Categoría: Carrera profesional

  • MODELO RETRIBUTIVO LIGADO A CLASIFICACIÓN DE OFICINAS

    En la convocatoria de Mesa Laboral del próximo 15
    de marzo, BMN deberá dar respuesta a las peticiones que desde CCOO
    hemos venido realizando en escritos presentados los pasados 04/01/2017
    y 10/02/2017,

    y
    relacionados con la adaptación del sistema de clasificación establecido en
    Convenio Colectivo que debería haberse realizado con efectos del 1 de enero de
    2017.

    Pero
    CCOO
    no nos conformamos con un mero trámite de información. CCOO entiende, y así lo hicimos
    saber a BMN, que:

    • La
      adaptación que debe llevarse a cabo, es una oportunidad para establecer un
      modelo retributivo ligado a clasificación de oficinas, negociado y acordado con
      la representación sindical, que resulte motivador para las personas que ocupan
      puestos de responsabilidad en la Red de Sucursales.
    • Cualquier
      adopción que se realice supone una revisión del sistema de valoración de
      puestos de trabajo y como tal, requiere de la comunicación expresa de la
      información a la representación sindical para proceder a emitir el informe
      correspondiente con carácter previo a la ejecución por parte de BMN.

    Conviene
    recordar que el proceso de adaptación del sistema de clasificación de oficinas
    debe garantizar tanto la percepción de las diferencias retributivas reguladas
    en el artículo 92 del Convenio Colectivo, como las expectativas de
    consolidación de nivel que hubiesen correspondido con el sistema de
    clasificación anterior.

    ESTAMOS CCOONTIGO


    Porque son muchas las
    razones, afíliate
    a
    CCOO

    Descargar comunicado en PDF

  • CCOO Servicios solicita a la CNMV que acelere las instrucciones para la implantación de la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (MIFID

    El sindicato denuncia que el sector está a la espera de que la CNMV se pronuncie en relación con las directrices para la evaluación de conocimientos y competencias de la profesión bancaria (MIFID II).


     

    Ante las noticias aparecidas en los medios de
    comunicación en relación con la campaña desarrollada desde la CNMV para testar
    la calidad de la información comercial que se facilita desde las entidades
    financieras, CCOO considera que las plantillas deben recibir una formación más
    práctica en el área del asesoramiento y planificación financiera.

    De las informaciones recogidas en prensa
    parece deducirse que algunas entidades del sector siguen sin entender que hay
    que corregir las malas prácticas de comercialización que generaron problemas en
    el pasado y siguen sin dar instrucciones concretas a la plantilla para que se
    asesore y comercialice de forma adecuada.

    La directiva Mifid II establece que las
    entidades financieras deben garantizar que el personal del sector financiero
    posea los conocimientos y competencias adecuadas para el cumplimiento de sus
    obligaciones. Esta pauta ha derivado en las Directrices para la evaluación de
    los conocimientos y competencias publicadas por ESMA en marzo de 2016 pero la
    CNMV, aunque publicó que se implementarían en España, hasta la fecha no se ha
    manifestado sobre cómo se llevará a cabo.

    Mientras tanto, las entidades han empezado
    procesos formativos en torno a la Directiva MIFID II a través de centros de
    formación y asociaciones certificadoras privadas, sin tener aún claro cuáles
    van a ser las líneas de trabajo en ese sentido. Por nuestra parte, hemos
    emplazado a las patronales de los tres convenios sectoriales (AEB, CECA, UNACC
    y ASEMECC) a abordar este asunto en las Comisiones Consultivas de los Convenios
    Colectivos vigentes, sin obtener respuesta hasta el momento dada la
    incertidumbre normativa.

    En vista al contenido de los programas
    formativos que hay en marcha, desde CCOO, entendemos que se están equivocando
    al querer implantar unos niveles formativos con un temario muy
    técnico (formación que la gran mayoría de las plantillas tienen al estar en
    posesión de titulaciones universitarias en áreas de economía) en lugar de ser
    una formación más prácticas basada en: 

