Categoría: Campañas

  • Yo voy, porque nos afecta a TODOS

    Durante estos días, hemos estado repartiendo comunicados con ejemplos concretos que nos hagan visualizar los efectos de la Reforma Laboral que se aprobó el pasado 16 de junio de 2010 (www.boe.es/boe/dias/2010/06/17/pdfs/BOE-A-2010-9542.pdf).

    Pero desgraciadamente la Reforma va mucho más allá, y nos va a afectar a TODOS, por eso una compañera ha elaborado una presentación donde se recogen los aspectos más significativos resumidos.

    También os dejamos un documento de mayor envergadura que compara punto por punto las modificaciones que supone esta reforma en el Estatudo de Trabajadores. Además recomendamos la lectura del documento elaborado el ‘Area de Estudios Jurídicos Sociolaborales’ de  CC.OO.: ‘Los efectos prácticos de la Reforma Laboral’.

    PRONUNCIAMIENTO DE LOS DELEGADOS DE COMFIA-CC.OO. EN LA HUELGA GENERAL 29-SEPTIEMBRE

    Desde las secciones sindicales de CC.OO. en Tragsatec, hemos venido informando a todos los compañeros sobre la repercusión de la reforma Laboral aprobada por el Gobierno y sus consecuencias en los derechos de los trabajadores/as. Ante la campaña que están llevando a cabo los medios de comunicación para desanimar a los trabajadores/as y argumentar que la huelga no servirá para nada y la afirmación del propio gobierno que asegura que la huelga no cambiará la política económica, nos volvemos a dirigir a vosotros para comunicaros que desde esta sección sindical de COMFIA-CC.OO. creemos que la convocatoria de huelga está completamente justificada en base a las razones que os indicamos y que os afectan directamente:

    El despido será más fácil y barato. Se facilita la justificación por causas objetivas. Estas causas pueden ser económicas, en las que no se precisa una situación de crisis real, esta puede ser simplemente prevista y causas técnicas, organizativas o productivas en las que basta con que se realicen reorganización de personal, cambios de equipo de trabajo, etc. Con la actual situación de recortes de presupuestos de la Administración Pública, Tragsatec puede acogerse a estos modelos para validar el despido objetivo, por tanto se configura como la opción más fácil y barata para la Dirección de la empresa ante cualquier cambio que suponga una posible mejora de su gestión, quedando a merced de la subjetividad de la empresa. El despido no supondrá tanto coste porque el FOGASA que pagamos todos los trabajadores/as, abonará 8 días en todos los despidos objetivos, aunque no estén acreditados ni justificados. Con el cómputo de 20 días por año que percibirá el trabajador despedido, la empresa sólo pagaría 12 días, quedando este fondo como un acceso general a Recursos Públicos que pagaremos todos para financiar los despidos.

    Flexibilidad de las condiciones sustanciales Se flexibiliza la disposición por la empresa, pudiendo modificar condiciones en los derechos laborales de los trabajadores, solo justificando perspectivas económicas no favorables o que la situación afecte a las posibilidades de manteniendo de Empleo como:

    • la reducción de jornada en la que la empresa podrá hacer una reducción temporal condicionada a su situación económica. La jornada puede reducirse entre un 10% y un 70%
    • El descuelgue salarial en el que será posible un acuerdo de empresa para reducir los salarios del convenio de Ingenierías, que ya están bastante bajos.

    Devaluación de la negociación colectiva. Se fragilizan los pactos o acuerdos de empresa firmados con la representación de los trabajadores ya que la empresa podrá decidir su suspensión unilateral. Todo lo que no esté recogido en el Convenio colectivo, el empresario puede modificarlo unilateralmente. Solo será preciso una consulta a la representación pero sin necesidad de acuerdo. Esto afecta directamente a la negociación colectiva y pone en serio peligro muchas mejoras pactadas en los acuerdos logrados hasta el momento en Tragsatec como el de Estabilidad en el empleo, convergencia de condiciones con Tragsa, antigüedad, etc.

    Fomento de la temporalidad Se tiende a desproteger la contratación indefinida y se mantiene la temporal, entrando en juego la opción de la ETT para conseguir una contratación de fácil disolución en las que las condiciones se flexibilizan casi totalmente. Se crean los contratos de fomento para desempleados en situación aún más precaria a los que nuestra empresa tendrá acceso. En definitiva no va a servir para crear empleo en Tragsatec sino para dar más facilidades de despido a la empresa.

