Categoría: Carrera profesional

  • Acuerdo entre la dirección de la Fundación 1º de mayo y la representación sindical en la Fundación

    Clarificar y adaptar algunos aspectos concretos de las condiciones de trabajo, actualizar el sistema de categorías profesionales…

    Los objetivos centrales de este
    Acuerdo de Empresa son:

    • Clarificar y adaptar algunos aspectos
      concretos de las condiciones de trabajo del personal de la
      Fundación.
    • Buscar una adecuación de las
      condiciones laborales de algunos puestos de trabajo específicos,
      que se consideran desfasadas en la actualidad.
    • Actualizar el sistema de categorías
      profesionales y sus niveles salariales correspondientes.

    1.-
    DURACIÓN Y VIGENCIA DEL ACUERDO DE EMPRESA.-
    La
    duración y vigencia del Acuerdo de Empresa será hasta
    el 31 de Diciembre de 2009.
    Al
    finalizar el plazo de vigencia establecido en el párrafo
    anterior, el acuerdo se entenderá prorrogado de año en
    año si no se denuncia por ninguna de las partes.

    La
    denuncia habrá de producirse con una antelación mínima
    de dos meses a la fecha de su vencimiento normal o de cualquiera de
    sus prórrogas.

    2.-
    MARCO DEL ACUERDO.-
    El marco laboral de referencia
    para los temas no tratados específicamente en este acuerdo
    será el Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid, el
    Estatuto de los Trabajadores y las demás normas generales
    vigentes.

    3.- CONTRATACIÓN.- Las modalidades de contratación responderán a la
    naturaleza del puesto a cubrir. Los contratos laborales especificarán
    con claridad la función por la que se contrata a las nuevas
    personas. La convocatoria para nuevas contrataciones se dará a
    conocer por medio del tablón de anuncios de la Fundación,
    con la información sobre las características del puesto
    a cubrir. Previo a la comunicación en el tablón de
    anuncios,
    se dará conocimiento a la Representación
    Legal de los Trabajadores de la necesidad, así como de la
    convocatoria de las nuevas contrataciones. Se entregará copia
    de todos los contratos al representante de los trabajadores, y una
    copia del mismo al trabajador contratado.

    El organigrama actual de la Fundación
    y sus funciones no se verá modificado con este acuerdo. Las
    tareas que cada uno de los contratados vienen realizando seguirán
    según las pautas habituales de los últimos años.

    4.- FORMACION.- Se
    impulsará la formación de los trabajadores, fijándose
    mecanismos para que la Fundación pueda tener acceso a la
    información sobre los cursos que realice Comfía, Forem,
    etc.
    El
    trabajador tendrá derecho:

    1. Al disfrute de las horas
      de trabajo necesarias para concurrir a exámenes, para la
      obtención de un título académico o profesional,
      que pueda tener aplicación para los cometidos de la
      Fundación.

    …/…

    b) Asimismo se tendrá
    derecho mientras se curse con regularidad los señalados
    estudios del párrafo anterior, a elegir turno de trabajo, si
    estos existen en la Fundación.

    c)
    Igualmente habrá un derecho preferente a adaptar la jornada de
    trabajo para hacerla compatible con la asistencia a cursos de
    formación, dentro de los horarios establecidos en la
    Fundación.

    La Empresa podrá
    exigir a todo trabajador que se encuentre disfrutando de los
    beneficios enumerados en el punto anterior, las calificaciones
    obtenidas en su estudio, así como justificación de su
    asistencia normal a las clases. Cuando las calificaciones en un 25
    por 100 no superen el aprobado o las faltas no justificadas de
    asistencia a clase superen el 10 por 100 del horario docente, serán
    causa automática del cese de los citados beneficios.

