Categoría: Condiciones de trabajo

  • Coherencia y responsabilidad

    Un trabajador de Deutsche Bank España espera de la Empresa que ésta ponga a su disposición los medios adecuados para cumplir con corrección los objetivos establecidos. También espera que cada estamento de la Empresa asuma sus responsabilidades ante los organismos regulatorios y ante las propias normas de funcionamiento de la Entidad. Lamentablemente creemos que es esperar demasiado.

    Responsabilidad

    El pasado viernes, 31 de octubre, la Dirección de PBC España emitió un correo a la plantilla en el que les comunicaba una serie de normas a cumplir amparándose en la Directiva ESMA y en la adopción de ésta por la CNMV. Consideramos que se trata de un traspaso de una responsabilidad, que debería ser de la Dirección de PBC, a los empleados que acaban siendo los remeros que cargan con todas las culpas.
    Responsabilidad traspasada

    Alguno de los «indicadores» que se establecen son sencillamente imposibles de cumplir con la actual dotación de empleados de la Red de oficinas, y esto lo sabe perfectamente la Dirección de PBC. Otros «indicadores» hacen recaer en los trabajadores la responsabilidad y organización de los sistemas de trabajo y cumplimiento normativo que, parece, que la Dirección de PBC es incapaz de asumir en su gestión.

    Coherencia

    Los «indicadores» que menciona la Dirección de PBC en su correo no es otra cosa que la aplicación cercenada de la Política Global de las Red Flags. A nuestro entender la falta de coherencia de la aplicación de esa política global por PBC es clara.

    Las Red Flags se aplicaron en 2010 a CB&S y GTB, después de la experiencia se aplicaron a DA&WM y a Risk en 2012. En 2013 se implantó en Non Core Operations Unit. En 2014 se ha hecho en COO, CFO, HR, Legal, Compliance y en una fase piloto en PBC Alemania. La previsión para PBC global está prevista para 2015 y está aún por definir cómo debe aplicarse.

    En cambio, la Dirección de PBC España decide aplicar una parte de esa política global sin tener en cuenta la parte garantista de la misma hacia los empleados. Además, la aplica al conjunto de la plantilla cuando la Política Global no lo define así en origen. En definitiva, hace una aplicación ibérica para descargar sobre los empleados la responsabilidad que, presuntamente, es incapaz de asumir.

    Esperamos que la aplicación de las Red Flags en el resto de Divisiones del Banco se produzca de acuerdo con las normas globales sin más problemas y que la información a los empleados afectados sea clara y transparente. Por nuestra parte vamos a contactar con la persona responsable de la Política Global de las Red Flags para pedirle que la aplicación de esa Política se efectúe con las mismas condiciones y garantías que al resto de empleados del Banco.

    A la Dirección de PBC le pedimos que asuma sus responsabilidades, sea coherente con las Políticas del Banco y dote a los empleados de los sistemas informáticos necesarios para poder cumplir correctamente con su labor.

    Recibid un cordial saludo.

  • Presente imperfecto

    En las diferentes reuniones convocadas recientemente por RRHH en las que estuvimos presentes, pudimos observar que, aunque no se escatimaron explicaciones sobre las políticas de RRHH, lejos de asumir la más mínima crítica sobre ellas, las defendieron por considerarlas correctas.

    Hace poco menos de un año, publicamos una circular sobre la transparencia en los procesos de RRHH de Tecnología (nov. 2013). En ella abogábamos por una política de RRHH sin discriminación, con igualdad de oportunidades y con criterios públicamente expresados. Transcurrido este tiempo sin mejoras apreciables, nos vemos en la necesidad de incidir una vez más sobre ello.

    En las diferentes reuniones convocadas recientemente por RRHH en las que estuvimos presentes, pudimos observar que, aunque no se escatimaron explicaciones sobre las políticas de RRHH,  lejos de asumir la más mínima crítica sobre ellas, las defendieron por considerarlas correctas. En consecuencia, desde CCOO manifestamos nuestra discrepancia.

    Promociones y Bandas salariales

    No es una intuición, sabemos que hay dos -o más- velocidades de carrera, y que no sólo las promociones sino también los Bonus, se reparten de forma muy desigual constatando que, los que distribuyen el pastel se quedan con la parte más jugosa. A esta arbitrariedad podemos añadirle un amargo sabor a falta de ética, donde entendemos necesario y urgente la asignación, acorde con los criterios de mérito y esfuerzo en todos los niveles.

