Categoría: blog capgemini

  • Horas (EXTRA)ordinarias

     

    Hace pocos días descubrimos una noticia alentadora en referencia al trabajo que desde  Inspección de Trabajo están llevando a cabo en relación con las horas extras que realizan los trabajadores. En dicha noticia se hace mención al nuevo foco regulador de la Inspección que advertía a los empresarios sobre la importancia de no refugiarse en la flexibilidad horaria de la jornada para no retribuir las horas extraordinarias.

     

    Desde CCOO-Capgemini no podemos estar más de acuerdo y ya avisábamos hace meses de esta situación, la cual no hace más que precarizar la ya dañada calidad de los puestos de trabajo en lo que a ésta situación se refiere.

    En Capgemini, muchos trabajadores sufren estas situaciones, subidas frecuentes a producción,  picos de trabajo “puntuales” dados por una mala planificación en muchos casos,  exigencias del cliente…etc. Estos casos de mala gestión hacen que estas horas se disparen y que cuando el trabajador las vaya a reclamar, en muchos casos los responsables de los proyectos no sepan o quieran gestionarlo y para ello acuden a la excusa de que estas horas forman parte de nuestro trabajo con el fin de no compensarlas.

    Esta problemática en nuestro sector es aun más grave si cabe, puesto que están reglamentadas en nuestro Convenio Colectivo, donde se indica claramente que las horas extraordinarias habituales deben suprimirse.

    Dicho esto, valoramos muy positivamente que los mecanismos oficiales que deben velar por el cumplimiento de los derechos de los trabajadores, como es Inspección de Trabajo, por fin muestren interés en investigar y destapar los casos de explotación laboral de trabajadores que por el miedo a perder el trabajo realizan cada vez con más asiduidad este tipo de horas extraordinarias, perdiendo con ello dinero y tiempo para poder conciliar.

    Por todo ello, desde CCOO-Capgemini aprovecharemos esta resolución para intentar tratar nuevamente este tema con la Dirección con el objetivo de poder trabajar conjuntamente en mecanismos de control de este tipo de situaciones.

     

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  • Grados F ¿a que debe estar ligado el bonus de gestión?

     

    Durante el Plan de Transformación, las Secciones Sindicales que lo negociamos: CCOO, CSI-F y UGT creímos muy importante añadir en dicho acuerdo un punto que regulara como debe ser la retribución variable de los trabajadores de grados F vinculándolos más a los resultados del país.

     

    Durante el proceso vivido en junio de 2015, el denominado Plan de Transformación, las Secciones Sindicales que lo negociamos: CCOO, CSI-F y UGT creímos muy importante añadir el siguiente punto.

     

    2.9.- RETRIBUCIÓN DE LOS TRABAJADORES DE GRADO F.

    Con el fin de incentivar la alineación de los objetivos de los puestos de dirección de la Empresa con los resultados de la misma, a partir del 1 de enero de 2016 se revisará el sistema de fijación de la retribución variable de los trabajadores pertenecientes al Grado F incrementando la vinculación de dicha retribución con los resultados de Capgemini en España.

     

    El motivo: una compañía que acomete un Despido Colectivo (ERE) alegando causas económicas, no  puede ni debe repartir Bonus a los máximos responsables de la gestión de la compañía.

    No es ético repartir bonus y a la vez dar pérdidas.

    Por lo tanto, consideramos que es importante destacar que independientemente de los resultados de cada unidad una parte de la retribución flexible debe estar condicionada a los resultados como país

    Además nos gustaría proponer que esta nuevo modelo de retribución variable no solo aplique a los grados F (Vicepresidentes) y se haga también extensible a los grados E.

    El pasado mes de abril se liquidaron los bonus del año anterior y desde CCOO-Capgemini hicimos un comunicado para informaros que este punto todavía no se había puesto en marcha e insistíamos en la desmotivación que estas noticias traen a la plantilla.

