Categoría: Ciberderechos

  • El TC da la razon a Comfia-CCOO al avalar el uso del correo electrónico de la empresa con fines sindicales

    La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia que
    avala el uso del correo electrónico de las empresas por los sindicatos
    al regular con unos parámetros similares a cualquier otra actividad
    sindical la utilización del correo electrónico en sus comunicaciones con
    los afiliados y trabajadores en general.

    El fallo de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, hecho público hoy, anula una sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, al entender que quedaba vulnerado el derecho del sindicato, en este caso CCOO, a la libertad sindical.


    Esta sentencia restituye el criterio defendido y avalado por Comfia-CCOO desde el primer momento al entender que la ley avala la comunicación entre el sindicato y sus afiliados y trabajadores en general independientemente del medio utilizado para ello.


    COMFIA-CCOO se felicita por el paso gigantesco que supone este pronunciamiento de la más alta instancia judicial al permitir, sin ningún género de dudas, el uso sindical de las nuevas tecnologías en la actividad sindical en el seno de las empresas.



    También valoramos que haya sido el Tribunal Constitucional quien se haya pronunciado ya que la proyección será hacia todos los sectores productivos.



    Por la importancia de la sentencia debe ser la Confederación Sindical de CCOO la que deba recoger el planteamiento y hacerlo extensivo a todos los ámbitos de la negociación colectiva.



    Este fallo pone fin a un conflicto colectivo que se inició hace unos cinco años y que contó con un primer pronunciamiento de la Audiencia Nacional favorable al sindicato, posteriormente el Tribunal Supremo dio la razón a la empresa y ahora es el Tribunal Constitucional quien zanja el tema al dar la razón al sindicato.



    Las condiciones que establece el Tribunal Constitucional y que son similares a las establecidas para el resto de la actividad sindical son las siguientes:



    1. La comunicación no podrá perturbar la actividad normal de la empresa.



    2. Tratándose del empleo de un medio de comunicación electrónico, creado como herramienta de producción, no podrá perjudicarse el uso específico empresarial preordenado para el mismo.



    3. No teniendo fundamento el derecho de una carga empresarial expresamente prescrita en el Ordenamiento, la utilización del instrumento empresarial no podrá ocasionar gravámenes adicionales para el empleador, significativamente la asunción de mayores costes.




    Secretaría de comunicación de COMFIA-CCOO



    Consultar texto de la sentencia





    ¡Afiliate a CC.OO.!



  • Los estafadores pescan en la Red en Banca por Internet

    Comfia-CCOO denuncia que el cliente se encuentra desprotegido ante estas situaciones. En los contratos que disciplinan el servicio bancario online, los bancos no asumen responsabilidades ante la posibilidad de estafas, al contrario de lo que pasa en el caso de las tarjetas de crédito.

    Estimado cliente, debido a los intentos de estafa que se han producido
    en los últimos días necesitamos confirmar los datos de su cuenta.
    Pinche en el enlace y confírmelos en 24 horas, o nos veremos obligados
    a bloquear la cuenta para su protección».

    Así suele empezar la estafa. Un cliente de una entidad bancaria recibe
    un correo electrónico con el que se le solicita su clave de usuario; el
    correo -que a veces reproduce con engañosa precisión el logo y el estilo del banco- reenvía el cliente que pica
    a una página pirata; los datos tecleados en esa página quedan grabados,
    a disposición del estafador, que los utilizará para aligerar la cuenta
    de la víctima a través de transferencias.

    La práctica se llama phishing, definición que es el acrónimo de la p de password (clave), de la h de harvest (cosecha) y de la palabra inglesa fishing
    (pesca). No se trata de una novedad. El problema es que el fenómeno
    aumenta a un ritmo considerable y, sobre todo, vive una constante
    metamorfosis que dificulta la defensa. Así que si, por un lado, a
    finales de 2004 se habían alcanzado en la Red los 4,5 millones de
    correos trampa a diario, por otro se desarrollan variantes del phishing cada vez más sutiles.