    Es más que evidente que las bandas salariales por nivel son un auténtico disparate. Los niveles de Convenio, fruto de la negociación colectiva, garantizan retribuciones iguales para tareas equivalentes. Resulta inverosímil que dos personas realizando  la misma función, con la misma experiencia y formación, puedan llegar a tener diferencias de sueldo tan importantes.

    Equidad

    En diciembre pasado, CCOO publicó un estudio sobre la equidad en el sector financiero (http://www.ccoo-servicios.es/archivos/Estudio%20RSEquidad.pdf), subrayando el mal comportamiento de los bancos cotizados españoles. En este estudio se detectó la enorme desigualdad  salarial existente entre las categorías directivas y el sueldo mínimo y medio de cada empresa.

    Esta situación se reproduce igualmente en el Área de Tecnología donde se observan diferencias salariales importantes, que no han dejado de aumentar a pesar de la crisis. Si el escalado de salarios es lógico, hay proporciones que no se justifican de ninguna manera.

    Pool de Talento

    Una vez más, denunciamos la política de segmentación que quiere aplicar el Banco con el Pool de Talento. Si bien es cierto que no somos todos iguales ni tenemos las mismas aspiraciones, el hecho de crear grupos de personas, basado en criterios subjetivos y de prolongaciones de jornada, es otra forma de discriminación inaceptable.

    Crea agravios en el acceso a las promociones, a la formación, y al trato profesional, excluyendo a la mayoría de la plantilla, sobre una base de criterios inciertos ?hoy estás, mañana no?. Demuestra que RRHH centra una gran parte de sus esfuerzos en una minoría, lo que no es coherente ni justo para el conjunto de la plantilla.

    CCOO insistimos en que es necesario un cambio que vaya más allá de las declaraciones, se adopten medidas precisas y bien definidas que hagan posible las legítimas aspiraciones de todos los empleados y empleadas, y a que se reconozca su esfuerzo, su mérito y el valor que aporta al equipo.

    Desde CCOO, siempre defendemos la igualdad de trato y de oportunidades, garante de la no discriminación entre las personas. Por ello, pedimos a RRHH que rectifique y mejore las condiciones de todas las personas perjudicadas. El actuar siempre desde la igualdad y la no discriminación tiene un verdadero beneficio: fomenta un ambiente de trabajo más positivo y saludable para los trabajadores y las trabajadoras, lo que es un factor fundamental para el buen rendimiento y la motivación de los equipos.

    Seguimos trabajando, seguimos informando.

    Noviembre 2014

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  • Trabajadores del sector de Grandes Almacenes se concentran para denunciar el convenio colectivo del sector

    Como todos los festivos y domingos de apertura de grandes almacenes en Aragón, el sindicato continúa realizando su campaña de protesta para denunciar los abusos de la patronal y reclama a la ciudadanía solidaridad con la situación que atraviesan estos trabajadores

    Los trabajadores y trabajadoras de grandes almacenes se concentraron frente a la puerta del Alcampo de Utebo, convocados por CCOO, para denunciar que tienen que trabajar de manera gratuita y obligada los domingos y festivos. Esta es una de las cláusulas del convenio colectivo del sector que denuncia el sindicato y lo tacha como «un manual de esclavitud y miseria». El pasado día 1 de noviembre, festividad de todos los santos, todos los grandes centros comerciales de la Comunidad autónoma abrieron sus puertas. Para el sindicato es indignante que los trabajadores del sector no puedan disfrutar de merecidos días de descanso y encima no tengan una compensación económica por perderlos.

    Según César Gómez, responsable de grandes almacenes de CCOO Aragón, «Es vergonzoso que estos compañeros no puedan disfrutar de sus familias y amigos en fechas tan señaladas. Este convenio nos obliga trabajar un número excesivo de horas y no cobramos salarios dignos. Este año se celebran elecciones sindicales en muchos centros comerciales de la Comunidad y es el momento de cambiar esta situación». El sector de grandes almacenes monopoliza la representación de los trabajadores con los sindicatos tutelados por la patronal: Fasga y Fetico. Para el sindicato, la firma del convenio colectivo de grandes almacenes «es la gota que colma el vaso» para que los trabajadores del sector abran los ojos y se decidan a apoyar a un sindicato de clase que defienda sus derechos.
    El sindicato solicita a la ciudadanía que se solidarice con los trabajadores del sector y no compren en domingos y festivos ya que estos centros están abiertos más de 70 horas a la semana.

