- 1 de enero (Año Nuevo – viernes),
- 6 de enero (Reyes -Miércoles)
- 25 de marzo (Viernes Santo)
- 15 de agosto (Asunción de la Virgen – lunes)
- 12 de octubre (Fiesta Nacional de España – miércoles)
- 1 de noviembre (Todos Santos – martes)
- 6 de diciembre (Día de la Constitución – martes)
- 8 de diciembre (Inmaculada Concepción – jueves)
Categoría: Condiciones de trabajo
-
Calendario Laboral 2016
Calendario Laboral de fiestas para 2016. Calendarios Laborales Estatal y Autonómicos confeccionados con las fiestas estatales y autonómicas. Resolución de 19 de octubre de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2015.Ocho días festivos nacionales:Podéis consultar el calendario general de fiestas aquí.Fiestas Generales en todo el territorio español (Calendario Laboral BOE 22-10-2015)Recibid un cordial saludo -
NO NECESITAMOS CAPATACES
Comenzamos el año como lo terminamos, con una serie de cambios en las distintas zonas que vuelve a poner patas arriba a toda la plantilla. Y desde CCOO nos preguntamos a que viene este batiburrillo.Sinceramente creemos que es una táctica más de las Direcciones Territoriales, que se están caracterizando por llevar una gestión basada en el MIEDO y la PRESIÓN.Comenzamos el año como lo terminamos, con una serie de cambios en las distintas zonas que vuelve a poner patas arriba a toda la plantilla. Y desde CCOO nos preguntamos a que viene este batiburrillo.Sinceramente creemos que es una táctica más de las Direcciones Territoriales, que se están caracterizando por llevar una gestión basada en el MIEDO y la PRESIÓN.Según nos trasladáis en las visitas a oficinas, el trato recibido hacia la plantilla deja mucho que desear, la angustia diaria vivida por la presión comercial está llegando a cotas insoportables e incluso se reciben correos donde las formas se fueron al cubo de la basura.La gestión de los RRHH en los territorios no se caracteriza precisamente por MOTIVAR a la plantilla, por CREAR EQUIPOS de trabajos o por FOMENTAR EL DIALOGOEsta actitud provoca un miedo estructural en la plantilla, miedo a hablar en reuniones, miedo a disfrutar de sus derechos por si se señalan demasiado, miedo a represalias en caso de plantear alguna queja. En fin, nada mejor que infundir miedo para tener una plantilla sumisa.Incluso hemos detectado casos donde no se han respetado los derechos de la mujer ante la maternidad, excedencias por cuidado de hij@s o disfrute de derechos de conciliación. Debe de ser prioritario tanto el respeto al puesto de trabajo cuando nuestras compañeras vuelven de sus bajas o excedencias, como al disfrute de los derechos de conciliación establecidos en la normativa vigente y en los acuerdos laborales suscritos con la representación sindical.La nueva línea comercial de Cajamar basada en el CMI Previus rompe totalmente el trabajo en equipo de las oficinas, alienta la competitividad entre las personas y propicia roces entre la plantilla.Los directivos de Cajamar tienen que plantearse el por qué buenos profesionales han visto en el reciente ERE una posibilidad de marcharse. ¿No será porque parece que siempre está la espada de Damocles encima de los trabajadores y trabajadoras?La sección sindical de CCOO pedimos a las Direcciones Territoriales que, a año nuevo, propósitos nuevos: trabajemos para motivar a la plantilla, aplaudir sus éxitos, crear equipos, en definitiva, construir más empresa.#elige_ccoo -
Vacaciones y Libranzas 2016
Para evitar tergiversaciones y mensajes contradictorios o falsos, a continuación
informamos de las normas legales aplicables en el Popular para el disfrute de
las vacaciones y licencias:
VacacionesConvenio Colectivo
2011 – 2014(prorrogada su vigencia
hasta el 26/02/16, para dar tiempo a la negociación de un nuevo Convenio)DÍAS
23 días laborables anuales, sin contar sábados, domingos ni
festivos. Quien disfrute ininterrumpidamente de, al menos, 5 días fuera
del periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de octubre, podrá
ampliar sus vacaciones en 1 día más. El personal que preste
servicio en las islas Canarias y que disfrute sus vacaciones en la
Península, tendrá una ampliación de cinco días naturales en su período de
vacaciones.PERIODO
Del 1 de marzo al 30 de noviembre. Si el trabajador lo solicita, y
las necesidades de servicio lo permiten, las vacaciones se pueden
disfrutar fuera de las fechas señaladas.CUADRO
Se confeccionará un cuadro por cada oficina o dependencia,
diferenciando entre Administrativos y Técnicos. La empresa tiene la
obligación de dar a conocer el cuadro con un mínimo de 2 meses de
antelación a la fecha de disfrute de las vacaciones.PARTICIÓN
Las vacaciones pueden fraccionarse en 2 periodos por voluntad del
trabajador, y en un tercero de acuerdo con la empresa. No se puede
elegir el segundo periodo hasta que el resto del personal del cuadro haya
elegido por primera vez.PRIORIDAD
Por orden de antigüedad en la empresa. Los trabajadores que tengan
hijos en edad escolar tienen derecho a disfrutarlas dentro del periodo
oficial de vacaciones escolares, igualmente por orden de antigüedad.