    Los miembros de esta Sección sindical que formamos parte de los órganos de representación estatal (ORET) y delegados de COMFIA-CC.OO. repartidos por todo el territorio, secundaremos la huelga general en contra de estas medidas del gobierno porque creemos que la huelga es un derecho de los trabajadores y trabajadoras y su ejercicio ha sido siempre muy eficaz, porque hay que decir “basta ya” a la continuada pérdida de derechos laborales y sociales para no llegar a una situación insostenible en las empresas.

    Comunicaros que todos los delegados de COMFIA-CC.OO. hemos enviado un escrito a la dirección de Tragsatec comunicando que conforme al ejercicio del derecho constitucional a la huelga nos realicen los descuentos en nómina que correspondan legalmente a ese día de huelga General. Ningún delegado hará huelga a cargo de crédito horario sindical, por tanto, se nos descontará el salario de un día igual que al cualquier otro compañero/a.

    Cualquier trabajador que piense que estas medidas no le van a afectar podrá comprobar en un plazo muy breve como Tragsatec y el resto de empresas del sector de Ingenierías van adoptando estas medidas en materia de despidos, cambios de condiciones laborales o no cumpliendo los acuerdos que tenemos vigentes, por lo que se verán seriamente mermadas la condiciones de defensa legal que podamos ofrecer desde COMFIA-CC.OO. frente a este tipo de situaciones.

    Para cualquier aclaración sobre las razones que os hemos expuesto o si tenéis algún tipo de duda sobre como os afecta en vuestra relación laboral con la empresa, estamos a vuestra disposición a través de las cuentas de correos de la Sección Sindicales de CCOO o a los delegados sindicales de CCOO más cercanos.

    Os adjuntamos en este comunicado, unos documentos como ejemplos de lo que podéis recibir por parte de la Dirección de Recursos Humanos con distintas situaciones que se pueden producir a partir de ahora.

    Por tanto os pedimos todo el apoyo en esta huelga porque la convocan los sindicatos que nos representan en las empresas y porque es el último recurso que tenemos los trabajadores para evitar que nos quiten nuestros derechos.

     

    Documentos:

    1.- PRINCIPALES_NOVEDADESRL.pps

    2.-Modificaciones de la Reforma Laboral al Estatudo de Trabajadores:

     http://www.comfia-seguros.es/portada.html 

  • Yo voy, y el papel de los sindicatos

    Hoy estamos repartiendo un comunicado con TRES SUPUESTOS que se pueden dar en nuestra empresa, y que acompañamos con más información relacionada con los temas que se plantearon en la Asamplea. Esta ver toca «EL PAPEL DE LOS SINDICATOS EN LA CRISIS», un punto importante, pero que no nos debe frenar a la hora de protestar por un hecho directo y que nos va afectar a todos. Estemos o no afiliados, y quién va a recoger los beneficios serán los mismos. Algo parecido a la crisis, donde los que son millonarios, son ahora un 8% más millonarios

    Aprovechamos para deciros que existe una representación sindical que defiende los intereses de quienes nos dieron su confianza en una elecciones, y que haremos una labor mejor o peor, pero que sin ella los logros serán menores y más injustos.

    CONTACTO CON NOSTROS, haznos llegar vuetras propuestas, inquietudes y problemas.

    Los sindicatos nunca han estado pasivos ni antes ni durante la crisis.

     

     

    Años antes de que empezara la crisis, en aquellos momentos en que las empresas y los bancos se jactaban de ganar un 20% o un 30% mas que el trimestre anterior, a costa de especular con un derecho constitucional, la vivienda, secuestrándonos con precios y créditos hipotecarios totalmente abusivos, los sindicatos ya denunciaban que era todo un “espejismo”, que la burbuja inmobiliaria negada por aquel entonces por todos los partidos políticos del arco parlamentario, bancos y empresas estallaría y sería un autentico caos para el País. No se podía seguir manteniendo prácticamente la totalidad des sistema productivo del País sobre “el ladrillo”.

     

    Denunciábamos desde los sindicatos que pese a las ingentes cantidades de dinero que ganaban las empresas, estas mayoritariamente contrataban a trabajadores con contratos temporales, en un fraude escandaloso y que nadie desde las administraciones se preocupo de perseguir.

     

    Se reclamaba continuamente que parte de los escandalosos beneficios empresariales fueran reinvertidos en formación, en nuevas tecnologías, en investigación y desarrollo, apostando por lo tanto por trabajadores fijos y cualificados que permitieran a las empresas ser mas competitivas y estar preparadas para in ciclo económico bajo.

     

    Cuando empieza esta crisis son los sindicatos los primeros  que dan la voz de alarma ante la destrucción masiva de empleo, cuando la mayoría de partidos políticos  la negaban. Fuimos los primeros en reclamar un gran pacto político y social para hacerla frente.

