Categoría: blog capgemini

  • Lo siento mucho, me he equivocado y no volverá a ocurrir…

     

    Estas son las preguntas que nos hacíamos en Abril después de saber que un trabajador de esta empresa fue evaluado con un 4 por no tener disponibilidad para trabajar días festivos, y por solicitar un día de libre disposición cumpliendo todas las normativas al respecto. No podemos olvidar que en ocasiones esta nota ha sido utilizada como justificación para el despido.

     

    Sí, habéis leído bien, negarse a trabajar festivos es no tener “compromiso con la compañía”. Así lo afirmó en una evaluación y como justificación para la nota, un responsable de equipos respaldado por uno de los máximos responsable de la Unidad de Negocio. Desde CCOO-Capgemini elevamos inmediatamente el caso a Recursos Humanos, que realizó las gestiones oportunas calificando esta práctica como del todo incorrecta.

    A lo ya lamentable de esta situación, se suma que las personas que realizan este tipo de afirmaciones, pueden llegar a cobrar varias veces más que el “subordinado” al que le quieren imponer trabajar dichos festivos, ofreciéndoles a cambio en el mejor de los casos un día de libre disposición, eso sí,  cuando el proyecto se lo permita. Creemos que una organización profesional, como pretende ser Capgemini debe desterrar de una vez por todas este falso paternalismo que impulsa a algunos a interpretar como concesiones o favores algo que los trabajadores tienen por derecho: las compensaciones por trabajar fuera de su jornada laboral . A ellos y a los que puedan creer que esto es correcto queremos recordarles que:

    a)    Todas las horas que se trabajan fuera del horario laboral de la compañía son VOLUNTARIAS

    b)    Como son voluntarias deben ser compensadas como horas extraordinarias o bien como una Intervención Planificada estipulada en el acuerdo de Disponibilidades.  

    c)    En la evaluación se evalúa el trabajo realizado dentro de nuestra jornada laboral no la cantidad de trabajo extra que se realice.  

    d)    Basta de tratar a los trabajadores como si esto fuera un parvulario, dando argumentos para niños de 3 años.

    En este sentido, animamos a todas aquellas personas que hayan podido ver rebajada su nota de evaluación por no someterse a la voluntad arbitraria de su responsable, o bien que hayan sido presionados para trabajar en fines de semana, o prácticas similares se pongan en contacto con CCOO-Capgemini para poder elevarlos y verificar si nos encontramos con casos puntales o son formas de proceder que se han instaurado en esta compañía.

    Por que…. ¿Sabías que la compañía entiende que tener un 4 en una evaluación puede ser motivo para ser despedido?

    Y ahora.. Para finalizar la historia para no dormir con la que dábamos comienzo a este comunicado.

    Deciros que los compromisos a los que llegó la dirección en este caso fueron: 

    a)    Cambiar la nota de la evaluación de un 4 a un 3. 

    b)    Dada la incorrección manifiesta que suponía este tipo de peticiones y más con su vinculación a las evaluaciones y teniendo en cuenta las formas con la que se había realizado esta comunicación, se hacía de recibo que se produjera una disculpa por parte del responsable con el trabajador en estos términos.  

    Evidentemente, después de varios meses esa disculpa no ha llegado ni se le espera. Lamentablemente ya es demasiado tarde, porque el trabajador ha optado al final por buscar su futuro profesional en otra compañía.  Éste es el futuro que a muchos nos espera, alimentado por estas prácticas que harán buena la frase de Thomas Jefferson: 

    “El orgullo nos cuesta más que el hambre, la sed y el frío.”

    Y es cuando alguien pone por delante el orgullo a la profesionalidad, es de todo menos un buen gestor de personas, y esto, SI que debería tenerse en cuenta en su evaluación, porque la factura la va a acabar pagando la organización entera. La audacia siempre debe ir acompañada de prudencia y lucidez, sin la cual un directivo atrevido puede llegar a ser temerario. 

    Aunque algunos deben pensar que hay que estar tranquilos, porque siempre nos quedará el:  

    “Lo siento mucho, me he equivocado y no volverá a ocurrir”

    Ante cualquier duda sobre este u otros temas no dudes en contactar con un delegado/a de CCOO.

