Categoría: convenio capgemini

  • XIX CONVENIO TIC: SEGUIMOS SUMANDO

    El pasado 19 de diciembre de 2024 tuvo lugar la sexta reunión de la mesa de negociación del XIX Convenio de Consultoría, Tecnologías de la Información, Estudios de Mercado y de la Opinión Pública, donde se alcanzó un preacuerdo de texto para el próximo convenio.

    Los principales puntos contemplados en este preacuerdo son los siguientes:

    1.- Vigencia del Convenio de 3 años: del 01/01/2025 al 31/12/2027.

    2.- Incremento de los importes:

        • 4% en 2025
        • 3% en 2026
        • 3% en 2027

    Estos incrementos son aplicables a los siguientes conceptos:

    a) Tablas Salariales (Salario Base y Plus Convenio): Aplicable con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025, afecta a todas las personas trabajadoras de Capgemini. Sin embargo, de cara a su repercusión en el salario neto final, deberá tenerse en cuenta las condiciones de absorción para cada colectivo.

    NOTA: Recordad que la subida del Salario Base repercute en el importe final de la Antigüedad.

    b) Dietas: Afecta a todas las personas trabajadoras de Capgemini.

    c) Kilometraje: Afecta a todas las personas trabajadoras de Capgemini.

    d) Teletrabajo: Afecta a las personas trabajadoras del Colectivo Altran no adscritas al acuerdo del Colectivo General.

    3.- Incremento excepcional en Tablas Salariales para el Área 3 – Grupo E – Nivel 2: Desde el 1 de enero de 2025, pasará de 15.876 € a 17.300 €, y alcanzará los 18.353,57 € el 1 de enero de 2027. Actualmente más de 1.000 personas tienen esta categoría de convenio en nuestra Empresa.

    4.- Inclusión de una nueva área profesional: Área 5 – Ciberseguridad. Para 2025 esta área contará con un incremento salarial adicional del 15% en los niveles A, B y C, del 13% en el nivel D y del 10% en el nivel E (sobre el 4% de subida generalizada para este año).

    5.- Cláusula de revisión de Tablas Salariales ligada al IPC: Aplicable al IPC acumulado durante los 3 años de vigencia del convenio, con efecto desde el 1 de enero de 2028 y un importe máximo del 2% sobre las subidas pactadas para ese año.

    Excepciones: Para el Área 5 – Ciberseguridad, al tratarse de tablas nuevas con incrementos para 2025 por encima del 14% en varios niveles, esta cláusula de revisión ligada al IPC se aplicará únicamente al acumulado de los años 2026 y 2027, excluyendo el año 2025.

    6.- Múltiples medidas de no discriminación de las personas LGTBI: Siguiendo lo marcado por la Ley 4/2023, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, y el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.

    Por primera vez en la historia, los trabajadores y trabajadoras de Consultoría contaremos con un nuevo convenio el día después de finalizar la vigencia del anterior, incluyendo diversas mejoras y actualizaciones, y sin que ello suponga retroceso alguno ni la pérdida de ningún derecho.

    Lamentablemente, se quedan en el tintero medidas que la patronal ha rechazado de forma rotunda, negándose siquiera a negociarlas. Estas iniciativas, algunas de ellas cruciales para el sector, exigirán la implicación decidida de todos los trabajadores y trabajadoras, para que sea posible convertir en realidad los cambios que merecemos.

    ¡MEJORAR EL CONVENIO DEPENDE DE TODAS Y TODOS!

    Mientras, y antes de poder disfrutar de las nuevas mejoras de convenio, sólo queda la firma del acuerdo definitivo, así como su revisión por el Ministerio de Trabajo y posterior publicación en el BOE, algo que esperamos se demore lo menos posible.

    Os iremos informando.

    #SeguimosSumando

  • XIX Convenio TIC:  CCOO presenta su propuesta

     

    Ayer, 30 de mayo de 2024, tuvo lugar la primera reunión de la mesa negociadora del XIX Convenio de Consultoría, Tecnologías de la Información, Estudios de Mercado y de la Opinión Pública con la asistencia de un representante de CCOO-Capgemini.

