Categoría: Comunicados

  • Cajas de Ahorro: El Convenio, a punto de publicarse

    El Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorros, firmado el 29 de diciembre de 2003, fue remitido el 2 de enero de 2004 a la Dirección General de Trabajo para su homologación y posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado. La Dirección General, que revisa el contenido de todos los convenios, ha tenido en esta ocasión más trabajo del habitual, pues por primera vez desde 1982 hemos enviado un texto refundido completo y no un acuerdo donde sólo se recogían las modificaciones de lo pactado en convenios anteriores y las disposiciones sobre algún aspecto no contemplado antes.

    El proceso, pues, ha sido más laborioso y ha motivado que el Convenio aún no se haya publicado en el B.O.E., situación que no es nueva: el Convenio 95-97 se firmó en diciembre de 1995 y no vio la luz oficial hasta el 8 de marzo de 1996, pues algunos de sus preceptos se relacionaban directamente con nuevas disposiciones legales y requirieron una revisión a fondo por parte de la D.G.T.

    En el caso que nos ocupa, el del Convenio 2003-2006, la causa fundamental del retraso ha sido la objeción de la autoridad laboral al acuerdo de acumulación del permiso por lactancia en días completos, a continuación de la baja por maternidad. La D.G.T. entiende que dicho acuerdo supone renunciar a un derecho legal del hijo o hija, así que no lo admite y nos pide su retirada del Convenio, si bien se compromete a cambiar de criterio si prosperase un recurso, actualmente en trámite en la Audiencia Nacional, sobre una cuestión similar contenida en otro convenio colectivo. Como consecuencia de ello, se modifica parte del artículo 38.f y desaparece la disposición transitoria 7ª.

    Con independencia de lo anterior, el acuerdo original sobre acumulación del permiso de lactancia se aplicará, en todas las cajas, a partir de la entrada en vigor del Convenio Colectivo, tal como se establecerá en un acuerdo sectorial suscrito por los firmantes del Convenio.

    Aparte de esta cuestión de fondo, la D.G.T. ha sugerido, y se han aceptado, algunas modificaciones prácticamente formales que mejoran la redacción hasta ahora vigente, y no revisada desde hace años, de algunos aspectos del Convenio. Por ejemplo: la inclusión en el texto de lo que era una decisión interpretativa consensuada entre las partes sobre jornada y horario en los contratos temporales (artículo 31.6); la desaparición de la referencia a la autoridad laboral allí donde la ley no la contempla (artículo 36.1); la concreción en el acceso a la excedencia por maternidad/paternidad (artículo 57.3) o la referencia legal de la objeción de conciencia (D.A. 10ª.2). Y así hasta una decena de variaciones de carácter técnico.

    A pesar del retraso formal, una gran mayoría de cajas han aplicado ya la revisión salarial y la de los préstamos, lo que nos parece una medida razonable y de sentido común. Hay que lamentar, sin embargo, que algunas no lo hayan hecho, provocando una espera y un malestar innecesarios entre las plantillas afectadas.

  • Primeros pasos para la aplicación de un Buen Acuerdo

    Varias semanas después de la firma del Acuerdo de Diciembre de 2003, por el que se cambió el sistema de pensión de los colectivos A, C y E pre-80, están empezando a llegar las cartas para la comprobación de datos personales, de los partícipes en activo, y prejubilados desde el 2000, de los citados colectivos.

    El BBVA ya ha puesto, el 30 de Enero, a disposición de la Gestora los 297 millones de €, resultado de la conversión en efectivo de la póliza que aseguraba el Plan, sin ninguna merma y con intereses, tal y como se recogía en la cláusula de garantía incluida en el Acuerdo.
    Dentro de unas semanas llegarán también las cartas a los partícipes de los colectivos B, D, E post-80, F, G, H, K, M, N, y P, para comprobar sus datos personales y calcular el importe individual de la aportación a recibir en Diciembre 2004 por la viudedad de pasivo que la vendemos y será disponible.

    Durante este periodo, CCOO hemos realizado bastantes asambleas, en centros y en nuestros locales, y constatamos que el Acuerdo, una vez conocido, está siendo valorado muy positivamente por los trabajadores afectados en general, y aún más por los prejubilados desde el 2000, que no tenían firmada la actualización salarial.

