Categoría: Comunicados convenio

  • Alcanzado acuerdo en Norauto en materia salarial

    El pasado día 6 de marzo tuvimos una mediación en la sede del SIMA en Madrid, donde el Comité Intercentros, compuesto por los sindicatos UGT, CCOO y USO, reclamamos a la empresa la forma en la que estaba interpretando el Acuerdo del año pasado respecto de la aplicación del convenio sectorial de referencia (Grandes Almacenes) en materia salarial.

    A lo largo de las 3 reuniones efectuadas hemos expuesto los diferentes puntos en los que estábamos en desacuerdo con la forma en que la empresa estaba aplicando, alcanzando un acuerdo.

    Este esfuerzo y el interés de la empresa por compensar ciertos aspectos que a la parte sindical nos resultaban completamente injustos, ha derivado en que el Acuerdo establece una serie de pagos compensatorios que la empresa realizará en los próximos años a la personas trabajadoras de Noroto, S.A.U.

    Estos pagos se realizarán a los diferentes colectivos que se vieron afectados por las regularizaciones efectuadas por la empresa el pasado agosto del 2023, con la finalidad de atenuar los perjuicios recibidos por las interpretaciones realizadas por la empresa.

    Estos son los pagos acordados que recibirán las personas trabajadoras que se vieron afectadas por la regularización efectuada en agosto del 2023:

     

    1° COLECTIVO AFECTADO

    Colectivo de personas trabajadoras que por el hecho de tener antigüedad NO se vieron beneficiadas por la aplicación de las tablas salariales del convenio de grandes almacenes que son mayores que las del convenio de empresa de Noroauto.

    El pago compensatorio se realizará contabilizando el número de cuatrienios que tenga la persona trabajadora en el momento del abono de los mismos y no será absorbible ni compensable con ningún otro concepto salarial. Dicho pago se efectuará durante los años 2023 al 2026.


     

    El calendario de abono de estos pagos estará integrados en las nóminas de los siguientes meses.

    Será necesario que para el abono de los citados importes la persona trabajadora esté de alta en la Empresa en la fecha del abono.
     

    2° COLECTIVO AFECTADO

    El colectivo de personas trabajadoras que se incorporaron a la planilla de Noroto, S.A.U., entre el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de agosto de 2023, a los cuales se les restó de su complemento personal en la nómina, la diferencia entre las tablas salariales del convenio de empresa de Norauto con las tablas salariales del convenio de grandes almacenes.

    A este colectivo se les efectuará un pago por importe de 50 euros anuales (similar al que se les daría por tener un cuatrienio cumplido) en las mismas fechas y condiciones descritas para el anterior colectivo. Con ello se compensaría, en parte, la interpretación y recalculo realizado por la empresa en agosto del 2023.

    Será necesario que para el abono de los citados importes la persona trabajadora esté de alta en la Empresa en la fecha del abono.
     

    3° COLECTIVO AFECTADO

    Para la totalidad de la plantilla de las personas trabajadoras de Norauto, S.A.U., se consigue que la empresa abone, sin absorción ni compensación con otros conceptos salariales, el 1% de la tabla salarial de grandes almacenes, tal y como refleja el convenio colectivo de grandes almacenes para todos los grupos profesionales en la disposición transitoria séptima (Garantía extraordinaria de incremento variable no consolidable).

    La empresa deberá abonar este pago antes del 31 de diciembre del año en curso. Este acuerdo se aplicará en los ejercicios del 2023 al 2025, según establece la citada disposición.

    Los sindicatos presentes en el Comité Intercentros entendemos que, aunque no se alcancen todas las pretensiones iniciales, por lo menos se ha conseguido solucionar los aspectos más lesivos derivados de la aplicación de la empresa de las tablas salariales del convenio de referencia de grandes almacenes.

  •  NEGOCIACIÓN XXII CONVENIO COLECTIVO DE LAS COOPERATIVAS DE CRÉDITO

    Avances, pero no suficientes

    ? NEGOCIACIÓN XXII CONVENIO COLECTIVO DE LAS COOPERATIVAS DE CRÉDITO

    UNACC y ASEMECC elevan su propuesta al 10% en 3 años, pero sin pagos adicionales, ni cláusula de garantía salarial.

    Desde CCOO vamos a seguir trabajando para que las plantillas reciban una parte de los beneficios récords que han generado para el sector, con incrementos salariales justos. 

    Desde CCOO hemos reclamado a UNACC y ASEMECC avances adicionales para acercar posturas e intentar alcanzar un preacuerdo en la próxima reunión, coincidente con las concentraciones en las sedes de Cajamar en Murcia y Caja Rural de Navarra, antes de la convocatoria de HUELGA EN TODO EL SECTOR FINANCIERO del 22M.

