Categoría: blog capgemini

  • ¡¡APÓYALAS, AYÚDATE!!

     

    Os recordamos y animamos a que mañana martes todos los trabajadores y trabajadoras deSogeti y Capgemini Madrid, participéis en la CONCENTRACIÓN convocada en apoyo a las 4 compañeras despedidas según hemos informado en recientes comunicados.

    DIA: 9 de Septiembre

    LUGAR: C/Anabel Segura, 14

    (Entrada principal del edificio Cedro)

    HORA: 14:00 a 14:30

    Contaremos con el apoyo de otros compañeros/as del sector.

  • ?people matter, result count?… Siempre que no estés embarazada, seas delegada o tengas una reducción de jornada

     

    Recientemente han tenido lugar en el Grupo Capgemini varios despidos que son especialmente lamentables. La empresa Sogeti, perteneciente al Grupo Capgemini, ha decidido despedir a cuatro compañeras con algunas “curiosas particularidades” a tener en cuenta

    • Mujer embarazada de ALTO RIESGO.
    • Mujer representante de los trabajadores del grupo Capgemini.
    • Mujer en situación de reducción de jornada por cuidado de un menor

    No vamos a entrar a valorar la legalidad o no de estos despidos, pero si diremos con claridad que es ABSOLUTAMNTE INMORAL y NADA ÉTICO que una empresa proceda así.

    Creemos que la tan nombrada RSC (Responsabilidad Social Corporativa) no puede ser un concepto solo para poner en powerpoints y hacerse campañas de marketing.

    Queremos hacer un llamamiento público a la dirección del grupo Capgemini, con el fin de que reflexione sobre estos despidos. Seguro que es factible dar una oportunidad laboral a estas compañeras, evitando así el grave deterioro de la imagen del grupo dentro y fuera de las oficinas, además de la desmotivación de sus plantillas que esto supone.

    ¿Qué podemos hacer el resto de compañeros?

    Como habréis podido ver la compañía ha lanzado la Encuesta Interna Global (GES) 2014 Según la empresa: “Esta es tu oportunidad de reafirmar lo que es para ti trabajar bien en el Grupo Capgemini y en tu propio equipo y para dar tu opinión de las acciones que se han tomado en la compañía”.

    Creemos que esta encuesta anónima es un canal inmejorable para que la plantilla del grupo Capgemini apoye a estas compañeras mostrando su rechazo a estos despidos.

    Desde la Sección Sindical de CCOO-Capgemini, seguiremos trabajando conjuntamente con los compañeros/as de la Sección Sindical de CCOO-Sogeti contra “ciertas maneras” de gestionar en el grupo Capgemini.

    COMISIONES OBRERAS

    Defendiendo tus derechos

     

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  • Auditoría del Sistema de Gestión Prevención solicitamos nueva auditoria

     

    En Diciembre de 2013 el Servicio de Prevención de Capgemini se sometía a una Auditoría externa cumpliendo así con lo que estipula la ley en esta materia. Aunque la empresa auditora no halló incumplimientos, las conclusiones de CCOO-Capgemini son muy distintas, por ello hemos solicitado a través de este informe la repetición de dicha auditoría.

    ¿Cuál es objetivo de esta auditoría? Valorar la eficacia del Servicio de Prevención y detectar las deficiencias que puedan dar lugar a incumplimientos de la normativa vigente, adoptando posteriormente decisiones dirigidas a eliminarlas o mejorar dicho Servicio.

    ¿Cuáles han sido las conclusiones de la empresa auditora? la empresa que ha realizado la auditoria ha determinado que no hay incumplimientos, encontrando sólo algunas desviaciones menores.

    ¿Cuáles son las conclusiones que extrae CCOO-Capgemini después de leer detenidamente el informe? Desde CCOO-Capgemini entregamos ayer mismo un informe a la empresa donde enumeramos y detallamos los errores en los que creemos incurre la empresa auditora. Errores tanto de proceso como en las conclusiones que se extraen en el mismo. Un total de 14 puntos de los cuales podéis ver una muestra en la infografía superior.

    Por todo esto, desde esta Sección Sindical y como conclusiones finales de nuestro informe hemos solicitado a la Dirección de la compañía que repita la Auditoria del Servicio de Prevención.