    Queremos recordar, la oportunidad del Acuerdo, sus ventajas, y la legitimidad de la representación (acción y efecto de representar; personas que representan a una colectividad…) sindical, así como las garantías con las que venimos trabajando:

    • Ganamos en derechos, flexibilidad e información. El fondo es de titularidad
      de cada trabajador, disponible y transmisible en caso de fallecimiento (ya
      los ha habido desde la firma). Están cubiertas todas las contingencias.
      Se dispondrá como cualquier Plan. Se accede a la información
      a través de bbvanet o Cajeros.
    • Ganamos los mínimos de Aportación inicial (2.163,64€)
      y de Aportación anual (540,91€), más el redondeo al alza
      de los % que resulten para cada partícipe, de un cuartillo (0,25%).
      Ej.: si sale 1’34 se aplicará el 1’50, si el 1’79, el 2’00, etc.
    • Ganan los Prejubilados, al actualizarse, para el cálculo, el salario
      al 31-12-03. Y a partir de aquí se incorporan al cálculo general
      para determinar su capital objetivo.
    • Ganan los participes con derecho a jubilación anticipada a los 60
      años, a los que hasta ahora se les venían calculando los derechos
      con la previsión de jubilación a los 63 años. Para la
      aportación extraordinaria que corresponda se instrumenta una Póliza
      de excesos, propiedad del titular y tan disponible como el Plan.
    • Ganan los colectivos C y E-Pre80 al revisarse el cálculo de los P.E.
      Los partícipes del E pre-80 (BGF), que tenían unos derechos
      pasados en una póliza externa al Plan y sólo disponible a la
      jubilación, incorporarán estos derechos a una Póliza
      de excesos del mismo tipo que los de jubilación anticipada a los 60
      años del A.
    • Ganamos una nueva aportación anual de 150.000 € al Plan para
      gastos de funcionamiento. Es una mejora para todos los colectivos porque incide
      en el valor de las participaciones que aumenta por menores gastos.
    • Nuestro actuario revisará todo el proceso, y CC.OO. nos estamos preparando
      para asesorar a los afiliados y partícipes que nos lo soliciten.

    Estos días están llegando a los colectivos A, C y E-pre 80 las cartas con un resumen del Acuerdo y la recogida de datos personales y profesionales, porque ahora hay posibles beneficiarios que antes no tenían derecho. Recomendamos cotejar bien los datos y contestar con rapidez. Ante cualquier duda podéis dirigiros a los delegados de CC.OO., a nuestros correos electrónicos o a la página web.

    A partir de Abril, una vez cerradas las cuentas del ejercicio 2003, y una vez aprobadas por la Comisión de Control del Plan, la actuaria realizará los cálculos para por una parte certificar los derechos consolidados al 31-12-03 (capital inicial del nuevo sistema), y por otra, hallar el capital objetivo y fijar el porcentaje de aportación que permitirá llegar al mismo. En un nuevo escrito, se comunicará, la Aportación Inicial y el Porcentaje que se aplicará mensualmente, una vez redondeado al 0’25, en las aportaciones futuras. En dicho escrito figurarán también los conceptos del salario pensionable utilizados en los cálculos y en el caso de los compañeros de BGF el importe individual procedente de la Póliza antes citada. Nuevamente aquí os pedimos respuestas rápidas y consultarnos todo lo que necesitéis.

    Con fecha 30 de Enero 2004, se ha transferido a la Gestora el importe de la conversión de la póliza de aseguramiento, junto con la rentabilidad pactada desde el 1 de Enero, lo que ha supuesto la entrada al Plan de un capital de 297.426.232,94 €. Cantidades que CCOO contrastaremos con nuestro actuario, y la distribución de las mismas entre todos los partícipes beneficiarios del Acuerdo de cambio de sistema.
    Además, se ha convocado ya una reunión de la Comisión de Control del Plan para el día 9 de marzo donde la Gestora nos va a informar de la política de inversiones, (la rentabilidad del Plan en 2003 es del 5,61%), y a la que llevaremos nuestra propuesta conocida de prudencia en las inversiones, compras escalonadas y entretanto trabajar con inversiones a corto en Repos o similares, y mantenimiento del porcentaje de renta variable en el 20%. También estamos en la tarea de incorporar lo antes posible la libre designación de beneficiarios para todos los Colectivos, y en la del nuevo redactado y homogeneización de las Especificaciones.