  • La dignidad obrera: ‘Dos días, una noche’

    Se está proyectando en los cines de nuestro país la hermosa película Dos días, una noche, escrita y dirigida por Jean-Pierre y Luc Dardenne. Con un argumento sencillo y real como la vida misma, la última película de los hermanos Dardenne muestra, mejor que decenas de ponencias, la compleja realidad del mundo del trabajo en la Europa de hoy.
    De manera especial, trata la realidad laboral de muchas pequeñas empresas donde no existe organización sindical que pueda mediar y canalizar el conflicto de forma colectiva, quedando así solo la relación individualizada y muy desigual de cada trabajador con su empresa.
    La película nos muestra las contradicciones entre los intereses individuales y los colectivos. Cómo la crisis y el paro pueden hacer perder la confianza y debilitar la dignidad de las personas. En la película no hay juicios de valor, ni buenos ni malos, sólo realidades, necesidades, prioridades y miedos. Leer más…

    Trailer Dos dias una noche

  • Tabla comparativa y principales puntos de bloqueo en la Negociación Colectiva

    Para la información de todos los trabajadores y trabajadoras ponemos a vuestra disposición una tabla comparativa con los principales puntos de bloqueo en la negociación colectiva, tenemos algún punto adicional de desencuentro, pero los enumerados son los más importantes.

    Señalar que hay cuatro puntos concretos que van encabezados con el título «OJO, punto con compromiso en el acta final del ERE» y son aquellos compromisos de negociación y reducción alcanzados por las partes en el pasado Expediente de Despido Colectivo promovido por la compañía. Son puntos por lo tanto, en los que a pesar de que no nos guste especialmente lo que proponemos, nos vemos comprometidos a su negociación y reducción de condiciones en algunos casos dentro del marco del nuevo Convenio Colectivo. 

    RACE

    CC.OO

    AMBITO
    DEL CONVENIO COLECTIVO

    La empresa quiere un Convenio Colectivo
    que afecte y regule únicamente a las empresas Mercantiles existentes en la
    actualidad.

    Desde CCOO queremos que el presente
    convenio afecte no sólo a las empresas presentes sino también a las futuras que RACE pueda crear o
    comprar
    . Desde CCOO no queremos encontrarnos con empresa de nueva
    creación a las que no se les aplique las condiciones de nuestro convenio y
    puedan incluso hacer competencia real y salarial a trabajadores que se
    encuentren a fecha de hoy trabajando en la compañía.

    DURACIÓN
    DEL CONVENIO COLECTIVO

    3 años

    5 años

    ULTRACTIVIDAD
    DEL CONVENIO UNA VEZ TEMINADA SU VIGENCIA

    Una vez terminada su vigencia, su
    contenido normativo se mantendrá durante un año, transcurrido el cual, si no
    se logra alcanzar un acuerdo para nuevo convenio se perdería su contenido
    normativo, derechos y beneficios sociales estando directamente a lo establecido
    en el Estatuto de los Trabajadores.

    Una vez terminada su vigencia su contenido
    normativo ( condiciones, derechos y beneficios sociales para los trabajadores)
    se mantendrán en vigor por el tiempo
    necesario hasta lograr un nuevo acuerdo
    de texto normativo con los
    representantes legales de los trabajadores

    INCREMENTO
    SALARIAL DURANTE EL PERIODO DE VIGENCIA DEL NUEVO CONVENIO

    0,5 mas un variable que se concreta en
    la diferencia entre la tasa de variación anual del IPC y el 0,5. Procederá la
    aplicación de este porcentaje variable en los años en los que se haya
    alcanzado el objetivo del importe de la facturación anual presupuestada en el
    grupo RACE consolidado

    0,5 más un variable ligado a
    productividad. Procederá este variable en los años sucesivos en los que se
    alcanzara un objetivo de productividad anual acordado entre ambas partes en
    la presente negociación

    PLAN DE
    RETRIBUCIÓN FLEXIBLE

    Implantación dentro o fuera de Convenio
    de un plan de retribución flexible a través de una única empresa llamada SODEXO

    Aceptaríamos un plan de retribución
    flexible una vez se nos aporte toda la documentación solicitada sobre dicho
    plan y la empresa concesionaria del servicio y siempre dentro de la
    globalidad del conjunto del Convenio Colectivo y nunca como un acuerdo
    parcial al margen de la presente negociación.