     

    Durante la crisis  nos hemos manifestado y movilizado en la calle ante los innumerables cierres de empresas, hemos parado en parte el golpe de la crisis en el ámbito que nos corresponde:

     

    §      _Amortiguando el impacto en las empresas mediante la negociación que permitiera adaptar las plantillas a las pérdidas de actividad, evitando la perdida de empleo en la medida de lo posible.

     

    §      _Reclamando políticas de estimulo a la actividad económica: inversión pública y apuestas por empresas públicas como la nuestra, etc.…

     

    §      _Para los trabajadores en paro hemos reivindicado el mantenimiento e incluso la ampliación de la protección de desempleo, ¿Quién, si no reivindico y consiguió la puesta en marcha de los 420 euros para los parados que hubieran agotado sus prestaciones?

     

    §      Oponiéndose a la reducción de la inversión pública, que en época de crisis es una mediad de estímulo económico, al evitar la caída de producción

     

    Esto sin olvidar que desde que se inicio la crisis, los sindicatos han convocado manifestaciones masivas, que sin duda tu recordaras porque estabas en ellas defendiendo tus derechos, donde reclamábamos que la crisis la pagaran los culpables no las victimas que son los trabajadores y trabajadoras.

     

    No obstante ese argumento de que los sindicatos no hemos hecho nada, esta siendo utilizada por personas que estamos seguros no estarían dispuestos a renunciar por escrito a los derechos conquistados por las organizaciones sindicales a lo largo de la historia, como el derecho a las vacaciones, al descanso, a la jornada, al salario, a las bajas, a los permisos varios, etc.…

     

    Que es precisamente lo que esta reforma pone en peligro porque apuesta por la negociación individual. Hablando claro quienes dicen que no es para tanto, están diciendo que uno a uno los trabajadores se dirigen a su jefe para negociar individualmente, sin convenio. Su jefe le ofrecería no 22 días de vacaciones, si no 28, que además para que trabajar tanto, le reduciría la jornada, y por supuesto en vez de pagarnos los míseros sueldos que tenemos en convenio, negociando uno a uno ¡¡¡ NOS DUPLICARÍAN EL SUELDO!!!!

     

    ABSURDO, NO, PUES ESO

     

    HUELGA GENERAL.

     

    Los tres supuestos son:

    01_DESCUELGUE–1.pdf

    02_DESPIDO-1.pdf

    03_EXTRACONVENIO-1.pdf

    Noticias relacionadas:

    http://www.comfia.info/noticias/58704.html

  • Súmate a la campaña de protesta para salvar el convenio de oficinas y despachos de Bizkaia

    Desde el último encuentro el pasado mes de mayo con la patronal no ha habido cambios en la negociación, ya que su última propuesta suponía un retroceso en nuestras condiciones laborales.

    Esta además de producir una perdida de nuestro poder adquisitivo (con revisiones saláriales muy por debajo del IPC) trataba de reducir la garantía mínima (cuya disminución podría provocar una reducción del salario bruto anual).

    A partir de ese momento, los sindicatos nos hemos juntado en varias ocasiones para establecer un calendario de protestas que se iniciaron el pasado mes de junio con una caravana de coches en el parque tecnológico de Bizkaia, lugar donde se ubican muchas de las empresas del sector.

    Nuestro objetivo es que la patronal del sector (CEBEK) retire su última propuesta y que presente otra que no atente contra nuestros derechos laborales. Para lograr este objetivo necesitamos la colaboración de todos vosotros y vosotras.

    Por lo que os animamos a uniros a la iniciativa de mandar a CEBEK y a sus negociadores un correo de protesta. Los sindicatos hemos hecho un modelo consensuado de carta que podéis usar. Pulsa aquí para ver y remitir ese modelo de carta a las direcciones de correo info@cebek.es y centro@gfi.es; también se remitirá automaticamente una copia a comfia-euskadi@comfia.ccoo.es y otra a tu dirección de correo

    No estaría de más enviar también este correo a nuestros respectivos departamentos de Recursos Humanos; ya que al ser las direcciones de nuestras empresas a las que CEBEK representa, son ellas los responsables finales de la situación actual.

    También tenemos previsto asistir a actos patrocinados por CEBEK y realizar concentraciones de delegados/as del sector para expresar nuestra más enérgica protesta por su actitud en la negociación del convenio.

    Pero es necesario tu apoyo; por eso te pedimos que esta información llegue al máximo número de personas afectadas para que participen en esta campaña de protesta y envíen el correo.