    Si tenéis cualquier duda o aclaración acerca de esta u otra materia, no dudéis en consultar con un delegado/a de CCOO.

     

    COMISIONES OBRERAS 
    Nos preocupa tu salud 

     

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  • JORNADA VERANO 2014: Capgemini sigue sin negociar un acuerdo

    Desde hace años, las Secciones Sindicales de CCOO, CSI•F y UGT intentamos alcanzar un acuerdo con la empresa para compensar a aquellos trabajadores y trabajadoras que no puedan disfrutar de la Jornada intensiva de verano, sea por motivos de servicio o proyecto.

     

    Durante todo este tiempo, la respuesta de la empresa ha sido siempre la misma: negarse a negociar ningún acuerdoescudándose en que no existe regulación ni acuerdos de este tipo en otras empresas del sector y que la empresa no podría soportar el coste que esto supondría.

    En los últimos días, CCOOCSI•F y UGT hemos demostrado que esto es FALSOrepartiendo entre la plantilla varios ejemplos de acuerdos firmados en diferentes empresas del sector, todos ellos vigentes, que compensan el NO disfrute de la Jornada de verano.

    Estos acuerdos podrán variar en su aplicación, pero todos ellos siguen la misma línea que siempre hemos defendido para Capgemini, una triple compensación por:

     

    Desgraciadamente, un año más volvemos a ser de las pocas empresas del sector TIC que aún no han regulado esta situación con un acuerdo general y para toda la plantilla, existiendo únicamente soluciones puntuales en proyectos donde es el cliente quien asume el coste de estos“sobreesfuerzos” .

    Tampoco podemos aceptar que la Dirección de Recursos Humanos pretenda confundir a la plantilla con “compensaciones equivalentes” ilegales, que no vienen recogidas en el Convenio Colectivo Estatal, o que se intente compensar estos “sobreesfuerzos” como Guardias o Disponibilidades, claramente reguladas mediante el oportuno acuerdo.

    Lamentablemente, en Capgemini sigue sin existir una interlocución con voluntad de negociar y con la que sea posible alcanzar algún tipo de acuerdolimitándose la negociación colectiva a aquellos periodos en los que por ley la empresa está obligada a negociarEREs, Modificación Sustancial de las condiciones de trabajo, etc.

    Ante esta situación, las Secciones Sindicales de CCOO, CSI•F y UGT estamos dispuestas a llegar hasta donde sea necesario para garantizar a todas y todos los trabajadores el cumplimiento de la legislación vigente.

    Para cualquier duda o aclaración sobre este u otros asuntos, ponte en contacto con un delegado/a de CCOO.

     

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  • SOBRE HORARIOS Y CALENDARIOS: PUNTUALIZACIONES AL COMUNICADO DE LA DIRECCIÓN

     

    Desde las Secciones Sindicales de CCOOCSI•F y UGTqueremos hacer una serie de puntualizaciones sobre el último comunicado enviado a los trabajadores por la Vicepresidenta de Recursos Humanos de Capgemini. Para facilitar su comprensión y seguimiento, éstas se realizarán sobre el comunicado original.

    Comunicado Oficial: Dirección de Recursos Humanos Referencia: Nota sobre horarios para los empleados adscritos al Convenio de Consultoría

    Os recordamos que aquellos empleados que hayan desarrollado su actividad con distintas combinaciones de horario y/o calendario y cuyas horas, dentro del cómputo anual, supongan una desviación sobre los límites de jornada establecidos en la normativa laboral, serán compensados con tiempo de descanso equivalente. Esta compensación se llevará a cabo una vez finalizado cada ejercicio, siempre y cuando:

    El único sistema recogido por el Convenio Colectivo Estatal de Consultoría para compensar cualquier trabajo realizado sobre la duración máxima de la jornada ordinaria son las Horas extraordinarias (Artículo 29. Horas extraordinarias) , compensando cada hora trabajada de más por el equivalente a 1,75 horas (económicamente o en tiempo de descanso) .

    Las compensaciones de excesos de jornada por tiempo equivalente (1:1) no existen en nuestro convenio, por lo que con este tipo de medidas unilateralesla empresa estaría incurriendo en una ilegalidad.