    «Entre las variantes en circulación, quizá la más peligrosa sea el pharming, una especie de virus que se coge, por ejemplo, abriendo archivos infectados. El pharming
    hace que el usuario, cuando teclea la dirección de su banco, sea
    automáticamente dirigido a una página duplicada, en vez de a la
    oficial», cuenta un capitán del Grupo de Investigación de Delitos
    Telemáticos de la Guardia Civil.

    Seguro de estar en la protegida web
    de su banco, el usuario teclea sus datos directamente en las garras del
    estafador. Una técnica sutil que podría elevar el porcentaje de
    intentos de estafa exitosos. De momento, la cifra se sitúa en uno de
    cada 30.000, según asociaciones de usuarios. Uno de cada 100.000, según
    fuentes policiales.

    «Es difícil dar datos exactos, ya que estamos convencidos de que la
    mayoría de los afectados no denuncia la estafa, por vergüenza o por no
    meterse en líos para recuperar cifras a veces poco significativas»,
    coinciden el capitán del Grupo y la inspectora jefe adscrita a la
    Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía (BIT).

    Los dos equipos, juntos, desmantelaron hace 15 días una red sospechosa
    de haber estafado en Internet varios millones de euros. Entre los 15
    detenidos figuraba el español más buscado por ese tipo de delitos, un
    joven de 23 años con una quincena de órdenes de detención sobre su
    cabeza.

    Una plaga extendida

    «Detectamos los primeros casos de phishing
    en la primavera de 2003″, cuenta la inspectora de la BIT. Desde
    entonces, casi todas las grandes entidades bancarias han sido afectadas
    y han empezado a informar adecuadamente a sus clientes sobre la
    amenaza. Pero la evolución de las técnicas de estafa hace que no sólo
    los usuarios inexpertos o desinformados caigan en las redes tendidas
    por los delincuentes.

    «Yo me considero un usuario avanzado, nunca ni yo ni mi mujer
    contestamos a correos basura, pero hace un mes nos encontramos con unos
    7.000 euros desaparecidos de nuestra cuenta», relata Alberto Isern,
    cliente de Banesto.

    «En cuanto nos enteramos, llamamos al banco», prosigue Isern. «El
    dinero había sido transferido con dos transacciones y ya no se podía
    recuperar. Hice inmediatamente denuncia, anulé nuestras claves, y
    pregunté al banco si asumía algún tipo de responsabilidad. Se me
    contestó rotundamente que no. Además, ante mi voluntad de entender cómo
    se pudo acceder a mi cuenta, tampoco se me contestó de forma clara».

    Al respecto, un portavoz de Banesto señala que «se está todavía
    investigando el caso, y que la decisión definitiva no está tomada. De
    todas formas, nuestros sistemas de seguridad informática están a la
    vanguardia, y desde hace tiempo se informa adecuadamente a los clientes
    sobre los riesgos del phishing.
    En general, no puede ser responsabilidad del banco el descuido de los
    usuarios en la protección de sus ordenadores». Argumentos, éstos, que
    repiten todos los bancos contactados. Pero, ¿hacen de verdad los bancos
    todo lo posible para evitar que los estafadores accedan a las cuentas?
    ¿Dónde acaba la imprudencia del usuario y dónde empieza la negligencia
    del banco?

    Las asociaciones de consumidores argumentan que las entidades bancarias
    podrían hacer más. El sencillo envío de un SMS después de cada
    transacción, por ejemplo, podría impedir muchas estafas. El cliente se
    enteraría enseguida de un movimiento fraudulento, y podría bloquearlo.

