Categoría: Comunicados

  • CC.OO. cree que las recomendaciones del FMI sólo son otro ataque más contra las pensiones públicas.

    El secretario de Política Institucional de CC.OO., Salvador Bangueses, aseguró hoy que las recomendaciones de las instituciones internacionales en materia de pensiones «siempre acaban colando por algún hueco» un ataque contra el sistema público de reparto.

    Bangueses respondía así al ser preguntado por las recomendaciones a España del Fondo Monetario Internacional (FMI) acerca de las pensiones de viudedad, que han sido calificadas por el organismo que dirige Rodrigo Rato de «excesivamente generosas».

    En este sentido, el responsable sindical subrayó que CC.OO. mantuvo el pasado día 4 una reunión con una misión del FMI, en la que los representantes de esta institución reconocieron que sus proyecciones eran «erróneas» y que el sistema público de reparto español es «perfectamente viable».

    «Nos quedamos con esa valoración que nos hicieron», añadió Bangueses, que recordó que la evolución de las pensiones de viudedad será uno de los temas a abordar en el marco del diálogo social abierto con el Gobierno.

    EUROPA PRESS

  • LA COBERTURA SOCIAL… ¡EN MANOS DE LAS EMPRESAS!

    El Gobierno ha presentado un Proyecto de Ley por el que se habilitará a las Mutuas a expedir el alta médica en caso de Incapacidad Temporal (enfermedad común). Al amparo de una hipotética lucha contra el fraude, las modificaciones introducidas desde 1994 han ido potenciando el papel de las Mutuas, dotándolas de más competencias en ese sentido.

    CC.OO. apoya cuantos controles sean necesarios para la adecuada utilización de las prestaciones sociales aunque, más allá de la permanente necesidad de mejorar la gestión pública, el Gobierno nunca ha podido demostrar la existencia de una bolsa de fraude significativa, ni un aumento desmesurado del gasto por este motivo; de hecho, mientras el número de cotizantes a la Seguridad Social ha aumentado en un 35% en el periodo 1995-2003, el gasto en incapacidad transitoria sólo lo ha hecho en un 14%.

    Esta reforma se debe a motivos políticos e ideológicos, tendentes a la privatización de la Seguridad Social, más que a causas objetivas. De paso, se satisface la reivindicación pública de la CEOE de controlar las situaciones de Incapacidad Temporal.

    Las Mutuas de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional son asociaciones empresariales privadas que no están sometidas a los principios que informan los poderes públicos, como la imparcialidad de sus decisiones ó el servicio a los intereses generales. De hecho, están interesadas en limitar la incapacidad temporal de los trabajadores, por el beneficio económico que esto reporta a sus asociados y a ellas mismas.

    El proyecto también recoge la posibilidad, envenenada, de que el alta lo sea “sólo a efectos de prestación económica”, aludiendo al “derecho del trabajador a incorporarse a la empresa”. Esto significa que las Mutuas podrán dar el alta aunque el trabajador se encuentre incapacitado, pudiendo éste elegir entre reanudar el trabajo, en perjuicio de su salud, o seguir inactivo, pero sin cobertura económica. ¡¡ Volvemos al s. XIX !!.

    Con esta reforma se pretende reducir el absentismo laboral ¡en un 50%!. Para ello, el trabajador en situación de baja por enfermedad común recibirá inmediatamente una convocatoria de la Mutua, donde un médico que depende laboralmente de una asociación empresarial intentará… darnos el alta cuanto antes.

    Por otra parte, sobre las Mutuas no se ejerce ningún control en relación a la calidad del servicio asistencial que ofrecen (al contrario de lo que ocurre con el sistema público de salud), ni de acreditación para las subcontratas a clínicas privadas, que utilizan para dar asistencia especializada. En todo caso, es previsible que este tipo de servicios se restrinjan al máximo, ya que la reforma se orienta a reducir el gasto.

    Poco a poco se están traspasando recursos y competencias de la Seguridad Social al terreno privado y, ahora también, la gestión de una de las prestaciones básicas que conforman la identidad de nuestro sistema de protección social, lo que supone vulnerar su configuración constitucional. Esta reforma es, sencillamente, inadmisible. Seguiremos informando.

