Categoría: conciliacion capgemini

  • Apostemos activamente por la conciliación: Concrecion Horaria

     

    Como ya os informábamos en el comunicado referente al estado de negociación del Plan de Igualdad, desde CCOO hemos trasladado a la empresa varias propuestas sobre conciliación de la vida laboral y familiar. De todas ellas hoy os queremos informar sobre la que hace referencia a concreción horaria. 

     

    Desde CCOO-Capgemini siempre hemos considerado que la conciliación de la vida laboral y familiar es además de necesaria muy beneficiosa tanto para los trabajadores como para la empresa.

    En este sentido hay una medida que podría facilitárnosla a todos aquellos trabajadores y trabajadoras con menores o familiares dependientes a su cargo y que consiste en la posibilidad de acogerse a una concreción horaria de forma continuada.

    Ejemplo horario:   Actualmente de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:15
    Con concreción horaria: 9:00 a 17:15 sin parar 1 hora y cobrando lo mismo.

    ¿Qué beneficios tiene la concreción horaria?

    • Los trabajadores pueden realizar su jornada de forma continuada con el objetivo de poder conciliar su vida laboral y familiar.
    • No hay perjuicio económico para el trabajador ya que se evita  la reducción salarial que tiene una reducción de jornada.
    • La empresa puede contar con el trabajador a jornada completa.

    Esperamos que Capgemini tenga en cuenta nuestras propuestas, apostando por tanto de una forma activa por la conciliación laboral y familiar.

    Si tienes cualquier duda o aclaración acerca de este u otros temas ponte en contacto con un delegado/a de CCOO-Capgemini.

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  • Colectivo General Capgemini: Cerrado horario de verano para las personas con reducción de jornada

     

    El pasado 16 de Junio la empresa nos informaba que aceptaba una de las propuestas que habíamos presentado meses atrás para compensar el exceso de horas que realizan las personas del colectivo general que tienen una reducción de jornada con reducción proporcional de salario. La propuesta aceptada: se acumula el exceso de horas anual y compensa durante la jornada intensiva de verano.

    Y es que ya lo dice el refrán… “las cosas de palacio, van despacio”.

    En el mes de Febrero, desde CCOO-Capgemini ya trasladábamos a la Dirección el exceso de horas y el ajuste de jornada que debía hacerse a las personas del colectivo general que tienen una reducción de jornada con reducción proporcional de salario y proponíamos varias opciones para su compensación (pago económico del exceso de horas, reducción del horario en los meses de verano de Julio y Agosto, compensar con días de libre disposición).

    Después de pasar por diferentes fases y análisis de la situación por parte de la Dirección de la compañía, finalmente el pasado jueves 16 de Junio nos informaba que:

    • Efectivamente las personas con reducción de jornada deben hacer proporcionalmente el mismo número de horas que las que realizan los trabajadores de su centro de trabajo (no sobre las 1784 máximas que podríamos llegar a trabajar).
    • Para este año 2016 aceptan compensar dicho exceso con una de las propuestas que presentamos: el exceso de horas trabajadas durante todo el año, se acumularán y se compensarán durante los meses de jornada intensiva de veranoEs decir, las personas del colectivo general con reducción de jornada de 1/8 deberán trabajar el siguiente número de horas durante los meses de julio y agosto:

     

     

     

     

    CENTRO

    Horas anuales máx. Jornada 1/8

    Horas anuales realizadas

    Exceso

    Horas en Jornada Verano

    Madrid

    1531,03

    1561

    29,97

    6 horas

    Barcelona

    1539,34

    1568

    28,66

    6 horas 5 min

    Langreo

    1531,03

    1561

    29,97

    6 horas

    Valencia

    1538,25

    1568

    29,75

    6 horas y 2 min

    Murcia

    1537,16

    1568

    30,84

    6 horas y 1 min

    Zaragoza

    1545,47

    1575

    29,53

    6 horas y 3 min

    Sevilla

    1529,94

    1561

    31,06

    6 horas

              Dicha reducción podrá realizarse dentro del horario que realice cada trabajador al inicio o final de su                     jornada.

    • Así mismo, y al igual que sucede con los trabajadores sin reducción, si a final de año un trabajador/a ha superado el número máximo de horas anuales, podrá solicitar la compensación.

    Desde CCOO-Capgemini hubiéramos querido que esta noticia hubiera llegado con algo más de tiempo a las personas afectadas y así lo hemos estado solicitando en multitud de ocasiones a la Dirección. Esperamos que para el año que viene seamos capaces, todas las partes, de cerrar con más premura temas como los del calendario laboral.

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  • Colectivo General: Cerrado horario de verano para las personas con reducción de jornada.

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    Y es que ya lo dice el refrán… “las cosas de palacio, van despacio”. 

