Categoría: Campañas

  • Nos exigen lo imposible

    Se impone a las Entidades de Crédito la obligación de identificar a los clientes con los que mantenga relaciones de negocio o realicen cualesquiera operaciones.
    Se concreta la obligación de que antes del 30 de abril existan copias digitalizadas de los DNI de toda la clientela.
    Una vez más cae sobre las espaldas de los y las profesionales de Banco Santander todo el esfuerzo que supone que nuestra Entidad no haya tenido ni la diligencia, ni la debida previsión, ni la planificación en estos cinco años de vigencia de la ley. Y cae, como siempre, en forma de exigencia de más tiempo de dedicación, y de prolongación de jornada ilimitada.
    CCOO  pensamos que deben establecerse con claridad las responsabilidades que han conducido a esta situación, parece razonable exigir que, más allá de solucionar el problema se tomen medidas adicionales.

    El RD 304/2014, de 5 de mayo, que desarrolla la Ley de Prevención de
    blanqueo de capitales, impone a las Entidades de Crédito la obligación de
    identificar a los clientes con los que mantenga relaciones de negocio o realicen
    cualesquiera operaciones. En base a lo dispuesto, la obligación se concreta en
    que antes del 30 de abril existan copias digitalizadas de  los DNI de toda la clientela, y para ello ha
    comenzado en todas las territoriales una campaña en la que se impone a las Oficinas unos objetivos imposibles de conseguir por
    la falta de previsión respecto de los contratos antiguos.

    De modo que, una vez más cae
    sobre las espaldas de los y las profesionales de Banco Santander todo el
    esfuerzo
    que supone que nuestra Entidad no haya tenido ni la diligencia, ni
    la debida previsión, ni la planificación en este año de vigencia del Decreto. Y
    cae, como siempre, en forma de exigencia de más tiempo de
    dedicación, y de prolongación de jornada ilimitada.

    La ingente cantidad de documentación que hay que recoger (se habla de falta
    de 3.000, 6.000 clientes dependiendo de la sucursal, de 500 contratos
    pendientes en Oficinas de 1 persona), además de imposible, supone la dedicación
    exclusiva a esta tarea, abandonando todas las demás que, sin ninguna duda, serán
    igualmente exigidas.

    Y mientras tanto, la única solución ?imaginativa? que se ha propuesto
    es nuevamente la prolongación de jornada.
    Algún mando intermedio ya está sacando a relucir el recurso de la bolsa de 25
    horas procedente del Acuerdo de cierre de sábados de 23-09-2009. Una exigencia
    no sólo insuficiente dado el volumen de la tarea que se aborda (y teniendo en
    cuenta que en la inmensa mayoría de los casos ya se han hecho efectivas por la
    plantilla), sino irregular, ya que el acuerdo estipula que ?se aplicarán por
    común acuerdo entre las partes ?empleado y Dirección de la Unidad-«, y no unilateralmente.

    Dada la premura de los plazos, si se quiere abordar una campaña como
    ésta, fruto de la improvisación, deberán aplicarse otro tipo de mecanismos.   Por
    ejemplo, valorar la realizac
    ión de contrataciones puntuales de ETT?s.

    Si lo va a hacer la plantilla del Banco es necesario establecer
    medidas de compensación para todas aquellas personas que voluntariamente colaboren
    en el proceso. El
    Convenio Colectivo
    estipula que este tipo de trabajos se consideran realizados con
    horas extraordinarias y, por tanto, que
    deben ser voluntarias y remuneradas, a razón de 1,75 horas por cada hora extra
    realizada. Además, en el caso de que la realización del trabajo impida el
    descanso mínimo semanal de un día y medio a que se tiene derecho según el
    Estatuto de los Trabajadores, este deberá compensarse en tiempo de descanso.

    Tenemos precedentes de actuaciones extraordinarias de este tipo. Nos
    viene a la memoria por ejemplo la campaña del Euro, en la que finalmente se
    tuvo que compensar la dedicación extraordinaria de la plantilla; si bien es
    cierto que tras una sentencia judicial a resultas de una demanda de CCOO. Esperamos que esta vez no haya
    que recurrir a los tribunales para conseguir una compensación que, con toda
    claridad, es de justicia ante una situación como la que enfrentamos.