    Os mantendremos informados de cualquier noticia relaciona con el convenio y el calendario de movilizaciones a las que se os convoque como trabajadores del sector.

    Pulsa para enviar tu carta de protesta

  • POR QUÉ HACER LA HUELGA DEL DÍA 29

    Iniciamos una serie de comunicados centrados en la  Huelga General del 20-S.

    Por empezar damos diez puntos por los cuales consideramos necesaria el utilizar este recurso constitucional para protestar, y por no alargar mucho el texto hemos cogido dos casos prácticos que se pueden dar ya en nuestra empresa. En próximos comunicados, daremos más casos prácticos.

    Como siempre, si tenéis alguna duda  o propuesta hacednosla llegar (mediante los teléfonos y correos de cualquier compañero delegado), y la expondremos en siguientes comunicados, o lo resolvemos personalmente.

    Hasta la próxima

     

     


     

     PORQUÉ HACER LA HUELGA DEL DÍA 29.

    1.  Porque el día 9/9/2010 se ha aprobado una Ley de reforma laboral que supone una verdadera agresión a los intereses de los trabajadores, que recorta los derechos sociales que nuestros antepasados ganaron con gran esfuerzo, lo que supuso que  sus descendientes hasta la fecha hayamos podido vivir mejor que ellos.

    2.  Porque con esta  Ley, podemos perder gran parte de esa calidad de vida y hará que nuestros hijos la tengan peor que nosotros, debido a que la precariedad laboral se va a generalizar mucho más.

    3.  Porque con esta Ley se nos podrá despedir con más facilidad y pagándonos menos indemnización. Esta incertidumbre hará que nos tengamos que conformar con sueldos más míseros.

    4.  Porque con esta Ley los sindicatos tendrán menos capacidad para negociar condiciones comunes mínimas y los empresarios podrán modificar las condiciones de trabajo a su antojo con posible gran repercusión en la conciliación de la vida familiar.

    5.  Porque esta Ley es solo parte de la  política negativa para los trabajadores intensificada recientemente por el gobierno, para intentar salir de la crisis a costa de que el mayor esfuerzo lo hagan los asalariados, a pesar de que fueron otros los que la provocaron. Al recorte de salarios de funcionarios, la congelación o bajada de pensiones y recorte de inversión (que nos va a afectar muy significativamente en TRAGSATEC), le quieren añadir la prolongación de la edad de jubilación, la rebaja de nuestras pensiones futuras mediante el endurecimiento de las condiciones de su cobro….

    6.  Porque estas medidas no van incrementar el empleo, éste está mucho más determinado porque fluya el crédito y cambiemos el sistema productivo, basado en la formación y en crear tecnología y valor añadido y no en la especulación y en los sueldos bajos.

    7.  Porque es posible, si la huelga tiene éxito rectificar la Ley y/o impedir que sigan con las políticas de castigo a los asalariados. Si la Huelga tiene éxito el Gobierno tomará nota antes de seguir con esta política y el  resto de los partidos lo tendrán en cuenta a la hora de hacer sus programas electorales, como ya hicieron ambos en otras huelgas generales. Sin movilización ciudadana no habrá sensibilidad hacia los trabajadores por la clase política mayoritaria actual , como ha demostrado a la hora de las votaciones en el parlamento durante la aprobación de la ley.

    8.  Porque la huelga es la única forma legal de resistirnos los trabajadores a estas agresiones, la convoque quien la convoque y se haga en el mejor momento o no. Es una Huelga en defensa propia y de dignidad de la clase asalariada. Si no hacemos nada dejaremos un camino expedito para que sigan agrediéndonos.

    9.  Porque otras políticas son posibles a pesar de que intentan desmoralizarnos y que asumamos la que interesa a otros y no al conjunto de la sociedad, de la que los asalariados somos la mayoría.

    10.             Porque la ley y todas estas medidas afectan a los trabajadores de TRAGSATEC de hoy, a los de mañana y a los que acaben en otras empresas, ya que unos de los aspectos que recoge la ley y nos puede afectar bastante, es la legitimación de las ETTS  dentro de la administración pública y otros sectores de riesgo.

     

    EJEMPLOS PRÁCTICOS – I –  (en próximos comunicados habrá más)

     

    1.      Despido por causas productivas

    Una empresa considera que la evolución de los mercados determinará que sus productos dejarán de ser competitivos al no poder hacer frente, en el futuro, a los de la competencia exterior. Ante ello se plantea dejar de producirlos y acudir al despido de los trabajadores y trabajadoras por causas productivas.