Días de
Libranza
de libre
disposición, por:
Cuatro días de licencia al año. El
personal de nuevo ingreso podrá disfrutar de estos días libres en
proporción a los días trabajados en el año.Convenio Colectivo
2011 – 2014
Un día al año, en las mismas
condiciones y con los mismos criterios de los días de licencia estipulados
en el Convenio Colectivo de Banca
Acuerdo Laboral de
Fusión Popular y Pastor, de 2012
Libranza de todos los
sábados del año.
Acuerdo Laboral de
Libranza de Sábados en el Popular, de 2009Días adicionales de libranza por fidelidad y vinculación con el
Grupo, que se disfrutarán con motivo del cumplimiento de un número
determinado de años de antigüedad:Al cumplir en el Grupo:
Días de libranza
consecutivos:10 años
…2 días
15 años
…3 días
20 años
…4 días
25, 30, 35, 40, 45 y 50 años
…5 días
Acuerdos Laborales
de Fusión de los bancos del Grupo, de 2008, 2010 y posteriores.Para resolver dudas sobre vacaciones y libranzas,
dirígete a la Delegada o Delegado de CCOO
que tengas más cerca.12 de enero
de 2016 -
CAJAMAR: NI IGUALDAD NI CONCILIACIÓN
En Cajamar, ¿se sigue penalizando a las mujeres cuando ejercen su derecho de excedencia por cuidado de hij@s? La respuesta es SÍ.Así de contundentes nos manifestamos desde CCOO ante las sorprendentes actuaciones de algunos territoriales que «castigan» a algunas compañeras por ejercer su legítimo derecho.La empresa viene públicamente alardeando de su buen hacer en el tema de Igualdad, desde la firma del plan Óptima en 2.006 hasta la reciente firma del Plan de Igualdad 2015-2018, al que se dio amplia cobertura en la publicación Comunica-t del pasado mes de mayo:¿Se sigue penalizando a las mujeres cuando ejercen su derecho de excedencia por cuidado de hij@s? La respuesta es SÍ.Así de contundentes nos manifestamos desde CCOO ante las sorprendentes actuaciones de algunos territoriales que «castigan» a algunas compañeras por ejercer su legítimo derecho.La empresa viene públicamente alardeando de su buen hacer en el tema de Igualdad, desde la firma del plan Óptima en 2.006 hasta la reciente firma del Plan de Igualdad 2015-2018, al que se dio amplia cobertura en la publicación Comunica-t del pasado mes de mayo:«Este mes
entra en vigor el nuevo Plan de Igualdad de
Oportunidades 2015-2018, elaborado por la Comisión de
Igualdad del BCC-Grupo Cajamar. Este Plan se suma a las distintas herramientas
que desde el año 2006 se han puesto en marcha en el seno de la organización con
el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades y compatibilizar las
aspiraciones profesionales con las decisiones de carácter personal.»Sus objetivos, según Cajamar, coinciden con los establecidos en la política de Responsabilidad Social Corporativa, incluso así se aporta en el Informe Integrado de 2014. Este informe recoge explícitamente que:«el Sistema
Ético del Grupo Cooperativo Cajamar contempla la no discriminación, la igualdad
y la conciliación como uno de los pilares sobre los que se desarrolla la
gestión de personas en el Grupo. La Dirección de Recursos Humanos es la
encargada de velar por el estricto cumplimiento de la Ley de Igualdad y de
todas las medidas alcanzadas y establecidas en los distintos acuerdos y
protocolos, al objeto de conseguir un adecuado equilibrio y mejor
compatibilidad entre las responsabilidades laborales y la vida personal y
familiar de los empleados y empleadas. Pero más allá del cumplimiento de la
Ley, es voluntad del Grupo que todas las políticas, medidas e instrumentos
orientados a fomentar la igualdad tengan un alcance para todas las entidades
que los conforman.»Por lo tanto, creemos que la empresa debe ser coherente con lo que públicamente expresa y, no podemos tolerar casos como el de una compañera de Málaga que tras solicitar la incorporación de su excedencia por cuidado de su hijo, se le envíe a una oficina que dista 120 kms de su actual domicilio, alegando que no es posible su incorporación en ninguna oficina más cercana, en ningún puesto de trabajo, lo cual traducimos en una invitación directa a la compañera a pedir la cuenta.