    Este es nuestro estilo, trabajo y rigor, información seria y acuerdos beneficiosos para toda la plantilla, defensa de la Negociación Colectiva, y donde se demuestra la capacidad de propuesta e iniciativa de CCOO.
    No podemos dejar de mencionar, porque también es nuestra obligación deshacer confusiones, que es el opuesto al de los compañeros de CGT: Porque el estilo de este sindicato viene siendo el de sembrar sistemáticamente la sospecha sobre el trabajo de los demás, pero no resuelven nada. Es más cuando han sido responsables únicos de alguna negociación, como la de ASI (Argentaria Sistemas Informáticos) a final de 2002, dejan a varios compañeros con Aportaciones 0,00 €, y sin mínimos de capital inicial ni de aportación anual, lo que hemos tenido que arreglar expresamente –los sindicatos “mayoritarios”- en el nuevo Acuerdo para que se les apliquen. No obstante, se quedan sin el redondeo en los porcentajes de aportación.

    Es responsabilidad de cada trabajador apoyar –con la afiliación- el sindicalismo útil y eficaz y poner en evidencia la credibilidad del habitual “sindicato no firmante”. No solo es este Acuerdo, en su política habitual no firmaron ni el Acuerdo de Horarios, (hoy no tendríamos los sábados uno de cada dos, ni pluses de horarios…).

    Aportamos soluciones, mejoramos tus derechos.

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  • EL CONVENIO, A PUNTO DE PUBLICARSE

    CONVENIO COLECTIVO 2003 CIRCULAR CONJUNTA Nº 4

    El Convenio Colectivo de las Cajas de Ahorros, firmado el 29 de diciembre de 2003, fue remitido el 2 de enero de 2004 a la Dirección General de Trabajo para su homologación y posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado.

    La Dirección General, que revisa el contenido de todos los convenios, ha tenido en esta ocasión más trabajo del habitual, pues por primera vez desde 1982 hemos enviado un texto refundido completo y no un acuerdo donde sólo se recogían las modificaciones de lo pactado en convenios anteriores y las disposiciones sobre algún aspecto no contemplado antes.

    El proceso, pues, ha sido más laborioso y ha motivado que el Convenio aún no se haya publicado en el B.O.E., situación que no es nueva: el Convenio 95-97 se firmó en diciembre de 1995 y no vio la luz oficial hasta el 8 de marzo de 1996, pues algunos de sus preceptos se relacionaban directamente con nuevas disposiciones legales y requirieron una revisión a fondo por parte de la D.G.T.

    En el caso que nos ocupa, el del Convenio 2003-2006, la causa fundamental del retraso ha sido la objeción de la autoridad laboral al acuerdo de acumulación del permiso por lactancia en días completos, a continuación de la baja por maternidad. La D.G.T. entiende que dicho acuerdo supone renunciar a un derecho legal del hijo o hija, así que no lo admite y nos pide su retirada del Convenio, si bien se compromete a cambiar de criterio si prosperase un recurso, actualmente en trámite en la Audiencia Nacional, sobre una cuestión similar contenida en otro convenio colectivo. Como consecuencia de ello, se modifica parte del artículo 38.f y desaparece la disposición transitoria 7ª.

    Con independencia de lo anterior, el acuerdo original sobre acumulación del permiso de lactancia se aplicará, en todas las cajas, a partir de la entrada en vigor del Convenio Colectivo, tal como se establecerá en un acuerdo sectorial suscrito por los firmantes del Convenio.

    Aparte de esta cuestión de fondo, la D.G.T. ha sugerido, y se han aceptado, algunas modificaciones prácticamente formales que mejoran la redacción hasta ahora vigente, y no revisada desde hace años, de algunos aspectos del Convenio. Por ejemplo: la inclusión en el texto de lo que era una decisión interpretativa consensuada entre las partes sobre jornada y horario en los contratos temporales (artículo 31.6); la desaparición de la referencia a la autoridad laboral allí donde la ley no la contempla (artículo 36.1); la concreción en el acceso a la excedencia por maternidad/paternidad (artículo 57.3) o la referencia legal de la objeción de conciencia (D.A. 10ª.2). Y así hasta una decena de variaciones de carácter técnico.

    A pesar del retraso formal, una gran mayoría de cajas han aplicado ya la revisión salarial y la de los préstamos, lo que nos parece una medida razonable y de sentido común. Hay que lamentar, sin embargo, que algunas no lo hayan hecho, provocando una espera y un malestar innecesarios entre las plantillas afectadas.

