Categoría: Comunicados convenio

  • Tercera reunión de negociación de convenio de Decathlon

    Hoy 15 de febrero, se ha celebrado la tercera reunión para la negociación del IX Convenio Colectivo de Decathlon.

    Desde CCOO hemos iniciado la reunión con la intervención del Secretario Gral. de Melilla, donde ha explicado los motivos que nos han llevado a solicitar un plus de residencio Melilla y Ceuta del 25% del salario base, esto es motivado por los beneficios fiscales que las empresas reciben y por la peculiaridad de su situación geográfica.

    En segundo lugar, desde CCOO hemos solicitado que se anticipe una parte de la subida salarial que se va a acordar. Por parte de la empresa, se ha denegado esta petición, nos chantajean con la posible resolución favorable del juicio del próximo 20 de febrero y dejan a las plantillas con los salarios congelados hasta finalizar la negociación.

    A lo largo de toda la mañana, y después de un receso para continuar por la tarde, se han tratado diferentes puntos de las plataformas quedando pendientes de respuestas por parte de la empresa.

    Por parte de la empresa continúan con su actitud de hablar de su plataforma y seguir recortando derechos del convenio, como se lleva haciendo desde que la mayoría de la negociación no la tiene un sindicato de clase como somos CCOO.

    Desde CCOO tenemos una misión como TÚ, no perder derechos, tener más salario que nos permita vivir con dignidad, poder disfrutar de nuestro tiempo libre, en definitiva, no ser trabajadoras y trabajadores de segunda dentro del
    Sector.

    No olvides que en aquellas empresas o convenios en las que Comisiones Obreras CCOO somos mayoría, las condiciones de trabajo y los salarios crecen, por ello organízate con nuestro sindicato en tu centro de trabajo.

    TÚ puedes cambiar la balanza del futuro.

    COMUNICADO (pdf)

  • Negociación Convenio Colectivo AHORRO: #26FYoParo SOBRAN LOS MOTIVOS

    Tras la masiva manifestación del pasado día 8 de febrero, sobran los motivos para secundar el paro parcial del 26 de febrero y la huelga del 22 de marzo, si CECA no atiende a las demandas de CCOO.

    Porque, hoy por hoy, siguen en las antípodas de lo que las plantillas merecen:

     

    REIVINDICACIONES DE CCOO

    PLANTEAMIENTOS DE CECA

    • Recuperación poder adquisitivo: Incremento entre el 17% y el 23% en 3 años, aplicable a toda la plantilla (sin compensación ni absorción).
    • Incremento del 7% en 3 años en tablas, además de un 0,5% anual no consolidable según ROE de cada empresa.

     

    • Préstamos: Limitación tipo interés, con tope 1% y compromiso de negociación en cada empresa.
    • Préstamos: No quieren tratarlo en Convenio, lo remiten a la voluntad de cada empresa.
    • Mejora Clima laboral: Medidas sectoriales y por empresa que actúen sobre la presión comercial, la dotación de plantilla, las cargas de trabajo, la salud laboral, el tiempo de trabajo, la carrera profesional, la igualdad de oportunidades.
    • En vez de abordar las reivindicaciones sindicales, plantean Medidas que empeorarían aún más el clima laboral: Ampliar la movilidad geográfica a 50 km, desregulación de horarios, recortar la Ayuda de Estudios de hijos/as…

     

    La próxima reunión del convenio de Ahorro será el martes 20/2: CECA tiene la pelota sobre su tejado y debe decidir si empieza a hacer movimientos acordes con sus beneficios récord.


     

     

     

    La Mesa del Convenio de Ahorro se ha reconfigurado tras el acuerdo en sede judicial por la demanda de CIC, en un ejercicio de integración por parte de CCOO, FINE y UGT. Al computarse todo el ámbito CECA (con Kutxabank y Cajasur) CCOO y FINE empatamos en % de representación. Desde CCOO asumimos esta condición, al igual que la de primer sindicato en el conjunto del sector financiero, como un plus adicional de autoexigencia y responsabilidad.

     #SectorFinancieroEnLucha 

     Por la recuperación salarial y la mejora de las condiciones laborales

  • Convenio Colectivo Grupo DIA

    • Grupo Día aplica un 3% de subida salarial en 2024

    En 2023 se firmo el V Convenio Colectivo de Grupo Día con vigencia hasta el 31/12/2024, este convenio es de aplicación para todas las personas trabajadoras de Grupo Día Retail España S.A.U.

