Categoría: blog capgemini

  • Vacaciones ¿previsión o realidad? 2023

     

    Como cada año en estas fechas, se nos ha empezado a pedir que imputemos todos los días de vacaciones con el objetivo de tener una previsión de las mismas. Pero recuerda, la imputación en PON no es una previsión, es una solicitud formal y por tanto debemos poder realizarla con todas las garantías, por ello un año más, desde CCOO-Capgemini hemos solicitado la apertura en PON del mes de enero de 2024 garantizando así el cumplimiento de los acuerdos existentes en materia de vacaciones.

    Recuerda que el PON es la herramienta oficial de la compañía para la solicitud de las vacaciones y por tanto dejan de ser estimatorias para pasar a definitivas en el momento en que el responsable las aprueba. Si lo que pretendes es dar una estimación de las fechas en que vas a realizar las vacaciones, recomendamos acompañar esta solicitud formal de un correo a tu responsables informando de la provisionalidad de las mismas. En este sentido recuerda que:

    En el caso del colectivo Sogeti 2010 y 2019, el tiempo de aprobación es automático y oscila entre 7 y 15 días naturales desde su solicitud. En ese momento puede no haber posibilidad de cambio por una de las partes.

    Para el caso del Colectivo General el margen es más amplio: dos meses antes del inicio de las mismas.

    Para el colectivo Altran no hay regulación alguna sobre este tema.

    Para poder garantizar que las peticiones se ajustan a la realidad hemos solicitado a la Dirección la apertura en PON del mes de Enero de 2024 para que todos aquellos/as compañeros/as que vayan a disfrutar de algún día durante ese mes lo puedan solicitar de acuerdo a las diferentes normativas de su colectivo:

    Colectivo General Capgemini / Adecco……un máximo de 4 días y hasta el 15 de enero.

    Colectivo Altran, Sogeti 2010/2019………….sin máximo de días y hasta el 31 de enero

    Mientras no esté abierto enero 2024 aconsejamos no imputar los días que ibas a solicitar en ese mes en fechas distintas para evitar posibles problemas posteriores.

    ¿Cuándo están mis vacaciones aprobadas? Cuando están aprobadas en PON o bien cuando han vencido los plazos de aprobación automáticos que existen para cada colectivo.

    Sobre este punto es importante destacar que para los colectivos, a excepción de Altran, se contempla que la denegación debe efectuarse por escrito indicando los motivos. Por lo que una denegación verbal no tiene validez alguna y no para el plazo de aceptación de las mismas.

    ¿Y los días de asuntos propios cuando están aprobados? para disfrutar de los 2 días de asuntos propios de los que disponen los trabajadores del Colectivo General y Sogeti 2010 sólo hay una premisa a cumplir: preavisar de su intención de disfrutar a la persona responsable del proyecto con una antelación mínima de 2 días laborables, siempre que sea posible.

    Además existen situaciones especiales a tener en cuenta y no dudes en consultar nuestras FAQ ante cualquier duda que puedas tener:

    • Cuando el periodo de vacaciones coincide con la suspensión por nacimiento/adopción/acogida o una incapacidad temporal derivada del embarazo, por parto o lactancia, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.
    • Así mismo, si durante el período de vacaciones el trabajador tuviera una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior, el periodo vacacional se interrumpe pudiendo disfrutar de los días restantes una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

    En CCOO-Capgemini entendemos y compartimos la importancia de tener una previsión de nuestras vacaciones. Este tipo de prácticas bien gestionadas sólo pueden redundar en beneficio del trabajador y de la compañía, pero para ello debe darse la opción a los empleados de poder solicitarlas tal y como se establece en los acuerdos alcanzados por ambas partes.

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  • COMUNICADO CONJUNTO Nuevo acuerdo Ningún Cambio

     

    En abril de 2022, firmábamos el acuerdo sobre política retributiva con algo más del 77% de la representación sindical (CCOO, CSIF, SAITIC, UGT y APT) y avalado por la plantilla. Un acuerdo que garantiza como mínimo el cobro de la antigüedad y que hoy los sindicatos no firmantes (CGT, COBAS e INTERSINDICAL) pretenden poner en peligro.