    Madrid, 26 de febrero de 2004.

  • El convenio de banca avanza hacia la igualdad de oportunidades

    26 02 04 Recordatorio sobre los temas de la igualdad de oportunidades y del acoso sexual que se han firmado en el convenio de banca recientemente. (PDF:Cast.)

    El convenio de banca avanza hacia la igualdad de oportunidades

    Desde COMFIA – CC.OO. hacemos una valoración muy positiva de lo acordado en esta materia en el nuevo Convenio de Banca, por dos razones: por el avance conseguido en Igualdad de Oportunidades y porque consideramos que se ha abierto una puerta para la consecución de nuevos logros en la futura negociación del siguiente Convenio Colectivo, en 2005. Se han llevado a la Mesa de Negociación temas tan importantes para todos como el acoso sexual y la conciliación de la vida familiar y laboral, dándoles la suficiente importancia como para conseguir, a diferencia de años anteriores, que se recojan en el Convenio del Sector. En este Convenio se han conseguido dos logros muy importantes: 1. ACTUALIZACIÓN DEL ARTICULADO DEL CONVENIO A LA LEY DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL. Puede parecer a simple vista que lo que ya recoge la Ley no es tanto avance recogerlo en el Convenio, pero nada más lejos de la realidad. Nunca se exigen ante la empresa los derechos que no se conocen. Los trabajadores y trabajadoras de nuestro sector acuden al Convenio para saber qué derechos les asisten y cómo ejercitarlos, cuando se plantean una reducción de jornada, una excedencia, o cómo disfrutar de la baja maternal. Lo que no se ve recogido en el Convenio, es más difícil conocerlo, sobre todo en temas legislados tan recientemente. En este nuevo Convenio se parte de una Declaración de Principios: “Las empresas en la organización del trabajo tendrán en cuenta la ley de Conciliación de la vida familiar y laboral.” A lo ya recogido en el anterior Convenio se han añadido las siguientes modificaciones establecidas por la citada Ley:  Permisos para exámenes prenatales y preparación al parto: Permiso retribuido para ausentarse del trabajo, previo aviso a la empresa y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.  Descanso por parto múltiple: Se amplía en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo.  Permiso para el padre: El padre podrá optar por el disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del periodo de descanso posterior al parto bien de forma simultánea o sucesiva con la madre. En caso de fallecimiento de la madre, el padre puede hacer uso de todo el periodo que la madre no haya disfrutado.  La baja maternal podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o a tiempo parcial, previo acuerdo entre la Empresa y el trabajador/a.  Reducción de jornada: Además de para el cuidado de hijos menores de 6 años, se amplía para el cuidado directo de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.  La concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, corresponderán al trabajador, dentro de su jornada ordinaria.  Licencias : 2 días por nacimiento de hijo o por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves u hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Se han introducido los supuestos nuevos de accidente y hospitalización.  En los supuestos de adopción y acogimiento se establece una regulación especial, que equipara en derechos a los de nacimiento de hijos. Las mejoras en estas materias son tan diversas, que el Convenio remite de forma expresa a la propia Ley para su detalle. Así mismo, se hace referencia a la regulación especial para el caso de partos prematuros u hospitalización post-parto.  Excedencias: De dos tipos: 3 años para atender al cuidado de hijo/a desde su nacimiento o, en caso de adopción o acogimiento, desde la resolución judicial o administrativa y excedencia no superior a un año para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida Durante el primer año se tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. 2. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO SEXUAL. Es quizás el mayor avance de este Convenio, ya que se parte de un compromiso de las empresas de velar por que no se produzcan abusos de este tipo y de solucionarlos en el marco de un protocolo de actuación concreto, con la intervención sindical siempre que lo solicite la persona afectada. La empresa deberá abrir un expediente informativo, y tomar una decisión al respecto en el plazo de diez días, con absoluta discreción y confidencialidad, imponiendo cuando proceda la sanción correspondiente a la falta considerada como muy grave. Mientras dure el proceso se tomarán las medidas cautelares oportunas (por ej. la separación de las personas afectadas por el expediente). 3. OTRAS MEJORAS PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES.  Cláusula de garantía y compromiso de no discriminación por razón de nacimiento, sexo, religión o cualquier otra circunstancia personal y familiar.  El trabajador/a tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional mientras se encuentra en situación de excedencia, a cuya participación deberá ser convocado por la Empresa, especialmente con ocasión de su reincorporación así como quienes que se encuentren en situación de reducción de jornada por motivos familiares.  Permiso no retribuido de acompañamiento a los servicios de asistencia sanitaria de hijos menores de 8 años y mayores de primer grado de consanguinidad y afinidad que no puedan valerse por sí mismos. Se pueden establecer compensaciones horarias.  Permiso no retribuido de 1 a 6 meses para finalizar estudios superiores o doctorados. Han quedado en la plataforma reivindicaciones tan importantes como la equiparación de derechos de las parejas de hecho, entre otras, que volveremos a plantear en la negociación del próximo Convenio. Como conclusión, comprobamos como COMFIA – CC.OO. es un sindicato que avanza con los tiempos, haciéndose eco de las necesidades de los trabajadores/as, plantillas cada día más jóvenes y con problemas específicos que tratar y a los que su sindicato debe dar respuesta.