    CCOO nos hemos dirigido hoy mismo a la Dirección General de RRHH de
    Santander España para pedir explicaciones de por qué se ha producido este
    desaguisado, para que se depuren responsabilidades y para proponer soluciones
    como las apuntadas.

    10 de abril de 2015

  • Trabajadores de Schlecker-Clarel se movilizan contra el cierre de siete tiendas en Zaragoza

    El sindicato reivindica junto a
    los trabajadores y trabajadoras de Schlecker-Clarel que no se destruya más empleo.

    El comite de empresa compuesto por 13 miembros, de los cuales 4 pertenecen a CCOO, lleva tiempo denunciando la falta de personal y la carga de trabajo a que se somete a las empleadas. La empresa lejos de poner una solucion, decide destruir empleo.

    La cadena de droguerías y
    cosmética perteneciente al grupo de supermercados DIA, ya ha cerrado 2 tiendas
    en Zaragoza y tiene previsto continuar con el calendario de cierres previsto por lo que el sindicato no descarta nuevas movilizaciones.

  • IRPF 2014 y cuota sindical

    Ha empezado la Campaña de Renta 2014, la última antes de la entrada en vigor de la Reforma Fiscal.


    El borrador de la declaración que remite Hacienda a quienes lo hayan solicitado no incluye la cuota sindical, por lo que si procede, será necesario incluirla y modificar tu borrador del IRPF 2014en la casilla 012.
    Los contribuyentes podemos solicitar el borrador o los datos fiscales de la declaración del impuesto a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, a la que se puede acceder mediante el portal:  www.agenciatributaria.es

     

    La Campaña finalizará el 25 de junio para quienes tengan que ingresar alguna cantidad a Hacienda, y el 30 para aquellos cuya declaración salga a devolver.
     
    Las cuotas satisfechas al sindicato se consideran gasto deducible de los rendimientos del trabajo. La afiliación sindical, y en especial a CCOO, contribuye a mejorar las condiciones de trabajo y también, los rendimientos del trabajo.
     






    En 2014, el importe de la cuota sindical a Comisiones Obreras fue 134,40 ? anuales (11,20 ? mensuales) si es la cuota general y 180 ? anuales (15? mensuales) si es la cuota militante.


    Deberás recibir por correo postal o electrónico la certificación correspondiente; si no fuera así, el certificado no es necesario para presentar la declaración, pero sí deberás solicitarlo en el caso de que posteriormente Hacienda requiera la documentación acreditativa. Para ello, deberás ponerte en contacto con la Secretaría de Organización-Afiliación de tu Territorio para que te la faciliten.   

     

    EL SALARIO EN ESPECIE EN LA DECLARACIÓN DE RENTA 2014

    La tributación del ejercicio 2014 se realiza de acuerdo con
    la ley del IRPF,
    la
    35/2006. El principal cambio que introdujo dicha le
    y en
    la deducción por
    inversión en vivienda habitual fue reducir dicha deducción a un porcentaje
    único del 15%
    (1).

    Asimismo,
    es importante remarcar que esta
    deducción ha sido suprimida por el RDL 20/2012 para las viviendas adquiridas a
    partir del 1 de enero de 2013, pero se mantiene para las adquisiciones
    efectuadas con anterioridad a dicha fecha
    .

    Los aspectos más
    importantes a tener en cuenta, para no resultar perjudicados en la declaración
    que ahora debemos efectuar, afectan al
    ingreso a cuenta repercutido que no
    ha originado un mayor ingreso salarial
    y a la consideración del salario
    en especie y el ingreso a cuenta en la deducción por compra de vivienda
    habitual.

    Es necesario
    advertir a quienes utilizan el borrador que remite Hacienda a quien lo
    solicita, que el borrador hace una primera estimación sobre la deducción por
    vivienda habitual, pero ésta deberá modificarse con los criterios que señalamos
    a continuación porque Hacienda no dispone de los datos sobre la parte de
    salario en especie que corresponde a financiación por vivienda habitual.

    El
    ingreso a cuenta repercutido

    El ingreso a
    cuenta repercutido al trabajador
    no origina un mayor ingreso salarial. El
    impreso de la declaración, como en los últimos años, recoge este hecho. Así en
    el apartado de retribuciones en especie es necesario rellenar la casilla
    Valoración (a), la casilla Ingresos a cuenta (b) y la casilla Ingresos
    a cuenta repercutidos (c)
    , siendo los Ingresos íntegros el resultado
    de a + b ? c.