    Madrid, 14 de noviembre de 2003

  • COMFIA CCOO somos transparentes y explicamos lo qué hacemos y cómo lo hacemos

    Desde que el pasado viernes Comfia dio a conocer las retribuciones de los consejeros de SCH y BBVA ya han habido algunas reacciones airadas por lo que explicamos cuales son nuestras fuentes y nuestros métodos de cálculo

    La metodología empleada para estimar las retribuciones del Consejero Delegado del BBVA, José Ignacio Goirigolzarri, en el ejercicio de 2002 ha sido la siguiente:

    Origen de los datos: Informe Anual del BBVA en 2002, página 189.

    Procedimiento:

    1. Suma de las retribuciones fijas y variables percibidas por los Consejeros ejecutivos (son tres) del Banco [2.428 + 8.419 = 10.847 (cifras en miles de euros)]

    2. Al resultado anterior se le agregan las dotaciones realizadas, con cargo a los resultados del ejercicio, para cubrir los compromisos de pensiones asumidos con los Consejeros ejecutivos [10.847 + 8.689 = 19.536 (cifras en miles de euros))

    3. División del resultado anterior entre el número de Consejeros ejecutivos; qué según el propio Banco son tres [19.536/3 = 6.512 miles de euros].

    4. Conclusión la compensación global del Consejero Delegado del BBVA es del orden de 6,5 MILLONES DE EUROS en el ejercicio de 2002.

    BBVA

    2002

    Número de Consejeros Ejecutivos

    3

    Retribución por la función ejecutiva como tal

    Consejeros Ejecutivos: Retribuciones Fijas

    2.428

    Consejeros Ejecutivos: Retribuciones Variables

    8.419

    Consejeros Ejecutivos: Fija + Variable

    10.847

    Suma (Fijo + Variable) por cada Consejero Ejecutivo como tal

    3.616

    Dotación Pensiones Consejeros Ejecutivos como tales

    8.689

    Dotación a Pensiones por cada Consejero Ejecutivo como tal

    2.896

    TOTAL COMPENSACIONES Consejeros Ejecutivos como tales

    19.536

    Promedio Compensaciones por Consejero Ejecutivo como tal

    6.512

    Fuente: Informe Anual 2002 del BBVA y elaboración propia

    Datos en miles de euros

    La metodología empleada para estimar las retribuciones del Consejero Delegado del SCH, Alfredo Saénz Abad, en el ejercicio de 2002 ha sido la siguiente:

    Origen de los datos: Informe Anual del SCH en 2002, páginas 170 y 171.

    Procedimiento:

    1. La suma total percibida por el Consejero Delegado en concepto de asignación estatutaria, dietas y retribución salarial viene reflejada en el Informe Anual del Banco de 2002 (página 171). Alcanzando la cifra de 4.827 miles de euros para dicho Consejero Delegado.

    2. A la suma anterior se le agrega, la parte correspondiente al Consejero Delegado, de la dotación del ejercicio para cubrir las obligaciones contraídas en materia de pensiones y capital asegurado por seguros de vida, con quienes han sido Consejeros del Banco durante el ejercicio y que desempeñan (o han desempeñado) funciones ejecutivas durante el mismo.

    La dotación del ejercicio para cubrir compromisos por pensiones y seguros de vida, con los Consejeros con funciones ejecutivas, ha sido del orden de 47 millones de euros. Como dotación del ejercicio 2002 hemos considerado la diferencia entre el importe total devengado por el concepto de pensiones, junto con el capital asegurado por seguros de vida al 31 de diciembre de 2002 (256 millones de euros) y el importe al 31 de diciembre de 2001 (209 millones de euros).

    Para estimar la parte del Consejero Delegado, dividimos la dotación efectuada en el ejercicio 2002 entre el número de Consejeros ejecutivos qué según el propio Banco son cinco: [47.000/5 = 9.400 miles de euros].

    3. Luego, para el Consejero Delegado la suma de las retribuciones confesadas por el propio Banco (4.827 miles de euros) más la dotación para pensiones y seguros de vida que acabamos de estimar (9.400 miles de euros) alcanza la cifra de 14.227 miles de euros.

