Gracias a una iniciativa
de la entonces FECOHT-CCOO el Instituto Nacional de Seguridad e
Higiene en el Trabajo (INSHT) redactó un informe (I.T.B. 16.10) para
dar respuesta a las dudas sobre como evaluar la carga física en el
personal de pisos del sector del alojamiento.
Aunque este informe es de
marzo del año 2010, es importante recordar constantemente que deben
establecerse métodos científicos y legalmente respaldados para
medir la carga física en estos puestos de trabajo. La carga física
es una cuestión que mucha veces se escapa por los márgenes de las
evaluaciones de riesgos laborales realizadas en establecimientos
hoteleros, al tratarse de un tema con cierta complicación técnica
y que no es percibido como prioritario por trabajadores y
trabajadoras , y lo que resulta mucho más hiriente al considerarse
por las empresas como un hecho normalizado que va unido a las tareas
de estos trabajadores.
Para CCOO es un momento
adecuado para recodar nuevamente esta problemática, puesto que
coincide con la iniciativa de nuestra federación sindical
internacional UITA, que está desarrollando una campaña mundial para
dignificar el trabajo de las camareras de pisos.
Si entendemos la carga de
trabajo como «el conjunto de requerimientos psico-físicos a los
que el trabajador se ve sometido a lo largo de la jornada laboral»,
la propia normativa técnica admite que para realizar una valoración
correcta de dicha carga o actividad del individuo frente a la tarea
hay que valorar los dos aspectos reflejados en la definición, o sea
el aspecto físico y el aspecto mental dado que ambos coexisten, en
proporción variable, en cualquier tarea.
Aunque, en general, el
progreso técnico implica un crecimiento de los requerimientos
mentales en detrimento de los físicos en muchos puestos de trabajo,
no es menos cierto que aún existen puestos (como es el caso) en los
que las exigencias físicas siguen siendo elevadas, por lo que es
necesario evaluarlas y aportar las medidas correctoras precisas para
paliar en lo posible los efectos de estos trabajos pesados, o
incluso en aquellos casos en que fuera técnicamente posible cambiar
el proceso de trabajo por otro menos exigente, bien mediante
instrumentos técnicos adecuados o una nueva organización del
trabajo.
Según
el INSHT la carga física consta de tres componentes: la
manipulación de cargas, la carga postural y el consumo metabólico,
siendo este último el que habitualmente se obvia con más
frecuencia. El método para evaluar el consumo metabólico es la
norma UNE-EN-ISO 8996, que califica de ?moderado? el consumo
metabólico del personal de pisos; pese a esta calificación no puede
interpretarse que se trate de un trabajo que no cree fatiga y que por
tanto no sea necesario realizar pausas en su desarrollo.
Es necesario según las
propias recomendaciones del INSHT evaluar de forma específica cada
una de las condiciones de los puestos de trabajo, y tener en cuenta
como recomendación generales recodar que aunque el consumo
metabólico se califique de ?moderado?, es habitual y continuado
en las labores específicas de estos puestos de trabajo, por lo que
habrá que aplicar en el tiempo medidas preventivas para reducir la
carga de trabajo diaria del colectivo; una de ellas son las pausas,
adecuando el gasto metabólico que con una correcta medición se
pueden determinar de forma exacta según los métodos propuestos por
el Instituto.
En caso de no poder
determinar y realizar estas pausas, recomienda el INSHT que sería
necesario rebajar el consumo metabólico de ?moderado? a
?ligero?, lo que significa bajar la intensidad del trabajo de
una forma cuantitativa considerable, o dicho de forma más clara,
tener un menor número de habitaciones para arreglar.
Desde la Federación de
Servicios de CCOO recordamos a todos nuestros representantes en las
empresas, y específicamente a delegados y delegadas de prevención,
que cuentan con esta herramienta del INSHT y el asesoramiento del
propio sindicato, para desarrollar su tarea en materia de carga de
trabajo y gasto metabólico. Y que sería muy conveniente y necesario
además incluir en los debates para elaborar las diferentes
plataformas de convenio colectivo, en los casos en que todavía no se
haya hecho así.
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