Categoría: blog capgemini

  • Plan de Transformación: Novedades, asambleas y votación

    A unos días de la fecha de cierre formal del periodo de consultas de los procesos iniciados por la Dirección de Capgemini, CCOO, CSI·F y UGT continuamos trabajando día a día para mejorar las condiciones de los trabajadores en los procesos abiertos por la compañía.

     

    En este sentido, ya en nuestro último comunicado (Click aquí para consultar) se hacía balance sobre el estado de negociación a fecha de 25 de Mayo.

    Hoy, os informamos sobre las novedades introducidas en las últimas reuniones con la empresa:

    DESPIDO COLECTIVO (ERE)

    • Mayores de 50 años: Los trabajadores afectados por el ERE con edades comprendidas entre 50 y 54 años, percibirán una indemnización adicional a la que ya les corresponda por un importe de 3.000 €uros

    Así mismo, los afectados mayores de 55 años tendrá derecho a acogerse al convenio especial suscrito con la Seguridad social, por el que la empresa continuará cotizando a la Seguridad Social por el empleado hasta que éste cumpla los 61 años. 

    • Tributación indemnización: Aquellas indemnizaciones que no superen el importe de un despido improcedente, NO estarán sujetas a retención. En el resto de casos, tan sólo tributarán por la diferencia entre ambos importes. 
    • Fechas de comunicación y salida: Aunque la empresa ha transmitido su intención de comunicar lo antes posible a los afectados, sean éstos voluntarios o forzosos, tiene hasta 15 días para registrar el ERE definitivo una vez finalizado el periodo legal de consultas, momento a partir del cual deberá comunicar los despidos y fechas de salida. 

    Aún así, recordar que la salida efectiva podría prolongarse hasta Diciembre de este año. La Empresa informará a los trabajadores afectados por el despido colectivo sobre su fecha prevista de baja en la Empresa antes del 31 de julio de 2015. No obstante, excepcionalmente, la Empresa podrá exceder dicho plazo, en ningún caso más allá del 30 de octubre de 2015.

    ARTÍCULO 41

    • Trienio 10% (Capgemini, Sogeti): Aquellos trabajadores que devenguen un trienio del 10% durante los años 2016, 2017 y 2018 (periodo de cumplimiento del Artículo 41), con el fin de evitar un menor perjuicio respecto a los trabajadores a los que se les absorbe un trienio del 5%, percibirán una compensación de 1.700 €uros. Esta compensación se realizará como un pago único y no consolidable, el mes de enero del año siguiente al que haya generado el trienio.
    •  Rechazo del Artículo 41 (Capgemini, Sogeti): Una vez tramitado el expediente de Modificación sustancial de las condiciones de trabajo (Artículo 41), la empresa procederá a su ejecución en las condiciones recogidas por el preacuerdo (trienio y subidas de categoría), previa comunicación a los trabajadores. 

    A partir de esta comunicación, aquellos trabajadores que entiendan que se han visto perjudicados por el Artículo 41 tendrán 20 días hábiles para rechazarlo y solicitar la resolución de su contrato, con una indemnización de 20 días por año trabajado (máximo 9 mensualidades) y con derecho a prestación por desempleo. 

    Si la empresa decidiera no admitir la rescisión del contrato, el trabajador tendría 20 días para solicitarlo vía interposición de una demanda legal.

    OTRAS MEDIDAS

    • Horario de salida (Capgemini): Con carácter general, la hora de salida durante la Jornada de invierno queda fijada a las 18:15h, sin perjuicio de la Jornada anual máxima que se establecerá en 1.784 horas. 
    • Compensación Jornada intensiva de verano (Capgemini, Sogeti): Los empleados obligados a realizar horario partido durante los meses de Jornada intensiva de verano, serán compensados por el no disfrute de la misma con:
      • Hasta 4 días de descanso, según la afectación del trabajador. 
        • De 0 a 3 días sin jornada intensiva: 0 días de descanso.
        • De 4 a 12 días sin jornada intensiva: 1 día de descanso.
        • De 13 a 22 días sin jornada intensiva: 2 días de descanso.
        • De 23 a 31 días sin jornada intensiva: 3 días de descanso.
        • De 32 días de sin jornada intensiva en adelante: 4 días de descanso. 
      • Complementación del Ticket restaurant hasta los 9 €uros por día de trabajo. 

