Categoría: Otros convenios

  • Firmado el nuevo VII Convenio de Gestión y Mediación Inmobiliaria (2019-2021)

    En la tarde del 29 de Octubre de 2019, los Sindicatos FeSMC-UGT y CCOO Servicios firmamos con la Patronal FADEI el texto del VII Convenio colectivo de Gestión y Mediación Inmobiliaria que se aplicará los años 2019-2021.

    Este acuerdo viene a aportar estabilidad a un Sector, que tras haberse recuperado, empieza a mostrar algunos signos de desaceleración. Con el nuevo convenio, los trabajadores y trabajadoras del Sector cuentan ahora con un marco regulatorio por el que van a ver sensiblemente incrementado su poder adquisitivo. Los sindicatos valoramos muy positivamente las subidas salariales conseguidas, porque son acordes con los buenos resultados que las empresas han venido obteniendo en los dos últimos años.

    También consideramos una conquista muy importante, que desde el 1 de enero de 2020 ningún trabajador pueda cobrar menos de 1.000€ de salario base al mes (habrá que añadir otros pluses que le puedan aplicar). Esto supone, por ejemplo, para la categoría de “Comercial” (Grupo III) un incremento total de un 11,1%.

    Los aspectos más destacables de este convenio son:

    Vigencia:

    • 3 años(2019-2021).

    Retribuciones Salariales:

    • En 2019 y 2020 incremento del 2,2% en tablas, para cada uno de los años.

    • Adicionalmente, el 1 de enero de 2020 se fija un salario mínimo de 14.000 € anuales (1.000 € x 14 pagas) de salario base, de forma que todas las categorías que estuvieran por debajo se incrementarán a ese importe.

    • En 2021 incremento del IPC real: (subida inicial con el IPC de 2020 y cláusula de revisión salarial al finalizar 2021 por si el IPC final fuera superior, para así no perder poder adquisitivo)

    • Revalorización del 2,2% para todos los pluses y complementos salariales. El precio del Kilometraje se incrementa hasta los 0,25 € . La Ayuda de Guardería se fija en 671,58 €.

    Régimen Asistencial:

    • Mejora del Complemento de Incapacidad Temporal hasta el 65% de la retribución, desde el primer día al tercero, y del 80% a partir del cuarto hasta el vigésimo.

    Permisos no retribuidos:

    • Se amplía el derecho de los trabajadores y trabajadoras a ausentarse sin retribución para poder atender a necesidades personales y familiares urgentes o perentorias.

    Clasificación Profesional:

    • Nueva clasificación que reduce y racionaliza el número de categorías existentes para reflejar mejor la realidad del sector y encuadrar adecuadamente al personal.

    Otros conceptos:

    • Se incluye una regulación Sectorial del Registro de Jornada.
    • Se mejora y refuerza el redactado del principio de Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el Sector.
    • Adaptación del texto de la retribución de las vacaciones de los comerciales y del complemento de Incapacidad Temporal a las recientes sentencias europeas.

    Desde UGT y CCOO esperamos poder seguir mejorando este convenio, y consideramos que hemos alcanzado los principales objetivos que nos habíamos marcado para esta negociación. Seguiremos trabajando por vuestros intereses en la Comisión Paritaria y en las empresas. Esperamos contar con vuestro apoyo y os animamos a presentaros en las próximas elecciones sindicales.

     

    Gracias a todas y a todos por vuestro apoyo.

  • Alcanzado un acuerdo en el Convenio de Mediación de Seguros Privados (Comunicado 12)

    El 27 de septiembre se han cerrado los “flecos” que quedaron pendientes antes del verano en la negociación del Convenio Colectivo de Mediación de Seguros Privados. Como recordaréis, el 25 de julio se alcanzó un preacuerdo y en este día se terminarón de concretar todos los puntos.

