| SIN CONVENIO | CON CONVENIO |
| En aquellos sectores o empresas SIN Convenio Colectivo la normativa laboral que debe aplicarse es la BÁSICA, la que estipula el Estatuto de los Trabajadores. | El Convenio Colectivo y los Acuerdos de Empresa suponen una mejora de los derechos laborales básicos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores. |
| Ante cualquier discrepancia entre las partes, empleado y empleador, las demandas deben ser realizadas por el trabajador o trabajadora, INDIVIDUALMENTE. | Además del Convenio de Banca, en el Bancopopular-e son de aplicación distintos Acuerdos Laborales que se han ido suscribiendo entre la Representación de los Trabajadores y de la Empresa (por ejemplo: Salud Laboral, Complemento de Pensiones, Libranza de sábados, etc.) |
| Dejar de tener convenio implica perder los DERECHOS COLECTIVOS protegidos por el mismo, que pasan a ser INDIVIDUALES, e incluso pueden desaparecer en el caso de nuevas contrataciones. En estas condiciones, la defensa jurídica debería llevarse a cabo a nivel individual. | Así, el mantenimiento y la defensa de los derechos laborales de la plantilla es llevada a cabo por el Sindicato, tanto individual como COLECTIVAMENTE, incluyendo la vía jurídica. |
| Afrontar un conflicto a nivel particular es como ir a la batalla a pecho descubierto, sin una buena protección. Por muy valiente que uno sea, la lucha contra fuerzas superiores y bien pertrechadas se hace difícil. | Un convenio en vigor supone una coraza de protección. Junto a la determinación de todos los compañeros y compañeras, con unión y organización, tendremos la mejor defensa frente a cualquier intento de reducir nuestros derechos. |
Categoría: Condiciones de trabajo
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COMIENZA LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO
Comienza la primera evaluación del desempeño 2015, que permitirá a toda la Red valorar a sus supervisores y supervisoras.
Podremos plasmar en la evaluación, y por tanto dar a conocer a la Empresa, cuál ha sido el comportamiento de jefes y jefas, cómo han desarrollado su labor, si han prestado apoyo y escuchado a sus equipos, o si han operado en contra de las líneas marcadas en el Plan de Transformación para los mandos intermedios.
Periodos:
- Hasta el 12 de febrero se va a producir la ?Valoración de Competencias» (cómo lo hemos hecho) con un peso del 40% sobre el total de la evaluación.
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Del 1 al 18 de marzo, correspondería la ?Valoración de Objetivos? (qué hemos hecho) que supone el 60% restante sobre el total de la evaluación.
- Del 21 de marzo al 15 de abril concluirá el proceso con las entrevistas personales a realizar.
El proceso que ahora se inicia, tiene una importancia mayúscula en el desarrollo de los planes de carrera, y no olvidemos que tiene incidencia directa en el cobro de incentivos por eso, CCOO anima a toda la plantilla a participar en la Evaluación 180º.
Te adjunto información.
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CAMBIOS EN EL MODELO COMERCIAL
El martes 12 de enero se presentó a los sindicatos el Modelo Comercial del Banco que está comenzando a aplicarse desde principios de este año.
Los cambios introducidos en el Modelo responden directamente a las reclamaciones que CCOO ha venido realizando, a lo que la plantilla demanda para facilitar el trabajo diario.
Es necesario destacar algunas novedades, te ampliamos este tema.
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CAMBIOS EN EL MODELO COMERCIAL
El martes 12 de enero se presentó a los sindicatos el Modelo Comercial del Banco que está comenzando a aplicarse desde principios de este año.
Los cambios introducidos en el Modelo responden directamente a las reclamaciones que CCOO ha venido realizando, a lo que la plantilla demanda para facilitar el trabajo diario
Es necesario destacar algunas novedades, te ampliamos información de este tema. -
Exceso de Jornada

Se reconoce
un Exceso de Jornada para el 2016 de 31 horas para jornadas de 40 y
proporcional al resto de jornadas:Jornada de
38 —– 29,45 Jornada
de 20 —– 15,5Jornada de
36 —– 27,9 Jornada
de 18 —– 13,95Jornada de
35 —– 27,12 Jornada
de 16 —– 12,4Jornada de
32 —– 24,8 Jornada
de 14 —– 10,85Jornada de
30 —– 23,25 Jornada
de 12 —– 9,3Jornada de
28 —– 21,7 Jornada de 10 —– 7,75Jornada de
24 —– 18,6 Jornada
de 08 —– 6,2Jornada de
22 —– 17, 5 Jornada
de 06 —– 4,65IMPORTANTE
Este año los excesos se disfrutarán y tendrán
tope diferente al año pasado, será de la siguiente manera:Primer y Según Día de Exceso de Jornada
Se solicitarán antes del 29 Febrero de 2016 y se disfrutarán junto a las vacaciones de
invierno o antes del 31 de mayo de 2016.Tercer Día de Exceso de Jornada
Se solicitará antes del 31
de Mayo de 2016 y se disfrutará junto a las vacaciones de verano o antes del 30 de Septiembre de 2016Cuarto Día de Exceso de Jornada
Se solicitará
antes del 31 de Agosto de 2016 y se
disfrutará antes del 31 de Diciembre de
2016.Se utilizará una plantilla doble para solicitar el exceso, quedándote
copia firmada por tu director/a en el momento de tu petición.Si NO se solicitan dentro del
plazo establecido se perderán.