     

  • Absorciones antigüedad: acuerdos en el SIMA

     

    Ayer tuvo lugar la mediación solicitada por CCOO, CSIF y UGT en las instalaciones del SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) por las absorciones que ha realizado la empresa al actualizar las Tablas Salariales del nuevo XVII Convenio Sectorial de Empresas Consultoras y de la Opinión Pública.

    El resultado de la mediación ha sido de ACUERDO para los dos colectivos afectados:

    • Las partes acuerdan que al colectivo de Capgemini procedente de Sogeti, integrado en la empresa en el año 2010, y en base a los acuerdos aplicables a dicho colectivo por remisión del acuerdo de 2 de junio de 2015, se deje sin efecto la subida del IPC de 2017 desde octubre de ese año y se sustituya por los incrementos de las tablas salariales del vigente Convenio Colectivo sin efectuar compensación ni absorción, por ser éstos superiores, tal y como se establece en sus acuerdos.
    • En relación con el resto del personal de Capgemini al que resulta de aplicación el acuerdo de 2 de junio de 2015, las partes acuerdan:
      1. Restituir los incrementos salariales del complemento de antigüedad derivados del incremento de las tablas salariales del vigente Convenio Colectivo Sectorial correspondiente a 2017 y 2018, que han sido compensados y absorbidos. Los efectos serán desde 1 de enero de 2019.
      2. La restitución anterior no conllevará abono de atrasos.

    Desde CCOO, CSIF y UGT nos preguntamos, ¿por qué tan a menudo resulta necesario acudir al SIMA para alcanzar un acuerdo? ¿Por qué Capgemini se niega por defecto a buscar soluciones negociadas en el seno de la empresa? ¿Es imprescindible judicializar cada conflicto para que la Empresa se siente a negociar?

    En cualquier caso, valoramos positivamente el acuerdo alcanzado, teniendo en cuenta que la interposición de una demanda, como alternativa a la solución negociada, suponía alargar el conflicto durante años, en un escenario de incertidumbre jurídica y posibles gastos para el trabajador.

    Aun así, no podemos olvidar que es nuevamente la plantilla la que cede y sacrifica parte de lo que por derecho le corresponde, en este caso, los atrasos absorbidos desde la actualización de tablas del convenio.

    Esperamos que la empresa tome nota y haya un cambio en las relaciones laborales que ayuden a cambiar esta tendencia.

    Como siempre quedamos a tu disposición para aclarar cualquier duda que puedes tener.

     

  • TICKETS RESTAURANT Ampliado el saldo a traspasar al año siguiente

    El pasado 20 de septiembre os informábamos que el saldo acumulado de la tarjeta no pasaba al año siguiente, salvo la recarga de diciembre que podía ser utilizada hasta diciembre del año siguiente.

    Desde CCOO-Capgemini llevamos meses trasladando a la compañía todas las problemáticas que nos habéis hecho llegar e indicando que estos problemas no hacían nada más que agravar el hecho de que traspasar el saldo de un solo mes era insuficiente.

    Gracias a todo esto la compañía ha tomado la decisión de ampliar el saldo a traspasar al año siguiente al último trimestre del año en curso.

    Desde CCOO-Capgemini creemos que ésta es una muy buena noticia aunque entendemos que se debe de trabajar para subsanarse todas las problemáticas derivadas de restaurantes que no aceptan dichas tarjetas.

    En este sentido os pedimos que informéis a Edenred directamente de todos aquellos establecimientos que actualmente no aceptan la tarjeta para que se puedan poner en contacto con ellos y solicitar su adhesión:

    Solicita que un restaurante forme parte de la red en

    https://www.edenred.es/ticket-restaurant/recomendar-restaurante/

    Para cualquier duda que puedes tener no dudes en contactar con un delegado/a de CCOO.

  • Menos épica y más realismo

     

    Desde CCOO apostamos por los acuerdos que benefician a la plantilla, siempre dentro de la legalidad, y como no puede ser de otra manera, abiertos y revisables dependiendo de las situaciones que se vayan produciendo en la compañía, en el sector y en la jurisprudencia.

     

    Los trabajadores de esta empresa necesitan menos épica y más realismo. Ver a todos y todo como un enemigo a eliminar a parte de dañino para la salud, poco aporta a los trabajadores y trabajadoras que representamos.