    PLUS DE
    IDIOMAS  *** ojo: punto con compromiso
    en el acta final del ERE

    RACE propone un sumatorio de distintas
    circunstancias: Por la disponibilidad para hablar idiomas 20 eur por 1
    idioma, 40 eur por 2º idioma y 80 por el tercero. Si el trabajador además de
    conocerlo lo utiliza se abonaría por RACE 70,100 y 130 € respectivamente en
    función de los idiomas.
    Adicionalmente a lo anterior, para trabajadores con idiomas que acepten un
    10% adicional – al 10% que ya prevee la ley- sobre Distribución Irregular de
    la jornada, se quedarían las cantidades como figuran en el convenio vigente (
    estamos hablando de que estos trabajadores tendrían que aceptar un 20%
    adicional de DIJ en computo anual sobre su jornada ordinaria)

    En cumplimiento estricto de lo pactado
    en el acta final del Expediente de Regulación de Empleo se propone reducir la
    cuantía, según se acordó en el citado acuerdo, en los siguientes tramos:
    90 € a abonar a personal con 1 idioma, el segundo idioma pasaría a tener un
    valor de 80 € y el tercer idioma pasaría a tener un valor de 70 euros.
    Dicho abono de las nuevas cantidades quedaría desvinculado del tener que
    realizar por parte del trabajador un porcentaje adicional de jornada del 10%
    sobre lo que ya establece en esta materia la legislación actual.

    Desde
    CCOO consideramos incluso que esa disociación que propone la empresa entre
    disponibilidad para hablar uno o varios idiomas y efectivamente utilizarlos
    puede tener carácter “truculento” en el sentido de que la empresa podría
    considerar que en determinados periodos del año el trabajador puede
    efectivamente no utilizar el idioma y con ello pretender sólo abonar el
    concepto de disponibilidad para hablarlo
    con el abono por tanto de dicho plus en su versión más reducida.

    PAGAS
    EXTRAORDINARIAS

    RACE podrá decidir discrecionalmente el
    abono de las pagas extraordinarias 
    prorrateadas en 12 mensualidades o en 14 pagas con dos pagas
    diferenciadas en los meses de Julio y Diciembre

    Solicitamos que de conformidad con el
    trabajador éste pueda pedir, según sus necesidades, el sistema de abono de
    dichas pagas extraordinarias, bien prorrateado en 12 mensualidades o
    disfrutarlas devengadas en 14 pagas al modo tradicional

    PLUS PARA
    PERSONAS QUE VENÍAN DE JOSE ABASCAL ** ojo, punto con compromiso ERE

    RACE propone su eliminación total e
    inmediata de dicho plus o bien el mantenimiento de dichas cantidades
    asociadas al compromiso por parte del trabajador de la realización de un 10%
    adicional , sobre lo que marca la ley, de Distribución irregular de jornada (
    estaríamos hablando de que las personas que deseen mantener el citado plus,
    tendrían que aceptar la realización en cómputo anual de un 20% adicional de
    distribución de jornada )

    En complimiento estricto de los
    compromisos adquiridos en el acta final del ERE, desde CCOO proponemos, según
    se acordó, una disminución gradual y porcentual de dicho plus diferido en un
    plazo de 4 años desde la firma del nuevo Convenio, y ello sin que suponga para los trabajadores
    sacrificios o ampliaciones de jornada adicionales
    a lo que establece la
    legislación actual.