    4. Conclusión la compensación global del Consejero Delegado del SCH superó los 12 MILLONES DE EUROS en el ejercicio 2002.


    SCH

    2002

    Número de Consejeros Ejecutivos

    5

    Retribución al Consejero Delegado

    Asignación Atenciones Estatutarias

    65

    Asignación Comisión Ejecutiva

    124

    Dietas Consejo

    12

    Otras Dietas

    13

    Retribución (del Consejero Delegado) sólo como Consejero

    214

    Retribución Salarial Fija como Consejero Ejecutivo

    2.318

    Retribución Salarial Variable como Consejero Ejecutivo

    2.295

    Salario del Consejero Delegado (Fijo + Variable) como tal

    4.613

    Retribución del Consejero Delegado (Asignación + Salario)

    4.827

    Pensiones del conjunto de Consejeros Ejecutivos

    Importe devengado por pensiones y seguros al 31-12-02

    256.000

    Importe devengado por pensiones y seguros al 31-12-01

    209.000

    Dotación en 2002 para pensiones Consejeros Ejecutivos como tales

    47.000

    Dotación a Pensiones por cada Consejero Ejecutivo como tal

    9.400

    TOTAL COMPENSACIONES para el Consejero Ejecutivo

    14.227

    Fuente: Informe Anual 2002 del SCH y elaboración propia

    Datos en miles de euros

  • NOVEDADES EN www.comfia.net/cajamadrid

    Las tareas de oficina causan lesiones al 50% de los empleadosIT, . (Cinco Días). “Pasar el 24% de la vida en un determinado entorno de trabajo puede condicionar el estado de salud. Con las nuevas tecnologías se están generalizando las enfermedades músculo-esqueléticas ”.

    CC.OO. insta a las cajas a que promuevan vivienda asequible. (Cinco Días) “COMFIA-CC.OO. pedirá a las cajas que lancen una iniciativa similar a la de la Caixa y promuevan viviendas de alquiler a un precio asequible.” Además: – La decisión de la Caixa reducirá la presión del sector. – CC.OO. considera injusto que Rato culpe a los ayuntamientos del precio de la vivienda.

    Economía pide que se eliminen las cláusulas de revisión salarial. (El País). “El Secretario de Estado de Economía afirma que es necesario reformar la negociación colectiva y eliminar las cláusulas de salvaguarda ligadas a la inflación .”

    El Gobierno quiere que las empresas paguen todo el coste de las prejubilacionesIT, . (El País). “El Ministro de Trabajo propondrá a los agentes sociales un cambio legal, porque ‘no se puede aceptar que el presupuesto público o las políticas de protección social sirvan para que las empresas enderecen sus cuentas de resultados’ “.

    La sentencia que culpa a un obrero de su propio accidente escandaliza a los agentes socialesIT, . (La Vanguardia). “Nos retrotrae al siglo XIX, culpando a los trabajadores de su propia explotación.“ Además: Conceden la incapacidad permanente a un inmigrante ilegal que sufrió un accidente laboral.

    El 40% de las empresas monitorizan de alguna forma a sus trabajadoresIT, . (Ciberpaís). “Crecen los productos para el espionaje de los empleados en Europa y Estados Unidos ”.

    Aumenta un 50% el número de hombres que coge permiso de maternidad. (ABC) “Los partidos políticos estudian proponer un permiso de paternidad, independiente del de maternidad ”.

    Los inmigrantes, nuevo filón de la banca. (El País). “Bancos y cajas han pasado a convertir a este colectivo de 1,5 millones de personas en uno de sus principales objetivos de captación. La razón es que son fieles a la entidad, buenos pagadores, emprendedores y con modesta pero continua capacidad de ahorro.”

    Internet y móviles también generan disfunciones en las relaciones. (Europa Press) “Según un estudio del Gobierno de Navarra, en muchos casos estos medios facilitan la sociabilidad de los jóvenes, pero también pueden generar disfunciones sociales”.

    Madrid, 12 de noviembre de 2003.

  • La función de caja: alto riesgo

    11 11 03 El 24% de las sanciones impuestas por Relaciones Laborales durante el año 2002 han sido a personas que ejercen la función de caja. (PDF:Cat. / Cast.)

