Categoría: Condiciones de trabajo en Vitaly

  • Han instalado una cámara de vigilancia en el puesto de trabajo. ¿Es legal?

    Han colocado una cámara de vigilancia en el puesto de trabajo sin previo aviso por escrito o verbal?.  

    Quieres saber si efectivamente es así y si se puede hacer algo al respecto?

     

    El  empresario no queda libremente facultado para llevar a cabo, con el pretexto de las facultades de vigilancia y control que le confiere el art. 20.3 ET, intromisiones ilegítimas en la intimidad de sus empleados en los centros de trabajo, y por tanto pueden instalarse pero hay que  fijar un punto de equilibrio entre el derecho del empresario a adoptar las medidas que estime oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, y la preservación de los derechos y libertades fundamentales del propio trabajador, para lo que con carácter general han de cumplirse las las siguientes condiciones:
    • Que la medida sea necesaria, equilibrada, e idónea para la finalidad pretendida por la empresa.
    • Que la instalación sea conocida por los trabajadores y el comité de empresa antes de entrar en funcionamiento.
    • Que esté a la vista, lo que elimina cualquier actitud subrepticia de la empresa.(salvo situaciones muy concretas como podría ser existan razonables sospechas de la comisión por parte del trabajador de graves irregularidades en su puesto de trabajo)
    • Que su instalación se efectúe exclusivamente en los lugares de trabajo y que las filmaciones no tengan una posterior difusión. No pudiendo nunca instalarse en zonas de descanso, aseos, vestuarios.

    Si la instalación de las cámaras en tu trabajo no cumplen estos requisitos puede presentarse una denuncia en la Agencia de Protección de Datos.

    Si tienes dudas, contacta con los delegados y delegadas de CCOO 
  • En casa del herrero cuchillo de palo

    ¿En qué condiciones realizan los TPRL su trabajo? Los testimonios de los técnicos de prevención de riesgos y de los médicos que trabajan en los Servicios de Prevención dibujan un panorama bastante desolador: sobrecarga laboral, sin equipos de protección individual (EPI) en sus visitas, con sueldos bajos y muchas horas en la carretera. Los testimonios que se incluyen a continuación utilizan nombres ficticios porque estos trabajadores necesitan permanecer en el anonimato.
     

    Antonio lleva ocho trabajando en una empresa de Servicios de Prevención y conoce perfectamente las carencias que padece: "de entrada, nosotros no disponemos de Equipos de Protección Individual adecuados cuando estamos realizando nuestras visitas. Yo, por ejemplo, esta mañana he visitado una cerrajería metálica con la única protección del casco y las botas, precisamente para comprobar que los trabajadores disponían de todos los EPI necesarios". Además, continua Antonio, La programación del trabajo por parte de las empresas no es la adecuada. En general, prima la rentabilidad por encima de la calidad y Antonio explica que "si se quiere realizar evaluaciones de riesgo en condiciones sería necesario el doble de tiempo del asignado".

    Las empresas están primando la rentabilidad y hacen unas programaciones que no permiten realizar un servicio de calidadFelipe, con mucha experiencia como delegado sindical y tres años trabajando como técnico de prevención de riesgos en una empresa, coincide con Antonio en cuanto a los problemas que acarrea una mala organización del trabajo: "las empresas están primando la rentabilidad y hacen unas programaciones que no permiten realizar un servicio de calidad". Este técnico denuncia que en este momento, con el tiempo que se asigna por centro de trabajo, muchas veces se practica una "prevención de documentación", donde el papel del técnico de prevención queda reducido al de un asesor que ayuda a cumplir los aspectos burocráticos que se desprenden de la actual legislación.

    Las condiciones de trabajo de los profesionales de la prevención, sumadas a su escaso reconocimiento social y laboral, favorecen una baja autoestima y la pérdida de sentido del objeto de su actividad profesional. "Teniendo en cuenta que estamos hablando de un derecho fundamental, la salud de los trabajadores, las empresas siguen tomándose estos temas muy a cachondeo" se queja Antonio. Todo ello está provocando problemas de salud en el colectivo de trabajadores y trabajadoras de la prevención.

    Mucha carretera 

    En un sector como la prevención de riesgos, la conciliación de la vida laboral y familiar es una utopía. Laura es médico en un Servicio de Prevención . Madre de dos niños y separada, trabaja 35 horas semanales por 1.500 euros al mes desplazándose al menos tres días a la semana a más de 80 kilómetros de su domicilio con una unidad móvil asistencial. Laura tiene que salir muchas veces de su domicilio a las cinco de la mañana pues, si el desplazamiento es largo, es la única manera de conseguir empezar a hacer reconocimientos médicos en la unidad móvil a las 8 de la mañana. Ella no conduce, lo hace el enfermero o enfermera que la ayudará después en los exámenes de salud, pero conoce muchos casos en los que son los propios médicos los que conducen las unidades móviles. "Ni para el médico ni para el enfermero es apropiado ponerse a trabajar en una larga jornada de reconocimientos médicos tras un atracón de kilómetros" afirma Laura. se les paga exclusivamente un plus de conduccion,  Ella coincide con Antonio y Felipe en que las condiciones laborales de los trabajadores de los servicios de prevención están muy condicionadas por una organización del tiempo donde se prima la rentabilidad. "A partir de 20 reconocimientos, si hay un soplo en el corazón yo ya no lo detecto" afirma con rotundidad.