    Esto será así sin perjuicio de las posibles compensaciones por el exceso de horas trabajadas en cómputo anual. 

    • ERE 2013: A los trabajadores afectados por el ERE de 2013 que tengan interpuesta una demanda individual por este proceso, se les ofrecerá una indemnización de 10 días por año trabajado (adicionales a los 20 días/año ya percibidos) con el tope de 12 mensualidades, a cambio de la retirada de dicha demanda.

    Todas estas medidas, junto con las ya anunciadas en anteriores comunicados, finalmente forman parte del Preacuerdo definitivo que se someterá a votación (Click para descargar).

    Como hemos defendido desde el inicio de este proceso, CCOO, CSI·F y UGT creemos que la aceptación o rechazo de cualquier preacuerdo únicamente corresponde a la plantilla.

    Por este motivo, os convocamos este Jueves 28 de Mayo a las Asambleas informativas, en las que responderemos a todas vuestras dudas y preguntas.

     

     

    ASAMBLEA 

    Jueves 28 de Abril 

    Lugar:

    Sala Comedor 

    Hora:

    18:30h

    Posteriormente, el Viernes 29 de Mayo se celebrarán Votaciones en todos los centros de Capgemini España, para que seamos TODOS los trabajadores y trabajadoras de Capgemini quienes refrendemos o no este preacuerdo.

    Para cualquier duda o aclaración sobre este u otros asuntos, puedes ponerte en contacto con un delegado/a de CCOO en Capgemini.

     

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  • Plan de Transformación: Estado de la negociación

    Una vez finalizada la tercera semana del periodo de consultas del Plan de Transformación de la compañía, llega el momento de hacer balance sobre el actual estado de negociación con la empresa.

     

    En la línea marcada por la plantilla en las asambleas y posteriores votaciones, y a pesar del abandono de CGT, las Secciones Sindicales de CCOO, CSI•F y UGT hemos continuado trabajando por mejorar las condiciones de los trabajadores de Capgemini, tanto en los procesos legales abiertos de Despido Colectivo (ERE) y Modificación sustancial de las condiciones de trabajo (Artículo 41), como en el conjunto de otras medidas que la empresa se comprometió a incluir en el preacuerdo.

    Entre las medidas planteadas por la empresa dentro de este proceso se encontraba acometer una armonización de colectivos, es decir, una integración de todos los colectivos presentes en Capgemini. En este sentido, el pasado Jueves 21 de Mayo, los trabajadores de los colectivos de Sogeti y Adecco votaron y rechazaron mayoritariamente las condiciones de armonización presentadas.

    A día de hoy, las medidas que se aplicarían según colectivo serán (entre paréntesis se especifica el colectivo que aplica):

    DESPIDO COLECTIVO (ERE)

    • Listado de afectación: El pasado viernes la compañía nos hizo entrega del listado final de afectados. Actualmente nos encontramos revisando dicho listado para comprobar:
      • Que los afectados no voluntarios cumplen los perfiles y criterios definidos por la empresa.
      • Que la afectación de los colectivos protegidos se ajuste a los porcentajes existentes en la compañía, sin que exista ningún tipo de discriminación.
    • Listado de voluntarios: Junto al listado de afectación, la compañía también incluía la lista de voluntarios finalmente aceptados por la Dirección de la empresa.

    Aunque seguimos trabajando en la revisión del mismo, aprovechamos para informar que el porcentaje actual de voluntarios aceptados por la compañía ha sido del 62%.