    Antes de la reforma: el despido en estas circunstancias siempre era injustificado, por cuanto: La empresa no presenta una situación de dificultad actual, ni un problema actual de viabilidad, sino meramente de futuro. Además, no le era posible acreditar los problemas de viabilidad, porque no podía depender de meras conjeturas sobre la evolución futura de los mercados.

    Con la reforma: al reconocer ésta el despido preventivo, estos despidos se consideran justificados, porque: La ley admite expresamente que es causa de despido procedente la previsión de un problema económico, organizativo o productivo que pueda ocurrir en el futuro.

    Estamos ante una reducción de la garantía de estabilidad en el empleo que afecta a todos y a todas las trabajadoras, ya sean fijos, temporales, con contrato antiguo o nuevo.

     

    2.      El despido mucho más barato

    Una empresa decide despedir a un trabajador que lleva 20 años en la empresa porque quiere suprimir el departamento en el que está para subcontratar ese trabajo con una empresa de servicios, ya que les costará menos dinero.

    Antes de la reforma: el despido no tenía justificación por lo que si le despedía podía considerarse improcedente, teniendo que pagar la empresa: 45 días de salario por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades; pagarle los salarios de tramitación desde el despido hasta la fecha de la sentencia.

    Con la reforma: Al ser una mejora para la empresa el despido tiene causa suficiente, por lo que la empresa pasa a pagar: 20 días de salario por año de servicio con máximo de 12 mensualidades; además, de esos 20 días el estado a través del Fondo de Garantías (FOGASA) les va a subvencionar de 8 a 12 días; ya no tiene que pagar los salarios de tramitación.

    Como resumen de estos dos ejemplos:

    La empresa puede alegar cualquier causa económica u organizativa, dando únicamente un simple razonamiento para que el despido sea válido. Se suprime la tutela judicial, al no tener  que demostrar la empresa prácticamente nada. Se reducen muy significativamente los derechos indemnizatorios. El Estado va a subvencionar parte de las indemnizaciones por despido. En TRAGSATEC se pueden dar causas similares con una dirección que venga con consignas políticas en contra de la empresa pública.   

    MÁS INFORMACIÓN SOBRE LA HUELGA Y LA REFORMA LABORAL EN:

    http://www.comfia.net/tragsatec/

    http://www.1mayo.org/nova/files/1018/Estudio35.pdf

    http://www.ccoomadrid.es/webmadrid/menu.do?Informacion:Campanas:93839

    Si lo quieres en formato ‘pdf’:

    02_Comunicado_septiembre 2010.pdf

  • PUESTA EN MARCHA DEL FONDO ASISTENCIA SOCIAL TTEC-MADRID 2010

    Os ponemos a vuestra disposición el articulado de las AYUDAS DEL FAS-TTEC MADRID 2010, así como su SOLICITUD.

    Este año la dirección decidió tomar parte más activa e impuso que todas las ayudas tuvieran una repercusión social, vetando la posibilidad del ‘cheque Carrefour’ que el año pasado se utilizó. Esto, además de suponer un mayor esfuerzo al Comite que lo gestiona, ha hecho que nazcan una nueva ayuda: «Ayudas para gastos sanitarios no cubiertos por la Seguridad Social y aportaciones a ONG’S».

    A cambio la empresa se comprometió ha realizar los ingresos de la parte social a mes vencido y adelantar su aporte (5 partes por 1 del trabajador), hecho que ha permtido gestionar casi todas las ayudas como ‘ventanilla abierta’,, dejando para final de año aquellas que son más difíciles de gestionar y predecir su gasto.

    Pero la más importante novedad es que en el FONDO DE EMERGENCIAS podrá entrar todo compañero de Tragsatec. Estudiando todos los casos a final de año.

    BASES DE LAS AYUDAS DEL FAS TTEC MADRID 2010

    Acuerdo del Comité de Empresa con fecha 20-Abril-2010, para regular las concesiones de ayuda según ‘Reglamento de Actuación de la Comisión de Asuntos Sociales (Fondo de Asistencia Social)’ aprobado el 17 de noviembre de 2008.

    Se establecen una serie de medidas subsidiarias de los trabajadores que pueden participar en el Fondo de Asistencia Social (en adelante ‘FAS’):

    TÍTULO I. DISPOSICIONES COMUNES

    Art. 1º. – Ámbito de aplicación:

    Las presentes ayudas alcanzarán a los trabajadores  adscritos al mismo de la empresa TRAGSATEC, según último listado de personal que proporciona la empresa a la Comisión en el momento de la apertura de la convocatoria o información aportada por el solicitante.

