Categoría: circulares

  • Firmado el Acuerdo Regulador

    Hoy martes, 31 de marzo, COMFIA-CC.OO. en DB OSI hemos firmado el Acuerdo que permite que la jornada laboral de las compañeras y compañeros afectos al Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Catalunya, se ajuste a lo especificado en el mismo en materia de jornada máxima anual y de duración del descanso semanal.
    En nuestra Circular del pasado 14 de noviembre, fijábamos nuestra posición respecto a ambas cuestiones. Concrétamente decíamos: «No nos parece correcto que la compensación económica sea la única forma de solventar el incumplimiento de lo establecido en un Convenio Colectivo. De igual modo, nos manifestamos contrarios a que el hecho de trabajar un cierto número de sábados al año, implique no descansar ininterrumpidamente durante 48 horas.
    Los excesos para todo el año 2009, para el personal con una jornada diaria de 8h o de 7h.30mn. de trabajo efectivo, nunca superan las 40 horas, lo que implica que las reducciones de jornada no serán espectaculares. A pesar del escaso margen de maniobra que nos permite esa cifra, propondremos que la reducción se concrete en la libre disposición de días de licencia y, dependiendo del área en la que se trabaje, en horarios reducidos en la época estival o en los viernes de ese tramo veraniego.

    Y respecto a los sábados trabajados, solicitaremos una sustancial reducción en su número y que, cuando realmente sea necesario trabajarlos, se compensen económicamente con cantidades similares a las que se cobran por trabajar en festivos, y librando el lunes inmediatamente posterior al sábado trabajado.
    Aspiramos a conseguir un acuerdo de largo alcance, que impida que durante los próximos años se produzcan excesos sobre la jornada máxima anual. Lo deseable es que nadie en DB OSI, cumpliendo con los horarios que se establezcan, trabaje más de 1.772 horas anuales.»

    Hoy podemos afirmar que lo especificado en el Acuerdo que hoy firmamos se ajusta a nuestras propuestas. Os adjuntamos el texto íntegro del mismo, os animamos a leerlo y os explicamos sus aspectos más relevantes:
    VIGENCIA:
    El Acuerdo tiene una vigencia de tres años, hasta el 31 de diciembre de 2011, prorrogándose tácitamente por periodos anuales. Dado que el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Catalunya también está vigente hasta esa misma fecha, no se va a producir disminución alguna en la jornada máxima anual en él establecida (1.772 horas anuales).

    JORNADA LABORAL:

    La jornada laboral diaria máxima será de 8 horas, de lunes a viernes. Dicha jornada incluye los 20 minutos de descanso, que tienen la consideración de tiempo de trabajo efectivo. Lógicamente al personal contratado para trabajar en fin de semana, o para realizar una jornada semanal distinta a la de lunes a viernes, no se le aplicará esa distribución semanal, pero sí le será de aplicación la limitación de las ocho horas diarias máximas de trabajo.

    DÍAS DE LICENCIA:

    Independientemente de los días de permiso que actualmente establece, o pueda establecer en el futuro, el Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Catalunya, en el Acuerdo se establecen hasta un máximo de cinco días de licencia a disfrutar en el año natural. El número de días de licencia dependerá únicamente de la duración de la jornada semanal, no influyendo en su cálculo la duración de la jornada diaria. Así pues, si trabajáis cinco días a la semana, os corresponderán cinco días de licencia al año; si trabajáis dos días semanales, tendréis dos días de licencia, etc… Siempre dispondréis de esos días de licencia, aunque cada día trabajéis 8, 6, 4… o las horas que sean. En el supuesto, hoy por hoy todavía improbable, de que una persona únicamente trabajara una hora durante un día a la semana, a esa persona le correspondería un día de licencia al año.
    Los días de licencia, que se pueden solicitar a partir de hoy, fecha de entrada en vigor del Acuerdo, no se podrán acumular para disfrutarlos en años posteriores, hay que «gastarlos» en el año. Se pueden añadir a las vacaciones y se pueden disfrutar en su totalidad, siempre salvando las necesidades del servicio, aunque no se haya completado el año de trabajo. Por ejemplo, en enero ya podéis haberlos disfrutado todos. En ese supuesto, si posteriormente, dentro del mismo año, causáis baja en la Empresa, el importe de los días de licencia disfrutados y que proporcionalmente no os correspondían, se os regularizará en el finiquito. Y de forma similar, si alguien se incorpora a DB OSI en el transcurso del año, el número de días de licencia que le corresponderán también será proporcional a los días que van desde la fecha de incorporación hasta el fin del año.
    Hemos de mencionar, en este punto, que hubo un momento en la negociación en el que cabía la posibilidad de que el personal del Área de Procesos, en lugar de los días de licencia, acortara la jornada laboral de todos los viernes del año. Recordaréis que realizamos una consulta, entre la mayoría del personal afectado, para sondear qué opción era la preferida. El resultado no ofrecía lugar a dudas ya que la inmensa mayoría se inclinó por el disfrute de los días de licencia.

