Categoría: Comunicados convenio

  • Publicado en el BOE el Convenio Colectivo del sector de ahorro (215-2018)

    Con la publicación el el Boletín Oficial del Estado del nuevo Convenio Colectivo para las Cajas y Entidades Financieras de Ahorro, el mismo queda plenamente refrendado y es de aplicación general para estas entidades entre los años 2015 y 2018. 

    La firma de este Convenio es un éxito más de la lucha sindical y de la unión de CCOO, UGT y CSICA para defender los derechos de los trabajadores y trabajadores de uno de los sectores más castigados por la crisis. Leer +
  • Firmado o Convenio Colectivo de Comercio Retallista Téxtil de Pontevedra

    O pasado día 29 de xullo asinamos o convenio de Comercio Retallista Téxtil
    da provincia de Pontevedra, nos termos establecidos no preacordo
    alcanzado na reunión anterior. Lembramos as melloras que se
    introduciron:

    • Vixencia
      para os anos 2016, 2017, 2018.

    • Incremento
      salarial:1.5% para cada un dos anos de vixencia, en tódolos
      conceptos económicos.

    • Cláusula
      de revisión para cada un dos anos de vixencia na diferenza entre o
      IPC real e o incremento establecido para este ano.

    • Créase
      un novo plus de traballo nas tardes do 24 e 31 de decembro
      consistente en un recargo de 5? sobre a hora efectiva traballada
      entre a partir das 16:00 horas.

    • Horas
      extraordinarias pasarán a aboarse cunha recarga do 100% do seu
      valor habitual.

    • Vacacións:
      disfrute entre os meses de maio a outubro. Se voluntariamente se
      disfrutan fóra deste período o dereito é a 31 días de vacacións
      e unha bolsa de 200?.

    • Amplíase
      a posibilidade de acollerse a excedencia por maternidade ata un
      máximo de 4 anos e co límite de idade do fillo o filla de cinco
      anos.

    • A
      póliza de seguro de vida pasa a ser de 20.000 ?.

    • Licenzas:
      amplíase en 1 día a licenza por matrimonio, pasando a 16 días, e
      establécese en 6 días a licenza do artigo 30 por nacemento de fillo
      ou filla e polo falecemento accidente ou enfermidade grave,
      hospitalización ou intervención cirúrxica sen hospitalización de
      parentes ata o segundo grado de consanguinidade ou afinidade.

    • Guarda
      legal: amplíase a posibilidade de reducir a xornada ata que o menor
      cumpra os 14 anos.

    • Posibilidade
      de acumulación da lactación en 23 días naturais.

    • Nas
      empresas con máis de 15 traballadores establecese a xornada efectiva
      mínima para os contratos a tempo parcial en 27 horas semanais.

    Dende
    CCOO facemos unha valoración positiva do acordado, que mellora en
    conciliacións e sobretodo nun incremento nas horas mínimas nos
    contratos a tempo parcial. Ademais garante un incremento salarial
    aceptable para os tempos que corren e a garantía de mantemento do
    poder adquisitivo.

    Convenio Comercio Téxtil Pontevedra

  • Convenio de Seguros, reaseguros y mutuas: Avances en la negociación

    El día 28 de julio se ha celebrado reunión del Pleno de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo. Se ha procedido a reflejar la situación de la negociación y la evolución de la misma desde la anterior reunión del Plenario.  

    Durante los últimos meses de negociación se han identificado líneas de coincidencia en torno a determinadas materias, y también posiciones todavía diferentes, tanto en materia salarial, como en previsión social complementaria. 