    Art. 2º. – Devengo: Los requisitos a que hace referencia el artículo anterior de este Acuerdo se han de cumplir en el momento de producirse el hecho causante de la ayuda social correspondiente.

    Art. 3º. – Convocatoria y plazo de solicitud: La Comisión del FAS efectuará la/s convocatoria/s anual en la que se establecerán las cuantías y límites de las ayudas correspondientes al año natural. En dicha convocatoria se incluirán los modelos de solicitud de cada ayuda y se fijará el plazo de presentación de solicitudes y fecha de resolución de las mismas.

                En cada convocatoria existirán dos figuras:

    a)         Solicitante. Definido por el artículo 1 de este documento

    b)         Beneficiario. Definido según convocatoria.

    Las SOLICITUDES se podrán enviar de dos formas:

    §         Por Correo interno u ordinario a:

    FAS-TTEC-MADRID

    c/ Julián Camarillo 6-B

    28037 MADRID

    Art. 4º. – Resolución: La Comisión de Gestión del FAS elevará al Comité de Empresa de Madrid las propuestas de resolución adoptadas por dicha Comisión, después de la comprobación, de la veracidad de los datos aportados por el solicitante.

    Art. 5º. – Incompatibilidades: Con carácter general se establecen las siguientes incompatibilidades:

    a)  Una misma ayuda se  percibirá en cuantía única. Si se recibe más de una solicitud con un mismo beneficiario se atenderá unicamente la primera solicitud.

    b) Se declara incompatible la percepción de cualquiera de las ayudas incluidas en el Fondo de Ayuda Social, con la obtención de subvenciones por la misma contingencia por parte de una entidad de previsión social pública.

    Art. 6º. – Cuantía y reparto: Las ayudas previstas de este Acuerdo se otorgarán de acuerdo con las cuantías y límites fijados en la correspondiente convocatoria.

    En caso de no cubrir toda la cuantía reservada a una convocatoria el montante pasará al Fondo para un uso futuro.

    Art. 7º. – Criterios de evaluación: Los criterios de evaluación previstas de este Acuerdo se especificarán en cada convocatoria.

    Art. 8º. – Pérdidas: Será causa de pérdida o anulación de las ayudas, con la consiguiente obligación de devolver las cantidades percibidas y sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir, la falsedad en las declaraciones formuladas en la solicitud, lo cual llevará implícito la imposibilidad de solicitar cualquier ayuda económica correspondiente al Fondo de Ayuda Social durante las dos convocatorias siguientes.

    Art. 9º. – Consultas, Reclamaciones y Problemas: Para cualquier consulta, reclamación o problemas  en la tramitación e información de estas bases dirigirse a:

    Patricia Tresgallo: ptf@tragsa.es

    Rafa Prados: rpma@tragsa.es

    Juan Antonio Gil: jagsu@tragsa.es

    Se atenderá personalizadamente a cada interesado.

    TÍTULO II. CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS AYUDAS

    En este documento se desarrollan las BASES de los cuatro tipos de ayuda previstas para este año, que son:

    1.      Ayuda a gastos sanitarios no cubiertos por la Seguridad Social y Donaciones a O.N.G. acreditadas por A.E.C.I.D.

    2.      Ayuda por nacimiento.

    3.      Ayuda a procesos de adopción y asistencia al embarazo.

    4.      Ayuda a la dependencia y minusvalía.

    PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

    Una vez publicadas se recogerán las solicitudes según se reciban en el buzón destinado a ello, antes de finalizar este año 2010:

    FAS-TTEC- MADRID (Tragsatec)

    c/ Julián Camarillo 6-B 28037 Madrid

    FECHA DE RESOLUCIÓN:

    Dos meses después de la recepción de la información, salvo problemas administrativos o de gestión.

    TITULO III.- Ayuda a gastos sanitarios no cubiertos por seguridad social y Donaciones a O.N.G. acreditadas por A.E.C.I.D.:

    La ayuda contempla aquellos gastos sanitarios que no cubra la Seguridad Social (foniatría y logopedia, Oftalmología, Odontología, Podología, Psicoterapia, Rehabilitación, Tratamiento de desintoxicación, Planificación familiar, Prótesis, gastos farmacéuticos, Tratamientos de trastornos alimentarios, Casos excepcionales) y aquellas donaciones que se hayan realizado a organización de ayuda humanitaria acreditadas por A.E.C.I.D.

    Art. 1º. – SOLICITANTE: cualquier miembro del FAS que cumpla con las condiciones definidas en estas bases. 