    NÚMERO DE SÁBADOS A TRABAJAR EN EL AÑO:

    Excepto el personal que ya haya sido específicamente contratado para trabajar en sábado, por ejemplo, el personal que trabaja en fin de semana o personal con un contrato que ya incluye el sábado en su jornada semanal, el resto de personal del Área de Banca Telefónica no podrá trabajar más de nueve sábados al año.

    La asignación de los sábados a trabajar deberá ser equitativa y utilizando criterios uniformes. Los firmantes del Acuerdo velaremos para que esto sea así ya que la Empresa deberá facilitarnos, semestralmente, todos los datos referidos a los sábados trabajados, es decir, quién los trabaja y cuántos trabaja.

    Ya que la jornada semanal ha de tener un descanso ininterrumpido de 48 horas, cuando alguien trabaje en sábado deberá librar, obligatoriamente, el lunes inmediato posterior al sábado trabajado. Si ese lunes fuera festivo, librará el día laborable siguiente. Si en ese lunes iniciara un periodo de vacaciones, el día de libranza se disfrutará al inicio de las mismas, no al final. Y, salvo que lo solicite el interesado o interesada, la Empresa no podrá asignar para que se trabaje el sábado anterior al inicio de un periodo de vacaciones.

    Por cada sábado trabajado, desde el primero hasta el noveno, recibiréis una compensación económica cuyos importes brutos, para este año 2009 y para una jornada de 8 horas, son los siguientes:

    Sábado considerado festivo no significativo: 155,37 Eur.
    Sábado considerado festivo «significativo»: 194,20 Eur.

    Los festivos significativos son los que figuran relacionados en el Acuerdo, el resto de sábados trabajados, absolutamente todos, caigan en festivo o no, se pagarán a 155,37 Eur. cada uno de ellos. Así pues, quien trabaje 8 horas durante cada uno de los nueve sábados que permite el Acuerdo cobrará, por ese concepto, un total de 1.398,33 Eur. brutos anuales. Eso como mínimo ya que si uno de esos sábados trabajados coincidiera con algún festivo significativo, cobraría algo más. Los importes de esas compensaciones económicas se incrementarán cada año en el mismo porcentaje de incremento que experimente el Convenio Colectivo.

    La limitación en el número de sábados a trabajar tiene efectos desde el uno de enero de 2009, es decir, que si en lo que va de año ya habéis trabajado, por ejemplo, cuatro sábados, únicamente os pueden asignar para trabajar, en lo que queda de 2009, cinco sábados más. También deberéis cobrar los atrasos correspondientes a las compensaciones económicas por trabajar esos cuatro sábados e, igualmente, deberéis librar, antes de que finalice este año y previo acuerdo con la Empresa, los cuatro lunes correspondientes a dichos sábados.

    Hasta aquí la explicación de los contenidos del Acuerdo. No es, ni muchísimo menos, el primer Acuerdo que COMFIA-CC.OO. firma con Deutsche Bank o con DB OSI, ni será el último. Esa experiencia y ese convencimiento nos ha llevado a una negociación, seguramente mucho más dilatada de lo deseable, pero que finalmente ha dado los frutos deseados. Por todo ello, porque consideramos que el Acuerdo aporta soluciones satisfactorias a los problemas de adaptación a la jornada establecida en Convenio que, históricamente, se han venido arrastrando en DB OSI, y porque estamos convencidos de que el diálogo y la negociación son las vías idóneas para llegar a esas soluciones, COMFIA-CC.OO. estampamos hoy nuestra firma en el Acuerdo. Y celebramos, por descontado, que U.G.T. también lo haga.

    Quedamos a vuestra disposición para cualquier consulta o aclaración que preciséis.

    Recibid un cordial saludo.

  • Firmadas las nuevas tablas salariales para 2009

    El pasado dia 2 de marzo la Comisión Paritaria del conveni de oficinas y despachos de Catalunya firmamos las tablas salariales para el año 2009. Este pacto, supone un incremento del IPC previsto por el gobierno, es decir, un 2% sobre las tablas salariales.
    Estos importes serán de aplicación en cuanto estén publicados en el DOG.