      • haya sido solicitada formalmente con antelación por el responsable del proyecto o de la unidad de negocio

    Obviamente, la única posibilidad para que un trabajador exceda su jornada de trabajo, con garantías de que estas horas queden registradas y puedan ser compensadas, debería serprevia solicitud por parte de su responsable y, aún más importante, tras la aprobación del Departamento de Relaciones Laborales.

    El trabajador SIEMPRE debe contar con aprobación por escrito de cualquier solicitud de sobreesfuerzo, para evitar problemas más tarde.

      • no haya sido compensada previamente a través de alguno de los sistemas existentes

    día de hoy NO existe ningún acuerdo ni norma oficial de compensación. Cada unidad hace y deshace libremente según sus intereses, despertando la duda de si existe una gestión clara de las relaciones laborales con los trabajadores. ¿Por qué si no hace dos semanas la empresa nos convocaba para hablar de dicho tema?

    En caso de existir esta desviación, el empleado deberá comunicarlo por escrito al responsable de la unidad antes del día 15 de enero del año siguiente. El responsable validará o no la solicitud y, en caso positivo, lo comunicará al Departamento de Relaciones Laborales para que éste autorice dicha compensación de tiempo.

    NO se puede responsabilizar al trabajador de comunicar una situación que originalmente parte de una exigencia de la empresa: debe ser el propio responsable de proyecto o unidad quien lleve un registro de los sobreesfuerzos solicitados y los ponga directamente en conocimiento del Departamento de Relaciones Laborales.

    Además, nuestro Convenio Colectivo Estatal recoge que estos sobreesfuerzos deberán compensarse y disfrutarse dentro del mismo año natural en que se hayan realizado o, como máximo, en la primera semana del mes de enero siguiente.

    Por tanto, NO es posible acumular o retrasar esta comunicación hasta el 15 de enero.

    Para la comprobación de estas situaciones se tendrá en cuenta el horario de referencia de cada proyecto reflejado en el sistema de reporte de actividad de la empresa (PON).

    El Estatuto de los Trabajadores estipula que, a efectos del cómputo de horas de trabajo realizadas sobre la duración máxima de la jornada, las mismas deben registrase día a día.

    Por desgracia, el PON, sistema utilizado actualmente SÓLO permite imputar un máximo de 8 horas/día, independientemente del horario o jornada realizada por el trabajador. ¿Por qué? Porque, al contrario de lo que dice el comunicado de empresa, el PON no es una herramienta de control de actividad sino únicamente de facturación.

    ¿Cómo pretende entonces la empresa registrar estos sobreesfuerzos?

    Todo esto sin contar que muchos trabajadores no tienen acceso a esta herramienta y que en ocasioneslas imputaciones son manipuladas por sus responsablessin que el trabajador sea comunicado de ello o incluso llegándoles a prohibir imputar o modificar el PON

    En todo caso, queremos recordar que no está permitida la realización de horarios de trabajo que incumplan las restricciones establecidas en la normativa laboral vigente, siendo responsabilidad de todos desarrollar la actividad de acuerdo con las prescripciones establecidas en la normativa interna.

    Perfecto, desde CCOO, CSI•F y UGT no pedimos otra cosa que el cumplimiento estricto de la ley.

    Recordemos que actualmente muchos trabajadores de Capgemini se ven sistemáticamente obligados por sus responsables a incumplir las normas del convenio al respecto de horario, jornada ordinaria y jornada intensiva, y además sin garantías de ningún tipo de compensación al respecto.

    ¿Quizás esto sea debido a que la normativa interna no se ajusta a lo establecido en la normativa laboral vigente?

    La Dirección de Recursos Humanos está a disposición de todos los empleados para aclarar cualquier duda que se pueda plantear al respecto.

    Para finalizar querríamos sugerir a la Dirección de Recursos Humanos que, antes de lanzar nuevos comunicados, que no hacen más que confundir e introducir elementos irregulares en la normativa laboral vigente, canalice sus esfuerzos en acordar con la Representación Legal de los Trabajadores un sistema claro de compensación de los sobreesfuerzos, tanto durante la Jornada ordinaria como en la Jornada intensiva de verano.

    En este sentido las Secciones Sindicales de CCOO, CSI•F y UGT reiteramos nuestra disposición a tratar el tema para poder llegar a un acuerdo como ya tienen muchas de las empresas del sector.

    Si tenéis cualquier duda o aclaración, no dudes en consultar con un delegado/a de CCOO.

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