    5.-
    SALUD LABORAL.-
    La Fundación garantizará a los
    trabajadores la vigilancia periódica y voluntaria de su estado
    de salud, con especial valoración de los riesgos que puedan
    afectar a trabajadoras en situación de embarazo o parto
    reciente y trabajadores especialmente sensibles a determinados
    riesgos, aplicándose el Protocolo de Reconocimientos Médicos
    para usuarios de PVD del Ministerio de Sanidad (Cuestionarios de
    función visual, síntomas osteomusculares,
    características de la tarea y valoración de la carga
    mental) o normativa que lo sustituya. Para ello, a
    través del contrato firmado con la Mutua FRATERNIDAD,
    se llevará a la práctica todas las obligaciones que
    marca la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales
    (Planificación de la Acción preventiva, Evaluación
    de riesgos laborales, etc.).

    6.- CATEGORIAS PROFESIONALES.- Debido al desarrollo del trabajo
    realizado en la Fundación, se
    hace necesario una actualización del sistema de categorías
    profesionales.

    Por ello, se propone hacer un estudio
    de la situación actual de la Fundación para lo que se
    establece la necesidad de:

    – establecer un organigrama de la
    empresa.
    – hacer un inventario de los puestos
    de trabajo existentes actualmente.

    – hacer una descripción de los
    puestos de trabajo.

    Con esto se pretende tener una visión
    actual de la Fundación, que permita actualizar el sistema de
    clasificación, estableciendo las categorías que sean
    necesarias para dicha actualización. Se comprometen las partes
    a trabajar para desarrollar este capítulo en base a los
    siguientes criterios: conocimiento y experiencia, iniciativa,
    autonomía, responsabilidad, complejidad del trabajo, personal
    a cargo, etc. resolviendo esta cuestión antes del mes de
    octubre de 2007,
    estableciendo las categorías que se
    consideren necesarias una vez realizado el trabajo previo.
    Se
    procede a constituir una Comisión Paritaria compuesta por un
    miembro por parte de la Dirección de la Fundación y
    otro por la Representación Sindical, sin perjuicio que puedan
    asistir asesores por cualquiera de las partes.

    7.- BECARIOS.- Las becas
    de la Fundación 1º de Mayo son ayudas económicas
    destinadas a personas que estén cursando los últimos
    años de estudios superiores o los hayan finalizado
    recientemente. Su objetivo es ofrecer una formación práctica
    complementaria, que facilite su inserción en el mercado de
    trabajo. Las becas no implicarán responsabilidad laboral en el
    desarrollo de las actividades que se encomienden a las personas
    beneficiarias de la beca, ni tendrán carácter de
    relación laboral.
    …/…

    Los becarios no podrán estar
    más de 18 meses en esa condición y dispondrán de
    unas normas claras de funcionamiento. La figura del becario nunca
    podrá ser un sustituto de un puesto de trabajo, realizando
    tareas auxiliares o de apoyo al personal laboral contratado.

    Dispondrán de un seguro de
    Accidentes y Responsabilidad Civil.

    8.-
    TIEMPO DE TRABAJO.-
    En el mes de enero se estudiará
    anualmente el calendario laboral,
    con sus posibles puentes y la
    fórmula para encajar las horas no trabajadas o los excesos de
    horarios realizados en los casos en que se produzcan.

    La duración máxima de la
    jornada ordinaria de trabajo será de 37 horas semanales,
    excepto en los casos en que se haya establecido en los contratos de
    trabajo un número inferior de horas. El horario será el
    establecido en la actualidad. Se registrará en el siguiente
    cuadro, el horario por áreas de trabajo.


    RELACIONES LABORALES


    DE LUNES A JUEVES DE 9,30 A 14,00
    HORAS
    Y DE 15,00 A 18,00 HORAS; VIERNES DE 8,00 A 15,00 HORAS.


    SERVICIOS GENERALES

    DE LUNES A JUEVES DE 9,30 A 14,00
    HORAS Y DE 15,00 A 18,00 HORAS; VIERNES DE 8,00 A 15,00 HORAS.

    ARCHIVO DE HISTORIA DEL TRABAJO

    DE 8,00 HORAS A 15,00 HORAS DE
    LUNES A JUEVES Y UNA TARDE A LA SEMANA DE 16,00 A 18,00 HORAS;
    VIERNES DE 8,00 A 15,00 HORAS.

