El presente Convenio Colectivo es de aplicación al Grupo Asegurador REALE, conformado actualmente por Reale Seguros Generales, S.A., Reale Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., Inmobiliaria Grupo Asegurador Reale, S.A. y Reale Ites Geie Sucursal en España en adelante indistintamente REALE, la Compañía o la Empresa, y constituye un cuerpo de normas reguladoras de las relaciones de trabajo y las personas empleadas de las mismas incluidas en su ámbito personal
Categoría: Convenio Empresa
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Novedades en el Convenio Interno de Deutsche Bank
Nuestro Convenio Interno es una de los principales cuerpos normativos que regulan las relaciones laborales entre Deutsche Bank y sus trabajadores. Desde el inicial Convenio Interno firmado en 1998 se han ido produciendo diferentes cambios en el mismo para adecuarlo a nuevos acuerdos y al resto de normas reglamentarias que afectan a su contenido. Hoy os presentamos una nueva adecuación.El vigente XXIII Convenio Colectivo de Banca establece una serie de cambios que afectan, básicamente, a la nomenclatura de las categorías profesionales y a una diferente distribución de las pagas que componen el salario. De ello ya os informamos a principios de este año.A finales de 2016 la Representación Sindical acordó con el Banco dos nuevos horarios que afectarán a 22 personas (nuevas contrataciones) del área de Operaciones para dar cobertura horaria a determinados servicios. Todo lo relacionado con la jornada y horarios debe implementarse en el apartado correspondiente del Convenio Interno.
Además, el paso del tiempo ha dejado caducos algunos preceptos que debían, también, adecuarse.
Por todo ello, la Comisión de Interpretación y Seguimiento del Convenio Interno formada por los firmantes del mismo (Deutsche Bank y CCOO) hemos revisado el texto del mismo y lo hemos adaptado a la realidad normativa actual.
En el siguiente enlace podéis obtener la versión actualizada de nuestro Convenio Interno que afecta a todos los empleados de Deutsche Bank SAE y a todos los compañeros y compañeras que, estando en otras entidades legales del Grupo, tienen las condiciones de Deutsche Bank SAE.
Esperando que esta información os se útil os enviamos un cordial saludo.
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Desde la responsabilidad CCOO firma el Convenio de Supermercados Sabeco S.A.
El 3 de agosto se firma el texto del IX Convenio de Supermercados Sabeco S.A. en la ciudad de Zaragoza. CCOO haciendo un ejercicio de responsabilidad, recuperar espacios perdidos y seguir trabajando más y mejor, decide firmar el convenio.Han pasado ocho meses desde el inicio de las negociaciones. Presentamos nuestra plataforma con ganas de empezar a mejorar salarios, recuperar el poder adquisitivo, mejorar la salud laboral, trabajar en una distribución de la jornada que nos permitiese una mejor conciliación de nuestra vida familiar con la laboral, reducir la jornada laboral anual con algún día de convenio,…
Algunas de nuestras reivindicaciones se han valorado y otras no. Hemos liderado en la mesa negociadora algunos de los temas que entendíamos eran necesarios cambiar y otros no nos han dejado. La realidad es que con dos miembros de doce en la mesa negociadora, llegamos donde llegamos. Al final los sindicatos mayoritarios presentes en este órgano de negociación, deciden plantarse el pasado 27 de julio, y pasan a firmar el preacuerdo. Posteriormente nos adherimos a la firma del convenio donde nos encontramos con mejoras, sin duda insuficientes, que a continuación explicamos.
La distribución de la jornada se desarrollará a través de calendarios anuales donde debe de venir reflejados los turnos de referencia, vacaciones, fines de semana de calidad,…estableciéndose horarios mensuales o de manera excepcional calendarios trimestrales.
Dentro de los turnos de referencia se establecen de mañana y tarde, siendo el de entre las 6.00 horas hasta las 16.00 horas el de mañana, y entre las 13.30 horas hasta las 22.30 el turno de tarde. Se puede prolongar en 30 minutos, si el cierre de la tienda es posterior a las 22.00 horas.
Los centros de trabajo con una organización específica, como los SSAA, almacenes o tiendas 7 de 7, gasolineras, etc, van a tener su propia regulación de horarios, acordándose en la comisión de horarios, renovada dentro de la comisión mixta. Queremos matizar este cambio que se ha producido, es ahora, aquí y en este convenio donde se renueva la comisión de horarios, pero dentro de la comisión mixta, es decir la firma del convenio nos permite seguir trabajando en la elaboración de las propuestas de los horarios. La primera reunión será el próximo 21 de septiembre.
La comisión mixta cuenta con funciones específicas como la interpretación y desarrollo del convenio colectivo, emisión de informes de inaplicaciones de condiciones sin acuerdo, modificaciones del convenio, facultades importantes conocer, por el nuevo papel que ahora, esta organización va a tener.