    TABLAS SALARIALES 2009 CONVENIO DE OODD (PDF)

  • Teleoperador: un trabajo considerado poco peligroso que genera graves riesgos

    En DB OSI una parte muy importante de compañeras y compañeros realizan funciones de atención telefónica, por ello hemos considerado interesante reproducir el presente artículo, publicado en una revista especializada en asuntos de prevención de riesgos laborales.
    «Un teleoperador tipo es una persona que pasa la mayor parte de su jornada laboral en una gran sala llena de puestos de trabajo con ordenador, sentado delante de uno de ellos, del que recibe y en el que introduce información, con un auricular y un micrófono colgado de la oreja a través de los cuales gestiona llamadas telefónicas. Puede llegar a atender más de cien llamadas en una jornada de trabajo. Trabaja en turnos de mañana, tarde y noche, con una muy escasa variación de tareas.

    A un teleoperador se le exige ser una persona resistente a la presión, orientada al éxito, capaz de captar los sentimientos y necesidades de otros, de reacciones rápidas, capaz de manejar mucha información, con un vocabulario amplio, capaz de enfrentarse a clientes muy diferentes y manejar exigencias emocionales.

    Pese a la consideración general de trabajo «no peligroso», se trata de una ocupación que genera graves riesgos para la salud de los trabajadores. Como señala un estudio encargado por la Inspección de Trabajo británica (HSE) a la Universidad de Sheffield, «trabajar como teleoperador es más estresante que otros trabajos como secretariado, técnico de mantenimiento, auxiliares o trabajadores manuales. El nivel de estrés varía según características como la dimensión del centro de trabajo, el tipo de centro (telefonía, financiero), el tipo de contrato y el nivel de control que la empresa ejerce sobre el trabajo realizado. También es más estresante cuando el teleoperador no puede hacer uso de sus capacidades, tiene más carga de trabajo, no tiene claridad sobre lo que tiene que hacer y tiene exigencias contradictorias.»

    Los aspectos que más insatisfacción generan en los teleoperadores, según algunos estudios son: la temperatura, la calidad del aire, las corrientes de aire, la ventilación, los reflejos y deslumbramientos en la pantalla, el ruido ambiente, la falta de limpieza del puesto de trabajo y la falta de espacio para dejar los efectos personales.

    Uno de los riesgos laborales más descrito es el ruido. Un estudio del Instituto francés de Investigación y Seguridad (INRS) mostraba que muchos de los «Headsets», que son los sistemas de audio que utilizan, generaban un nivel de ruido por encima de los 85 decibelios. Los niveles de ruido ambiental de estos centros de trabajo, por lo general por encima de los 52 decibelios, hacen que los trabajadores tengan que elevar el nivel de sus audífonos para poder entender adecuadamente a quien les habla. El riesgo biológico también está presente en el ambiente sobre todo por el uso de aire acondicionado y por el hecho de que se comparten los audífonos.

    Los elementos del puesto de trabajo (sillas, mesas, pantalla, etc.), no siempre están en las mejores condiciones y no suelen permitir los ajustes necesarios para adecuarse a las diferentes medidas de los usuarios. Unas condiciones no confortables pueden obligar a la adopción de posturas muy penosas, dada la escasa movilidad que permite este tipo de trabajo. El simple hecho de tener que permanecer sentado durante horas conlleva una importante carga muscular por el mantenimiento de la postura estática erguida de manera prolongada.

    Para muchos teleoperadores la experiencia diaria es un trabajo repetitivo, intensivo y con frecuencia estresante. El teleoperador tiene que interactuar de forma simultánea con el cliente, el ordenador y el sistema telefónico que distribuye automáticamente las llamadas. Se le controla la amplitud de las llamadas, el tiempo entre llamadas, el tiempo en el que está conectado o desconectado del sistema e, incluso, el contenido de las llamadas.

    Resultado de ello es la presión de tiempos y la acumulación de exigencias emocionales y cognitivas durante la mayor parte de la jornada laboral. El trabajo con ordenadores exige mucha atención y memoria. Un trabajo de ciclos cortos con aplicación de la capacidad receptiva se considera un trabajo muy exigente, tanto física como mentalmente.