  • www.comfia.net/cajamadrid

    Los inversores privados podrán entrar en las cajas, pero sin derecho a voto. (El País). El Gobierno ha aprobado el real decreto sobre cuotas participativas. En el último momento, y al menos por el momento, se ha retirado del texto la pretensión de la gran banca de dotar de derechos políticos a los cuota-partícipes.

    Las cajas de ahorros quieren traspasar todas las operaciones de ventanilla al cajero automático. (Cinco Días). “Los cajeros son ya el canal más utilizado por los clientes de las cajas de ahorros, con un 39,2 % de las operaciones. Las entidades quieren reforzarlo aun más y aspiran a traspasar todas las transacciones de reintegros y consultas de ventanilla a los cajeros en tres años”.

    Las cajas reorientan su “dividendo social” hacia nuevas necesidades, como microcréditos y vivienda. (ABC). ”La Confederación Española de Cajas de Ahorros reunirá en marzo a todas las cajas con el único objetivo de debatir la forma de incluir nuevas necesidades entre sus actividades sociales ”.

    Además: Microcrédito : arma contra la pobreza. ¿ En qué consiste este sistema ?.

    El PP profundiza en una supuesta rebaja de impuestos que se ha demostrado falsa. “El hecho empírico es que la presión fiscal ha aumentado en España, a base de gravar productos de consumo. Es decir, mientras que las rentas más altas pagan ahora muchos menos impuestos, la supuesta ´rebaja´ del IRPF de las rentas medias se compensa ampliamente con la fuerte subida de impuestos que gravan a los productos que consumimos ”.

    El PP cree prioritaria la reforma de las pensiones y los Convenios Colectivos. (Expansión). “Para desligar los salarios de la inflación y restar poder a los convenios sectoriales”.

    Además: Algunos expertos urgen reformas drásticas en materia de despido y derechos laborales.

    Una mujer acosada por el jefe cobrará 18.000 €. (El Periódico). ”Una trabajadora de una empresa textil fue despedida dos días después de denunciar que su jefe la acosaba moral y sexualmente. Un juez de Barcelona no sólo ha fallado que el despido es nulo, sino que fija una indemnización de 18.000 € por daños y perjuicios morales”.

    La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechaza archivar la causa contra Botín, Amusátegui y Corcóstegui, al haber indicios de delito. (Europa Press). “La Sala desestima los motivos de los abogados de la defensa. En su auto, la jueza instructora señalaba que los contratos sobre la jubilación de los directivos acusados podrían haber burlado las disposiciones estatutarias que regulan la retribución de consejeros ”.

    Samsung acepta un generoso pacto con sus trabajadores para dejar Catalunya. (La Vanguardia). “Los sindicatos señalan que el preacuerdo alcanzado supone la mayor indemnización conseguida nunca”.

    800.000 mujeres reciben una prestación inferior a 400 €. (El Periódico). “El nuevo rostro de la pobreza en España es el de una mujer, viuda, que vive sola y cuenta con una pensión mínima”.

    El Consejo de Europa señala a TVE como ejemplo de intervención política en un medio. (El País). “ Los profesionales de TVE apoyan crear un comité contra la manipulación informativa ”.

    Además: Javier Arenas propone erigir un monumento a la imparcialidad de Alfredo Urdaci y TVE.

    Madrid, 25 de febrero de 2004.