    «El problema es que no hay exigencias legales que obliguen a las
    entidades bancarias a desarrollar al máximo los sistemas de seguridad.
    Entonces, algunas trabajan bastante el tema, otras no», señala Carlos
    Hernández, letrado de la Asociación de Usuarios de Bancos. Un estudio
    de la consultora Hispasec del pasado mes de mayo señalaba, por ejemplo,
    que de los 50 sitios web de entidades bancarias españolas analizados, al menos seis eran susceptibles de sufrir un ataque de cross-site-scripting, una variante del phishing.

    «Y si la información o la prevención son insuficientes, entonces surge
    la responsabilidad de los bancos y la consecuente obligación de
    indemnizar a los estafados», deduce Hernández.

    COMFIA, la sección servicios financieros y administrativos de CC OO,
    denuncia, a través de su portavoz Francisco González, que «el cliente
    se encuentra desprotegido ante estas situaciones. En los contratos que
    disciplinan el servicio bancario online,
    los bancos no asumen responsabilidades ante la posibilidad de estafas,
    al contrario de lo que pasa en el caso de las tarjetas de crédito.
    Entonces pedimos que se regule esta materia y que se establezca un
    régimen que proteja más a los usuarios».

    La indemnización
    Todos los bancos contactados indican que se decide «caso por caso».
    Isern, para resolver el suyo, contactó con la asociación de
    consumidores ADICAE. «Me explicaron que, pasados dos meses desde la
    reclamación, si el banco sigue denegando la indemnización, se puede
    reclamar al Banco de España», afirma. El Comisionado para la Defensa
    del Cliente del Banco de España contesta en el plazo de seis meses y
    suele dar la razón al usuario. A pesar de que su decisión no sea
    vinculante, los bancos suelen respetarla. En caso contrario, quedan los
    tribunales.

    Más allá de las críticas, está claro que las entidades bancarias tienen
    todo el interés en controlar el fenómeno y en que no se genere
    desconfianza con respecto a los servicios online,
    que permiten liberar al personal de un amplio número de gestiones. Por
    eso, en España se constituyó, en diciembre de 2004, un Comité de
    Coordinación Interbancario, un foro que sirve como punto de encuentro y
    diálogo. Y, en el ámbito internacional, es operativo el Anti-Phishing
    Working Group, organización que agrupa a unas 800 compañías.

    «Incluso si las víctimas no son tus clientes, la estafa de por sí
    genera desconfianza en el canal», explica José Antonio Castro, director
    de seguridad corporativa del Banco Santander Central Hispano. «Por eso
    el interés general es no sólo defender a tus clientes, sino que todo el
    sistema esté bien protegido».Sin embargo, a pesar de que todos -bancos
    y usuarios- converjan alrededor de ese mismo interés, la dialéctica
    entre las partes está abierta y viva. Mientras, los pescadores siguen lanzando anzuelos.

    Mecanismos de defensa

    ÉSTOS SON LOS PRINCIPALES consejos
    ofrecidos por la Federal Trade Commission de EE UU y la Organización de
    Consumidores y Usuarios (OCU) respecto a la protección ante el phishing:

    – Si recibe un mensaje o le aparece una ventana pidiéndole sus datos, no conteste y no pinche en el enlace. Las entidades bancarias nunca piden ese tipo de información a través del correo electrónico.


    Evite acceder a su banco desde ordenadores públicos: puede que alguien
    haya instalado sistemas para capturar sus datos claves. Si no tiene más
    remedio que hacerlo, cambie sus claves desde un ordenador seguro lo
    antes que pueda.

    – Compruebe que navega a través de una página
    segura: fíjese en que la dirección comience por https,en vez de http, y
    que aparezca en la parte inferior derecha del navegador un candado
    amarillo.

    – Tenga su navegador actualizado, con todos los protocolos de seguridad en regla y buenos antivirus y cortafuegos instalados.


    Puede pedir a su entidad bancaria que establezca un importe máximo
    diario para transferencia a otras cuentas cuando opere en cualquier
    modalidad de banca a distancia.