    • Garantía de empleo: Por último, la empresa se ha comprometido a no realizar un nuevo ERE durante los próximos 3 años, exceptuando la perdida de proyectos/clientes relevantes, se supere un 5% de la plantilla sin carga de trabajo o se den cambios organizativos de las unidades.

    ARTÍCULO 41

    • Absorción antigüedad (Capgemini, Sogeti): A pesar de que inicialmente la empresa se planteaba esta medida como indefinida en el tiempo, en las reuniones previas al periodo de consultas ya se limitó la absorción a UN ÚNICO TRIENIO. Queda pendiente de cerrar cómo se trataría a los empleados que cumplan un trienio del 10%.

    Adicionalmente, para el año 2018 se ha dispuesto una Paga de beneficios que compense a los trabajadores afectados por esta medida, en caso de mejora de la situación de la compañía y en función de ciertos criterios aun por ajustar.

    • Absorción/compensación categorías (Capgemini, Sogeti) : A pesar de que inicialmente la empresa pretendía practicar la máxima absorción posible en los cambios de categoría de convenio, finalmente la Mejora voluntaria ya devengada se respetará íntegramente. Como alternativa, se creará un nuevo concepto compensable y absorbible donde irán a parar los próximos incrementos discrecionales que tenga el empleado a partir de ahora. La empresa únicamente podrá compensar y absorber los futuros cambios de categoría de dicho concepto, sea total o parcialmente.

    OTRAS MEDIDAS

    • Consolidación beneficios sociales (Capgemini) : La Ayuda comida, Ayuda guardería, Seguro de vida y Seguro médico se consolidarán como parte de la estructura retributiva.
    • Días inhábiles (Capgemini) : El 24 y 31 de Diciembre tendrán consideración de días inhábiles.
    • Días asuntos propios (Capgemini, Sogeti) : Se regula el disfrute de 2 días de asuntos propios.
    • Jornada laboral anual (Capgemini) : La Jornada anual se reducirá de las 1.800h hasta las 1.784 horas (en horario de 9:00 a 18:25h, con 24 días de vacaciones y 2 días inhábiles).
    • Flexibilidad horaria (Capgemini) : Se establece una franja horaria de entrada de 8:00 a 9:30h y de salida de 17:25 a 18:55h.
    • Compensación Jornada intensiva de verano (Capgemini, Sogeti) : Los empleados que se vean obligados a realizar un horario partido durante los meses de Jornada intensiva de verano, serán compensados por el no disfrute de la misma con:
      • Complementación del Ticket restaurant hasta los 9 €uros por día de trabajo.
      • Hasta 4 días de descanso, según la afectación del trabajador.

    Esto será así sin perjuicio de las posibles compensaciones por el exceso de horas trabajadas en cómputo anual.

    • Protocolo de vacaciones (Capgemini, Adecco) : Se establece un nuevo sistema de regulación de la petición de vacaciones, aplicable tanto a empleados asignados como desasignados, que garantiza que todos los trabajadores conocerán sus vacaciones con 2 meses de antelación. Así mismo, cualquier posible denegación deberá ser justificada por escrito.
    • Política de gastos (Capgemini, Sogeti, Adecco) : Se establece un nuevo sistema de compensación de desplazamientos, para aquellos empleados que desarrollan su trabajo en las oficinas de cliente.

    Por último, quedaría pendiente por cerrar:

    • Comisión de empleabilidad: A día de hoy continuamos trabajando en su operativa y reglas de funcionamiento.
    • Indemnizaciones demandas individuales ERE 2013: La intención es cerrar este punto antes de la votación del preacuerdo definitivo.
    • Propuesta de conciliación en las reclamaciones de cantidad por la absorción en los cambios de categoría: La presentación de posibles acuerdos de conciliación a los demandantes se dejaría para después del actual proceso de negociación.

    Dada la cantidad de temas abiertos en este proceso, y para poder atender todos los puntos pendientes de cierre o ajuste de una manera seria y responsable, las negociaciones continuarán durante los próximos días.