    PLUSES DE
    NOCTURNIDAD Y TURNICIDAD

    RACE propone dejar las cuantías por
    estos conceptos tal y como figura en la redacción actual del vigente Convenio
    Colectivo ( 275 € nocturnidad y 81 € turnicidad )

    Desde CCOO abogamos por la
    actualización de estas cantidades para el turno de noche a 290 € y
    equiparación del plus de turnicidad al de nocturnidad en lo que a importes se
    refiere )

    TABLAS
    SALARIALES Y CLASIFICACIÓN PROFESIONAL ** ojo. Punto con compromiso ERE

    RACE propone 4 grupos con 12 niveles
    salariales, distribuidos en Gerentes, Gestores, Técnicos y Auxiliares en los
    que el salario varía desde 22950 € para el nivel 1 hasta los 9800 € del nivel
    12.
    En este punto nos hemos acercado en la negociación en cuanto a reducir la
    cantidad de grupos y niveles en compromiso de lo pactado en el acta final del
    ERE, pero no tanto en cuanto a las cantidades totales que cada grupo o nivel
    debe de percibir en cómputo anual.

    CCOO propone 4 grupos con 14 niveles
    salariales, aunque en este apartado hay importantes diferencias salariales,
    pensemos que incluso, con el compromiso de reducción pactado en el acta final
    del ERE nos encontramos con grupos en los que hay una diferencia en las
    tablas salariales de casi 7000 € en cómputo anual.
    Desde RACE nos indican que esas personas que ya poseen ese nivel salarial
    verían convertida la diferencia en un “complemento personal” que nosotros entendemos que podría ser objeto de
    reducción futura por la vía del art. 41 del Estatuto de los Trabajadores
    ,
    por lo que no nos gusta la opción de que una cantidad tan grande pueda ir reflejada
    en nómina como complementos de índole personal. Además consideramos que estas
    diferencias a futuro supondrán una acentuada doble escala salarial que
    perjudicará de manera notable al trabajador presente en la Compañía.
    Por otro lado CCOO propone el
    reconocimiento en las tablas de categorías que existen de facto, como es la
    introducción de un nivel salarial llamado GESTOR NIVEL 2 para personal con
    antigüedad superior a 4 años en el CRC de Córdoba y con un límite de acceso
    para personal de nueva incorporación mediante un sistema de ratios.

    Por otro lado creemos necesaria una actualización de la categoría del GESTOR
    JURÍDICO, personas a las cuales se les solicita una Titulación Universitaria
    para el desempeño de sus funciones

    Igualmente pensamos que es necesaria
    dotar de contenido, como parte del desarrollo profesional, la figura del
    GESTOR TELEFÓNICO para los operadores de otros servicios de centros
    telefónicos ( p.ej RACETEL )

    CLASIFICACIÓN
    PROFESIONAL Y PROMOCIÓN INTERNA

    RACE propone mantener la redacción
    actual del Convenio en cuanto a ausencia total de definir los puestos de
    trabajo y las funciones de cada uno, y no dice nada en cuanto al acceso a
    requisitos de acceso a puestos de promoción interna ( es decir, desea una
    absoluta desregulación sobre esta materia, con el fin de controlar totalmente
    el acceso y promoción a dedo de determinada personas )

    Desde CCOO apostamos por una definición
    de cada uno de los distintos puestos y funciones que componen la tabla
    profesional y proponemos un modelo objetivo y regulado de promoción interna
    que pueda apostar por el desarrollo profesional para personal de la casa a
    tiempo futuro basado en criterios de formación, responsabilidad y capacidad.
    Desde nuestro sindicato solicitamos un
    sistema de promoción interna público, de libre acceso, tasado y regulado; en
    el que cualquier trabajador o trabajadora que cumpla los requisitos de
    idoneidad y cualificación para un puesto vacante pueda acceder en igualdad de
    condiciones que el resto de trabajadores
    , plenamente conscientes de que
    los requisitos para cubrir dicha vacante se regirán de manera pública y
    objetiva en contraposición al sistema actual de libre designación por los
    órganos de dirección de la compañía.

    TELETRABAJO

    RACE no dice nada en su propuesta de
    Teletrabajo.

    Desde CCOO apostamos por el Teletrabajo
    como un valor en alza dentro del sector y un instrumento perfecto de conciliación
    de la vida laboral y familiar de los trabajadores y por tanto, ya que la
    empresa lo está utilizando en determinadas situaciones, queremos regular
    dicha situación; es decir, requisitos de acceso, jornada, condiciones,
    protección de la salud.. etc. De tal manera que la empresa no pueda hacer de
    tal figura un uso y disfrute totalmente arbitrario y discrecional generador
    de desigualdades y favoritismos entre trabajadores.