    Este viernes hemos firmado un nuevo acuerdo, que recoge EXACTAMENTE los mismos compromisos alcanzados en el anterior por parte de las secciones sindicales de CCOO, CSIF, SAITIC, UGT y APT. La firma de dicho acuerdo garantiza los compromisos alcanzados del acuerdo anterior, independientemente de las acciones de los sindicatos no firmantes y por ende el cobro del trienio o antigüedad para el Colectivo General, a la vez que permite a la compañía, una distribución de las subidas salariales voluntarias o merits evitando la intención inicial de compensar y absorber íntegramente la antigüedad, como ya ocurre con el colectivo Altran. 

    ¿Por qué firmamos un acuerdo ya firmado?

    Porque a pesar de haber transcurrido casi un año desde la firma, las secciones sindicales NO firmantes, ahora ponen en duda la información en el proceso, del que se apartaron voluntariamente al no firmar el preacuerdo.

    A pesar de que en la Fundación del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) se ofreció un perito informático que validase la votación y el proceso en general, no hubo acuerdo posible, ya que el objetivo de dicha demanda no es otro, sino declarar nulo el acuerdo alcanzado, algo que nos haría volver a la casilla de salida con LA ABSORCIÓN DE LA ANTIGÜEDAD y poner en riesgo el resto de los puntos contemplados en el acuerdo, como:

    • Retribución Flexible, que podría tener un impacto fiscal perjudicial para los trabajadores que la han utilizado.
    • Ampliación del Fondo Social, que con la integración de la plantilla tras la fusión con Altran, es aún más importante.
    • Incremento del Precio del Kilometraje, que ha permanecido congelado durante de 8 años.

    No podemos permitir que una minoría imponga su criterio y disponga de los intereses de toda la plantilla en un asunto tan importante como es este acuerdo, utilizando la ‘vulneración de su libertad sindical’ como excusa, cuando estuvieron en todo el proceso y pudieron comunicar a toda la plantilla su opinión sobre el acuerdo e incluso de los firmantes.

    Por ello y poniendo en valor la mayoría sindical (77%) que los trabajadores nos habéis dado democráticamente en las urnas, hoy firmamos este nuevo acuerdo, aunque ello no nos exime de ir a los tribunales.

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  • Calendario laboral: ¿el de mi centro o el del cliente?

     

    Es muy importante tener en cuenta que el calendario laboral que te aplica es el del centro de trabajo al que estás adscrito y no el calendario del centro del cliente para el que trabajas. Unos conceptos básicos que algunos responsables parecen haber olvidado y que desde CCOO-Capgemini no paramos de recordar con cada festivo local hasta garantizar que se respetan los calendarios laborales de cada sede.

    Un tema que desde CCOO-Capgemini elevamos a la Dirección de la compañía con el objetivo de que comuniquen a los responsables cuáles son los horarios y calendarios que pueden exigir a sus equipos, recordando que todo lo demás se puede pedir siendo su realización voluntaria y con la compensación correspondiente.

    Ej. colectivo general: trabajar un festivo local (8 horas) se compensará según acuerdo de disponibilidades con 190€ y un día de descanso adicional

    Ej. colectivo Altran: cada hora de trabajo tiene consideración de horas extraordinarias, pudiéndose compensar según su acuerdo de disponibilidades en dinero o tiempo equivalente

    Resto colectivos: según sus propios acuerdos

    En este sentido, queremos dejar muy claro que el calendario laboral del trabajador o trabajadora, siempre es el calendario del centro al que pertenece por contrato y no te pueden obligar a realizar los festivos de otro centro de trabajo por el hecho de que el cliente para el que imputas sea de otra localidad diferente.