    Una vez concluido el primer semestre del año y no teniendo información sobre el estado de este tema, desde CCOO-Capgemini hemos solicitado formalmente a la compañía una reunión para tratarlo ya que, de no vincularse más los Bonus de los trabajadores con grado F a los resultados reales de Capgemini en España, se estaría incumpliendo un acuerdo que firmó la Dirección de esta compañía.

    A nuestro entender medidas como esta ayudarán a crear "compañía" y a mejorar los resultados como país, algo que por ende redundará en el beneficio de todos los trabajadores.

    Como siempre, quedamos a tu disposición para resolver cualquier duda que puedas tener de este u otros temas

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  • Las amistades peligrosas

     

    Desde CCOO-Capgemini siempre hemos pensado que una de las claves de ejercer de una mejor forma las funciones de representatividad de los trabajadores otorgadas en las urnas, es mediante el entendimiento y una correcta relación con el resto de miembros de la Representación Legal de los Trabajadores (RLT).Lamentablemente, en demasiadas ocasiones hay organizaciones que velando más por sus intereses que por los colectivos, no mantienen ese buen equilibrio y relación que nosotros creemos tan necesaria.

    Un equilibrio que se rompe ante un nuevo comunicado enviado por otra organización y en el cual encontramos ciertas afirmaciones que sólo pretenden hacer quedar mal al resto de compañeros y compañeras de otras Secciones Sindicales y que nos obligan a tener que desmentir.

    Nos referimos a la problemática surgida por la cláusula que la empresa añadió unilateralmente y entre otros lugares…. En las nuevas contrataciones. 

    Primero de todo debemos puntualizar de nuevo que:

    El acuerdo firmado en su día entre CSI-F/Empresa y enviado a toda la plantilla carece de validez alguna al no estar firmado por más del 50% de la Representación Legal de los Trabajadores

    A estas alturas, tener que puntualizar esto roza lo ridículo, a no ser que pensemos que detrás de esto hay un trasfondo muy claro, aunque no transparente. La pregunta abierta que nos deberíamos hacer es:

    ¿Porqué hay organizaciones que rápidamente se mueven para firmar un acuerdo con la compañía, cuando eran conocedoras de que se había solicitado un acto de conciliación para tratar dicha materia y poder firmarlo en un lugar donde tuviera las máximas garantías legales, tal y como fue reconocido por el propio abogado de la empresa en dicha conciliación?

    Quizás la respuesta a esta pregunta debería ser otra pregunta a la que nosotros no podemos responder:

    ¿Tiene esto algo que ver con la posibilidad de que quede en evidencia que, una vez más, lo que se quiere evitar es una confrontación directa con la Dirección a pesar de que vaya en contra de los intereses generales de los trabajadores? 

    Lamentablemente esto es algo que ya hemos vivido recientemente con la retirada de esta misma Sección (CSIF) del apoyo a las movilizaciones por los compañeros despedidos en el último instante alegando que los despidos “sólo afectaban” a un 0,77% de la plantilla.

    Desde CCOO-Capgemini creemos que la movilización siempre es el último recurso, pero no nos va a temblar el pulso si percibimos que se cuestionan o están en peligro los derechos de los trabajadores, utilizando para defenderlos todas las herramientas que estén a nuestro alcance, tanto desde el punto de vista de la acción sindical, como del punto de vista judicial.

    Un último hecho “curioso” pero no menos importante es que parece que a algunos, esta última vía sólo les parece apropiada cuando son ellos los que la utilizan llegando incluso a firmar acuerdos para intentar poner trabas a un proceso judicial en curso.

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  • Días de asuntos propios: FAQ (III) y definitiva

     

    Desde CCOO-Capgemini realizábamos, en una reunión mantenida en el mes de Abril con la Dirección de Capgemini, varias propuestas sobre el disfrute de los días de libre disposición. Finalmente, en una nueva reunión mantenida ayer, la Dirección nos ha confirmado el pasado jueves que aceptaba dichas propuestas.

     

    El 20 de Enero, ante las múltiples consultas recibidas sobre cómo se podían disfrutar los días de asuntos propios conseguidos tras la firma del plan de transformación, lanzábamos un primer comunicado donde explicábamos, basándonos en el acuerdo y en lo hablado durante las propias negociaciones del Plan de Transformación, como podían disfrutarse.