    Por supuesto, tan pronto se cierre un preacuerdo definitivo, se convocarán las asambleas y la votación, para su ratificación o rechazo por todos los trabajadores y trabajadoras de Capgemini.

    Estad muy atentos a vuestro buzón de correo.

    Para cualquier consulta o aclaración, no dudes en ponerte en contacto con un delegado o delegada de CCOO.

     

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  • Plan de Transformación: Resultado Armonización SOGETI

    Tal y como anunciamos en las asambleas, hoy, Jueves 21 de Mayo, se han celebrado VOTACIONES en todos los centros de la compañía donde hay presencia del colectivo integrado desde SOGETI, para que los trabajadores y trabajadoras del mismo decidan si aceptar o no el preacuerdo en materia de armonización.

     

    Lo primero que queremos es felicitar a todos los trabajadores y trabajadoras del colectivo proveniente de SOGETI por su participación en esta consulta. El resultado de estas votaciones ha sido el siguiente:

    Participación:
     

    Total:
     

    211 votos / 48,28% de la plantilla
     

    Por centros:
     

    o   Barcelona: 98 votos / 53,26% de la plantilla

    o   Madrid:    94 votos / 41,05% de la plantilla

    o   Valencia:  19 votos / 79,17% de la plantilla

     

    Resultado:

    Total:
     

    o   Opción 1: ACEPTAR las condiciones de armonización propuestas para el colectivo procedente de SOGETI. 

    74 votos, que representan el 35,07% del total de votos

    o   Opción 2: RECHAZAR  las condiciones de armonización propuestas para el colectivo procedente de SOGETI. 

    133 votos, que representan el 63,03% del total de votos

    Por centros:

    o   Barcelona: 

    Opción 1: 26 votos (26,53%) / Opción 2: 69 votos (70,41%) / Nulos: 1 voto (1,02%) / Blancos: 2 votos (2,04%)

    o   Madrid:

    Opción 1: 37 votos (39,36%) / Opción 2: 56 votos (59,57%) / Blancos: 1 voto (1,06%) 

    o   Valencia:

    Opción 1: 11 votos (57,89%) / Opción 2: 8 votos (42,11%)

    Por lo tanto, la línea de actuación elegida por la plantilla es la Opción 2: RECHAZAR las condiciones de armonización propuestas para el colectivo procedente de SOGETI, por lo que las mismas NO se incluirán en el preacuerdo definitivo. Recordaros que, más adelante, se convocarán nuevas asambleas para exponer las conclusiones del Plan de Transformación y presentar el preacuerdo definitivo para una última votación previa al cierre de los procesos del ERE y Artículo 41.

     Hasta entonces, os seguiremos manteniendo informados de cualquier avance en los proceso abiertos por la Empresa.

    Para cualquier duda o aclaración, no dudes en ponerte en contacto con cualquier delegado/a de CCOO-Capgemini.

     

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  • Armonización colectivo SOGETI. RECUERDA: VOTACIÓN HOY DE 8H A 15H

    Ante las dudas surgidas en las asambleas del día de ayer, queremos aclarar las siguientes cuestiones que han surgido y nos habéis preguntado sobre el proceso de armonización del colectivo SOGETI. Es muy importante que ante cualquier duda consultéis a un delegado antes de la votación para tener pleno conocimiento en el momento de tomar la decisión

     

     