    Los
    gastos deducibles por salario en especie por la compra de vivienda habitual

    La base de la
    deducción por inversión por vivienda habitual cuando hay financiación ajena la
    constituyen las amortizaciones de capital y los intereses pagados.

    En el caso de los empleados y empleadas
    de ahorro cuando disfrutamos de préstamos bonificados, éstos generan un salario
    en especie y los correspondientes ingresos a cuenta. El salario en especie por
    préstamos para compra de vivienda habitual consiste en una mayor imputación de
    intereses, aumentando por tanto la base de la deducción. Así, para determinar
    los intereses por capitales ajenos invertidos en la adquisición de vivienda,
    deberemos sumar la valoración del salario en especie a los intereses
    realmente pagados por el préstamo
    , a lo que le sumaremos la
    amortización de capital efectuada,
    así como todos los gastos que se
    deriven de esa financiación.
    Sobre el resultado obtenido aplicaremos el
    porcentaje que señala la ley para determinar la deducción de la cuota
    pertinente.

    Si el ingreso a
    cuenta que se deriva del salario en especie no ha sido repercutido
    al trabajador o trabajadora la Dirección General de Tributos, en varias
    consultas (21/06/2002, 11/04/1997 y 13/05/1992)* ha contestado que se
    consideran como intereses deducibles la suma de la valoración de la retribución
    en especie y el ingreso a cuenta, es decir, la misma cuantía que constituye
    rendimiento del trabajo para el perceptor.

    En el caso de
    que exista más de un titular de la vivienda y se realicen declaraciones
    separadas, la retribución en especie, como ingreso salarial que es, se la imputa
    el trabajador que la percibe y la deducción, calculada según los criterios
    explicados, se imputa a cada uno de los titulares de la vivienda en función del
    tanto por ciento de propiedad que posea (Consulta a la DGT 1474-03)*.

    Las
    primas de seguros en la deducción por vivienda habitual

    Las primas de
    seguros de vida o de incendios, vinculadas a la financiación ajena de la
    vivienda habitual, son deducibles al considerarse un gasto derivado de esa financiación.
    (Consulta 292 de 11/05/2001)*.

    Supresión
    de la compensación fiscal para las viviendas compradas con un préstamo antes
    del 20 de enero de 2006

    El RDL 20/2012
    ha suprimido la compensación fiscal que se aplicaba a los contribuyentes que
    hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad al 20 de enero de 2006
    utilizando financiación ajena.

    Las
    cuotas al sindicato desgravan

    Es necesario
    recordar que las cuotas satisfechas al sindicato se siguen considerando como gasto
    deducible de los rendimientos del trabajo
    (2). Porque,
    efectivamente, la afiliación sindical, y en especial a CCOO, contribuye a mejorar las condiciones de trabajo y, también,
    los rendimientos del trabajo.

    Abril 2015

    ———————————————–

    *Las respuestas a
    consultas tributarias tienen un carácter meramente informativo, y no son por
    tanto vinculantes para la Administración que podría cambiar de criterio. En
    todo caso, si se actúa conforme a los criterios expuestos por la Administración
    ante dichas consultas no se incurrirá en responsabilidad por infracción
    tributaria, según el art. 5.2 de la Ley de Derechos y Garantías del
    Contribuyente.

    1 En Catalunya el
    porcentaje pasa al 16,5% si el declarante se encuentra en alguno de los
    supuestos siguientes: menor de 32 años y con una base imponible total, menos
    mínimo personal y familiar, inferior a 30.000?; haber estado en situación de
    desempleo más 183 días durante el ejercicio; discapacidad igual o superior al
    65% o formar parte de una unidad familiar que incluya como mínimo un hijo en la
    fecha de devengo del impuesto.

    2 El borrador de declaración
    que remite Hacienda a quienes lo hayan solicitado no incluye la cuota sindical,
    por lo que si procede será necesario incluirla.


  • Nuevas concentraciones en Sogeti por el despido de la delegada (jueves 9 abril 2015)

    El próximo jueves 9 de abril de 13:30 a 14:30, están convocadas concentraciones en los centros de Sogeti Madrid y Barcelona, para pedir la READMISIÓN de nuestra delegada, que sigue luchando por el despido nulo en el juzgado.