    1. Técnicas de asesoramiento y planificación
    financiera

    2. Teoría y aplicación práctica de la
    Directiva MIFID II

    3. Implicaciones jurídicas y fiscales.

    4. Riesgos de los productos de pasivo y
    activo.

    5. Deontología de la profesión bancaria.

    Y el sindicato avisa que la implantación de
    la directiva MIFID no puede ser la excusa para aumentar la presión de trabajo y
    jornada a las plantillas; no puede suponer riesgo alguno para el empleo por
    incapacidad profesional sobrevenida; no debe ser el burladero en el que las empresas
    deriven toda la responsabilidad a los y las profesionales; y, por último,
    recordamos que desde CCOO llevamos más de dos años defendiendo la implantación
    del Código Deontológico para Bancarias/Bancarios. Un código específico para las
    y los profesionales del sector y común para todas las entidades, que
    salvaguarde la ?objeción de conciencia? si se decide no comercializar
    determinados productos entre determinados clientes por mucha presión que haya
    de objetivos comerciales.

    Algunas de estas consideraciones fueron
    recogidas en algunos convenios colectivos del sector financiero.

  • Manifiesto de apoyo a la Huelga Mundial de Becarios

     La función de las becas o prácticas no laborales debe ser completar
    la formación teórica del alumnado con la formación práctica que -con una adecuada tutorización- pueda ser adquirida en los centros
    de trabajo. Sin embargo, en países como España, esta figura encubre
    con demasiada frecuencia relaciones laborales; es utilizada por
    empresas e instituciones para sustituir a trabajadores con derechos
    por estudiantes desprotegidos; y es presentada a personas ya
    tituladas como un peaje necesario para insertarse en el mercado
    laboral, muchas veces incluso sin contraprestación económica ni
    ayudas capaces siquiera de impedir que la propia beca acabe costando
    dinero a quien la desarrolla.

     La figura de la práctica no laboral se ha convertido, en definitiva,
    en un inmenso contenedor de abusos, fraude y explotación, no solo de
    estudiantes sino de quienes por su formación o por su desempeño
    profesional deberían contar con un contrato de trabajo.

    Para abordar este problema, se hace necesario en primer lugar
    distinguir las prácticas curriculares de las extracurriculares. Si
    las primeras son obligatorias en la medida en que forman parte del
    plan de estudios de aquellas personas que cursan determinadas
    titulaciones, con objeto de completar y mejorar su formación, las
    segundas constituyen una figura más vinculada a la transición hacia
    el empleo de quienes aún carecen de cierta experiencia laboral.

    En este sentido, resulta comprensible la función de las prácticas
    curriculares, pero también la exigencia de la elaboración de un
    marco regulatorio que garantice su calidad, su carácter
    estrictamente formativo y la existencia de una contraprestación
    económica suficiente.

    Sin embargo, la naturaleza de las becas extracurriculares parece más
    que cuestionable. En España ya existen modalidades contractuales
    dentro del marco laboral dirigidas precisamente a facilitar la
    transición al mundo del trabajo, enfocadas bien a quienes disponen
    de cualificación suficiente pero no de experiencia, bien a quienes
    carecen de una cualificación adecuada para acceder al mercado
    laboral. Estos contratos, además de ser ventajosos para las
    empresas, dotan a quienes realizan prácticas o siguen formándose de
    derechos fundamentales que las becas niegan, empezando por la
    cobertura del Estatuto de los Trabajadores. Es por ello que, si en el
    caso de las prácticas curriculares resulta necesario avanzar hacia
    la aprobación de un marco de calidad, en el caso del resto de becas
    lo que se hace exigible es su laboralización; es decir, la
    sustitución de las prácticas no laborales extracurriculares por
    contratos de trabajo, ya sean en prácticas o para la formación y el
    aprendizaje.

    Los abusos -legales o no- vinculados a las prácticas no laborales
    trascienden, no obstante, nuestras propias fronteras. Por esta razón,
    las organizaciones firmantes del presente manifiesto se suman a la
    Huelga Mundial de Becarios convocada para el próximo 20 de febrero
    por asociaciones, plataformas, movimientos estudiantiles y sindicatos
    de multitud de países. Asimismo, llaman a los poderes públicos, a
    los partidos políticos y al conjunto de la sociedad civil en España
    a un debate abierto para abordar con urgencia las reivindicaciones
    aquí expuestas.

    Afíliate a CCOO

    Foto: Global Intern Coalition

    Global Intern Coalition

  • La Evaluación evaluada

    El pasado 16 de febrero se llevó a cabo una reunión desde CCOO y el resto de fuerzas sindicales con los responsables de talento y formación del grupo banco popular, en la que nos explicaron el nuevo modelo de evaluación de competencias y desempeño.