     

     

    Desde CCOO hemos presentado a la mesa una propuesta de negociación organizada en dos fases:

    Primera fase: Negociación Tablas Salariales 

    1. Tablas salariales. Incremento mínimo de un porcentaje acumulado de 2 dígitos. 

    2. Eliminación del Artículo 7 del Convenio "Compensación y Absorción de condiciones económicas". 

    3. Inclusión de una cláusula de revisión salarial vinculada al IPC. 

    4. Eliminación del último nivel de cada área profesional. 

    5. Vigencia del Convenio de 3 años. 

    Reivindicaciones que, como hemos defendido desde CCOO-Capgemini, deben abarcarse y lucharse desde el ámbito del Convenio Colectivo para involucrar a todas las empresas y trabajadoras y trabajadores del sector.

    Segunda fase: Resto de temas importantes:

    1. Guardias, turnos y disponibilidades. 

    2. Nocturnidad, trabajo en fines de semana y festivos e intervenciones. 

    3. Actualización de los importes de: 

      1. Teletrabajo. 

      2. Kilometraje. 

      3. Dietas: actualización de los importes y regulación. 

      4. Definición de los diferentes grupos y niveles de todas las áreas del Convenio. 

      5. Adecuación del Texto a la legislación actual en todos los ámbitos: 

        1. Igualdad y conciliación. 

        2. Salud laboral. 

    ¿Por qué razón CCOO propone realizar la negociación en dos fases?

    Nuestro objetivo es tener un nuevo convenio el próximo 1 de enero de 2025. Cada año con el Convenio expirado supone una pérdida de poder adquisitivo especialmente grave para los salarios más bajos.

    Prioridad:

    Queremos dar prioridad a los incrementos salariales y es fundamental que éstos lleguen a todas las personas que trabajamos en el Sector. Como todos sabemos, la cláusula de compensación y absorción impide que la mayor parte del Sector perciba los incrementos pactados y esto no puede continuar así.

    Resultados extraordinarios:

    En CCOO tenemos claro que, en el escenario actual de resultados extraordinarios año tras año, con un incremento de remuneración al accionariado de las empresas de IBEX35 del 46% (muchas de ellas vinculadas al sector TIC), este convenio debe garantizar un reparto justo de la riqueza generada. No puede ser que los verdaderos artífices de los ingentes beneficios del sector pierdan poder adquisitivo año tras año.

    Informaros, por último, que se ha acordado como fecha de la próxima reunión el 24 de junio.

    Os seguiremos informando.

    #SeguimosSumando

    Para más información sobre éste y otros temas, no dudes en contactar con nosotros:

  • ¿Aumento en tu nómina este mes?

    ¿Aumento en tu nómina este mes? ¿Es un error? ¿Es una paga extra? NOOO, son los atrasos por la firma del último Convenio de las TIC

    El pasado miércoles, los delegados y delegadas de CCOO-Capgemini empezamos a recibir las primeras preguntas de compañeros/as que se habían encontrado con una grata alegría: su nómina era más elevada de lo habitual. Un aumento que no se debe a un error o que Capgemini haya decidido subirnos el salario, sino que corresponde al pago de los atrasos por la firma y aplicación del último Convenio Colectivo XVIII de las TIC.

     

    Ese mismo día, la Dirección de RRHH junto al Departamento de Finanzas nos reunía para explicarnos como habían realizado los cálculos de dichos atrasos para cada uno de los colectivos que hay en Capgemini y que pasamos a resumir:

    • Colectivo General:

      • Salario Base y Plus Convenio: la subida por la diferencia de las tablas salariales de estos dos conceptos son compensables y absorbibles por lo que si la persona trabajadora tiene complemento compensable y/o mejora voluntaria NO va a ver aumento real en su nómina ni va a percibir atrasos por ello.

      • Antigüedad: Gracias al acuerdo sobre Política Retributiva firmado por CCOO-Capgemini entre otros sindicatos, tenemos ya un criterio claro de cobro del mismo,

      • Para 2022, la subida correspondiente al incremento de antigüedad derivada de la subida del Salario Base es una subida efectiva y por tanto corresponde también pago de atrasos de 7 meses.