    • Negociaciones individuales: La empresa nos comunica que NO se han realizado armonizaciones individuales, ni tiene intención de negociarlas en el futuro si los trabajadores del colectivo Sogeti deciden mayoritariamente no armonizar. Es decir, se trata de una decisión exclusivamente colectiva que va a depender de la mayoría de los votos efectivos. 
    • Equiparación de categorías: Una vez finalizado el proceso, en el caso de que finalmente se aceptara la armonización del colectivo Sogeti, se continuará trabajando hasta final de año en la equiparación formal de las categorías Sogeti a Capgemini. Este proceso de equiparación no afectará en ningún caso a los salarios que se vengan percibiendo o las responsabilidades que correspondan a las actuales categorías. 
    • Vacaciones: Se ha cerrado un nuevo Protocolo de vacaciones que, aun siendo más restrictivo que el del colectivo Sogeti, mejora el que actualmente tiene el colectivo de Capgemini. Como el mismo fue cerrado durante la tarde de ayer, las personas que requieran más información se pueden dirigir a las salas de las Secciones Sindicales o bien preguntar en la sala donde se realizan las votaciones. 
    • Fecha de votación: Para facilitar la armonización del colectivo Sogeti, la empresa aceptó fijar en las 18:15h el horario de salida en jornada de invierno para toda la compañía (frente a los actuales 18:25h). Este cambio tan sólo se hará efectivo si finalmente se acepta la armonización durante la votación del día de hoy. Es por este motivo que dicha votación debe realizarse necesariamente antes de la votación del preacuerdo definitivoya que de su resultado dependerán las condiciones finales del Plan de Transformación Global
    • Trabajadores desplazados: Para corregir las incidencias que se dieron en la votación del 29 de Abril, en esta ocasión SÍ se permitirá la participación de los trabajadores desplazados en otros centros de la compañía, siempre previa identificación (DNI o tarjeta de empresa) y confirmación con el centro de origen.

    Por último, recordaros que el tiempo invertido en acudir a la votación y volver al puesto de trabajo tendrá la consideración de tiempo de trabajo efectivo, sin tener que ser recuperado. Si se os presenta algún impedimento, comunicádnoslo rápidamente para poder solucionarlo.

    Para cualquier duda o aclaración, no dudes en ponerte en contacto con cualquier delegado/a de CCOO-Capgemini.

     

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  • Plan de Transformación: Condiciones de arnonización SOGETI

    Tal como os informábamos en los comunicados enviados el pasado 24 de abril, entre los compromisos adquiridos por la Dirección en las reuniones previas a la apertura de los proceso de Despido Colectivo (ERE) y Modificación Sustancial de las condiciones de trabajo (Artículo 41), se encontraba el de iniciar un proceso de Armonización de las condiciones laborales de los distintos colectivos que se han ido integrando en la plantilla durante los últimos años, que debería ser validado posteriormente por los propios trabajadores de los colectivos afectados.

     

    Ahora, tras las negociaciones mantenidas estas últimas semanas, os presentamos la propuesta alcanzada para que pueda ser valorada, antes de las votaciones que se celebrarán el próximo Jueves 21 de Mayo de 2015.

    Para facilitar su valoración, la siguiente tabla muestra las actuales condiciones del colectivo SOGETI previas a la posible armonización, así como las condiciones que resultarían tras el proceso de armonización.

     

     

    SOGETI

    sin armonizar

    propuesta de

    ARMONIZACIÓN

    Convenio

    Consultoría Estatal

    Consultoría Estatal

    Horas anuales

    1.750 horas anuales.

    1.765 horas anuales

    Revisión anual tablas salariales de Convenio

    En el caso de que el incremento de las tablas salariales de convenio sea superior a la subida mínima anual, se respetará el mínimo de convenio.

    N/A

    Subida mínima anual

    IPC acumulado anual real sobre salario base y plus convenio (salvo causas económicas adversas: Recesión [1%] y Deflación [0%])

    *Nota (Medida compensatoria)

    Horario

    Horario de Invierno:

     

    • De lunes a jueves de 9:00 a 18:15 (1 hora de descanso comida)
    • Viernes de 08:00 a 15:00

     

    Flexibilidad horaria de 1 hora a la entrada y salida con presencia mínima de 9:30 a 17:45

    Horario de Invierno:

     

    • De lunes a jueves de 9:00 a 18:15 (1 hora de descanso comida)
    • Viernes de 08:00 a 15:00

     

    Flexibilidad horaria de 1 hora a la entrada y salida.