    Al no cesar las consultas, el 5 de Abril, tras reunirnos con la Dirección lanzábamos un nuevo comunicado informándoos de que:

    Actualmente no está contemplada la posibilidad de que los dos días de asuntos propios se puedan coger consecutivamente es decir, deben disfrutarse uno en cada semestre del año.…]

    Ante esta situación, desde CCOO-Capgemini pedimos a la empresa que reconsiderara esta situación y presentamos una propuesta para que estos días se pudieran disfrutar:>

      • De manera consecutiva para realizar gestiones.
      • En cualquier periodo del año, independientemente que fuera en el primer o segundo semestre(anteriormente el disfrute era uno por semestre perdiéndose el primero si no se disfrutaba antes del 30 de junio).

    En una nueva reunión mantenida con la Dirección el pasado jueves, se nos informaba de que nuestras propuestas habían sido aceptadas.

    En estos momentos estamos trabajando en la elaboración del protocolo de actuación sobre esta temática que se sumará a los ya existentes. Recordar que los podéis consultar accediendo directamente a la web específica o mediante el código QR que hay en las tarjetas que os entregamos en el mes de Enero. Si tú aun no la tienes, pídenosla por correo o a cualquier delegado/a de CCOO.

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  • Nuevo clausulado en contratos: ¿Acuerdo? … ¿Compromiso?

     

    El próximo martes 14 de Junio, las Secciones Sindicales Estatales de Capgemini acudiremos nuevamente al SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) para intentar cerrar un acuerdo después de que Capgemini, de forma unilateral e interesada, añadiera una nueva cláusula a las personas que se incorporan a la compañía, tienen una subida salarial y en las conversiones de contratos.

     

    La cláusula en cuestión dice así:

    “El complemento compensable será compensable y absorbible con cualesquiera incrementos o mejoras retributivas futuras, ya sean homogéneas o no, establecidas legal o convencionalmente, o acordadas voluntariamente por la Empresa”.

    Antes de entrar en el por qué de un nuevo SIMA, nos vemos en la obligación de aclarar (ante las múltiples preguntas que nos han llegado estos días) que actualmente ninguna Sección Sindical por si sola puede firmar un acuerdo que aplique a toda la plantilla de Capgemini, al no contar ninguna con más del 50% de representatividad.

    Dicho esto os pasamos a aclarar el porqué de un nuevo SIMA:

    • En el anterior SIMA, la empresa se mantuvo inmóvil en su postura de retirar y/o modificar la cláusula.
    • Aunque la empresa manifestó su voluntad de firmar un acuerdo donde se comprometía a retirar dicha cláusula y declaraba la no validez para quienes ya la tenían firmada, nunca llegaba el momento de firmarse y mientras esperábamos nos enterábamos por compañeros que la empresa también estaba dando a firmar esta misma cláusula a personas que pasaban de un contrato temporal a un indefinido.

     

    Es decir, la empresa pretendía firmar un acuerdo sólo para lo que se había denunciado, “ocultando” que dicha clausula también se estaba aplicando en otros casos, algo que la empresa evidentemente conocía.. Ante este hecho tan grave y aconsejados por nuestros servicios jurídicos, desde CCOO-Capgemini interpusimos una nueva demanda judicial y convocamos un nuevo SIMA para, firmar un acuerdo con las máximas garantías de cumplimiento. Un acuerdo donde:

    • La empresa se comprometa a eliminar dicha cláusula en todos los ámbitos donde la haya hecho firmar.
    • Para quienes ya la tienen firmada, se les entregue un anexo a su contrato anulando la efectividad de dicha cláusula.

     

    Aclarar también que sólo si no alcanzáramos un acuerdo en el SIMA, cosa que esperamos no ocurra, continuaría el proceso y se llegaría a Juicio.  Esperamos que la Dirección de Capgemini reflexione profundamente y que trabaje en generar confianza con la Representación Legal de los Trabajadores como base fundamental para unas buenas y fructíferas relaciones laborales.

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