    – Tenga cuidado en abrir adjuntos o en descargar archivos recibidos por correo: podrían contener virus.

    http://www.elpais.es

  • La propuesta de directiva sobre patentes de software, a la basura

    CCOO y las asociaciones que colaboran con ella en el ámbito nacional y europeo aplauden esta valiente decisión del Parlamento, y agradecen su postura a los europarlamentarios que más han defendido los límites claros a la patentabilidad del software.

    l pleno del Parlamento Europeo ha rechazado esta mañana la propuesta de directiva sobre patentes de software. La propuesta, apoyada por la Comisión Europea y el Consejo Europeo, se discutía en el Parlamento por segunda vez. En la primera ocasión, el Parlamento aprobó un buen número de enmiendas que definían un límite claro a lo patentable, dejando fuera los programas de ordenador. Sin embargo, esta decisión fue completamente ninguneada por la Comisión y el Consejo, que continuaron con su propuesta que, de haber sido aceptada, habría legalizado las patentes de software, sin hacerle ningún cambio significativo.

    El Parlamento Europeo ya pidió hace unos meses, tras votación en la Comisión Jurídica, que la propuesta de directiva fuera retirada y, en su caso, vuelta a plantear en términos más cercanos a la postura del Parlamento. Con la votación de esta mañana el Parlamento se reafirma en esta posición, enviando una clara señal al Consejo y a la Comisión de que no va a aceptar nuevas propuestas que amplíen el ámbito de lo patentable.

    Fuentes cercanas a varios grupos políticos en el Parlamento Europeo han comentado que el rechazo a la directiva ha sido tan mayoritario porque los eurodiputados que apoyaban la patentabilidad del software decidieron votar a favor del rechazo por miedo a que se aprobaran 21 enmiendas, apoyadas por muchos eurodiputados de todos los grupos, que habrían supuesto una clarificación incluso mayor de la situación, dejando el software de forma completamente clara fuera de lo patentable. Es notable reseñar que esta situación se ha producido en un ambiente de fuertes presiones sobre los eurodiputados por varias multinacionales, que han mostrado por todos los medios que han podido su postura en favor de la patentabilidad del software.

    La directiva ha quedado, en cualquier caso, completamente descartada, y cualquier nuevo intento de introducir las patentes de software sin una discusión amplia, completa y balanceada va a ser prácticamente imposible, ante el mensaje de la única institución de la Unión que elegimos directamente los ciudadanos europeos. De hecho, la decisión del Parlamento ha sido histórica: nunca antes se había rechazado una directiva en este momento del trámite y con un apoyo tan grande. Ahora la situación continua regida por el Convenio Europeo de Patentes, que en su artículo 52 especifica que los programas de ordenador no están en el ámbito de lo patentable.

    CCOO y las asociaciones que colaboran con ella en el ámbito nacional y europeo aplauden esta valiente decisión del Parlamento, y agradecen su postura a los europarlamentarios que más han defendido los límites claros a la patentabilidad del software. También solicitan a todas las instancias con competencias en el tema, y en primer lugar a los gobiernos nacionales que firmaron el Convenio Europeo de Patentes que revisen las decisiones de la Oficina Europea de Patentes (OEP), que lleva años aprobando patentes de software en contra de lo que indica el mencionado tratado y muchas legislaciones nacionales. Estos gobiernos deben ahora ejercer las acciones oportunas para que se respete el mencionado Convenio, y este respeto quede reflejado en las normas que rigen el funcionamiento de la OEP.

