Categoría: Condiciones de trabajo en Vitaly

  • Vacaciones ¿disfrutadas o pagadas?

    ¿Pueden pagarse las vacaciones en vez de disfrutarlas?
     
    Como regla general no, no se pueden pagar las vacaciones en vez de disfrutarlas.
    Las únicas excepciones en las cuales te pueden pagar las vacaciones son

    • si el contrato se extingue antes de poder disfrutarlas. En este caso se pagan los días de vacaciones que se han ido generando, y que no se han disfrutado. Ejemplo:
      María empieza a trabajar el 1 de enero y es despedida el 30 de junio, por lo que ha trabajado 6 meses en la empresa, por lo que tiene derecho a la mitad de las vacaciones, por haber trabajado la mitad del año. En este caso en el finiquito le deberán pagar los 15 días que ha generado de vacaciones.
    • los contratos por ETT de duración inferior a un año. En estos contratos al finalizar la relación laboral se suelen pagar las vacaciones si no se han disfrutado
  • Permiso retribuido por intervencion quirúrgica de parientes sin hospitalización

    Permisos retribuidos Art. 37.3. del EE TT

    Se crea un nuevo permiso remunerado de 2 días, en los casos de intervención quirúrgica sin hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad, siempre que precise reposo domici­liario. Cuando sea necesario un desplazamiento, el permiso será de 4 días.