    Los puntos concretados son:

    • Ningún salario será inferior a 14.000 € anuales a fecha 01/01/2021
    • Dieta completa 35€ (año 2019-2020) y 36€ (año 2021 y 2022). Las empresas correrán con los gastos viaje y hotel incluyendo el desayuno.
    • Media dieta (desplazamiento superior a 100 km) 15€ (2019-2020) y 15,50€ (2021 2022)
    • Gastos desplazamiento: 0,350€/km (2019); 0,355€/km (2020); 0,360€/Km (2021) y
    • 0,365€/km (2022)
    • Compensación comida: 10,60€ (2019-2020) y 11€ (2021-2022)
    • Ayuda vivienda por traslado: 250€ brutos mensuales durante el primer año de traslado. Si el traslado se produce a poblaciones de más de un millón de habitantes, o a Ceuta, Melilla, Baleares o Canarias, el importe de la ayuda vivienda será de 300€ brutos mensuales también durante el primer año de traslado
    • Los conceptos PAE, CPE y Plus funcional de Inspección se actualizarán con el incremento salarial fijo del 1,75%.
    • Tabla incremento salarial Variable: Queda fijada en los siguientes tramos:

                       

    A partir de ahora entramos en la fase de redacción de lo que será el texto definitivo del Convenio, con el propósito de firmarlo en el plazo más breve posible.

    Desde CCOO destacamos que el acuerdo alcanzado es muy equilibrado y responde a los intereses de las partes, lo que permitirá una buena evolución al Sector de la Mediación de Seguros y unas condiciones laborales óptimas para las personas que desarrollan su trabajo en estas empresas.

    2019-09-30_Comunicado_12-Mediacion-Acuerdo.pdf

  • Firmado Preacuerdo en el convenio colectivo de Gestión y Mediación Inmobiliaria

    CCOO, UGT y la patronal FADEI, hemos suscrito el pasado 17 de julio preacuerdo para su  firma definitiva  el próximo 12 de septiembre. El preacuerdo alcanzado consiste, principalmente, en ultraactividad, retribuciones, permisos retribuidos y no retribuidos, reclasificación profesional y régimen asistencial.

    Su duración se prolonga hasta 2021

    Ámbito Temporal :

    Vigencia 3 años (2019, 2020 y  2021)

    Ultraactividad (Art. 4):

    Denunciado el convenio, el mismo mantendrá su vigencia durante la negociación y hasta que no se alcance acuerdo sobre el nuevo convenio que lo sustituya.

    Retribuciones

    • Incremento Tablas Salariales 2019 y 2020; 2,2% respectivamente.
    • Años 2021 el incremento de Tablas Salariales, se ajustará al índice de precios al Consumo (IPC).
    • Cláusula Revisión IPC al alza con efecto retroactivo.
    •  A partir del 1 de enero de 2020, el salario mínimo de convenio será de 14.000€ anuales.
    • El Incremento en Pluses subirá en el mismo % que los salarios 2,2%, excepto para el Plus de vinculación que  subirá un 5% los tres primeros trienios y un 2,5 para los tres siguientes.

    Permisos Retribuidos

    • Los permisos retribuidos del Art. 41 apartados B y D se computarán en días laborables.
    • Para el resto de permisos retribuidos, el día de inicio del cómputo se producirá en día laborable.

    Permisos no Retribuidos:

    • Permiso sin sueldo de 30 días, con condiciones.

    Reclasificación Profesional:

    Se acuerda incluir en convenio  una disposición transitoria, eliminando determinadas categorías y adecuándolas a las existentes.

    Régimen Asistencial

    Durante los procesos de IT por enfermedad común o accidente no laboral. Las empresas complementaran las prestaciones de la Seguridad Social:

    • Desde el primer día al tercero, ambos inclusive hasta el 65% de su retribución,
    • Desde el cuarto día al vigésimo, ambos inclusive, hasta el 75% de su retribución.

     

    ¡EL CONVENIO SOLO ES POSIBLE CON TU APOYO! ¡AFÍLIATE A CCOO!

    Comunicado_firma_Preacuerdo_Convenio_Gestion_y_Mediacion_Inmobiliaria.pdf

  • Un poco más cerca (Mediación de Seguros Privados – Comunicado 9)

    El 28 de mayo se ha celebrado reunión de la Comisión Negociadora del Convenio. Inicialmente se había previsto tratar la clasificación profesional y la formación, pero finalmente no ha sido posible abordar estas materias y se optó por avanzar en otros contenidos del Convenio.

