Categoría: Comunicados Vítaly

  • Sabes que medidas puede aplicarte Cualtis ante la situación del Coronavirus? y que medidas puedes aplicar tu?

    En primer lugar, la empresa debe comprobar que trabajadores pueden realizar sus tareas desde su domicilio. El gobierno está indicando que se reduzca al mínimo la movilidad de la población. La empresa debe comprobar que trabajadores pueden desarrollar su actividad en teletrabajo y priorizar esta forma de trabajar. La empresa debe comprobar que trabajadores tienen dificultad de conciliar, y priorizar dar la posibilidad de trabajar en casa a dichos trabajadores.

    En primer lugar, la empresa debe comprobar que trabajadores pueden realizar sus tareas desde su domicilio. El gobierno está indicando que se reduzca al mínimo la movilidad de la población. La empresa debe comprobar que trabajadores pueden desarrollar su actividad en teletrabajo y priorizar esta forma de trabajar. La empresa debe comprobar que trabajadores tienen dificultad de conciliar, y priorizar dar la posibilidad de trabajar en casa a dichos trabajadores.

    Una vez descartada gran parte de la plantilla, que puede seguir realizando su actividad mediante teletrabajo, debe ver la posibilidad de adaptar o disponer de medios adicionales, ya sea adaptando ordenadores fijos para poderse utilizar desde casa o adquiriendo nuevos equipos portátiles para su utilización, de tal forma que quede el personal imprescindible en los centros.

    La empresa tiene que valorar aquellos puestos de deban permanecer en los centros fijos.

    La empresa ya ha proporcionado información a cada puesto sobre los riesgos por el coronovirus. Es muy importante que cada uno de vosotros lea esa información y la cumpla estrictamente. La empresa deberá comprobar que todo el personal la ha leído y sigue el cumplimiento de esas normas.

    Después de todo esto la empresa se debe plantear si todos sus trabajadores van a tener trabajo que realizar ante el tiempo que estemos en estado de alarma.

    La empresa y los trabajadores tienen varias opciones en el caso de que detecte que hay varios trabajadores en estos casos.

     

    Permiso retribuido. El trabajador no va a trabajar, se queda en casa y sigue cobrando como hasta ahora.

    Permiso no retribuido. El trabajador no va a trabajar, se queda en casa pero no cobras nada de salario. Sigues cotizando y sigues perteneciendo a la empresa. La empresa anteriormente se negó a conceder este permiso a trabajadores que lo solicitaron. Desde nuestro punto de vista no es una de las mejores opciones para el trabajador.

    Reducción de jornada. Se reduce la jornada en un número de horas, y el salario en la parte proporcional a la reducción.

    Adaptación de la jornada. La empresa te adapta la jornada según las necesidades del trabajador. El trabajador debe justificar la causa de dicha adaptación.

    Jornada irregular o bolsa de horas. Se sigue trabajando pero no a jornada completa, pero las horas no trabajadas, se acumular para recuperarlas en el futuro. Similar a la anterior en el tiempo trabajado, no pierdes salario, pero hay que trabajar más horas en el futuro para compensar las horas que no se han trabajado durante este estado de .

    Vacaciones. Te tomas unos días de vacaciones. No las puede imponer el empresario. El trabajador tiene que estar de acuerdo. Si aún así te obligan, que lo hagan por escrito para poder reclamar luego, si es necesario.

    Teletrabajo. Trabajas desde casa y cobras el 100%. Es la primera medida que tiene que intentar adoptar la empresa como hemos dicho al principio.

     

    Prácticamente todas estas opciones, en mayor o menor medida, ya estaban previstas en la ley antes del estado de alarma. No son nuevas y de momento no hay nada de la ayuda que se insinuó que iba a aplicarse para quien tuviera que quedarse en casa al cuidado de menores o mayores debido a las medidas tomadas por el gobierno de cerrar ciertos centros educativos o de mayores.

     

     

     

     

    IMPORTANTE.

    Todas estas modalidades deben solicitarse por escrito si lo hace el trabajador. Y en cualquier caso debe quedar bien claro, por escrito, que son temporales mientras dure el estado de alarma.

    Antes de que el trabajador tome cualquier decisión, al respecto de decantarse y elegir cualquiera de estas alternativas, consultar con la representación sindical para que te oriente y aconseje al respecto.

    La empresa debería tener en consideración que las medidas a tomar con sus trabajadores deben tomarse de forma conjunta al colectivo y no de forma individual por trabajador o centro para evitar discriminaciones. El problema es global a toda la empresa y sus medidas deben acometerse de forma conjunta y no individual.