    Referencias

    * Información en FFII
    http://swpat.ffii.org/log/05/ep0706/

    * El Parlamento Europeo pide retirada de la directiva
    http://kwiki.ffii.org/Restart050202En

    * Propuesta de la Presidencia
    http://swpat.ffii.org/papers/europarl0309/cons0401/

    * Latest software patent news
    http://kwiki.ffii.org/SwpatcninoEn

    * Ejemplos de patentes de software que habrían sido válidas
    http://swpat.ffii.org/patents/samples/index.en.html

    Proinnova , Hispalinux , ATI, Asociación de Internautas , CCOO

  • No a las patentes de Sotware en la Unión Europea

    Las Organizaciones, las Instituciones Públicas y los ciudadanos quieren mostrar el más firme apoyo a los europarlamentarios para que sigan manteniendo su independencia de criterio a pesar de las presiones, extorsiones y amenazas que las multinacionales de TIC están lanzando contra ellos.

    El Software es la base sobre la que se construyen todos los procesos industriales, comerciales y sociales de nuestro actual mundo y es lógico y comprensible que a las multinacionales les resulte apetecible que se apruebe una legislación que les permita obetener monopolios sobre ideas de negocio, informáticas o de procesamiento del conocimiento pero deben comprender que la sociedad europea se niegue a concederles tales privilegios en aras de su propio futuro.

    Es imprescindible que aquellos que representan a los ciudadanos europeos les protejan del poder que supondría tener el control absoluto sobre las matemáticas de este siglo y por tanto de todos los sectores productivos y para evitarlo deben aprobar las 21 ENMIENDAS DE COMPROMISO presentadas y no las enmiendas-trampa con las que se ha sembrado esta directiva que pasará a la historia por haber sido durante su tramitación un ejemplo de como NO se construye la Unión Europea y porque los ciudadanos desconfian de los procesos de toma de decisión de sus instituciones.

    Estamos pidiendo a nuestros representantes en el Parlamento Europeo que salven a Europa de las patentes de software apoyando las enmiendas de Buzek-Rocard-Duff.

  • CC.OO. cree que la responsabilidad por contenidos es de los autores y no del prestador de servicios

    El sindicato muestra su apoyo a la Asociación de Internautas que ha sido condenada a pagar 36.000 euros por «responsabilidad solidaria». Hace un llamamiento a la prudencia de todos

    La Secretaría de Comunicación de CC.OO. ha hecho público un comunicado en el que expresa su apoyo a la Asociación de Internautas, que ha sido condenada por el Juzgado de Primera Instancia a una sanción de 36.000 euros por “responsabilidad solidaria”. La doctrina apuntada por el fallo sostiene que los prestadores de servicios son responsables de los contenidos que circulan por sus servidores, contraviniendo así los esfuerzos de los legisladores europeos y nacionales por delimitar las responsabilidades de los prestadores de servicios y abrazando la tesis de las sociedades de derechos de autor, empeñadas desde hace tiermpo en responsabilizar al prestador de servicios de los contenidos de terceros.

    CC.OO. cree necesario, no obstante, extremar la prudencia y el respeto a los valores democráticos para evitar que los contenidos alojados en un prestador de servicios puedan vulnerar derechos y libertades. “El pleno ejercicio de la libertad de expresión ha de resultar compatible con todos los derechos democráticos”, dice CC.OO.

    En cualquier caso, CC.OO. considera un peligroso precedente el fallo condenatorio del Juzgado de Primera Instancia al cargar toda responsabilidad sobre los prestadores de servicios y asestar un duro golpe a los muchos foros, blogs, páginas personales… que son ya referencia de la información en red, y que corren serios riesgos si este fallo es ratificado por otros juzgados. El fallo es conscuencia de una iniciativa de la SGAE que arremetió contra la Asociación de Internautas por “publicar” los contenidos de la Plataforma de coordinación de movilizaciones contra el canon digital que se encontraban alojados en el servidor de la AI.

    CC.OO. quiere advertir, por último, que será necesario armonizar las doctrinas y los fallos judiciales para que se ajusten a lo establecido tanto en la legislación comunitaria como en la nacional que delimitan responsabilidades entre los prestadores de servicios y los autores de los contenidos, más allá del oportuno llamamiento a la prudencia de todas las partes.