Fines de semana de calidad. Los trabajadores y las trabajadoras con un promedio de trabajo de seis días a la semana contaremos con cuatro fines de semana de calidad para el año 2018 y seis para los años 2019 y 2020. Entendiéndose como fines de semana de calidad el descanso de sábado y domingo o domingo y lunes.
El trabajo en domingos y festivos, hay que diferenciar aquellos trabajadores y trabajadoras con obligación de trabajar todos los domingos y festivos, van a pasar a trabajar el 50% de estos, aplicándose el porcentaje independientemente de los días que se decida abrir. Para el resto que como norma habitual no se habrá los domingos y/o festivos, se empezará con un 60% en el año 2018, seguido del 55% para el año 2019 y terminando con un 50% para el año 2020. En el caso de que el porcentaje para cada año de los domingos y/o festivos autorizados fuera inferior a siete, el mínimo exigible será de hasta siete. En cualquier caso hay un intento de respetar el porcentaje mediante un reparto de equitativo y no superar los porcentajes. También de manera voluntaria los trabajadores y las trabajadoras pueden superar los porcentajes.
Con respecto a la subida salarial, tema donde siempre hemos tenido una gran dificultad de acuerdo, se firma un 2% para el año 2017, un 0,5%, un 0,5% y un 1% para el resto de los años, 2018, 2019 y 2020 respectivamente de salario consolidable garantizado, incremento salarial insuficiente. Hay que sumarle un incremento salarial variable o no garantizado, basado en la rentabilidad de la empresa, correspondiente a un 0,5% más para los años 2018, 2019 y 2020.
Se mejora la regulación sobre medidas sociales, incorporándose las excedencias especiales por hospitalización, permisos retribuidos en caso de nacimientos prematuros y una licencia no retribuida por cuidado de menores de 12 años hospitalizados. Se clarifica el significado de recaídas por enfermedad común y ahora la prima de progreso se llama RPR, reparto del progreso y resultado del centro.
CCOO ha firmado el convenio, un convenio en su conjunto poco atractivo, pero con la plena convicción de que con la firma conseguiremos trabajar en igualdad de condiciones con el resto de organizaciones sindicales, en la mejora de las condiciones sociales, económicas y laborales para el beneficio del conjunto de las trabajadoras y de los trabajadores.
Foto: Zarateman Creative Commons Attribution-Share Alike 4.0 International license.
Texto del IX Convenio Colectivo de Supermercados SABECO, S.A.U
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Convenio Colectivo AXA
Nota Importante: El convenio está en la fase de registro y puede sufrir alguna modificación antes de su publicación en el BOE. Ver Convenio colectivo AXA
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Firmado II Convenio Colectivo Nacional de los Servicios de Prevención Ajenos para los años 2017 y 2018,
Adjuntamos el texto definitivo del II Convenio Colectivo Nacional de los Servicios de Prevención Ajenos para los años 2017 y 2018, firmado hoy 20 de julioGuardarGuardar GuardarGuardar GuardarGuardar GuardarGuardarHoy, día 20 de Julio, en la sede del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, las organizaciones sindicales CCOO y UGT hemos rubricado junto a las patronales ASPA, ANEPA y ASPREN el II Convenio Sectorial Estatal para los Servicios de Prevención Ajenos, poniendo fin a una situación que se encontraba bloqueada desde el año 2012.
Vigencia: Años 2017 y 2018.
Incremento Salarial: 1,1% para 2017 y 1,2% para 2018, sobre los siguientes conceptos:
- Salario Base.
- Complemento de Experiencia.
- Complemento de Diferencia Salarial.
- Plus de Conducción de Unidad Móvil.
- Complemento de Responsabilidad (Siempre que esté referenciado a un % sobre salario base)
Compensación y Absorción: Limitación de las fórmulas de compensación mediante la garantía de incremento salarial mínimo para todo el sector.
- 0,7% para 2017
- 0,8% para 2018.
Observatorio Sectorial: Creación de un Observatorio Sectorial con las siguientes funciones:
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Elaboración de un mapa sectorial.
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Promoción y defensa de las buenas prácticas en el sector.
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Interlocución y defensa del sector ante las Administraciones.
Se ha procedido a realizar una revisión técnica del texto para adaptarlo a las modificaciones legales producidas desde su vencimiento, incluyendo una revisión inclusiva del lenguaje en la que se puedan ver representadas todas las personas que trabajan en el sector, con independencia de su identidad de género.
CCOO valora muy positivamente la firma de este Convenio que pone fin a más de seis años de bloqueo en la negociación y de congelación de las tablas salariales, ofreciendo certezas y garantías a las plantillas del sector en aspectos tan importantes como la aplicación del Complemento de Experiencia o del complemento hasta el 100% del salario en supuestos de incapacidad temporal.
Al mismo tiempo, adquiere una gran trascendencia la creación del observatorio sectorial, en el que tenemos depositadas grandes expectativas.
Queda ahora trasladar el texto del Convenio a la Dirección General de Empleo para su registro y posterior publicación en el BOE.
Seguiremos informando.
Ver texto del II Convenio de Servicios de Prevención Ajenos.
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