    En el mes de Enero, desde CCOO-Capgemini exponíamos a la Dirección el ajuste de jornada que debía hacerse a las personas del colectivo general que tengan una reducción de jornada con reducción proporcional de salario. 

     

    Después de pasar por diferentes fases y análisis de la situación finalmente la Dirección de Capgemini nos informaba el pasado jueves 16 de Junio de que:

      • Efectivamente las personas con reducción de jornada deben hacer proporcionalmente el mismo número de horas que las que realizan los trabajadores de su centro de trabajo (no sobre las 1783 máximas que podríamos llegar a trabajar).
      • Aceptan una de nuestras propuestas: el exceso de horas trabajadas durante todo el año, se compensarán durante los meses de jornada intensiva de verano.

    Es decir, las personas del colectivo general con reducción de jornada de 1/8 deberán trabajar el siguiente número de horas durante los meses de julio y agosto:

     

    Dicha reducción podrá realizarse dentro del horario que realice cada trabajador al inicio o final de su jornada.

     

    Así mismo, y al igual que sucede con los trabajadores sin reducción, si a final de año un trabajador/a ha superado el número máximo de horas anuales, podrá solicitar la compensación de dichas horas.

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  • Colectivo Sogeti: jornada intensiva de verano

     

    Finalmente y tras solicitar desde CCOO-Capgemini una reunión de carácter urgente hemos conseguido consensuar con la Dirección la jornada intensiva para el colectivo Sogeti.

     

    Como os informábamos el pasado 11 de mayo, desde CCOO-Capgemini solicitábamos a la Dirección una reunión de carácter urgente para cerrar el calendario laboral para el colectivo Sogeti siendo el principal escollo la fecha de inicio y fin de la jornada intensiva de verano.

    En este sentido el horario y las fechas durante las cuales podéis disfrutar de la jornada intensiva en verano son:

    HORARIO: de 8 a 15h

    FECHA INICIO: 24/6/2016 (inclusive)

    FECHA FIN: 7/9/2016 (inclusive)

    Para los compañeros y compañeras con reducción de jornada proporcional durante todo el año, la jornada a realizar durante este periodo es la siguiente:

    MADRID:

     

    Reducción del 12’5% (un octavo): 6 horas y 2 minutos

     

    Reducción del 25% (un cuarto): 5 horas y 10 minutos

     

    Reducción del 50% (media jornada): 3 horas y 27 minutos

    BARCELONA Y VALENCIA:

     

    Reducción del 12’5% (un octavo): 6 horas y 4 minutos

     

    Reducción del 25% (un cuarto): 5 horas y 12 minutos

     

    Reducción del 50% (media jornada): 3 horas y 28 minutos

    Recordaros que según el punto sexto del “Acuerdo sobre políticas sociales, salariales, de igualdad y condiciones laborales en SOGETI España”: “para el personal que trabaja por las tardes durante los periodos de jornada de verano y/o los viernes, la subvención pasará a ser para esos días en concreto del 100% del importe que no constituye retribución en especie”.

    A día de hoy, este importe es de 9 euros diarios.

    Así mismo os recordamos que con la firma del “Acuerdo Plan Transformación 2015” se regulan los días adicionales de descanso en función del número de días de trabajo efectivo en los que se hubiera excedido la jornada intensiva de verano:

     

    De 4 a 12 días de trabajo efectivo

    1 día de descanso

     

    De 13 a 22 días de trabajo efectivo

    2 días de descanso

     

    De 23 a 31 días de trabajo efectivo

    3 días de descanso

     

    De 32 días en adelante

    4 días de descanso

    Si tu situación es particular y no se encuentra entre las mencionadas, ponte en contacto con nosotros y te informamos de tu caso.

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  • Calendario laboral 2016 para el Colectivo Integrado SOGETI

     

    Como cada año la empresa y la Representación Legal de los Trabajadores nos reunimos para fijar los calendarios laborales.

    Este es un tema especialmente importante en el caso de las personas integradas desde Sogeti, ya que aunque seamos a todos los efectos plantilla de Capgemini, mantenemos algunas condiciones particulares, como la jornada laboral máxima de 1750 horas anuales y esta particularidad afecta al calendario laboral.

    Aunque llevamos intentando cerrar este tema desde finales de 2015, la empresa ha ido dilatándolo, no habiendo llegado a un acuerdo sobre la fecha de inicio y final de la jornada intensiva. Por las fechas en las que estamos y por la importancia que tiene que la plantilla conozca su calendario laboral hemos solicitado a la empresa una reunión lo más urgente posible para, como todos los años, tratar y cerrar este asunto, definitivamente.

    Si tenéis cualquier duda o aclaración en ésta u otra materia no dudéis en dirigiros a un delegado/a de CCOO-Capgemini

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