    Jornada Intensiva

    Horario: de 8:00 a 15:00

    Julio, agosto, última semana de junio y primera semana de septiembre

    Julio y agosto

    Vacaciones

    • 24 días laborables
    • Personal de InQA.Labs 25 días laborables (existe adicionalmente un protocolo especifico de vacaciones)

    24 días laborables

    Días de libre disposición

    N/A

    2 días

    Jornadas Especiales

    Inhábiles 24 y/o 31 de diciembre

    Inhábiles 24 y 31 de diciembre

    Tickets Restaurant

    • 4,50 € diarios de Lunes a Jueves (excepto Jornada intensiva)
    • 9,00 € los viernes y días de jornada intensiva donde se trabaje por la tarde.

     

    Valor anual: 706,50 €uros

    1.203 €uros + Durante los meses de jornada intensiva complementar el ticket restaurant a los 9 €

    Tickets Guardería

    N/A

    Ayuda 600 € anuales en vales “Ticket Guardería” para el cuidado de hijos menores de 3 años

    Seguro Medico

    Prima subvencionada en un 50% por la Compañía para el empleado.

     

    La unidad familiar se beneficia de la cuota negociada.

    Prima subvencionada en un 50% por la Compañía para el empleado.

     

    La unidad familiar se beneficia de la cuota negociada.

    Seguro de Vida y Accidentes

    Solamente lo disponen aquellos empleados que se subrogaron a Sogeti y posteriormente de Sogeti a Capgemini.

     

    Primas:

     

    • 90.151,82 €, para el caso de muerte por cualquier causa.
    • 90.151,82 €, para el caso de invalidez absoluta y permanente por cualquier causa.

     

    Estos capitales se duplican en el caso de que el hecho causante sea un accidente.

    Primas:

     

    • 90.151,82 €, para el caso de muerte por cualquier causa.
    • 90.151,82 €, para el caso de invalidez absoluta y permanente por cualquier causa.

     

    Estos capitales se duplican en el caso de que el hecho causante sea un accidente.

    Kilometraje

    0,26 €/km

    0,19 €/km

    Acuerdo de Disponibilidades

    N/A

    Acuerdo Marco que regula las disponibilidades y guardias

    *Nota: Adicionalmente a las condiciones laborales de armonización, dentro de la propuesta presentada también se contemplan las siguientes medidas compensatorias para los trabajadores y trabajadoras el colectivo proveniente de Sogeti:

    Subida mínima anual del IPC acumulado anual real sobre salario base y plus convenio durante los años: 2015, 2016, 2017 y 2018 (salvo causas económicas adversas: Recesión [1%] y Deflación [0%]).

    Una vez tenga lugar la votación del próximo Jueves 21 de Mayo:

    • Si la propuesta de armonización es aceptada mayoritariamente por los trabajadores del colectivo de SOGETI, está pasará a formar parte del preacuerdo definitivo que se llevará a la votación final previa al cierre de los procesos del ERE y Artículo 41.
    • En caso de no aceptarse la propuesta de armonización, se mantendrán las actuales condiciones del colectivo SOGETI y este punto no se incluiría dentro del preacuerdo.

    En todo caso, insistimos que será el resultado de la votación del Plan de Transformación el que marque la aplicación o no de todos los puntos que compongan el preacuerdo definitivoCondiciones de salida del ERE (días/año trabajado + máximo mensualidades), voluntariedad, días de libre disposición y festivos adicionales, firma de beneficios sociales, posible armonización, etc.

    Recordad que en las asambleas que se celebrarán hoy miércoles 20 de mayo resolveremos todas las dudas que podáis tener, por lo que es importante vuestra asistencia a las mismas.

    Adjuntamos también en este correo documento de Preguntas Frecuentes.

    Para cualquier duda o aclaración, no dudes en ponerte en contacto con cualquier delegado o delegada de CCOO en Capgemini.

     

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