    La función de caja: alto riesgo

    El 24% de las sanciones impuestas por Relaciones Laborales durante el año 2002 han sido a personas que ejercen la función de caja. Dichas sanciones vienen motivadas por los siguientes supuestos:

     Reintegros sin comprobación de firmas (debe comprobarse la firma a partir de 601 euros aunque conozcamos a la persona que realiza el reintegro).

     Pago de cheques falsificados o manipulados (pasar los cheques de importe superior a 1.800 euros por la luz ultravioleta y ante cualquier duda, recabar la conformidad del cliente que extiende el cheque).

     Diversas actuaciones que vulneran la normativa vigente.

    Sin embargo, el motivo real que causa todas estas sanciones es la presión laboral y mediática insostenible que sufren todos los empleados y empleadas de esta entidad.

    El colectivo de personas que desempeñan las funciones de caja sufre diariamente el riesgo de ser «engañados» por las múltiples facetas que la picaresca del ingenio humano puede crear. La empresa espera de este colectivo que, además de ser éticos, honestos, amables, ágiles en la atención al cliente, perfectamente conocedores de las múltiples normativas que les afectan (aunque no hayan recibido la formación adecuada) y, si es posible, héroes, sean expertos en fraude y falsificación. Y, si les ocurre la desgracia de ser víctimas de una estafa… les sancionan.

    Pero a veces esta empresa tan «ética» sanciona incluso cuando el empleado ha cumplido la normativa. Tal ha sido el caso de un compañero de la Regional de Madrid al que le «colaron» un cheque falsificado a pesar de que lo pasó por la luz ultravioleta (ocurre que la luz no funcionaba bien, tal y como se supo después ya que la cambiaron). Por tanto, la falta de recursos, también es culpa nuestra.

    Recursos humanos procedió a comunicar al empleado que tipificaría la falta como GRAVE, pero le sancionaría como leve si aceptaba reconocer que había incumplido la normativa. Ante la negativa del compañero a aceptar unos hechos que eran falsos, la empresa procedió a sancionarle con el máximo jamás visto en un caso de este tipo: «10 días de suspensión de empleo y sueldo», eso sí, le comunican que la sanción, la deberá cumplir en diciembre, cuando le va mejor a la oficina. Ante una actuación tan mafiosa y prepotente, el compañero se ha negado a aceptar «la oferta» de la empresa y ha decidido preservar por encima de todo su dignidad acudiendo a los tribunales para impugnar la sanción.

    Os advertimos que ante una comunicación de sanción lo que jurídicamente importa es la tipificación de la falta, por lo que aunque la sanción impuesta sea leve, en el expediente laboral lo que consta es una falta grave y el artículo 50 del convenio establece que la reiteración (más de una) en falta grave en un periodo de doce meses se considera una falta muy grave cuya máxima sanción es el despido. Con esto, lo que queremos decir es que debéis impugnar jurídicamente aquellas comunicaciones de infracción laboral que vengan tipificadas como graves, si es que consideráis que los hechos que se os imputan no son ciertos.

    Denunciamos la hipócrita y esquizofrénica política de recursos humanos que, por un lado, se llena la boca de términos tales como: ética, honestidad, transparencia, etc., mientras que, por otro, reduce drásticamente costes laborales eliminando derechos a sus empleados y empleadas e incluso recursos materiales y potencia un entorno laboral basado en el miedo y el castigo para conseguir los resultados apetecidos.

    Manifestamos nuestro total apoyo a este compañero de la Regional de Madrid y al colectivo que ejerce diariamente la función de caja, de mucha responsabilidad y muy poco reconocida por esta empresa.

    Insistimos en que es imprescindible que seáis extremadamente escrupulosos en el cumplimiento de la normativa, aunque dicha «meticulosidad» derive en una pérdida de rapidez. En el actual marco laboral, todos debemos aprender a protegernos «jurídicamente» de la agresividad de recursos humanos y un buen método es el cumplimiento de normativas que establecen actuaciones «concretas» y que ante un tribunal se convierten en hechos demostrables.

    Nos ponemos a vuestra disposición para cualquier duda o aclaración al respecto.

    Sabadell, noviembre de 2003