    DISTRIBUCIÓN
    IRREGULAR DE LA JORNADA

    RACE apuesta por la legislación
    contemplada por el gobierno tras la reforma laboral con posibilidad de
    Distribución irregular adicional para personas con plus de idiomas o personas
    que estén cobrando el plus abono Tres Cantos ( por todos los conceptos sumados
    serían hasta un 30% adicional de DIJ en cómputo anual )

    Desde CCOO apostamos por un sistema
    pactado y regulado de la DIJ, en donde incluso personas adscritas
    regularmente y de manera voluntaria a dicha distribución irregular de
    jornada, puedan incluso llegar a ser remuneradas por tal concepto en los
    meses que efectivamente desarrollen tal actividad siempre que el porcentaje
    de jornada realizado supere los umbrales de lo legalmente establecido.

    MOVILIDAD
    FUNCIONAL

    RACE quiere que se permita la movilidad
    funcional entre distintos grupos profesionales ya sea de manera horizontal o
    vertical dentro de las tablas profesionales

    CC.OO apuesta por un modelo que
    permita, con la adecuada formación, la movilidad horizontal dentro de cada
    grupo profesional con el fin de favorecer el mantenimiento del empleo y el
    desarrollo profesional del trabajador

    PERSONAS
    ACOGIDAS A REDUCCIÓN DE JORNADA POR GUARDA LEGAL

    RACE haciendo una interpretación amplia
    de la ley entiende que, como el artículo que regula la Distribución Irregular
    de Jornada tras la reforma laboral nada dice respecto a personas en régimen
    de reducción de jornada por guarda legal, procede aplicar Distribución
    Irregular de la Jornada a este colectivo de trabajadoras y trabajadores
    obviando de tal manera las medidas de conciliación de la vida familiar y
    laboral.

    Desde CCOO entendemos que el art 37.5 y
    37.6 del Estatuto de los Trabajadores son claros en este sentido
    estableciendo que: “
    Quien por razones de guarda legal tenga a su
    cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad
    física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida,
    tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la
    disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo
    de la mitad de la duración de aquélla.
    La concreción horaria y la determinación del período de disfrute del permiso
    de lactancia y de la reducción de jornada, previstos en los apartados 4 y 5
    de este artículo, corresponderán al trabajador, dentro de su jornada
    ordinaria”
    Entendemos por lo tanto que es el trabajador/a acogido a reducción de jornada
    el que fija su horario dentro de su jornada ordinaria por lo que igualmente
    entendemos que NO procede aplicar en estos casos la DIJ con carácter obligatorio
    por parte de la empresa.

     

    CONTRATO
    DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO

    RACE pretende simultanear con esta
    forma de contratación diversas obras o contratos, de tal manera que un
    trabajador contratado bajo esta modalidad de contratación pueda desempeñar
    sus funciones para cualquier tipo de obra o contrato de los que hay actualmente
    en la compañía.

    Desde CCOO entendemos esta
    interpretación que hace la compañía de esta modalidad contractual como un
    claro fraude de ley, no solo ya a los trabajadores contratados bajo esta
    modalidad contractual, sino también a otras empresas del sector que respetan
    la legalidad vigente en esta materia para las cuales supondrá el uso abusivo
    de esta forma de contratación por parte de RACE como una clara competencia
    desleal.
    Nuestra postura respecto a esta forma
    de contratación está en consonancia con la que marca la ley, es decir, una
    persona contratada bajo esta figura SOLO Y UNICAMENTE puede prestar sus
    servicios para el contrato al que ha sido asignado, ya que de lo contrario
    estaríamos ante un uso abusivo de este tipo de contrato que supondría considerar
    al trabajador contratado en fraude de ley con las consecuencias previstas
    normativamente para estos casos
    .

    PERIODO
    DE PRUEBA PARA EL PERSONAL DE NUEVA CONTRATACIÓN

    RACE propone un periodo de prueba de
    una duración  máxima de 6 meses durante
    el cual ambas partes pueden resolver el contrato sin necesidad de alegar
    justa causa, sin preaviso y sin indemnización alguna, para todas las
    modalidades de contratación y categorías profesionales afectas al Convenio.