    Los criterios de coincidencia hasta ahora alcanzados durante la negociación son los siguientes: ­ 
    • Duración del convenio: 4 años (2016, 2017, 2018 y 2019).
    • Actualización del contenido del Grupo Profesional III.
    • Adecuación del capítulo de formación a la nueva normativa.
    • Posibilidad de disfrutar en horas el permiso retribuido del artículo 54.1.b), siempre que no haya desplazamiento.
    • Incorporar una referencia en Km. para definir el supuesto de desplazamiento que amplía el permiso a cuatro días laborables.
    • Computar la antigüedad en las licencias no retribuidas del artículo 55.
    • En trabajo a turnos, dar prioridad al trabajador en turno de tarde para incorporarse a vacantes en el turno de mañana si no ha sido cubierto por trabajadores en turno de noche.
    • Dar preferencia en la elección del turno de trabajo a los trabajadores mayores y a las trabajadoras embarazadas cuando estuvieran trabajando en turno de noche.
    • Analizar el incremento de las vacaciones en un día, si se eliminara el día del seguro.
    • Clarificar el reingreso en las excedencias voluntarias.
    • Actualizar la regulación sobre compensación por primas, llevando las referencias históricas a una Disposición Adicional.
    • Posibilitar el prorrateo de las pagas extraordinarias si se produce acuerdo con la RLT en la empresa.
    • Incorporar cláusula que permita fórmulas de retribución flexible con carácter voluntario y reversible y previa información y consulta a la RLT.
    • Posibilitar anticipos salariales por víctimas de violencia de género. 
    • Analizar cláusula contra diferencias salariales discriminatorias por razón de género.
    • Incorporar cláusula de fomento de rejuvenecimiento de plantilla, jubilación parcial y contrato de relevo.
    • Clarificar la edad ordinaria de jubilación en supuestos especiales.
    • Clarificar los supuestos de anticipos del capital del seguro de vida en que se produce una incorporación al trabajo.
    • Modificar el régimen disciplinario para adaptarlo a las novedades del Código Penal y a la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales.
    • Adecuación de los capítulos de salud laboral e igualdad.
    • Incorporar una referencia a la declaración europea del teletrabajo.
    • Establecer un número de reuniones determinadas para el Observatorio Sectorial y la Comisión de Igualdad.
    ­ Actualización de conceptos no salariales (dietas, gastos de locomoción) conforme a los criterios de anteriores convenios, y de la ayuda por comida en los términos que acuerden las partes.
    ­ Revisar el texto completo del Convenio para dotarlo de una visión no discriminatoria de género.
    Una vez pasado el paréntesis de agosto, con estos criterios se agilizará el reinicio de la negociación y se facilitará su desarrollo. Las partes nos hemos emplazado a volver a reunirnos el 22 de septiembre.
    Desde CCOO continuaremos planteando y defendiendo las propuestas que de verdad defienden los intereses de las trabajadoras y trabajadores del sector asegurador, en especial en materia retributiva y de previsión social. 

  • LA IGUALDAD DE

    BMN seguirá marginando a las Parejas de Hecho.

    El pasado 21 de julio, en la reunión de la Mesa Laboral, CCOO pidió una vez más y tras la firma del Convenio Colectivo, se equiparara el disfrute de 15 días de permiso por constituirse como pareja de hecho, en igualdad de condiciones a los matrimonios tradicionales (CC Art.38. a) entendiendo que, al firmarlo UGT y CSICA en Mesa de Convenio, sus representantes en BMN modificarían su actitud, apoyando la propuesta de CCOO. Lamentablemente, NO ha sido así, sino que, además, se reafirman.

    Este acuerdo en BMN recoge en su punto 1.- Matrimonio, que las uniones de hecho disfrutarán del derecho del permiso de 15 días naturales una vez transcurridos dos años desde la fecha de registro. Una medida que BMN introdujo como medida ¿disuasoria? ¿experiencia negativa? o, simplemente ¿una cuestión de principios patrios?

    ¿DE QUÉ VALORES HABLAMOS EN BMN?

    Al prevalecer el Acuerdo de BMN al Convenio Colectivo, habrá que esperar tiempos mejores para que las parejas de hecho puedan disfrutar de la igualdad que otros acuerdos les conceden. CCOO lo seguirá intentando y estudiará si esta manifiesta discriminación en BMN se puede modificar por otra vía. 

    NO ESTÁS SOLA, NO ESTÁS SOLO

    Porque son muchas lasrazones, afíliate a CCOO

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  • Exigimos a la patronal la prórroga de los convenios provinciales para seguir negociando el Convenio de Supermercados de Cataluña

    El pasado viernes 22 de julio de 2016 tuvo lugar una reunión de la comisión paritaria de supermercados de Catalunya.
    La parte social, en la anterior reunión, planteamos dos opciones:
    1. Prorrogar los convenios provinciales un año con un incremento del 0,9%.
    2. Acordar el mantenimiento de la vigencia de los convenios (la no pérdida de la ultraactividad) con un incremento a cuenta del 0,6%.
    Sobre esta cuestión aún no hay respuesta y el límite para que nos respondan y se acuerde es el próximo día 29 de julio.
    Respecto al incumplimiento por parte de la patronal del reconocimiento del nivel retributivo, la parte social, también de manera conjunta, hemos exigido a la patronal el cumplimiento de lo acordado para el año 2013, en el que la patronal adquirió ?el compromiso? de reconocer el Grupo 4 nivel 1 al personal que ya viene asumiendo polivalencia de funciones, y que actualmente se le reconoce el Grupo 4 nivel 2.
    CCOO fuimos muy críticos con esta cuestión en el año 2009 ya que pensábamos que el redactado era muy ambiguo y ofrecía pocas garantías. Pero es una realidad que en el sector se da la polivalencia de funciones y ésta se tiene que reconocer con un nuevo nivel retributivo.
    Así que, a la espera de estas dos cuestiones, lo cierto es que aún quedan muchas materias pendientes de negociar y está siendo muy complicado avanzar en esta negociación.
    La próxima reunión será el próximo día viernes 29 de julio a las 10:30h.
    ¡Seguiremos informando!

    Comunicat 22/07/2016 (Català i castellà)