    Este tipo de exigencias psicológicas generan situaciones de estrés, frente a las cuales el organismo reacciona con una respuesta «alostática». La «alostasis» es la capacidad de mantener la estabilidad a través del cambio, concepto que describe cómo el sistema cardiovascular y otros sistemas de nuestro organismo se ajustan a los estados de actividad y de inactividad. Cuando el sistema es forzado a adaptarse a situaciones tanto psicosociales como físicas adversas de forma continuada, se encuentra hiperactivo, pierde su regulación y se produce la «carga alostática», que conduce a las conocidas manifestaciones y enfermedades derivadas del estrés, como determinados trastornos osteomusculares y enfermedades cardiovasculares.

    Completan este panorama de estrés laboral la falta de control sobre la propia tarea debido a las estrictas pautas de trabajo y controles a los que se ve sometido el trabajador, así como al escaso apoyo que reciben del supervisor y de los compañeros de trabajo.

    Se han observado elevadas tasas de molestias osteomusculares que afectan a miembros superiores en los trabajadores de «call centers». En algunos estudios, hasta un 57% de los hombres y un 72% de las mujeres han llegado a referir molestias en cuello y hombros, tasas muy superiores a las de la población en general. Estas molestias se han relacionado tanto con la exposición a factores de riesgo ergonómicos (uso intensivo del ratón y del teclado, o malas posturas), como con factores psicosociales (altas exigencias psicológicas y escaso control sobre la tarea). Otras molestias referidas con frecuencia son los dolores de espalda, dorsal y lumbar, y de rodillas.

    Los trabajadores refieren, también, molestias de garganta, afonías y cambios de la voz, así como molestias relacionadas con la actividad visual intensa: dolor de cabeza, irritación y sequedad ocular, fatiga visual y mareos. Muchos trabajadores experimentan también molestias en los oídos como zumbidos, pérdida auditiva temporal y dolor».

    Los delegados de COMFIA CCOO en DB OSI vamos a solicitar que se tengan en cuenta todos estos riesgos en la próxima evaluación que va a efectuarse en el mes de Abril. Mientras, solicitamos a la Dirección de la Empresa que estudie las medidas correctoras para evitarlos.

    Revista «Por Experiencia» – ISTAS – Prevention World

    Recibid un cordial saludo.

  • Apunts sobre el nou Conveni d’Oficines i Despatxos de Catalunya

    Ha valgut la pena esperar gairebé un any de negociacions, ja que hem assolit un conveni força millorat respecte a l’anterior, acostant-nos molt a la principal reivindicació que ens marcàvem a CCOO: cap salari per sota de 1.000 euros. Desapareix també l’antic sistema de classificació professional i tenim importants millores en l’apartat de permisos, tot plegat fruit del bon treball de la comissió negociadora, i de la participació de molts delegats/des i afiliats/des sense el suport dels quals no hagués estat possible cap millora.

    Mitjana d’increments salarials de més del 6%

    Per començar, hem de tenir en compte que la durada del conveni serà de 4 anys, és a dir, fins al 2011. Tenint en compte que iniciem una nova taula salarial per al 2008, amb una mitjana d’increments de més del 6%, al final de la vigència del conveni ens haurem acostat molt al objectiu de que ningú estigui per sota dels 1.000 euros. Per tant, el primer que s’ha de fer és comparar la taula salarial pel 2008 amb les nòmines de tot l’any, ja que en cas de trobar-se cobrant la taula salarial i prou, la quantitat d?endarreriments a rebre pot ser molt important. Per al 2009 i 2010 mantindrem el poder, i afegim un 0,25% més per al 2011. Hi ha una pujada també del percentatge del plus nocturn al 50% del valor de la hora ordinària, i introduïm un nou plus festiu, destacant especialment els festius anomenats especials (25 de desembre, 1 i 6 de gener).

    Nova classificació professional

    Passem a substituir l’anterior sistema, obsolet i que no reflectia la realitat del sector, de categories professionals, per un altre amb grups i nivells. És, per tant, molt important que tothom consulti la taula d’equivalències que hi ha al conveni per tal de comprovar quin grup i nivell li correspon. Hem creat una comissió de treball formada per representants de CCOO, d’UGT, i de les patronals signants, que, durant la vigència del conveni, treballi per tal d’interpretar qualsevol problema que pugui sorgir sobre la implantació d?aquest nou sistema.
    Hores de permís per visita mèdica

    Donem resposta també a una de les principals preocupacions que molts ens heu adreçat: la possibilitat de tenir hores de permís per visita mèdica, que hem xifrat per començar en 12 hores anuals. Cal dir que aquest permís també és extensiu a l’acompanyament de pares o fills. És important especificar que aquest permís té un caràcter de mínims, és a dir, es pot gaudir de més hores sense limitació si dintre de cada centre de treball es pacta entre representants dels treballadors i empresa.