     

    Durante el año 2014, la plantilla de Sogeti ha aumentado en un 10% y para el 2015 la compañía tiene previsto realizar 60 contrataciones más,… pero siguen sin readmitir la delegada de CC.OO.
     
    CONCENTRACIONES:
    Madrid (Alcobendas):
    Barcelona:
     
    Metro: Selva de Mar (Línea 4)
     
    Más información, aquí
     
    Twitter: #ReadmisionSogeti, @CCOOSogeti, @SogetiSpain
     
    Gracias por vuestro apoyo. 
     
     
    BASTA DE DESPIDOS DE DELEGADOS Y DELEGADAS DE CC.OO. !!!

    Nuevas concentraciones en Sogeti por el despido de la delegada.pdf

  • HABILITADO EN VERNE EL PROCESO DE MARCAJE DE VACACIONES 2015

    Ya está habilitado en Verne
    el proceso de marcaje de las vacaciones para 2015. Recordamos a continuación
    los principales criterios que regulan el derecho al disfrute de las mismas,
    según la normativa legal vigente contenida en el Convenio Colectivo, el Acuerdo
    Colectivo de vacaciones de 26-05-2000, el Acuerdo Laboral en el Marco de la
    Fusión de 15-03-2013, y en base a los criterios técnicos que se recogen en la
    propia Normativa del Banco

    DÍAS

    Vacaciones:
    24 días laborables
    , sin contar sábados, domingos ni
    festivos. Los trabajadores y trabajadoras de Canarias disfrutarán de cinco
    días naturales adicionales si las disfrutan en la Península.

    Licencias:
    Además de las vacaciones tenemos cuatro días de licencia retribuida de
    convenio.

    PERIODO

    Del
    1 de marzo al 30 de noviembre. No existe obligación de escogerlas
    fuera de estas fechas, aunque quien lo solicite, y si las necesidades del
    servicio lo permiten, las podrá disfrutar fuera del periodo señalado.

    CUADRO

    Se
    confeccionarán dos cuadros por oficina o dependencia, uno para el
    grupo de Administrativos y otro para el de Técnicos.

    Las
    vacaciones son un derecho de los trabajadores y trabajadoras. El Banco no
    puede obligar a un colectivo a escoger determinadas fechas unilateralmente.
    Según sentencia de la Audiencia Nacional, la práctica de obligar al
    disfrute de las vacaciones del personal comercial en el mes de agosto
    no
    se ajusta a derecho y es nula (SAN-0098/2011).

    La
    empresa tiene la obligación de dar a conocer los cuadros como mínimo con
    dos meses de antelación a la fecha de disfrute
    .

    PARTICIÓN

    Las
    vacaciones se pueden fraccionar en dos periodos por voluntad del
    trabajador o trabajadora
    , y un tercero por acuerdo con la empresa.

    No
    se puede elegir el segundo periodo hasta que todo el personal del cuadro
    correspondiente haya establecido el primero de los suyos.

    PRIORIDAD   

     Por
    orden de antigüedad en la empresa
    . Los trabajadores y las
    trabajadoras que tengan hijos o hijas en edad escolar tienen derecho a
    realizarlas en el periodo oficial de vacaciones escolares. (Grupo
    administrativo y Servicios Generales).


    BAJAS

    MÉDICAS

    La
    interrupción del periodo vacacional
    por internamiento
    clínico o enfermedad grave, justificada y notificada a la empresa en
    veinticuatro horas, no computa a efectos de vacaciones.

    Si
    el trabajador o la trabajadora está de baja médica

    cuando le corresponde el disfrute de las vacaciones tendrá derecho, previa
    solicitud, a que se le señalen otras fechas de vacaciones
    , aunque se
    hubiera agotado el año natural que las generó.


    MARCAJE

    Os
    recordamos la importancia del marcaje en la Intranet de los periodos de
    vacaciones
    , con el fin de evitar incidencias.

    Asistimos con demasiada frecuencia a
    dificultades para la aprobación de los cuadros y licencias por parte de los y
    las supervisores. La denegación de la autorización para el disfrute solo puede
    basarse en las necesidades del servicio. Estas necesidades deben estar
    justificadas y probadas
    , así como argumentadas objetivamente. Toda nuestra
    afiliación puede ponerse en contacto con los delegados y delegadas de CCOO para solventar el problema a la mayor
    brevedad. 

    Vacaciones 2015