    Las cargas de trabajo, la intensidad, los horarios, la tensión de estar en medio del conflicto entre empresarios y trabajadores por las condiciones de trabajo y de salud laboral, son problemas a los que se enfrentan de manera cotidiana y para los que sus empresas (Servicios de Prevención ) no plantean medidas preventivas.

    Sin formación continua

    No es excepcional que a un TPRL se le asignen entre 200 y 300 empresas para atender. Con estas cargas de trabajo, el tiempo disponible para seguir formándose, para poder estar al día desde el punto de vista técnico, es prácticamente inexistente: "hemos sido muy autodidactas "explica Antonio, tras ocho años en el sector- "porque las empresas no se han ocupado de nuestra formación como profesionales. No hay una política de formación y tienes que ir llorando para que te compren un nuevo manual". La pobreza de la formación continua redunda y retroalimenta la baja autoestima profesional. Esto es bastante contradictorio con la exigencia habitual que considera que los profesionales de la prevención han de ser especialistas en todo, es decir, que contar con la titulación en las tres especialidades: seguridad, higiene y ergonomía y psicosociología. Es lo que se llama el tres en uno, pero a precio de mileurista. Con esta perspectiva, muchos profesionales abandonan el oficio en cuanto les aparece una oportunidad laboral mejor.

     

  • Por qué es necesaria una regulación del teletrabajo

     
     
    Existe muy poca reglamentación vigente, y la que tenemos está obsoleta. El Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo es de 2005 y el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, donde se define el concepto de Teletrabajo y en apenas cinco párrafos se definen derechos y obligaciones. 
     

    El desarrollo del teletrabajo es una fórmula que muchas empresas adoptan para facilitar a los empleados la conciliación de vida personal y laboral. El trabajador desarrolla sus obligaciones de forma habitual o esporádica desde su casa, sin tener que acudir a la oficina. Normalmente se llega a un acuerdo entre empresa y empleado o se atienen a lo regulado en el convenio. Por eso es necesaria una regulación del teletrabajo.

    Existe muy poca reglamentación vigente, y la que tenemos está obsoleta. El Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo es de 2005 y el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, donde se define el concepto de Teletrabajo y en apenas cinco párrafos se definen derechos y obligaciones.

    Una regulación muy escueta y obsoleta

    Entre ellas destacan la obligación de que el acuerdo por el que se establezca el trabajo a distancia se formalizará por escrito o asegurar que los trabajadores a distancia tendrán acceso a la formación profesional para el empleo, a fin de favorecer su promoción profesional. También se menciona que tienen que cumplir con la ley de prevención de riesgos laborales y poco más.

    Lo primero que debería ser urgente es una regulación de horarios. Parece que cuando se trabaja en casa la jornada dura hasta que se acaban las tareas asignadas para ese día, pero que cuando se está en la oficina tenemos un horario regulado. En casa se miden los resultados por productividad, pero en la oficina no.

    También es necesario una regulación del acceso al smartphone o tablet para responder correos, mensajes, etc. Hoy en día trabajar a distancia no significa necesariamente hacerlo desde casa. Podemos estar en cualquier lugar y responder un correo desde el teléfono. Esto no significa que tengamos que estar todo el día enganchados a dichos medios para dar respuesta a los mensajes recibidos.

    El trabajador a distancia se encuentra muchas veces en situación muy vulnerable. A esto se le suma la soledad y falta de interacción con compañeros

    También es muy interesante regular todo aquello que afecta a la protección de datos. ¿Dónde se guardan los datos de los teletrabajadores? ¿En un portátil que se utiliza solo para trabajar, en la nube, en el servidor de la empresa? Es interesante ver cómo se accede a la información y como la utilizan estos trabajadores a distancia. ¿De quién es la responsabilidad en caso de una fuga de datos?

    Por último más allá de que se dice en el Acuerdo Marco del Teletrabajo, el empresario debe proporcionar los medios necesarios para que el trabajador desarrolle sus tareas es imprescindible regular las compensaciones necesarias. Si el trabajador prefiere ir a un coworking cercano, ¿lo pagará el empresario? ¿Quién se hace cargo de la línea de comunicaciones hoy imprescindible, tanto móvil como de fibra? ¿Qué ocurre con los gastos de impresión, mensajería? ¿Y climatización, electricidad, etc. ? Esos gastos afectos a la actividad que muchas veces corren por cuenta del trabajador a distancia.