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    Infórmate aquí ??

    https://www.ccoo-servicios.es/html/60119.html

  • Las patronales del sector Cooperativas de Crédito elevan su propuesta al 10% en 3 años, pero sin pagos adicionales, ni cláusula de garantía salarial

    • Avances, pero no suficientes

    UNACC y ASEMECC elevan su propuesta al 10% en 3 años, pero sin pagos adicionales, ni cláusula de garantía salarial

     

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    Tras el proceso de movilización, la reunión de hoy ha servido para que las patronales aumenten su propuesta de incremento en tablas, retirando sus planteamientos de recortes de trienios, aunque sin aceptar otras reivindicaciones sindicales clave (recuperación salarial adicional y cláusula de garantía salarial).

    Planteamientos UNACC y ASEMECC:

    • Subida salarial en tablas: 10% en 3 años (2024-2026)
    • No ofrecen ningún pago vinculado a recuperación salarial adicional.
    • No aceptan ningún tipo de cláusula de garantía salarial (vinculada a IPC y/o de abono neto garantizado sin compensación ni absorción).
    • Han retirado sus planteamientos de congelación de trienios.

    Aunque valoramos el planteamiento de incremento en tablas, que por fin alcanza el 10% en 3 años, desde CCOO consideramos que ha sido un avance insuficiente y que no aborda reivindicaciones clave de CCOO, como son la recuperación salarial adicional y la inclusión de mecanismos de garantía salarial.

    Desde CCOO hemos reclamado a UNACC y ASEMECC avances adicionales para acercar posturas e intentar alcanzar un preacuerdo en la próxima reunión, coincidente con las concentraciones en las sedes de Cajamar en Murcia y Caja Rural de Navarra, antes de la convocatoria de huelga del 22M.

    Estamos aún lejos de devolver a las plantillas ese esfuerzo con el que han conseguido los beneficios récords de 2023 y que se visualizarán en las Asambleas Generales de Socios del primer cuatrimestre del año, negando a las plantillas incrementos salariales que supongan recuperar poder adquisitivo.

    Desde CCOO vamos a seguir trabajando con este objetivo, desde la firmeza, la presión y la capacidad de negociación, para que las plantillas reciban una parte de los beneficios récords que han generado para el sector, con incrementos salariales justos.

     PRÓXIMA REUNIÓN: 15/03/24 

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  • CCOO informa sobre la reunión del comité intercentros de Burger King Spain SLU

    • El pasado día 5 de marzo se mantuvo una reunión del comité Intercentros con la empresa.

    Os dejamos un resumen de los puntos tratados en ella:

    Actualización representatividad del Comité: El Comité Intercentros se compone por 7 integrantes de CCOO, 4 integrantes de UGT y 2 integrantes de SB. CCOO logra la mayoría una vez más. Se cambian los cargos del Comité Intercentros, resultando elegida Presidenta: María Sansano de CCOO y Secretario: Juan Francisco Puga de CCOO

    • Carrera profesional:
      Tras conseguir el reconocimiento por parte de la empresa de la eliminación del puesto de Gerente Junior, por no estar en el acuerdo alcanzado en el mes de marzo de 2023 sobre la carrera profesional en Burger King. Trasladamos a la empresa el incumplimiento por su parte al crear puestos nuevos (Controller HD, Formación, Subgerente…) y solicitamos información para nuestra valoración. Consultamos sobre el procedimiento de las evaluaciones para llevar a cabo las promociones de Encargados y Gerentes que deberían llevarse a cabo en este mes de marzo. La empresa dice estar trabajando en ello y se compromete a hacérnoslo llegar en cuanto disponga del mismo.
      Confirman que a partir del 1 de mayo los actuales Encargados Junior pasarán a Encargados.
      A partir de ahora los nuevos empleados que se formen para encargados pasaran a denominarse Encargados en formación encuadrados directamente en el nivel salarial del grupo 2. Dicha formación tendrá una duración máxima de 6 meses.
       
    • Consolidación de horas 2023:
      La empresa traslada que se realizarán las consolidaciones de las HHCC solicitadas por la persona trabajadora en el mes de marzo. Esta indica que están estudiando cómo van a proceder con el tiempo a consolidar y que se platean un redondeo en positivo hacia la plantilla.
       
    • Bolsa de horas:
      Informamos a la empresa que a día de hoy no se ha dado solución al pago de las HHCC generadas ya que su aplicación de gestión sigue contemplando las IT y licencias como tiempo no trabajado, por lo tanto, descontando las HHCC para su compensación. Reclamamos agilidad en las incidencias enviadas dada la gravedad. La empresa indica que revisara y dará contestación.
       
    • Requisitos cobro IT.
      Comunicamos a la empresa las incidencias detectadas sobre el pago del complemento de la primera baja del año, entendiendo el año natural. Informando que en el caso de no realizarse el abono la persona trabajadora podrá realizar la reclamación correspondiente.
       
    • Traslado productos alimentarios en coches particulares:
      La empresa asegura que es algo que tienen prohibido (trasladar productos refrigerados y congelados en vehículos no adaptados) y si llegan a conocer casos, sancionaran a la persona responsable de ordenar los traslados, nunca al empleado que recibió la orden.
       