    CDEE

    DE 8,00 HORAS A 15,00 HORAS DE
    LUNES A JUEVES Y UNA TARDE A LA SEMANA DE 16,00 A 18,00 HORAS;
    VIERNES DE 8,00 A 15,00 HORAS.

    Los trabajadores tendrán
    derecho a dos días de permiso retribuido así como a una
    semana natural al final de año o al principio del año
    siguiente.

    Se intentará facilitar la
    flexibilidad horaria para garantizar la conciliación de la
    vida laboral y familiar, sobre todo en los casos que los trabajadores
    tienen a su cargo personas dependientes, teniendo en cuenta la
    actividad de la Fundación y cumpliendo los compromisos del
    tiempo de trabajo.

    La jornada intensiva de verano se
    realizará del 1 al 31 de Julio, en horario de 8,00 a 15,00
    horas. La Fundación cerrará las tardes de dicho mes.

    En el supuesto de que la Fundación
    asuma nuevos proyectos, que requieran la contratación de
    personal laboral y en horario diferente a los actualmente vigentes,
    se informará previamente por parte de la Dirección de
    la Fundación a la Representación Sindical y se
    establecerá de común acuerdo el horario.
    Las
    vacaciones estivales serán de 31 días naturales,
    disfrutándose en el mes de Agosto.

    9.- HORAS EXTRAORDINARIAS.- Los trabajadores tendrán derecho a una compensación
    horaria del 175% del tiempo trabajado fuera del horario establecido
    y del 200% en fines de semana y días festivos.

    Los días/horas compensatorios
    se disfrutarán preferentemente en los tres meses a partir de
    la fecha en que se hayan producido.

    …/…
    La aplicación de dicha
    compensación será aprobada por la dirección de
    la Fundación sobre la propuesta acordada entre el responsable
    del área y el trabajador, en función del trabajo del
    área.

    En aquellas actividades específicas
    que impliquen el desplazamiento fuera del centro de trabajo, la
    compensación horaria se realizará en los mismos
    porcentajes que para las horas trabajadas fuera del horario
    establecido, debiendo acordarse entre el trabajador y el director del
    área el momento del disfrute de esta compensación.

    10.- REVISIÓN SALARIAL.- El Patronato de la Fundación debe aprobar a final de cada año
    el presupuesto relacionado con las actividades económicas
    programadas para el año siguiente, para su posterior elevación
    al Protectorado. Por ello, es conveniente el establecimiento de una
    norma básica que permita regular la revisión de los
    salarios para el conjunto de las personas contratadas por cuenta
    ajena por la Fundación.

    Habiéndose acordado en el
    presente acuerdo y para los sucesivos años de vigencia del
    mismo un incremento salarial igual al IPC que se constate en el mes
    de Noviembre de cada año, la presente cláusula viene a
    garantizar que, en caso de que el Índice de Precios al Consumo
    (IPC) establecido por el INE, registre un crecimiento superior al
    porcentaje inicialmente aplicado en el mes de Diciembre del año
    anterior, se efectuará una revisión salarial, tan
    pronto se constate oficialmente dicha circunstancia, en el exceso
    sobre la indicada cifra.

    Tal diferencia se aplicará con
    efectos 1 de Diciembre del año al que corresponda, sirviendo
    por consiguiente como base de cálculo para el incremento
    salarial del año siguiente, y para llevarla a cabo se tomará
    como referencia la tabla de sueldos base utilizada para realizar los
    aumentos inicialmente aplicados el año al que corresponde.

    La revisión salarial, en su
    caso, se abonará en una sola paga durante el primer bimestre
    del año siguiente al que corresponda, siendo los conceptos
    afectados por la misma los siguientes: Sueldo Base, Antigüedad y
    Gratificación Extraordinaria.
    Para
    fijar el incremento salarial del año 2008 y sucesivos, la
    subida salarial consistirá en la previsión de inflación
    de dicho año y sucesivos más el 0.30%, que se revisará
    con el IPC real a Noviembre de cada año de vigencia del
    acuerdo, de tal forma que el incremento anual sea el IPC real más
    el 0,30%.