¿Es eso velar por conseguir un equilibrio entre las responsabilidades laborales, la vida personal y familiar?No avanzaremos mientras no cuidemos algo tan fundamental como son los derechos de las mujeres, como es el ejercer su derecho a la maternidad y al cuidado de sus hijos e hijas.Exigimos una rectificación a la Entidad en este caso: nueva asignación de oficina de destino a la compañera reincorporada de su excedencia, de modo que se garantice su derecho a la conciliación de su vida familiar con sus responsabilidades laborales. -
6.000 trabajadores y trabajadoras de Hostelería de Ciudad Real cobrarán las horas nocturnas y podrán llevar al médico a sus hijos menores
- La Justicia ordena rectificar dos artículos del convenio colectivo del sector por violar la legislación vigente en perjuicio de los intereses de los asalariados, tal y como advirtió CCOO.
- Pese a la obviedad de los errores y pese al requerimiento de la Autoridad Laboral para que se subsanaran, la Patronal se negaba a adecuar el convenio al Estatuto de los Trabajadores -en lo que respecta al Plus de Nocturnidad- y al Código Civil -en la definición de la mayoría de edad.
Ciudad
Real, 11 de enero de 2016. El juzgado de lo Social número 1 de
Ciudad Real ha atendido la demanda interpuesta de oficio por la
consejería de Economía, Empresas y Empleo a instancias de CCOO y
UGT para obligar a la patronal de Hostelería de Ciudad Real a
rectificar los artículos del convenio colectivo provincial referidos
al Plus de Nocturnidad y al derecho de los trabajadores y
trabajadoras a acompañar al médico a sus hijos menores.?En
ambos casos, lo establecido en el convenio violaba la legislación
vigente en perjuicio de los derechos e intereses de los trabajadores
del sector, tal y como advertimos en su momento y ahora recoge la
sentencia?, indica Ángela Briones, responsable de la Federación
de Servicios de CCOO-Ciudad RealRespecto
al trabajo nocturno, la patronal se negaba a adecuar el convenio al
Estatuto de los Trabajadores, que establece que el Plus de
Nocturnidad debe de abonarse desde las 22.00 horas hasta las 06.00
horas, y no desde las 03.00 hasta las 06.00 como fijaba el artículo
38 del convenio provincial de Hostelería.En
cuanto a la licencia para acudir al médico con los hijos menores de
edad, el Código Civil establece la mayoría de edad en 18 años,
mientras que el artículo 20.m del convenio limitaba el derecho de
los trabajadores a acompañar a consulta a sus hijos menores de 12
años.El
convenio que ahora deberá rectificarse para adecuarlo a la legalidad
se firmó en el mes de junio de 2015, pero ya antes de su registro y
publicación la Delegación de Trabajo de Ciudad Real instó la
subsanación de los dos artículos mencionados.?Aunque
los defectos legales eran evidentes, la Patronal se negó a
rectificar el convenio, con el interés de retrasar su publicación
y, en consecuencia, su entrada en vigor; de forma que los empresarios
posponían así la aplicación de la subida salarial acordada en la
negociación y retenían en su provecho un dinero que pertenecía a
los trabajadores y trabajadoras?.Por
ello, en el mes de octubre CCOO y UGT presentaron ante la Consejería
un requerimiento formal de solicitud de registro y publicación de
convenio colectivo del sector de la Hostelería de Ciudad Real con
las subsanaciones requeridas por su delegación provincial, para
forzar a la autoridad laboral a presentar la demanda de oficio que
ahora ha obtenido la sentencia favorable de Juzgado de lo Social,
contra la que cabe la interposición de Recurso de Suplicación ante
el Tribunal Superior de Justicia?Hacemos
una valoración muy positiva de esta sentencia. Nos vimos obligados a
impulsar un proceso judicial para rectificar un convenio colectivo.
Fue una decisión muy estudiada y meditada, tras negociar hasta la
extenuación con una patronal cuya intransigencia no tenía sentido
alguno. En nuestra hoja de ruta no está firmar articulados de
convenios que conculquen la legislación, y tampoco debiera estarlo
en la de ninguna patronal?.