      • Para 2023 el sistema de aplicación es el mismo que el acuerdo de Política Retributiva y por tanto si no has tenido un aumento salarial en 2022 hay subida efectiva de antigüedad  con el correspondiente pago de atrasos. Para las personas que han tenido subida salarial en 2022 se podrá compensar y absorber total o parcialmente .

     

    • Colectivo Altran:

      • Salario Base, Plus Convenio y Antigüedad: Todos los conceptos son compensables y absorbibles en aquellos casos que la persona trabajadora tiene mejora voluntaria. 

     

    • Colectivo Sogeti 2010:

      •  Salario base, Plus Convenio y Antigüedad: Gracias al acuerdo conseguido en su empresa por CCOO en 2008 los conceptos Salario Base, Plus Convenio y antigüedad NO son compensables ni absorbibles.

      • Subida Salarial mínima garantizada: Una subida vinculada al IPC y que si coincide con una subida de tablas de convenio (como es el caso en 2022 y muy probablemente en 2023) el acuerdo en 2008 especifica que se aplicará el mayor de los dos.

     

    • Colectivo Sogeti 2019:

      • Salario Base y Plus Convenio: la subida por la diferencia de las tablas salariales de estos dos conceptos son compensables y absorbibles por lo que si la persona trabajadora tiene complemento compensable o mejora voluntaria NO va a ver aumento en su  nómina.

      • Antigüedad: Gracias al acuerdo firmado por CCOO-Capgemini entre otros sindicatos también tenemos un criterio de cobro claro. El sistema de aplicación es el acordado en la Modificación Sustancial de Condiciones de Trabajo de 2016 . Por tanto, si no has tenido un aumento salarial en los últimos 3 años, hay subida efectiva de antigüedad y aplica el correspondiente pago de atrasos. Para las personas que han tenido subida salarial en los últimos 3 años se podrá compensar y absorber total o parcialmente en función de los importes de los mismos.

      • Incremento Salarial Anual: El acuerdo anteriormente mencionado contempla un posible aumento salarial anual que se calcula sobre los conceptos de salario base y plus convenio. Para los que lo hubieran percibido, habrá un incremento real y cobro de atrasos por los meses no percibidos.

     

    • Aspectos importantes a tener en cuenta:

      • La compensación y absorción sólo aplica cuando hay complemento compensable y/o mejora voluntaria.

      • Los  importes que puedan corresponder por el pago de atrasos son brutos y por tanto deberemos tributar (posible aumento IRPF) y cotizar por ellos (concepto de nómina “552 Comp. Posterior mes Ant.”).

      • El antiguo grupo 3 se desdobla en dos áreas: la 3 Programación y 4 Consultoría. 

    No queremos cerrar este comunicado sin informaros que desde CCOO-Capgemini estamos ya realizando una recopilación de las incidencias detectadas a raíz de las consultas que estamos teniendo de las personas que ya han revisado sus nóminas. 

    Infórmate, participa, movilízate

    Para más información sobre éste y otros temas, no dudes en contactar con nosotros:

     

    Madrid: Eladio Pérez, Ramon Fernández Couto | Barcelona: Aranzazu (Arantxa) Pérez Negrón, Daniel Tidona | Asturias: Carlos Castrillo (Castri), David Lopez Castañon

    Valencia: Rosa Sotomayor, Luis Valdericeda | Murcia: Jaime Cagigal, Antonia (Toni) López

    Otros centros: Aranzazu (Arantxa) Pérez Negrón, Ramón Fernández Couto

     

     

  • CCOO pide a las empresas que las subidas pactadas por convenio no sean compensables ni absorbibles

    Os informamos que, tras la firma del convenio el pasado 25 de abril, y una vez obtenida la validación por parte de la Dirección General de Trabajo, la publicación del Convenio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) va a ser inmediata.

    Este acuerdo supone un cambio de tendencia en la negociación colectiva del sector, que mejora notablemente las condiciones de las categorías más vulnerables y sienta las bases para el incremento y recuperación de derechos y condiciones del resto. Queda mucho por hacer, pero el 25 de abril se dio un paso de gigante hacia la construcción de un futuro próspero para las y los trabajadores del sector TIC.

    La inflación desbocada de los últimos meses ha provocado una pérdida de poder adquisitivo indiscutible que está causando estragos en la economía familiar.