    11.-
    NIVELES Y COMPLEMENTOS SALARIALES.-
    Las retribuciones
    salariales de las diversas categorías se componen de un
    salario base, repartido en 12 pagas, y, de complementos de antigüedad
    u otros complementos.

    Debido al estudio de las categorías
    que se va a realizar, tanto la propuesta de niveles salariales como
    la de complementos deberá ser el resultado de dicho estudio.


  • RECONOCIMIENTO DE LA ANTIGÜEDAD

    Hay que computar todos los contratos
    a efectos de promoción

     El mes de febrero dábamos a  conocer la importante sentencia que CC.OO. ha ganado en la Audiencia Nacional contra Caixa Laietana.

    La importancia de esta sentencia está en el reconocimiento del tiempo de permanencia a efectos de ascensos (o antigüedad), computando todos los periodos en los que la persona ha estado contratada por la empresa, con independencia del tiempo transcurrido entre contrato y contrato.


    Es decir, que, con independencia de la modalidad de contrato, todo el tiempo trabajado para la empresa es computable como tiempo de permanencia. Por tanto, se han de añadir todos los periodos no computados de contratos temporales al reconocimiento de la antigüedad. Todo ello genera, por tanto, que se acorte el periodo necesario para alcanzar un nuevo nivel por permanencia o bien para devengar un nuevo trienio, si es el caso.


    Dada la claridad de la sentencia y la doctrina reciente del Tribunal Supremo, y a pesar de que Caixa Laietana ha anunciado que la recurrirá ante dicho alto tribunal, nos hemos dirigido a la Dirección de nuestra Caja para que aplique la sentencia de forma inmediata a todos los compañeros y compañeras que se encuentren en esta situación, con el total reconocimiento de los atrasos que les pertenecen.






     

    Sentencia Audiencia Nacional de 5 de febrero de 2007


    En la demanda formulada por la FEDERACIÓN DE SERVICIOS FINANCIEROS Y ADMINISTRATIVOS DE COMISIONES OBRERAS (COMFIA) frente a CAJA DE AHORROS LAYETANA sobre Conflicto Colectivo, debemos declarar y declaramos el derecho de los trabajadores de la Caja de Ahorros Layetana encuadrados en los niveles retributivos  en los que el convenio colectivo de Cajas de Ahorro ha previsto la promoción por experiencia, a que les sean computados a efectos de dicha promoción todos los períodos en los que han estado contratados mediante contrato de trabajo temporal, con independencia del lapso de tiempo que haya existido entre contrato y contrato, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración”.


     


     Sabadell a 17 de abril de 2007

  • Oposiciones: vergüenza

    Desde el fondo de los departamentos y oficinas va levantándose un clamor: ¡VERGÜENZA!

    Estas Oposiciones, que deberían de haber sido motivo de nuevas ilusiones, un motor de mejora de la autoestima, una llama de esperanza, lejos de haber conseguido nada de todo esto, ha sido un nuevo motivo para la desesperanza, para la rabia, para la DESmotivación de la plantilla. Y es una lástima, porque últimamente hay poco lugar para la ilusión, en Caja Penedés. Y porque las Oposiciones han costado mucho dinero –contratación de esta gente tan…inútil de la ESCA, promociones a Niveles…


    Los dos sindicatos que firmamos este nuevo comunicado –esperamos que sea el último de este proceso tan vergonzoso y vergonzante- esperamos- hasta las del año próximo queremos explicar, como conclusión de esta nefasta peripecia, lo siguiente:


     En primer lugar–, como absolutamente todos los compañeros y compañeras que han pedido la revisión de sus exámenes, denunciamos l’ausencia de TODOS los miembros del Tribunal que representaban a la Dirección en todas y cada una de las revisiones d’esta semana, en Girona, en Vilafranca, en Barcelona y en Lleida. Tampoco ha asistido, ninguna vez, otro miembro del Tribunal, y no lo podemos silenciar, porque, al fin y al cabo, cada cual debe hacer frente a su responsabilidad. Nos referimos a UGT. A los que asistimos a las revisiones no nos gusta trabajar por las tardes, pero no podíamos dejar abandonados a los compañeros y compañeras.


