleabilidad se efectúa un seguimiento de las acciones que se toman para ayudar al aumento de productividad del trabajador/a (Formación, Carrera Profesional…), tanto por parte de los responsables de Recursos Humanos como representantes de trabajadores/as. La última reunión de esta mesa fue el pasado 22 de Julio y en ella ya se nos informó que para la siguiente reunión se tratarían las posibles casos que hubiera de vuestro colectivo.

  • Trabajando para ti

     

     

    Trabajando para ti

    Tras varias reuniones mantenidas con la empresa, podemos anunciaros que las gestiones de CCOO han conseguido que se instalen en breve, en todos los edificios de Capgemini-Asturias, fuentes de agua. Una petición de CCOO que no sólo beneficia nuestros bolsillos, sino que, además, va en la línea de sostenibilidad y plásticos 0 que se marcó la empresa. Próximamente comenzarán a instalarlas.

    Además, podemos anunciaros que la empresa se ha comprometido a ofrecer plazas de parking para las trabajadoras embarazadas que están en el último trimestre..

    Os recordamos también que está disponible la Sala de Lactancia para aquellas compañeras que la necesiten.

    Si te encuentras en el último trimestre del embarazo o necesitas la sala de lactancia, puedes ponerte en contacto con nosotros para gestionarla o directamente con logística. logistica.asturias.es@capgemini.com Seguimos trabajando para ti

  • Jornada de verano no disfrutarla tiene un precio

     

    Jornada de verano, dentro del acuerdo firmado en 2015 llamado Plan de transformación se regula la compensación por el no disfrute de la jornada intensiva de verano

    Una retribución que podrán solicitar las personas:

     

    • – Que están en las oficinas y por necesidades del proyecto no realizan la jornada intensiva

       

     

    • – Que están en las oficinas de un cliente que no tiene establecida jornada intensiva

       

    Lo anterior no será de aplicación a aquellos trabajadores/as que perciban otras compensaciones económicas distintas, por motivo de la realización de jornadas laborales especiales (por ejemplo, plus de turnicidad/nocturnidad) ni a aquellos cuya jornada habitual de trabajo finalice a las 16:00 horas.

    Dicha ayuda consiste en:

    – AYUDA COMIDA: Cada uno de los días que no se pueda realizar la tan ansiada jornada intensiva, el trabajador/a tendrá derecho a que se le complemente la ayuda a la comida hasta los 9 euros en el caso del colectivo general y en el caso del colectivo Sogeti, a percibir el 100% del importe que no constituye retribución en especie (actualmente 11 euros).

    – DÍAS DE DESCANSO: En función del número de días que se exceda la jornada intensiva, el trabajador/a tendrá derecho a disfrutar de días adicionales de descanso según la siguiente tabla (aplicable tanto al colectivo general como para el colectivo Sogeti).

     

    • o De 4 a 12 días de trabajo efectivo: 1 día de descanso

       

     

    • o De 13 a 22 días de trabajo efectivo: 2 días de descanso

       

     

    • o De 23 a 31 días de trabajo efectivo: 3 días de descanso

       

     

    • o De 32 días de trabajo efectivo en adelante: 4 días de descanso

       

    – JORNADA MÁXIMA ANUAL: Los días de descanso anteriormente comentados son independientes de la compensación que se tuviera que dar por sobrepasar el máximo de horas anuales que cada colectivo tiene establecido (colectivo general de Capgemini 1784, colectivo Sogeti 1750). Esta compensación será de hora por hora si se compensa antes de finalizar el año.

    Así mismo y vistas las dudas y propuestas planteadas a algunos grupos por parte de ciertos responsables queremos aclarar que:

    La compensación es por no disfrute de la jornada intensiva: se entiende por jornada intensiva el horario de 8h a 15h por lo que si trabajas por la tarde, aunque sean 7 horas seguidas tienes derecho a ella.

    Debe haber una necesidad real del proyecto. No sirve sólo que el responsable lo considere oportuno sin que haya una necesidad real del proyecto. Como siempre quedamos a tu disposición para atender cualquier consulta que puedas tener sobre este u otros temas.

  • Adapta tu jornada

     

    En respuesta a las numerosas preguntas que hemos recibido sobre adaptación de la duración y distribución de la jornada de trabajo, os informamos acerca de la reciente modificado del artículo del estatuto de los trabajadores:

    En una de las últimas modificaciones del estatuto de los trabajadores, concretamente la realizada por el Real Decreto Ley 6/2019 de 1 de Marzo, en el art. Art. 34.8 podemos encontrar literalmente:

    Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.

     

    Por tanto, cualquier trabajador puede solicitar dicha adaptación de manera razonable y proporcionada en relación con las necesidades tanto del trabajador como de la empresa. Los pasos para solicitarla serían los siguientes:

     

    1. Solicitud por escrito a la empresa de la propuesta detallada de la distribución horaria de la jornada o solicitud de teletrabajo que deseemos.

    2. La empresa abrirá, durante un periodo máximo de 30 días, una negociación con el solicitante.

    3. Finalizado este periodo, la empresa:

     

    • a. Comunicará por escrito la aceptación de la petición

       

     

    • b. Planteará propuesta alternativa, siempre posibilitando la conciliación.

       

     

    • c. Manifestará por escrito su negativa, indicando las razones objetivas de su decisión.

       

    4. Las discrepancias entre empresa y trabajador serán resueltas por la jurisdicción social (demanda que finalmente decidirá un juez).

    A continuación os hacemos una relación de algunas preguntas planteadas por los compañeros:

    ¿ Es necesaria la existencia de hijos menores de 12 años ? No, no es necesario, el estatuto habla exclusivamente de conciliación, cualquier necesidad de la misma está abierta a la solicitud.

    ¿ Es necesaria la reducción de jornada ? No, la reducción de jornada es otro derecho completamente distinto y compatible

    ¿ Cuanto tiempo puedo mantener la adaptación de jornada ? No existe una duración máxima mientras se mantenga la necesidad de conciliación

    ¿ Me reducen el sueldo ? NO si trabajas las mismas horas , pero podrías perder algún complemento tipo guardias si dejas de hacerlas.

    ¿ Puedo solicitar cambio de jornada partida a continua de mañana ? Si, puedes solicitar jornada continua de mañana, tarde u otra distribución horaria que te permita la conciliación.

    ¿ Existe protección contra despido improcedente como en el caso de reducción de jornada ? NO, no existe protección en el caso de solicitar solo adaptación de jornada.

    ¿ Podrá regresar a la jornada anterior ? Si, una vez concluido el periodo acordado o cuando cambien las circunstancias que justificaban la adaptación