    El incremento salarial en 2024 será de un 3%, que se aplicara en las tablas para todos los módulos, otros puntos a destacar:

    • Jornada anual. Mantenimiento de las 1784 horas.
    • Incapacidad temporal. Complemento IT hasta el 100%.
    • Licencias retribuidas. No podrán comenzar en domingo o día festivo.
    • Descuento en compras. Se desvinculará del pago con Finandía, para que se pueda beneficiar todo el personal.
    • Desconexión digital. Fuera del horario laboral, la empresa no realizará llamadas o comunicaciones si no es algo relevante.
    • Jubilaciones parciales. Se ha acordado un n° de jubilaciones parciales para almacenes, que la empresa estará obligada a aceptar El personal de las tiendas podrán solicitarla y la empresa valorará cada caso.
    • El acuerdo de tramos y el acuerdo de incentivo de secciones se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2024
  • Iniciada la negociación del VIII Convenio de Gestión y Mediación Inmobiliaria

    Este martes, 13 de febrero de 2024, se celebrado la primera reunión de negociación del futuro VIII Convenio de Gestión y Mediación Inmobiliaria. Previamente, el día 23 de enero se constituyó la Mesa Negociadora en la sede de la Federación de Asociaciones de Empresarios Inmobiliarios de Madrid, conformada por UGT y CCOO como parte Sindical, y FADEI (Federación de Asociaciones de Empresas Inmobiliarias) como parte Patronal.

    En esta primera reunión, los sindicatos hemos procedido a la presentación de la plataforma de negociación conjunta, que incluye nuestras principales reivindicaciones:
     

    Ámbito Temporal

    • Vigencia de 4 años, 2024-2027, en función del resultado final.
    • En caso de no denuncia del Convenio 2 meses antes de su finalización, éste quedará automáticamente prorrogado, un año natural, en las mismas condiciones en cuanto a su contenido normativo y los salarios se revisarán al alza según el IPC medio a 31/12 del año anterior siguiendo los mismos criterios que el Acuerdo de la Comisión Paritaria Sectorial de fecha 23 de febrero de 2023.
       

    Contratación

    • Adaptación de los Art 30, 31, 32 y 35 a la normativa vigente.
       

    Tiempo de Trabajo

    • Jornada máxima anual de 1.764h (reducción 8 horas)

    Retribuciones

    • Incremento en Tablas Salariales conforme establece el V AENC: 3% inicial para cada año.
    • Cláusula Revisión anual conforme establece el V AENC: hasta un 1% adicional vinculado a la evolución del IPC, con efectos retroactivos 1 de enero de cada año.
    • Cláusula de incremento automático para que en caso de que el SMI que se publicase durante la vigencia del Convenio supere el importe de la tabla salarial en alguno o algunos de sus niveles, se incremente y se mantenga el diferencial entre categorías.
    • Incremento de Pluses: polivalencia, responsabilidad y vinculación del 5% en cada uno de los años de vigencia.
    • Revisión del art. 25: Actualización de los importes de Dietas y Kilometraje y del art. 26: Ayuda a Guardería
       

    Permisos Retribuidos

    • Adaptación art, 42 de los permisos retribuidos a la actual legislación y criterio jurisprudencial.
    • Posibilidad de disfrutar del permiso de hospitalización, intervención quirúrgica, enfermedad o accidente de familiares mientras dure el hecho causante.
    • Permiso retribuido para la realización de pruebas diagnósticas ambulatorias que precisen sedación y necesiten el acompañamiento de una persona (p. ej.: colonoscopia, gastroscopia…)
    • Adaptación legislativa de los artículos 47 y 48.
    • Art. 38 Vacaciones: conversión en 25 días laborables.

    Salud Laboral

    • Modificación del artículo 52 añadiendo todas las normativas que regulan el trabajo Pantallas de Visualización regulando las pausas y descansos correspondientes, adicionales al descanso establecido en el Art 34.4 ET

    Inclusión de Nuevos artículos:

    • Artículo x. Trabajo a distancia y teletrabajo con una compensación por gastos de 1 euro/día a jornada completa, revalorizable en 2025 y ss.
    • Artículo xx. Desconexión Digital

    Previsión Social Complementaria

    Durante los procesos de IT por enfermedad común o accidente no laboral, las empresas complementaran las prestaciones de la Seguridad Social según la siguiente escala:

    • Desde el primer día al tercero, ambos inclusive hasta el 70% de su retribución.
    • Desde el cuarto día al vigésimo, ambos inclusive, hasta el 85% de su retribución.
    • Desde el vigésimo primer día hasta un máximo de dieciocho meses desde la fecha de inicio de la IT, hasta el 100% de su retribución.

    Para los comerciales el cálculo se debería realizar sobre la suma del salario garantizado plus vinculación y complemento de responsabilidad que se hubiera percibido en el último mes, más la media de las comisiones de los tres últimos meses.

    La patronal FADEI ha recogido nuestras propuestas; y nos ha hecho una primera valoración de las mismas, haciendo especial hincapié en las dificultades que tienen para aceptar incrementos salariales de los pluses en el 5%, ven difícil alcanzar los porcentajes que pedimos para complementar el salario en los procesos de IT y descartan reducir la jornada.

    LA PRÓXIMA REUNIÓN SE CELEBRARÁ EL DÍA 06 DE MARZO

  • 8F Manifestación Masiva en Madrid

    ¡CCOO por la recuperación Salarial y Mejora de las Condiciones Laborales!

     

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