    Desde CCOO entendemos el periodo de
    prueba como el tiempo necesario para
    verificar la
    idonedad o no del
    trabajador al puesto de trabajo y nunca como una medida de flexibilidad
    laboral
    , por ello entendemos un periodo de prueba de 6 meses como
    totalmente desproporcionado para verificar la idoneidad para puestos de la
    categoría más básica o categorías de acceso.

    HORAS
    EXTRAORDINARIAS

    RACE propone una drástica reducción de
    los importes que se venían cobrando por este concepto.

    Desde CCOO entendemos que procede, en
    el actual contexto económico, una actualización de los importes acordes a la
    nueva situación laboral, pero con importantes diferencias económicas respecto
    a los importes propuestos por la compañía.

    DIAS
    FESTIVOS

    RACE pretende limitar el cobro de los
    días festivos a 4 al año estableciendo a modo de ejemplo las fechas
    siguientes: 1 de Enero, 1 de Mayo, 12 de Octubre y 25 de Diciembre reduciendo
    además las cuantías a abonar por tales conceptos a los nuevos importes que la
    empresa propone para las horas extraordinarias

    Desde CC.OO solicitamos el mantenimiento de la regulación actual en cuanto al cobro de los 14 festivos de carácter anual en las cuantías
    vigentes en el Convenio en vigor o su sustitución por tiempos compensatorios
    de descanso si el trabajador así lo solicita.

    COMPLEMENTOS
    EN SITUACIONE S DE INCAPACIDAD TEMPORAL (IT) ** OJO, punto con compromiso en
    el acta final del ERE

    RACE propone complementar las
    prestaciones públicas hasta un máximo del 100% del sarlario mensual del
    trabajador con las siguientes especialidades:
    a- En el caso de accidente de trabajo RACE complementará hasta alcanzar el
    100% del salario bruto vigente desde el 1º día de la IT

    b- En los restantes casos:
    RACE complementará hasta el 100% durante los 3 primeros procesos de IT ( 3
    primeras enfermedades del año sin limitación del nº de días )
    A partir del 4º proceso y siguientes de cada año se complementará:
    – Hasta el 50% los 3 primeros días.
    – El 70% del 4º día al 15º días
    – El 100% desde el 16º días en adelante.

    A pesar que desde CCOO abogamos por el
    cobro del 100% desde el primer día y en todos los casos y situaciones,
    estaríamos en disposición de asumir la propuesta de la empresa siempre dentro
    de la globalidad del conjunto del Convenio. Es decir, este punto sería
    asumible desde nuestro sindicato, siempre y cuando hubiera conformidad en el
    resto de puntos del Convenio Colectivo.

    GRATIFICACIÓN
    DE NAVIDAD

    RACE no establece nada al respecto.

    Desde CCOO se propone una gratificación
    de Navidad que se hará efectiva mediante cheques canjeables en distintos
    centros comerciales

    ARBITRAJE
    vs NEGOCIACIÓN CON AYUDA DE MEDIACIÓN

    RACE propone acudir a un arbitraje de
    manera vinculante y ello porque entiende que un árbitro no decidirá sobre un
    texto normativo integral, sino sobre aquellos puntos que le resultan de
    especial interés para la empresa y comprometidos en el acta final del
    Expediente de Despido Colectivo, dejando en los puntos en los que no existe
    el más mínimo acuerdo el contenido normativo actual del vigente Convenio que
    consideramos en algunas partes claramente lesivo y desequilibrado para los
    trabajadores y trabajadoras de la compañía, motivo por el cual algunos de los
    integrantes de la actual CCOO no firmaron en su día su conformidad con el
    presente Convenio.

    Por parte de CCOO consideramos que, aunque
    entendemos que la negociación sería la fórmula mas idónea para alcanzar un
    buen acuerdo, la intervención de un
    tercero sólo sería aceptable si ésta finalmente NO tuviera un carácter
    vinculante para las partes (mediación) 
    y ello porque consideramos que el acuerdo y conformidad entre las partes
    es finalmente la solución mas equilibrada y equitativa entre las mismas.
    Además, no debemos olvidar que uno de los compromisos adquiridos en el acta
    final del ERE también era la negociación de un nuevo y renovado Convenio
    Colectivo y no la fotocopia literal del texto normativo vigente en la
    actualidad.