    Art. 2º. –       BENEFICIARIO:

    ·        Gastos sanitarios: Solicitante, familiares de primer grado.

    ·        Donación a O.N.G.: solicitante

    Art. 3º. –       CUANTÍA POR SOLICITANTE: 65€

    Art. 4º. –       DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

    ·        Fotocopia de la última nómina del solicitante del presente año donde se haya retenido la aportación al FAS.

    ·        Documento acreditativo de la filiación familiar del beneficiario, en su caso.

    ·        Factura/s acorde/s al gasto realizado durante el año 2010

    Art. 5º. –       REQUISITOS:

    Ingresos máximos anuales brutos del solicitante en Tragsatec: 60.000 € / año. 

     

    TITULO IV.- AYUDA POR NACIMIENTO

    Debido a la inestabilidad económica y al encarecimiento del coste de la vida, cada vez se hace más difícil hacer frente a los gastos que el nacimiento de un hijo conlleva. Desde el FAS, con esta ayuda, se quiere colaborar con los trabajadores para hacer frente al desembolso económico que suponen los primeros meses de vida de un bebé.

    Art. 1º. – SOLICITANTE: cualquier miembro del FAS que cumpla con las condiciones definidas en estas bases. 

    Art. 2º. –       BENEFICIARIO: Niño/a nacido en el año 2010 hasta la fecha de apertura de esta convocatoria y que cumpla los requisitos de la misma.

    Art. 3º. –       CUANTÍA POR BENEFICIARIO: 300 €.

    Art. 4º. –       DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

    ·        Fotocopia del DNI del solicitante.

    ·        Fotocopia del certificado de ingresos del año 2009 de Tragsatec.

    ·        Fotocopia de la última nómina del solicitante del presente año donde se haya retenido la aportación al FAS.

    ·        Fotocopia del Libro de familia

    Art. 5º. –       REQUISITOS:

    ·        Ingresos máximos anuales brutos del solicitante en Tragsatec: 35.000 € / año.

    Art. 6º. –       DISPOSICIÓN ADICIONAL:

    Para esta ayuda se ha establecido un servicio de ventanilla abierta en la que los solicitantes podrán presentar la documentación a partir del momento del nacimiento.

    TITULO V.- Ayuda a procesos de adopción y asistencia al embarazo

     

    Cada vez somos más los que recurrimos a costosos proceso de adopción y asistencia al embarazo para cumplir nuestros deseos como padres o madres. Para facilitar el inicio de estos trámites se desarrolla esta ayuda.

    Art. 1º. – SOLICITANTE: cualquier miembro del FAS que cumpla con las condiciones definidas en estas bases.

    Art. 2º. –       BENEFICIARIO: Solicitante o Cónyuge o pareja de hecho que conviva con el solicitante y que cumpla los requisitos de esta convocatoria.

    Art. 3º. –       CUANTÍA MÁXIMA POR BENEFICIARIO: 400 €

    Art. 4º. –       DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

    ·        Fotocopia del DNI del solicitante.

    ·        Fotocopia del Certificado de ingresos brutos del año 2009.

    ·        Fotocopia de la última nómina del solicitante del presente año donde se haya retenido la aportación al FAS.

    ·        Fotocopia del Libro de familia o fotocopia

    ·        Fotocopia del Certificado de Idoneidad en caso de Adopción

    ·        Documento acreditativo del tratamiento seguido (certificado sanitario, factura/s del/os tratamiento/s, ….)

     

    Art. 5º. –       REQUISITOS:

    ·        Ingresos máximos anuales brutos del solicitante en Tragsatec: 35.000 € / año.

    Art. 6º. –       DISPOSICIÓN ADICIONAL:

    Para esta ayuda se ha establecido un servicio de ventanilla abierta en la que los solicitantes podrán presentar la documentación a partir de que disponga de ella.


    TITULO VI.- Ayuda a la dependencia y minusvalía:

    Esta ayuda intenta paliar el incremento de gastos, no recogidas por la Seguridad Social, que supone el cuidado de personas dependientes según está definida en la Ley de Dependencia (LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia), dado el incremento de compañeros en cuyo entorno familiar ha aumentado el número de  estas personas.

    Según la ley: ‘Dependencia: es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.’.

    Además tomamos de la ley la clasificación del grado de dependencia (artículo 26.) para el cálculo de la cuantía:

    a) Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.

    b) Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.

    c) Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal

    Para la MINUSVALÍA, tienen la consideración de personas con discapacidad, a efectos del IRPF, los contribu­yentes que acrediten un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100. El grado de minusvalía deberá acreditarse mediante certificado o resolución expedido por el Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o el órgano competente de las Comunidades Autónomas. El Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, (BOE de 26 de enero de 2000), regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación derivado del grado de minusvalía.