    La patronal AEMES aprovechó para plantear sus propuestas relativas a las excedencias y al capítulo de faltas y sanciones. Desde CCOO mostramos nuestra disconformidad con pretender sancionar el abandono de la formación. Se trata de un derecho de las personas trabajadoras, que a su vez beneficia a las empresas. Es cierto que las plantillas deben reciclarse permanentemente y es beneficioso realizar los cursos incluidos en los planes de formación de las empresas, pero debemos evitar hablar de sanciones, más bien debemos impulsar una formación de calidad.

    También se trató el capítulo de Derechos sindicales y de representación colectiva. Las propuestas sindicales en este sentido van dirigidas a intentar ampliar la cobertura representativa de las plantillas.

    Desde AEMES se puso sobre la mesa una oferta de incremento salarial fijo para toda la vigencia del convenio del 6%. AEMES acepta la propuesta de CCOO de que la vigencia del nuevo convenio sea de 4 años. Por tanto, la propuesta patronal de incremento salarial se acerca a la propuesta de CCOO de incrementar un 2% cada año de vigencia. En cuanto al incremento salarial variable, las partes estamos de acuerdo en reducir la tabla solamente a tres tramos. AEMES propuso un incremento salarial del 1% del 1,75% y del 2,30%, en función de que los ingresos por comisiones de la empresa se incrementen hasta un 10%, más de un 10% y hasta un 20% o más de un 20% respectivamente.

    AEMES también planteó su disposición a aceptar la reivindicación sindical de  reducción de la jornada máxima anual y el incremento de un día de vacaciones.

    Desde CCOO valoramos este acercamiento a las reivindicaciones que llevamos en nuestra plataforma y que están en consonancia con lo establecido en el IV AENC, aunque creemos que aún hay cierto recorrido para mejorar el bloque salarial atendiendo a la situación del Sector. En todo caso, deberemos realizar el máximo esfuerzo en materias como la clasificación profesional y la previsión social complementaria con el objetivo de incorporar mejoras que nos permitan poder hacer un análisis global.  

    Seguiremos informando de los avances de la negociación.

    Comunicado_9_Mediacion_Seguros_Privados.pdf

  • Mediación de Seguros Privados: Posible transformación del premio de jubilación en un seguro de aportación definida (Comunicado 8)

    En la reunión de la Comisión Negociadora celebrada el 20 de mayo, las partes hemos debatido sobre la posible transformación del "premio de jubilación" en un seguro de aportación definida. 

    Desde CCOO habíamos planteado en nuestra plataforma reivindicativa la posible constitución de un plan de pensiones o de manera alternativa, un seguro de aportación definida que sirva como instrumento de previsión social y complemente el sistema público de pensiones. Nuestra idea es que el sistema que se incorpore al convenio colectivo ofrezca las mayores certezas, convirtiendo meras expectativas en derechos ciertos.

    Hay consenso entre las partes en que el sistema deberá cubrir las garantías de jubilación ordinaria, jubilación anticipada, incapacidad permanente (total, absoluta y gran invalidez) y fallecimiento. Asimismo, deberá permitir unos supuestos de liquidez extraordinaria en los casos de enfermedad grave y desempleo de larga duración.

    Uno de los temas controvertidos es el porcentaje que se aplicará sobre la tabla de salario base anual (x14) y que tendrán que aportar las empresas. Los sindicatos hemos propuesto que se haga un estudio actuarial sobre determinadas categorías profesionales para ver la proyección considerando distintas antigüedades en las empresas.

    Otro de los temas controvertidos es el tratamiento de los “servicios pasados”, es decir, el número de mensualidades que cada persona hubiera generado en el momento en el que se llevase a cabo la transformación del sistema.

    Vamos trabajar para intentar dar solución a estos temas una vez que los técnicos actuariales de cada organización tengan elaborado dicho estudio.

    La próxima reunión de mesa está prevista para el 28 de mayo, donde abordaremos los temas de formación y clasificación profesional.

    Seguiremos informando de los avances de la negociación.