    Unas consideraciones que deberán tener en cuenta el próximo 20 de marzo los trabajadores:

    • Adscritos al centro de Madrid que tienen festivo y por tanto y sólo de forma voluntaria podrían trabajar previa confirmación de compensación a cambio.
    • Adscritos a otros centros y que dan servicio a proyectos/clientes de Madrid deberán trabajar normalmente.

    Si aun y con esta información tu responsable te insiste para que hagas el calendario de un centro que no es el tuyo, ¡Contáctanos! 

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  • CCOO Capgemini Quiénes somos y que hacemos

     

    La Sección Sindical de CCOO-Capgemini está formada por un grupo de trabajadores de la mayoría de centros de trabajo, ampliada ahora con los compañeros de CCOO-Altran debido a la reciente integración de empresas. Es decir, nos organizamos a nivel estatal para poder garantizar las mismas condiciones laborales de todos los trabajadores de Capgemini. Una fórmula con muchas ventajas respecto a como se venía abordando la negociación colectiva en Altran. Una clara prueba de ello, son los acuerdos alcanzados en una empresa y otra.

    Esta forma de trabajo nos llevó, en el mismo momento que supimos de la fusión de Altran en Capgemini, a empezar a trabajar conjunta y coordinadamente con los delegados electos de CCOO-Altran apoyándolos durante la negociación del protocolo de fusión, un protocolo que no firmamos ya que sólo contempla lo que la ley dice añadiendo algunos brindis al sol como:

    • En aras a facilitar la paz social del colectivo de Altran sobre el proceso, se acuerda que, si aconteciese dentro del plazo de vigencia del presente acuerdo la necesidad de un proceso de reordenación o reorganización colectiva (ERE) como consecuencia de esta integración, se ofrecerán y utilizarán, en la medida de lo posible, procedimientos voluntarios y/o negociados con la RLT para el colectivo afectado. que debe cumplirse en estos casos y no incluía ni los acuerdos ni políticas que aplican a este colectivo. 
    • Si dentro del plazo de vigencia del presente acuerdo se diesen razones objetivas probadas de reorganización de la plantilla que precisasen la realización de traslados colectivos, las partes se obligan a tratar de buscar fórmulas negociadas para su solución. En cualquier caso, se acuerda que, en lo referente a traslados colectivos, y durante el tiempo de vigencia del presente acuerdo, se llevarán a cabo, siempre que sea posible, con personal voluntario. En caso de ser necesario proceder a un traslado colectivo, y no haber voluntarios suficientes, la medida se impondrá de manera obligatoria siguiendo los cauces legalmente establecidos para ello.

    Así mismo comentar que tras unos meses de búsqueda y trabajo con Relaciones Laborales, tenemos recabadas las políticas que os son de aplicación y que podéis consultar en nuestra web. Aquí tenéis las condiciones que aplican tanto al colectivo general de Capgemini como a otros colectivos (incluidos vosotros) y donde se ve claramente que colectivos de Capgemini son los que tienen mejores condiciones laborales.

    Sobre el traslado de los trabajadores del centro de Campezo a Oxxeo y como no puede ser de otra manera, nos encontramos haciendo un seguimiento exhaustivo del mismo, así como ofreciéndoos toda la información que nos estáis solicitando: forma de acceso, lanzadera, aparcamientos,… si bien en Capgemini apostamos por un teletrabajo lo más amplio posible, siendo las oficinas un lugar casi exclusivo de encuentro para los equipos.

    Por último, pero no menos importante, comentar que por primera vez en la historia de las integraciones vividas, nos encontramos con muchas personas que nos pedís integraros en las condiciones del colectivo general de Capgemini, en contra de aquellos que están anclados en una situación que ya no existe, siendo Altran ya parte de Capgemini, en CCOO-Capgemini estamos trabajando para llegar a una armonización voluntaria de las condiciones del colectivo.

    Desde el día 1 de enero, fecha de integración, hemos atendido multitud de consultas y muchos de vosotros ya pertenecéis a nuestras redes de comunicación y soporte internos.

    Si tienes dudas ¡Consúltanos!

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  • La Igualdad es un Plan que funciona

     

    La Igualdad es un Plan que funciona