    Así ha sucedido con el acuerdo de guardias y disponibilidades, bien conocido por la mayoría de todos nosotros/as ya que lleva firmado desde el año 2005, que ha afectado y afecta a un gran número de trabajadores/as de Capgemini. Un acuerdo pionero en el sector, y que trece años después sigue siendo un referente para otras empresas de la competencia.

    Este acuerdo se revisó recientemente tal y como hemos ido informando puntualmente y de él salió el compromiso de crear una comisión de seguimiento para poder elevar todas aquellas problemáticas que puedan surgir por malas praxis o desacuerdos en su aplicación. Un compromiso que, dicho sea de paso, sigue pendiente de ser cumplido.

    Ahora nos encontramos con una demanda interpuesta por un sindicato presente sólo en el centro de trabajo de Madrid que la Audiencia Nacional desestima en su totalidad (sentencia 00137/2018 de la sala de lo Social de la Audiencia Nacional).

    El resumen de la propia sentencia es claro: el acuerdo de guardias y disponibilidades de Capgemini está dentro de la legalidad vigente como desde CCOO sabíamos sin ningún lugar a dudas.

    Argumentar servilismo u otra serie de improperios por perder una demanda, en vez de reconocer que se han equivocado en su interpretación del acuerdo, no ayuda al buen funcionamiento de la Representación Legal de los Trabajadores y lo que es peor, no beneficia a las personas representadas por los comités de empresa: los trabajadores y trabajadoras de Capgemini.

    ¡Más autocritica y menos culpar a los demás de tus fracasos!

    En este sentido, desde CCOO-Capgemini seguiremos luchando, como no puede ser de otra manera, para conseguir nuevos acuerdos que regulen las condiciones laborales y beneficien a la plantilla.

    Ante esta sentencia cabe la  posibilidad de interponer un recurso al Tribunal Supremo. Esperamos que nuestros compañeros de lucha dejen ese camino para unirse a la de la negociación  junto al resto de fuerzas sindicales.

  • Tickets restaurant: aclaraciones finales

     

    Entramos en el sexto mes de uso de tarjeta restaurant. Seis meses que se han caracterizado por los cientos de consultas recibidas con dicho cambio. La más común: “donde puedo usarla.

    Desde que la empresa anunció el cambio de soporte en la ayuda a la comida hubo una consulta que quedaba pendiente de respuesta: “Si no gasto todo el dinero a 31/12 ¿lo pierdo?”. La empresa nos ha informado que finalmente el saldo acumulado de la tarjeta no pasa al año siguiente, salvo la recarga de diciembre que puede ser utilizada hasta diciembre del años siguiente.

    Comprueba los restaurantes afiliados a su red con modalidad Tarjeta Ticket Restaurant en

    https://www.edenred.es/ticket-restaurant/buscador-restaurantes/

    Otro dato importante a tener en cuenta para las personas que causan baja en la compañía es que la tarjeta no se da de baja pudiendo el trabajador/a gastar su saldo hasta final de ese año, esto sin olvidar que la empresa realizará el ajuste pertinente por los días no trabajados del mes en que se causa baja, como habitualmente se viene realizando.

    Solicita que un restaurante forme parte de la red en

    https://www.edenred.es/ticket-restaurant/recomendar-restaurante/

    Hasta aquí las consultas/dudas pendientes sobre la tarjeta restaurant pero queremos aprovechar este comunicado para informaros sobre el contenido que ha aparecido en varias ofertas de trabajo de Capgemini. Concretamente lo que dicen es:

    Aunque entendemos que pudiera ser un error, puesto que la normativa de tickets restaurant es la misma para todo el colectivo general y a lo máximo que podemos aspirar tener es 1203€/anuales si no nos ponemos enfermos, baja por maternidad/paternidad , cambiamos de piso, … vamos a proceder a preguntar a la Dirección para que nos confirme que efectivamente se trata de un error.

    Así mismo aprovechamos este, para nosotros, grave y desafortunado error para solicitar a Capgemini que aproveche la ocasión para dar por una vez, una buena noticia a los empleados, subiendo el importe que actualmente nos dan de ayuda a la comida (5,40€, cuantía que percibimos desde hace más de 16 años). Un importe que además está, como hemos podido constatar al preguntar a delegados de CCOO de varias empresas del sector, muy por debajo de lo que todas ellas menos una perciben.

    Para cualquier duda que puedes tener no dudes en contactar con un delegado/a de CCOO.