      En segundo lugar, como casi todos los menos tras todo el que ha pasado.  opositores, denunciamos el confusionario mail de la ESCA reenviado por RRLL, donde se decía que había un mínimo de puntuación para APROBAR el examen, además de asegurar que se tenían que aprobar los tres bloques de preguntas. Sin aclarar que había 23 plazas garantizadas, fuera qué fuera la puntuación final.


     En tercer lugar: la NO permisividad, por parte de l’Esca, de revisar los exámenes: sólo permitieron de ver las respuestas… algunos compañeros y compañeras aducían, con razón, que ellos querían revisar su examen, no las respuestas. Además, si quieren enmendar los errores cometidos, ¿como lo podrán hacer sin saber muy bien en que han fallado? 


     En cuarto lugar, cuando debamos decidir, cuando Tribunal se reúna, recordémoslo todos, de los OCHO miembros que lo componen sólo tres somos de los sindicatos, cinco más –aquellos que no han movido el culo hasta ahora, que ya no lo movieron el día de los exámenes- acudirán como un solo hombre el día que l’amo toque el pito. Entonces seremos 5 a 3.


     En quinto  lugar, nos sorprende la poca –poquísima- gente que ha decidido revisar sus exámenes, esta segunda vez, muchos menos que la primera, cuando todo parecía indicar que seríais muchísimos más que la primera vez, cuando la ESCA metió la pata escandalosamente. Además, no todos, ni mucho menos, los que habían pedido revisión se presentaron: de los 45 compañeros y compañeras que habían solicitado la revisión de sus exámenes sólo acudieron a la cita previa que tenían concertada 28.


    Y este hecho debería significar otro –un más- aviso para la Dirección: sólo puede indicar desmoralización, que s’ha traducido en un genérico “YA OS LO HARÉIS, PASO” de buena parte de los opositores.


    La Dirección debe ser consciente, y nosotros intentaremos que lo vean así, que toda esta situación se debe enderezar tanto como se pueda; se tienen que lavar la cara, como vulgarmente se acostumbra a decir, y sólo hay una manera de hacerlo: otorgando más plazas, tanto para las Oposiciones de este año como para las del año próximo. Al fin y al cabo había en juego 9 plazas más de cada Nivel, y ninguna de estas plazas se han otorgado. Y todo porque la Dirección, unilateralmente, decidió subir la nota de aprobado de 60 puntos que eran los de las últimas oposiciones a los 65 actuales.


    Por parte nuestra lo intentaremos. No haremos ningún comunicado más de estas Oposiciones, si no es para anunciar que la Dirección, en un gesto magnánimo –e inteligente- ha decidido aumentar las plazas.


    Sabemos como os sentís, los que no habéis conseguido las plazas, muy especialmente aquellos y aquellas que creíais haberlas logrado y os han echado por tierra la ilusión. Sabemos lo de difícil que es ahora consolaros e intentar animaros para los exámenes del año próximo. Pero debéis pensar que el bagaje que habéis acumulado, las horas pasadas estudiando, no podáis permitir que se pierdan: aprovechadlas para los exámenes del 2008, que serán en marzo. No habrá problemas de temarios –ya los tenéis- y de los errores se tiene que aprender. Es para l’único que sirven. Y estamos seguros de que todo el mundo, los de la ESCA en primer lugar, hemos aprendido.


    Naturalmente, independientemente de todo lo mencionado, los 46 compañeros y compañeras que habéis logrado vuestro objetivo de obtener una plaza de los Niveles opositados, seguro que os lo habéis merecido. Esta promoción. Además de ser motivo de orgullo, de subidón de la autoestima, mejorará vuestra vida laboral, y, por lo tanto, vuestra VIDA, en mayúsculas:
    ENHORABUENA

  • Oposiciones : Penúltimo Capítulo

    Ayer 23 de mayo se hicieron las revisiones de exámenes de las últimas Oposiciones, con la asistencia de aproximadamente 50 compañeros y compañeras. Estuvieron presentes dos representantes de la ESCA así como los tres miembros del Tribunal en representación de los sindicatos y el jefe de RR.LL. en representación de la Dirección.