    La desconexión con la empresa y los compañeros

    Además no es lo mismo un teletrabajador ocasional, que una parte de su jornada, un par de días por semana se queda en casa, que aquel que lo hace de forma habitual. En este segundo caso se suele dar una desconexión entre la empresa y trabajador, que ha hecho que grandes defensores del teletrabajo como IBM o Yahoo den marcha atrás. En ambos casos los teletrabajadores se incorporan a la oficina. IBM apuesta por equipos de trabajo pequeños más cohesiondados y manteniendo el trabajo flexible, pero no de forma diaria el trabajo en casa.

    Lo mismo que cuando nos cambian de centro de trabajo tenemos una serie de derechos, al obligar a alguien que tiene como lugar de trabajo su casa a incorporarse a la oficina, se tiene que justificar dicho traslado y en su caso compensar al empleado. Esta situación debería quedar regulada más allá del pacto al que llegan entre las partes.

  • Cuando pedir calidad en Prevención te cuesta el puesto de trabajo

    DGD es un Técnico Superior que trabajaba en un pequeño Servicio de Prevención Ajeno de la provincia de Almería. Una empresa que buscaba la calidad y el buen trabajo y que, por esa misma razón, no cargaba la cartera de clientes de sus profesionales, como hacían otros SPA.

    Pero todo eso cambió en 2014, cuando su empresa fue adquirida por un Servicio de Prevención de ámbito estatal, de los que aprovechó la crisis económica para adquirir empresas más pequeñas y crear uno de los mayores grupos empresariales de servicios de prevención del país, sustentado económicamente por un fondo de inversión que le exige permanentemente más y más rentabilidad. Este grupo ha hecho, del arte de caminar por el filo de la navaja de la legalidad y de explotar a su plantilla, su filosofía de trabajo.

     Nuestro protagonista, habiendo superado cualquier límite en los niveles de frustración, se atrevió a enviar un correo electrónico a toda la plantilla preguntándose ¿Hacemos Prevención? en el que pedía hacer una reflexión sobre si, el deber de velar adecuadamente por la vida e integridad personal de los trabajadores y trabajadoras de nuestro país, era compatible con mantener cargas de trabajo de 300, 400 ó 500 centros de trabajo por técnico, con jornada laboral de 30 horas semanales.

    Si convivir con la presión de reducir constantemente los retrasos en la emisión de informes o cumplir los objetivos de ventas, era compatible con realizar adecuadamente el análisis y evaluación de todos los procesos e instalaciones de las empresas, certificando que los riesgos se han eliminado o se encuentran controlados. Si se podía mantener en el tiempo emitir documentación "quita multas", con el riesgo de caminar por la cuerda floja para que no se produzca un accidente grave, que tenga consecuencias indeseables para un trabajador o trabajadora y que conlleve la responsabilidad penal del técnico, mientras su servicio de prevención sale "de rositas".

    Se lamentaba igualmente, que en su empresa, pese al volumen de plantilla que tenían, no hubiese representación sindical que sirviese de contrapeso al abuso empresarial constante, sometidos por el miedo a represalias o a perder su puesto de trabajo.

     Este Servicio de Prevención, en lugar de analizar si las reflexiones de nuestro protagonista resultaban fundadas como para plantearse cambios en su gestión, procedió a despedirle disciplinariamente y de forma inmediata.

    Lamentablemente esta historia no es ficción, está basada en hechos reales, se produce con más frecuencia de la que desearíamos y tiene consecuencias nefastas para la seguridad y salud de la clase trabajadora.

    Los datos de siniestralidad laboral del primer trimestre de este año no dejan lugar a dudas:

    Según datos del Ministerio de Empleo, entre enero y marzo, 101 personas perdieron la vida en el trabajo y se contabilizaron 88.957 accidentes laborales con baja, lo que supone un aumento del 6,2% respecto al mismo periodo de 2016.

    Por su parte, los accidentes con baja de carácter leve se incrementaron en un 6,4%, mientras que los graves lo hicieron en más de un 12%. También se notificaron 105.787 accidentes sin baja, un 0,4% más que en el primer trimestre del año pasado.

    Desde la Federación de Servicios de CCOO hemos considerado que este 28 de Abril, Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, cuando se cumplen 20 años de la publicación del Reglamento de los Servicios de Prevención Ajenos y recién alcanzado un pre-acuerdo en el Convenio Sectorial para los años 2017 y 2018, resulta un momento oportuno para poner en evidencia tanto el incremento de los datos de siniestralidad, como sucesos como el descrito en nuestra historia, muestras evidentes de que algo no funciona adecuadamente en este sector. 

    Para CCOO resulta imprescindible abordar un análisis exhaustivo y global de la situación en esta materia, contando con todos los partidos, los agentes sociales y con la participación del sector, representado por el Observatorio Sectorial creado en el ámbito del Convenio Sectorial, para elaborar propuestas que permitan reconducir la situación actual.