    Por este motivo, y dados los resultados récord de las empresas del Sector, desde CCOO vamos a iniciar una campaña, para pedir a las empresas que los incrementos salariales pactados sean no compensables ni absorbibles, para cada año de vigencia del convenio.

    Todas las personas trabajadoras deberíamos poder beneficiarnos de los acuerdos salariales alcanzados, y lograr así redistribución de los beneficios más justa y equilibrada.

    Infórmate, participa, movilízate

    Para más información sobre éste y otros temas, no dudes en contactar con nosotros

  • CCOO y UGT alcanzan un acuerdo definitivo y proceden a la firma del XVIII Convenio de Consultoría

    Hoy, 25 de abril, tras analizar en detalle la última propuesta recibida tras la reunión del martes 11 de abril, CCOO y UGT hemos procedido a la firma del XVIII Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Consultoría, de Tecnologías de la Información y Estudios de Mercado y de la Opinión

    Han sido más de 3 años de negociaciones nada sencillas. Se han realizado multitud de movilizaciones, llegando incluso a la convocatoria de la primera huelga del sector.

    El conflicto ha sido inevitable por la actitud de las patronales del sector, acostumbradas a negociar el convenio desde una posición de comodidad. Las movilizaciones y el desgaste de imagen sufrido por las empresas, llevado a cabo tanto en los propios centros de trabajo como en los medios de comunicación y en redes sociales, promovido por la RLPT y con la inestimable participación de las plantillas, ha dado como resultado un nuevo Convenio de Consultoría con avances considerables.

    Os dejamos las principales mejoras que han llevado a que UGT y CCOO firmemos este Convenio:

    Retribuciones:

    Actualización de las tablas vinculada al SMI: Éstas se revisarán en cada subida del SMI, actualizando aquellas que queden por debajo. Además, se acuerda un diferencial mínimo de 80 euros entre cada categoría profesional actualizada con la inmediatamente superior (y ésta con la siguiente y así sucesivamente), tras la adecuación.

    Esta vinculación al SMI, junto con la desaparición del nivel E-III de todas las áreas, supone ya para 2023 una actualización de más del 33% en tablas, de los salarios mínimos del convenio. Además, se ha acordado que el complemento personal para estas categorías se reparta entre el salario base y el plus convenio, eliminando así este concepto compensable y absorbible, lo que permitirá cobrar los trienios de antigüedad (al no poder absorberla) a todos los niveles que estaban por debajo del SMI.

    Subidas salariales:

    2022: Incremento medio nominal en tablas del 10,75% (5,5% medio -que varía en función de cada Área y Nivel- respecto a las tablas que parten del SMI), con efectos retroactivos desde el 1 de julio de 2022 para el abono de atrasos.

    2023: Incremento salarial en tablas del 2,5% con efectos retroactivos desde el 1 de enero.

    2024: Incremento salarial en tablas del 2% (sobre las tablas de 2023 con el SMI actualizado, que es superior a lo indicado en el preacuerdo).

    Área de Programación: Salto automático al nivel E-I a los 3 años de experiencia en el E-II.

    Kilometraje: Actualización a 0,25€/km (actualmente 0,17€), supone un incremento del 32%.

    Dietas: Actualización a 55€ (actualmente 52,06€), incremento del 5,35%.

    Clasificación profesional: 5 Áreas, una más que ahora. El actual Área 3 pasa a dividirse en un área de Programación (se queda como Área 3) y un área de Consultoría (pasa a denominarse Área 4). Se crea una nueva para el CAU.

    Teletrabajo: Regulación, garantizando una compensación mínima de gastos de 17€/mes (mejorable por acuerdo colectivo con la RLPT en cada empresa).

    Además, se ha adaptado todo el redactado a la legislación actual

    Desde CCOO y UGT aprovechamos para agradecer todo el apoyo recibido, algo imprescindible para lograr mejoras mediante la negociación colectiva y queremos dejar claro que esto solo es el principio, quedan muchas cosas por mejorar, pero ahora es el momento de recoger los frutos del esfuerzo colectivo que RLPT y plantillas hemos realizado estos 3 años.

    ESTE CONVENIO TIENE MUCHO DE TI