    Una vez realizadas las primeras revisiones se empezaron a detectar multitud de incidencias, casi en la mayoría de los exámenes revisados y que detallamos a continuación: 
     No coincidencia en las respuestas acertadas, falladas y en blanco dadas por la Esca con las que se han podido comprovar con el examen físico. 
     Error en la suma total de las puntuaciones de los tres grupos de preguntas.  
     Errores al contar las respuestas acertadas como erróneas y viceversa.  
     Plantilla de corrección errónea.
    A la vista de la situación, el Tribunal, por unanimidad, decidió devolver todos los exámenes a la Esca para que haga una nueva corrección y vuelva a poner a disposición del Tribunal las nuevas notas de todos los opositores.
    Desde CC.OO. creemos que esta es la solución más correcta dadas las muchas incidencias observadas, y más si tenemos en cuenta que muchos compañeros y compañeras, confiados en los resultados que se les había comunicado –unos porqué se creían en posesión de la plaza opositada, otros porque se creían lejos de obtener los puntos necesarios- no asistieron a la revisión de sus pruebas y, por lo tanto, se encontraban en clara indefensión.
    Por otro lado el interés de todos los miembros del Tribunal, tanto de los tres que representamos a los sindicatos como los que representan a la Dirección, es que no se ponga en entredicho la transparencia y la legitimidad de las correcciones, de los exámenes y, en definitiva, de las Oposiciones.
    Una vez revisados todos los exámenes por la Esca y antes de notificar la nota a cada opositor (lo cual esta vez hará directamente RR.LL., y no ningún sindicato) el Tribunal controlará que todos los resultados sean correctos y sin ningún error como los detectados ayer. Os mantendremos puntualmente informados.
    En otro orden de cosas, queremos manifestar que nuestro último comunicado denominado “Oposiciones : nueva cacicada” se envió masivamente a todos los correos personales de los trabajadores y trabajadoras de la Caja por un error. La Dirección sigue teniendo nuestro compromiso de enviar nuestros comunicados a través del tablón de anuncios de Intranet, a vuestras direcciones personales (limitada este envío a 100 diarios excepto acuerdo expreso con la propia Dirección) o por valija interna, también acuerdo previo con la Dirección.


    24 de Mayo del 2007 – com. 32/07

  • Oposiciones: nueva cacicada

    Respecto a las oposiciones celebradas con fecha 28 de abril pasado, en las cuales se optaba a los Niveles VIII y X, CCOO tenemos que decir lo siguiente:

    • La Dirección de la Caja se ha erigido ilegalmente en guarda y custodio de los datos y calificaciones de las pruebas.
    • Hemos exigido a la Dirección que envíe las calificaciones a TODOS los que se han examinado, a la vez que entreguen copia a los miembros del Tribunal.
    • La gestión, la responsabilidad y, en su caso, la publicación de estos datos corresponden al Tribunal.
    • Nos consta que la Dirección ha vulnerado la Ley de Protección de Datos, en una intentona –una más- de favorecer a uno de los sindicatos de la Caja, el mismo de siempre, en perjuicio de los otros dos.
    • Este sindicato es el que ha comunicado las calificaciones, aprovechándose de esta información privilegiada, a todos los que no las sabían aún y no habían obtenido plaza, utilizando medios que pertenecen a la Caja.
    • Como miembros del Tribunal no hemos podido tener acceso a todos los datos, oportunamente reclamados el pasado 16 de mayo, día en que conocimos los nombres de los opositores que sí habían obtenido plaza.
    • Por este motivo no podemos asegurar que estos datos –que han facilitado gente ajena al Tribunal– sean verídicos, al no haber podido contrastarlos.
    • Por todo lo expuesto hasta aquí, recomendamos a quien se considere perjudicado que acuda a la revisión de los exámenes, que tendrá lugar el día 23 de mayo, a las 16 h., en la Sala de Formación de la calle de La Parellada de Vilafranca del Penedès. Nosotros estaremos presentes.


    22 de mayo del 2007 – com. 31/07