    No obstante, se considerará afectado un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 en el caso de pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y en el caso de pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. Igualmente, se considerará acreditado un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100, cuando se trate de discapacitados cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcance dicho grado.

    Art. 1º. – SOLICITANTE: cualquier miembro del FAS que cumpla con las condiciones definidas en estas bases.

    Art. 2º. –       BENEFICIARIO: Solicitante o familiar de primer grado de consanguinidad y afinidad (padre, madre, suegro/a, hijo/a, yerno o nuera) del solicitante que cumpla con los requisitos de esta convocatoria.

    Art. 3º. –       CUANTÍA TOTAL DE LA CONVOCATORIA: 31.000€ (a repartir entre el total de beneficiarios).

    Art. 4º. –       CUANTÍA MÁXIMA POR BENEFICIARIO: 2.000 € / beneficiario.

    Art. 5º. –       CUANTÍA DE LA AYUDA: la cuantía total destinada a esta convocatoria se repartirá según el siguiente cuadro: 

    Grados y niveles

    Cuantía

    (euros)

    Grado III Nivel 2.

    2.000

    Grado III Nivel 1.

    1.600

    Grado II Nivel 2.

    1.000

    Grado II Nivel 1.

    800

    Grado I Nivel 0

    400

    En caso de haber un número de solicitantes que supere la cuantía total de la ayuda, el reparto de las mismas se realizarán en orden ascendente de los ingresos del compañero haya tenido en 2009 según Certificado correspondiente.

    Art. 6º. –       REQUISITOS:

    ·        Dictamen sobre el grado y nivel de dependencia y/o minusvalía, con especificación de los cuidados que la persona pueda requerir, emitido por la Comunidad Autónoma donde reside el beneficiario; o informe de la Seguridad Social si se están aún tramitando.

    ·        Estar incluido en la Declaración de la Renta de 2009 como ascendente o descendente.

    Art. 7º. –       DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

    ·        Fotocopias del DNI del solicitante y beneficiario.

    ·        Fotocopia del Certificado de ingresos del año 2009 del solicitante

    ·        Documentación que acredite el grado de parentesco (libro de familia, certificado de acreditación de pareja de hecho del solicitante al posible beneficiario  -o fotocopia-).

    ·        Dictamen sobre Grado y Nivel de dependencia de la Comunidad Autónoma –o fotocopia-, o informe de la Seguridad Social. O certificado de minusvalía emitido por la Seguridad Social o Comunidad según preámbulo de este TITULO III.

    ·        Fotocopia de la última nómina del solicitante del presente año donde se haya retraído la aportación al FAS.

    Art. 8º. – RESOLUCIÓN: Dicha convocatoria se resolverá a final, una vez recogidas todas las solicitudes de 2010.


    TÍTULO VII.- Ayuda Fondo de EMERGENCIA

    La ayuda contempla aquellos gastos que supongan un impacto importante o gasto no previsto por motivos no comunes derivados de una situación muy grave personal o familiar.

    Art. 1º. – SOLICITANTE: Cualquier miembro del FAS. Podrá solicitar también dicho fondo cualquier trabajador eventual que considere que su caso es de extrema gravedad. 

    Art. 2º. – CUANTÍA TOTAL DE LA CONVOCATORIA: Conforme a demanda y efectivos disponibles del FAS (cuantía estimada para el 2010: 65.000€).

    Art. 3º. – EXCLUSIONES: Ante el carácter abierto de esta convocatoria, no se puede definir unas bases precisas pero la experiencia sí nos ha indicado ciertas exclusiones:

     ·        Gastos de bienes comunes. Aquellos que bajo circunstancias de normalidad (no afectado por una situación atípica) se afrontarían de igual manera. Ejemplo, roturas o averías de bienes comunes (casa, coche).

     ·        Gastos sanitarios comunes. Aquellos que bajo circunstancias de normalidad (no afectado por una situación atípica) se afrontarían de igual manera. Ejemplo, intervenciones bucales no avaladas por un odontólogo, enfermedades comunes (gripe, alergias, intolerancias).

     ·        Fisioterapias y tratamientos anti-stress.

    Art. 4º. – RESOLUCIÓN: Dicha convocatoria se resolverá a final de año conforme a la reunión de la Comisión Paritaria del FAS Madrid con carácter mo

    SOLICITUD:

    SOLICITUD_FAS_TTEC_MADRID.2010.pdf