    • Días de descanso en semanas con vacaciones o permios retribuidos:
      Como marca el convenio de aplicación y nos confirma la empresa, toda persona trabajadora tiene derecho a 2 días de descanso consecutivo cada semana, independientemente de que tenga en dicha semana, 1,2,3 o los días que sean de permisos retribuidos, y o Incapacidad Temporal.
       
    • Exposición de turnos con 24 horas. Ausencias injustificadas:
      Recordamos a la empresa que los turnos se deben conocer con 3 semanas de antelación (4 de libranzas) y no pueden ser modificados a no ser que sea con personal voluntario. En ningún caso deberán poner ausencias cuando un empleado no vaya a trabajar un día que en principio no le correspondía.
       
    • Cambios de centro a modo castigo:
      Notificamos a la empresa la utilización de los cambios de centro como herramienta de castigo en algunos territorios. Como no puede ser de otra manera la empresa lo niega asegurando que esto puede derivar en un mayor absentismo.
       
    • Incentivos 2023-2024
      La empresa no ha sabido aclararnos si los bonus abonados en enero y febrero son sobre la política de incentivos del 2023 o los del 2024. Trasladamos a la empresa que deben dar comunicación con 15 días de antelación a su cumplimiento a la RLPT. La empresa indica que aún no disponen del plan de incentivos de 2024, únicamente las líneas generales. En cuanto tengan un documento final, nos lo harán llegar.
       
    • Contratos inferiores a 20 horas semanales:
      Recordamos a la empresa que los contratos inferiores a 20 horas semanales, están mal realizados. Al no tener marcado su horario como recoge el convenio. También les comunicamos que los están usando para trabajar más de 3 días semanales (sobre todo cuando hay festivos) y que por lo tanto deben disfrutar la compensación de festivos en 20 días de descanso. Es más, dejamos claro que de no hacerlo, estarán incurriendo en un exceso de jornada anual, ya que al trabajar 15 horas semanales de base, durante 47 semanas (un año tiene 52 y les dan 5 de vacaciones), terminaran el año con 705 horas de base. Sus contratos son de 675 anuales. Lo que implican 30 horas de exceso anual. Justo las 2 semanas que no les dan de descanso en comparación con el resto de la plantilla.
       
    • Solicitud de información:
      Solicitamos a la empresa información sobre el plan de formación del año 2024, y las vacaciones pendientes de disfrutar de 2023. Volvemos a reclamar el plan de incentivos del año 2024 e información sobre los contratos de menos de 15 horas ya que no cumplen con la planificación de máximo tres días.
      La empresa se compromete a darnos respuesta a todo en un plazo máximo de 15 días.

    Seguiremos informando.

    COMUNICADO (pdf)

  • NEGOCIACIÓN SALIDAS 2024. Segunda reunión

    La empresa, volvió a marcar sus líneas rojas sobre el acuerdo: porcentajes de compensación económica sobre salario (incluyendo un incremento del 3% a cuenta del convenio), de primas por antigüedad y edad máxima de cotización a la seguridad social.

    CCOO, desde la primera mesa mantenida, ha estado realizando propuestas en base a la experiencia aportada por el acuerdo de salidas del 2023, firmado por el 98,72% de la representación sindical, tratando de avanzar en las condiciones del acuerdo que actualmente se negocia, a pesar de la tremenda limitación que suponen estas líneas rojas marcadas de inicio por la empresa. 

     

    A través de las propuestas realizadas por CCOO para la mejora del acuerdo, con las bases que mencionábamos en nuestro primer comunicado, se ha podido avanzar hasta el momento en los siguientes aspectos:

     

    • El posible acuerdo se plasmará en un documento específico para el Plan de Prejubilación 2024, en lugar de anexo al firmado en 2023.

     

    • Se mejora, en cuanto al periodo mínimo de antigüedad requerido para adherirse al plan, que este se mida a 31-12-2024, en lugar de la fecha de firma del acuerdo.

     

    • Respecto a las cuantías de compensación económica y de las primas a percibir, se determinarán los tramos teniendo en cuenta la antigüedad al 31 de diciembre del 2024, no a la fecha de firma del acuerdo.

     

    • Se tendrá en cuenta para el salario de referencia, el incremento salarial por revisión del sistema retributivo, incluido los posibles ascensos de nivel profesional, que se pudieran aplicar en agosto.

     

    • En cuanto a las incompatibilidades, se eliminan las posibles minoraciones en las compensaciones económicas en caso de no ejercer una actividad que suponga intermediación de productos financieros y de seguros. 

     

    • Las cuantías del CESS, en caso de ser más beneficioso, se fijarán a la fecha de salida de la persona trabajadora, en lugar de a la fecha de firma del acuerdo.

     

    • El acuerdo recogerá expresamente la garantía del abono de todos aquellos importes devengados y no liquidados a la fecha de prejubilación durante el tiempo de trabajo efectivo: incentivos, atrasos del Convenio Colectivo, gratificaciones por campañas, paga de beneficios, etc.

     

    • El nuevo acuerdo incluirá la voluntad de seguir negociando en el futuro acuerdos de similares características.

     

    • Se crea una comisión de seguimiento del acuerdo.