    Como último recurso y siempre antes del despido, la empresa puede aplicarte un ERTE, Expediente de Regulación de Empleo Temporal, que analizaremos en otro comunicado

  • PREGUNTAS

    Ante la grave situación que estamos viviendo y las dudas tan grandes que nos están surgiendo acerca de cómo tenemos que actuar en el desarrollo de nuestro trabajo, deciros que llevamos todo el fin de semana contactando con la empresa, explicando vuestras dudas, incertidumbres y poniéndonos a disposición para establecer las mejores situaciones para un desarrollo correcto de nuestro puesto de trabajo.

     

    Como vemos que siguen siendo disposiciones que no terminan de aclarar las circunstancias habituales, les hemos planteado las siguientes dudas para que nos transmitan aclaración:

    • Qué personal está trabajando por las tardes y fuera de horario normal. Así como dónde y en qué clientes. Necesitamos conocer las Evaluaciones de riesgos de esos puestos y la situación actual, así como los EPi´s necesarios para no poner en riesgo la salud de nuestros compañeros.
    • Hay que concretar qué situaciones serán de máxima urgencia para hacer RRMM y en qué condiciones. De todos es sabido que el Gobierna ha requerido TODOS los medios y equipos sanitarios necesarios y por tanto, vamos a carecer de EPI´s, de geles , etc. Además, las pruebas y reconocimiento requieren un espacio de menos de 1 metro para realizarse con seguridad: Reevaluación del puesto y procedimientos de actuación en los casos que se tengan que hacer RRMM.
    • Respecto a las visitas de los técnicos, entendemos que casi no hay NADA urgente. Como ya comentamos, las mediciones, tomas de datos y otros, no son acciones urgentes y se pueden suspender. Además, no serían datos fiables por falta de representatividad en muchas de las empresas. La presencia en centro de personal de guardia, nos parece innecesaria pudiendo gestionarse la guardia con desvíos telefónicos.
    • El personal que no va a teletrabajar deberá tener una evaluación revisada y específica: las personas que atienden directamente a los trabajadores que entren en nuestras instalaciones, con más motivo
    • RP y Coordinadores: procedimientos de actuación en clientes.
    • Procedimiento para personal de Cualtis que se tenga que quedar en casa por cuidado de familiar.
    • No sirve con que se verá en cada delegación, queremos información constante de que casos se están dando y su resolución para análisis.

    Entendemos que hay que agilizar estas respuestas ya que muchos compañeros se encuentran en incertidumbre innecesaria.

    EL gobierno está intentando restringir los movimientos como máxima para evitar contagios y nosotros ¿recepcionamos personal en nuestras instalaciones y visitamos empresas como si no pasara nada, desplazándonos de centro en centro????

  • Publicado el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección

    Publicado el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.

    https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/11/pdfs/BOE-A-2020-3434.pdf

  • Sobrecarga de trabajo en el sector sanitario SPA

    Más del 82% del personal sanitario de los Servicios de Prevención afirma que su carga de trabajo no se calcula conforme al Real Decreto 843/2011

    Casi el 76% ha tenido que realizar su trabajo en centros sin las debidas garantías sanitarias, en lo que se conoce como “equipos móviles”, algo que está totalmente prohibido, pues la actividad sanitaria de los Servicios de Prevención Ajenos sólo puede realizarse en centros sanitarios que cuenten con la debida autorización de funcionamiento por parte de las Autoridades Sanitarias de las Comunidades Autónomas

    Enlace a PDF

    La Encuesta sobre Condiciones y Cargas de trabajo resulta absolutamente representativa y evidencia la realidad de los Servicios de Prevención Ajenos

  • 8 de Marzo de 2020: Vivas, Libres y Unidas en acción y reivindicación.

     

    8 de Marzo de 2020: Vivas, Libres y Unidas en acción y reivindicación.

    Conmemoramos el 8 de marzo como día de acción y reivindicación feminista,por ello llamamos a la participación unitaria este 8M.

    Nuestro 8M será de acción y reivindicación.

    Porque nos queremos VIVAS.

    UNIDAS somos más y mucho más fuertes.  Desde CCOO reafirmamos nuestro compromiso con las políticas de igualdad y con la denuncia de todas las formas de discriminación y violencia contra las mujeres.

    Conmemoramos el 8 de marzo como día de acción y reivindicación feminista,por ello llamamos a la participación unitaria este 8M.

    Nuestro 8M será de acción y reivindicación

    Porque nos queremos VIVAS

    No queremos que ni una mujer más sufra ninguna forma de violencia por el hecho de ser mujer. No queremos que falte ni una menos.

    Porque nos queremos LIBRES

    La igualdad es condición previa para la libertad. Desde CCOO no pasa un solo día sin denunciar, diagnosticar y proponer medidas correctoras sobre la discriminación laboral, sobre la protección social, sobre la reproducción social (la crisis de los cuidados), y las prioridades en la lucha por la autonomía económica de las mujeres.

    Porque nos queremos UNIDAS

    Es tiempo de unir fuerzas. La unidad ha hecho posibles grandes conquistas sociales del feminismo y del sindicalismo, como la historia demuestra.