    Les millores de la Llei d’Igualtat

    Hem recollit totes les millores aparegudes a la Llei d’Igualtat per tal que tothom pugi identificar ràpidament quins son els seus drets i no deixar-ho a la discussió o negociació entre les parts. A més, introduïm la possibilitat d’acumulació del permís de lactància en 14 dies laborables, com a dret innegociable, i un permís sense sou per un màxim d’un mes l’any, tampoc negociable.

    És important destacar, així mateix, la introducció del Tribunal Laboral de Catalunya, no com a ens mediador si no com a possibilitat real de solució arbitral en cas de desacords en matèria de jornada laboral i vacances.
    Ciberdrets sindicals

    També introduïm la regulació de la utilització dels mitjans telemàtics dintre l’empresa, així com la utilització del correu electrònic per a les activitats sindicals, dret que ja no se’ns pot discutir de cap manera.

    4,5 dies d’excés de jornada per al 2009

    Per finalitzar, aprofitem l’avinentesa per tal de reiterar el de cada any, molta cura amb l’excés de jornada: en jornada completa, descomptant vacances, festius, dissabtes i diumenges, aquest any surten 4,5 dies (36 hores) d’excés de jornada si no es compensa de cap altra manera. que aquest any, com a conseqüència de la negociació del Conveni, continuem tenint 23 dies laborables de vacances, que aquest dia de més que es va aconseguir no és intercanviable per hores de descans, i que totes les empreses estan obligades a facilitar el calendari laboral perquè no passi el de sempre: que arriba final d’any i no sabem si devem hores o ens en deuen.

    «Són els teus drets, fes-los valer!»

    Us demanem que, donada la transcendència de tots aquests conceptes, tingueu especial cura en l’aplicació de les vostres condicions de treball i que, per qualsevol dubte, poseu-vos en contacte amb nosaltres als telèfons de la Federació. Novament reiterem que seguim comptant amb la participació de delegats/des i afiliats/des amb l’objectiu de continuar millorant las condicions de treball.

    Afegim una taula comparativa amb els salaris a 31.12.2007, la taula salarial del 2008, l’equivalència de les categories amb els seus grups i nivells corresponents, i el percentatge d’augment que hi ha hagut, categoria per categoria i grup a grup.

    Barcelona, desembre de 2008
    La teva millor garantia: afiliar-te!

    CONVENI D’OODD 2008-2011 en castellà (PDF 1,8 MB)

    Comunicat «Apunts del Conveni, més la taula salarial 2008 en pdf

  • Ja tenim signat el Conveni de Catalunya d?oficines i despatxos (2008-2011)

    Després de gairebé un any de negociacions, COMFIA-CCOO i Fes-UGT, per la part social, i Foment del Treball i Pimec, per la part empresarial, han signat el Conveni Col?lectiu de Catalunya d’Oficines i Despatxos, amb una vigència de 4 anys (2008-2011).
    La negociació ha estat llarga i al final ha valgut la pena ja que s’ha aconseguit establir les bases d’una major dignificació, alhora que modernització del sector, ja que desapareixen definitivament les categories professionals (herència de les velles ordenances laborals franquistes). D’aquesta manera, també s’obre la porta a un disseny de carrera professional pels treballadors i treballadores del sector.

    Les principals millores que es desprenen del conveni són:

    • Passi de categories professionals a grups professionals.
    • Nova taula salarial per al 2008, que es concreta en un increment mig del voltant d’un 6%.
    • Manteniment del poder adquisitiu per als anys 2009 i 2010, amb l’IPC previst i clàusula de garantia salarial.
    • PC previst més 0,25 amb clàusula de garantia salarial per al 2011.
    • Introducció d’un nou plus festiu, amb especial incidència en festius especials (Nadal, Cap d’Any i Reis).
    • Clarificació del procediment d’elaboració dels calendaris laborals, amb sotmetiment al TLC.
    • Inclusió de les millores a la Llei d’Igualtat.
    • Permís sense sou de fins un mes l’any, per adopció a l’estranger.
    • 12 hores l?any de permís retribuït per visita mèdica, incloent acompanyament de familiar directe.
    • Nova redacció en l’apartat de salut laboral.
    • Ciberdrets i us del correu electrònic.
    Properament enviarem informació més detallada afegint-hi la taula salarial del 2008.

    Per a més informació adreceu-vos a oficat@comfia.ccoo.es – Tel. 93 481 27 45 o a qualsevol dels nostres delegats.